Energía impedirá a las comercializadoras eléctricas sacar a un usuario del bono social hacia el mercado libre sin advertírselo expresamente

Europa Press.– El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital prohibirá a las comercializadoras de electricidad suscribir un contrato en el mercado libre con un beneficiario del bono social sin advertirle expresamente de que la firma implicará la pérdida de la ayuda. Esta novedad forma parte de las medidas recogidas en el borrador de reglamento de desarrollo del bono social de electricidad, que fue remitido por Energía a las distintas comunidades autónomas.

El borrador recoge tres novedades normativas encaminadas al refuerzo de la protección de los consumidores de electricidad, especialmente de los vulnerables. Entre ellas figura la de que el nuevo comercializador «deberá informar expresamente» al consumidor con bono social de que «la suscripción del nuevo contrato en mercado libre implicará que no resulte aplicable la percepción del bono social». Otra de las novedades es que las comercializadoras deberán incluir en sus reclamaciones a los consumidores con impagos en su factura que estén en el mercado libre la posibilidad de acogerse al precio regulado, el PVPC, y de solicitar el bono social.

Junto a esto, Energía anulará expresamente las cláusulas que contemplen penalizaciones o costes adicionales para los consumidores que tengan un contrato en el mercado libre y que soliciten acogerse al PVPC acreditando los requisitos para ser consumidor vulnerable. El borrador también obliga a las comercializadoras eléctricas a actualizar al menos una vez a la semana el listado con los consumidores a los que ha remitido la primera o, en su caso, segunda notificación de impago.

Esta lista se remitirá a las comunidades autónomas, que designarán por su parte un centro directivo para recibir esta información e informar a las distintas administraciones del territorio. De esta forma, «las autoridades competentes en materia de servicios sociales dispondrán permanentemente de un listado actualizado de los impagos en su territorio». Las comunidades autónomas podrán usar la información del listado para incluir a los consumidores en sus distintos programas de asistencia social. También estarán obligadas a notificar a las comercializadoras de referencia los nombres de los usuarios que están siendo atendidos por sus servicios sociales.

Al abordar el nuevo principio de asignación del bono social, Energía reconoce que la actual definición de beneficiarios «tiene una relación muy indirecta con las categoría de renta«, lo que justifica, según sus consideraciones, vincular la ayuda a un indicador como el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). En este sentido, reconoce que con la actual definición «puede haber consumidores que realmente necesiten la ayuda del bono social y no la estén recibiendo», así como «beneficiarios que no requieran realmente del descuento del 25% en su factura eléctrica».

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