Empieza una nueva época
Como adelantábamos la semana pasada, la publicación del Real Decreto 6/2009, de 30 de abril por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, supone fijar el cierre de un capítulo en la historia de la regulación energética, caracterizado por el déficit tarifario y la búsqueda de mecanismos y estratagemas más o menos sofisticadas, más o menos ortodoxas para el ejercicio de prestidigitación que impeliera a su reducción o su desaparición. Desde el punto de vista económico y del propio funcionamiento sectorial, este elemento es el más destacable de esta normativa que ahora debe ser refrendada por el Parlamento. Por ello, el compromiso de financiación del déficit, así como el hecho de ponerle límite temporal al mismo hasta el 31 de diciembre de 2012, ofrece un plazo transitorio de adaptación y desaparición de esta figura, en un momento en que, a la vez, se da un contexto de moderación de precios de la energía, lo cual siempre favorece la cosas.
En eso, parece especialmente relevante la redacción de la exposición de motivos de este Real Decreto Ley, en el que se señala de manera inequívoca cómo el déficit tarifario “ha generado efectos perjudiciales que se van agravando conforme avanza el tiempo, deteriorando la base misma de la liberalización los sistemas eléctricos y, paralelamente, induciendo a una creencia errónea respecto al precio de un bien escaso como es la energía, lo que no contribuye a favorecer el ahorro y la eficiencia energética”. Era difícil que, con la orientación de la política energética más reciente, que había desembocado en este déficit galopante, se hiciera desde las instancias públicas una declaración tan contundente, si además tenemos en cuenta los apoyos que tácitos o expresos se habían realizado los defensores de esta figura nefanda.
En suma, este párrafo incide en dos cuestiones: la primera, que el déficit tarifario es un engaño (o un autoengaño, que quizá sea lo peor) y a la vez engaña, haciendo que las señales de precios distorsionen el comportamiento de los agentes empresariales y los consumidores. En segundo lugar, que el déficit tarifario atenta con claridad contra un modelo de liberalización, iniciado en 1998, respaldado por la normativa comunitaria, pero que tuvo un serio parón en la legislatura anterior. En resumen, esta declaración, tan explícita del Real Decreto es quizá el mejor precedente y reconocimiento de esta figura perniciosa y de la necesidad de su supresión, algo que no da lugar a dudas, tal y como está redactado el RDL, lo cual es muy de agradecer.
Su aprobación supone, a la vez, un serio correctivo, presente y futuro, en las posiciones del colectivo “intelectual” que apoya modelos basados en la intervención en los mercados: los retroprogresivos. En suma, las posiciones de este grupo se dividen en dos: la primera, es la intervención “a pelo” y a calzón quitado. Traducido en román paladino, alguna de estas alternativas poco edificantes para el sector, la economía, las inversiones y para la vertiente financiera de esta actividad: reconocimiento del déficit tarifario pero compensación/anulación por la vía de sustracciones y detracciones incluyendo la invención de vías tributarias, generación de déficit pero abolición posterior vía reglamentaria del mismo, generación de déficit sin aval del Estado aunque esta figura se haya originado por decisiones políticas y con su pan se lo coma cada uno. En suma, abuso de la arbitrariedad y la inseguridad jurídica y atentado a la liberalización, en la medida que cualquiera de estas opciones supone no atender al funcionamiento de las reglas del mercado. El segundo modelo retroprogresivo alternativo, se caracteriza por una versión más sofisticada, basada en sistemas de ecuaciones de segundo grado (ideológico en su trasfondo) de forma que no sea el mercado el que funcione, sino un sofisticado aparato matemático y econométrico el que señale: cuál es el peso de cada operador, el precio de la energía, el coste de cada una de las tecnologías, la inversión a realizar y quién la paga. Eso quiere decir, dirigismo, subastas, acción intervencionista en todo el circuito de estructura y formación de precios y planes quinquenales. En todo caso, visto así es una idea muy sugerente, todo cuadra (¡qué bien!), en la medida que parece que un Ejecutivo, una autoridad lo controla todo, pero sus consecuencias son devastadoras para la inversión, la competencia en el comportamiento de los agentes y los mercados. El Gran Hermano de Orwell, vamos.
En su conjunto, el Real Decreto ha sido alabado desde el punto de vista de su sencillez normativa, ortodoxia y la claridad con que los aspectos de mayor relevancia son tratados en el mismo. En ese sentido ha ganado la sensatez y el sentido común y la vuelta al escenario de liberalización y adecuación de las directivas europeas de las que nunca debimos salir. Es razonable el modelo planteado de financiación de los sistemas extrapeninsulares y será preciso más aclaraciones sobre la derogación del R.D. Ley 11/2007 que promovía la detracción de los derechos de emisión de la actividad de generación de energía eléctrica, una fórmula anómala para una figura anómala. Las mayores críticas provienen de sus disposiciones en materia de energías renovables y se centran en el Registro de Preasignación extensivo a todas la tecnologías de generación del régimen especial, junto con las medidas que configuran a Enagás como transportista único de la red gasista, medida que es equivalente a la incorporada en la Ley de reforma del sector eléctrico con Red Eléctrica.
Cada una de estas cuestiones merece análisis separado y concreto, incluyendo la visión de los posibles concernidos en el mismo. Empieza una nueva época.