El Gobierno carga a los superávits del sistema eléctrico la devolución a las compañías eléctricas por financiar el bono social

Europa Press / EFE.- El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha ordenado devolver a las comercializadoras eléctricas las cantidades abonadas por el bono social en los ejercicios 2015 y 2016, más los intereses correspondientes, con cargo a los superávits del sistema eléctrico. De esta forma, Energía da cumplimiento a las distintas sentencias y autos que han dado la razón a las eléctricas sobre la forma en la que se ha financiado esta ayuda, cuyo coste ronda los 200 millones de euros anuales.

La orden señala que los pagos se realizarán «con cargo a los superávits de ingresos del sistema eléctrico que están depositados en la cuenta específica del órgano encargado de las liquidaciones», la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La Secretaría de Estado de Energía dará traslado de esta orden a la CNMC para que proceda a realizar los reintegros a los que se refieren los apartados anteriores. La CNMC deberá enviar al Ministerio de Energía la información sobre las liquidaciones que se realicen. Contra este acto, no cabe la interposición de recurso.

Desde 2014, el sistema eléctrico se encuentra en superávit, acumulando más de 1.000 millones de euros, a los que habrá que sumar la cantidad correspondiente a 2016. No obstante, la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago asciende a más de 20.000 millones de euros. Las indemnizaciones a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP España y Viesgo por haber sufragado el bono social en los últimos años en función de su cuota de mercado ascienden a unos 500 millones de euros. Así, en 2016, a Endesa le correspondió el 41%; a Iberdrola, el 37,9% y a Gas Natural, el 14,7%, mientras que en 2015 los porcentajes de reparto fueron similares.

En un reciente auto, el Tribunal Supremo ya había estimado que estas indemnizaciones a las eléctricas por las cantidades abonadas por el bono social debían realizarse con cargo al sistema eléctrico, y no al Tesoro Público o a las comercializadoras. En un auto de la Sala de lo Contencioso sección 3 del Supremo, el alto tribunal acordó la obligación del reintegro de las cantidades abonadas en concepto de bono social en 2015 y 2016, más los intereses legales correspondientes computados desde la fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su reintegro, con cargo al sistema eléctrico.

En octubre de 2016,el Tribunal Supremo anuló este sistema de financiación por hacer discriminaciones entre las empresas que debían pagarlo, estimando los recursos interpuestos por Endesa y Viesgo, la antigua E.ON España, y reconociendo el derecho de los demandantes a cobrar una indemnización por las cantidades abonadas en concepto de bono social en aplicación del decreto de 2014 por el que se fijó la metodología de financiación, impugnada hasta la ejecución de la sentencia.

En este sentido, el Gobierno ya había incluido varias disposiciones adicionales en el proyecto de ley de Presupuestos para 2017 en las que recogía la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector. Estas disposiciones con rango de ley suponían una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa.

Por ello, la disposición adicional centésima décima cuarta señala que, «de forma excepcional para el año 2017, los superávits de ingresos del sistema eléctrico podrán destinarse al pago de indemnizaciones en ejecución de sentencias derivadas de normativa del sector eléctrico». Además, todavía están pendientes de fallo judicial las cantidades abonadas en concepto de bono social de 2014, que fueron aplicadas por la orden IET7350/2014 y cuyos recursos ante la Audiencia Nacional están pendientes de resolverse.

El bono social eléctrico supone un descuento del 25% que se aplica sobre el importe de la factura y de él se benefician determinados colectivos vulnerables, como hogares con un potencia contratada inferior a 3 kilovatios, familias numerosas, hogares con todos sus miembros en paro y jubilados con la pensión mínima. Tras la sentencia del Supremo, el Ministerio de Energía ha venido trabajando en un nuevo modelo de bono social, con un nuevo sistema de financiación, que se va a aprobar, según ha anunciado el titular de este departamento, Álvaro Nadal, en una pocas semanas.

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