La Audiencia desestima el recurso de Nuclenor contra la multa de 18,4 millones por el cierre de Garoña en 2012

Europa Press / EFE.- Mientras desde la Junta de Castilla y León sostienen que su posición «ni ha variado ni variará» sobre el futuro de la nuclear de Santa María de Garoña (Burgos), que debe reabrirse bajo los parámetros de «seguridad y empleo», la Audiencia Nacional desestimó el recurso presentado por Nuclenor en contra de la sanción de 18,4 millones de euros que le impuso en julio de 2014 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por el cierre en 2012.

En su sanción, el regulador consideró que Nuclenor, participada por Endesa e Iberdrola, había incurrido en una infracción muy grave al acometer una «reducción, sin autorización, de la capacidad de producción o de suministro de energía eléctrica». El cese de la explotación de Garoña estaba previsto para el 6 de julio de 2013, si bien Nuclenor acordó el 14 de diciembre de 2012 extraer el combustible nuclear. Apenas 15 días después entrarían en vigor los nuevos impuestos eléctricos. La CNMC consideró que el cese de actividad se produjo «estando plenamente vigente y operativa la autorización de explotación de la central, y sin que concurrieran las circunstancias de parada previamente programada, ni circunstancias imprevistas que aconsejaran o hicieran necesaria la parada».

«La Sala comparte plenamente el planteamiento de la resolución de la CNMC», señala la Audiencia, que considera además que el operador de Garoña «siguió una política de hechos consumados, limitándose a comunicar al Ministerio su decisión unilateral de cese, comunicación que no tuvo lugar hasta el 28 de diciembre de 2012, 14 días después de adoptarse el acuerdo». La comunicación, señala la Audiencia, se produjo «cuando el proceso de descarga del combustible estaba ya concluido desde el anterior 22 de diciembre», de modo que «la recurrente puso en conocimiento del Ministerio unos hechos ya consumados«.

En su recurso ante la Audiencia Nacional, la sociedad propietaria de Garoña, que tiene una potencia de 455 megavatios (MW), sostenía que la decisión de su consejo de administración se adoptó únicamente como consecuencia de los efectos asociados a la nueva tributación a los residuos nucleares, aprobada por el Gobierno para atajar el déficit de tarifa eléctrica. Los nuevos impuestos de la Ley 15/2012 implicaban, según cálculos de Nuclenor, un pago «inasumible» de 153 millones de euros para Garoña, que consideraban que hacía la central “inviable”, lo que supone una causa con carácter de «imprevisibilidad» que, a juicio de la demandante, le debería eximir de cumplir el plazo de operación con un año de antelación.

La decisión del consejo de administración «se adoptó únicamente cuando los efectos asociados a la nueva tributación suponía la declaración de concurso de la sociedad y no desde el momento en que se tuvo conocimiento del establecimiento de un nuevo tributo que reduciría notablemente la rentabilidad de la instalación», afirmaba la propietaria de Garoña. Nuclenor también consideraba que la infracción de la CNMC es desproporcionada y que infringe «de manera flagrante» el principio de tipicidad establecido en la Ley 30/1992. Precisamente, la sentencia ve adecuada la sanción de 18,4 millones de euros calculada basándose en el 10% de la cifra de negocio que tuvo la central nuclear en 2011, que se elevó a 184 millones.

Junto a esto, la empresa discrepaba de las consideraciones del regulador acerca de los efectos de su decisión sobre la seguridad de suministro. Considerar que el cierre afectaría al suministro «estaría en contradicción con la existencia en la actualidad de un exceso de capacidad de generación eléctrica, según aseveraciones tanto del propio Ministerio como de la CNMC», señalaba. En su demanda, Nuclenor llegaba a considerar que la decisión del cierre de Garoña resulta «totalmente insignificante para la seguridad del suministro». Por ello, fuentes de la empresa explicaron que la interposición del recurso de casación ante el Tribunal Supremo, cuya argumentación no han desvelado, será suficiente para suspender el pago de la multa hasta que se produzca una resolución judicial definitiva.

El Ejecutivo siempre ha mantenido abierta la puerta a que la planta retome la actividad. Actualmente, el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) evalúa la petición de la central de renovar su permiso de explotación hasta 2031, cuando sumaría 60 años de antigüedad. El 27 de mayo, Nuclenor presentó dicha solicitud y el Gobierno solicitó al CSN el informe preceptivo. Si éste es negativo, obligará al cierre de la planta y si es positivo dejará la decisión en manos de Industria y del Consejo de Ministros.

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