El Gobierno plantea destinar el superávit eléctrico a financiar nuevas renovables en los sistemas extrapeninsulares y a pagar indemnizaciones judiciales

Europa Press.- El Ministerio de Hacienda ha incluido varias disposiciones adicionales en el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2017 en las que recoge la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector.

Estas disposiciones con rango de ley supondrían una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit tarifario. Desde 2014, el sistema se encuentra en superávit, del que se habrán acumulado unos 1.130 millones hasta 2016, según las previsiones. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cifra la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago en 23.000 millones de euros. Precisamente, el regulador reclama al Ministerio de Energía que desarrolle «lo antes posible» la ley para aplicar los superávit de 2014 y 2015 a la amortización parcial de la deuda del sistema eléctrico.

Frente a este planteamiento del regulador, la disposición adicional 110ª del proyecto de presupuestos recoge una convocatoria de ayudas a la inversión para la instalación de renovables en territorios no peninsulares «con cargo al superávit eléctrico generado hasta la entrada en vigor de la presente ley». El Gobierno establece que estos importes se dedicarán a proyectos susceptibles de ser cofinanciados con fondos europeos Feder y establece la cuantía máxima que podrá cargarse al sistema eléctrico, que será de 60 millones de euros. Además, la disposición adicional 114ª señala que, «de forma excepcional para 2017, los superávits del sistema eléctrico podrán destinarse al pago de indemnizaciones en ejecución de sentencias derivadas de normativa del sector eléctrico».

Entre las indemnizaciones que el Gobierno podría verse obligado a afrontar figuran los 500 millones de euros de compensación a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP España y Viesgo por haber sufragado el bono social en los últimos años. Sobre este aspecto hay una sentencia firme del Tribunal Supremo que el Gobierno tiene recurrida ante el Tribunal Constitucional. Otro de los litigios susceptible de indemnizaciones es el referido al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, que las empresas del sector eléctrico, como han hecho otras del energético en general, tienen recurrido. El Supremo ha elevado una cuestión sobre el asunto al Tribunal de la Unión Europea.

El proyecto de ley también recoge una disposición adicional, la 111ª, en la que se contempla una «compensación por costes adicionales derivados de la financiación del apoyo a la energía eléctrica procedente de fuentes renovables». La disposición habilita al Gobierno a establecer un sistema de ayudas a las industrias que se determine, “intensas en comercio con terceros países” (exportadoras), consistente en la «reducción del coste de la promoción de la generación de electricidad a partir de fuentes renovables que soportan«.

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