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La patronal APPA denuncia que «la falta de coherencia» del Gobierno con el carbón amenaza cumplir los objetivos de renovables

Europa Press.- La Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA) denuncia «la falta de coherencia» del Gobierno que, por una parte, impulsa el desarrollo de las energías renovables, y, por otra, pone condiciones a las decisiones empresariales de cierre de centrales que las compañías no consideran viables.

La asociación critica que, aunque la actual Ley del Sector Eléctrico ya reserva al Ejecutivo la competencia para autorizar o no el cierre de las instalaciones de generación, mediante el nuevo real decreto pretende alargar «artificialmente» la vida de determinadas centrales de generación. Así, APPA considera que mantener artificialmente en operación centrales que hayan solicitado el cierre «va contra los objetivos» de penetración de renovables y posiciona a España a «contracorriente con Europa y el mundo», donde las centrales convencionales son «las que están desapareciendo del sistema energético a mayor velocidad». Por ello, pide al Ministerio de Energía demostrar que mantener abiertas de forma obligatoria determinadas centrales de generación es «positivo para el interés general».

Para APPA, ante la previsión de incorporar en un futuro cercano más de 8.000 megavatios (MW) renovables de las subastas realizadas en 2016 y 2017, «no se deberían establecer trabas a la decisión voluntaria de empresas para desmantelar centrales». Además, recuerda al Gobierno que debería existir una planificación de cuánta potencia renovable va a instalarse y también de cuáles van a ser las centrales de generación que van a cerrar.

El Gobierno de Cataluña propone multar con 2,8 millones de euros a Endesa por un apagón en Lleida en marzo

EFE.- El departamento de Empresa y Conocimiento del Gobierno de Cataluña propuso sancionar con 2,8 millones de euros a la compañía eléctrica Endesa por los apagones que el temporal de nieve causó los días 24, 25, 26 y 27 del marzo en la provincia de Lleida. Dicho expediente imputa a la compañía dos infracciones «muy graves»: la interrupción del suministro eléctrico y el incumplimiento de los plazos de reposición del servicio.

El expediente informativo concluye que la interrupción del suministro afectó a 72 municipios leridanos, principalmente del Pirineo, y a un total de 42.611 usuarios en diferente magnitud. Este hecho, señala la Generalitat, constituye una vulneración de la Ley del Sector Eléctrico, ya que el suministro «sólo se puede interrumpir cuando esta posibilidad conste en el contrato, cuando sea imprescindible para el mantenimiento y reparación de instalaciones, mejora del servicio o razones de seguridad, o cuando ha transcurrido al menos dos meses desde que se haya requerido el pago del servicio».

Además, añade la Consejería, la reposición del servicio en 10 de los municipios incumplió la Ley 18/2008 de garantía y calidad del suministro eléctrico, ya que se excedió el tiempo establecido para la reposición del 90% de los usuarios afectados. El expediente, además, descarta que las interrupciones se debieran a una causa de fuerza mayor, dado que las condiciones meteorológicas no constituyeron una situación de excepcionalidad. Fuentes de Endesa han confirmado que la compañía ha recibido el expediente sancionador y que lo está estudiando para decidir si presenta alegaciones próximamente.

Debido a un temporal de nieve, se produjeron 137 incidentes en la red de media tensión y 159 en la de baja tensión de Lleida. En total, cayeron a tierra 8 soportes y hasta 5,5 kilómetros de líneas. La instrucción del expediente sancionador prevé un período de alegaciones, que la sanción se reduzca en un 20% si la empresa reconoce voluntariamente su responsabilidad y que la sanción se reduzca también en un 20% si la compañía paga la sanción rápidamente.

La versión Goldman Sachs (I)

La difusión del informe de Goldman Sachs y sus efectos sobre la cotización de los valores cotizados del sector eléctrico español ocasionó que el final de la semana pasada fuese negro desde el punto de vista bursátil para el sector. En el informe se ponen números y cifras según la exposición de cada compañía a las actividades reguladas afectadas por la revisión retributiva que el Gobierno pretende aplicar en 2019. Un set-ball en toda regla.

Se dice difusión, más que filtración, por el hecho de que estas entidades financieras, a la hora de emitir sus informes y recomendaciones, tienen mecanismos de información muy profundos y sofisticados respecto de las consultas y la información que obtienen de los países y de los sectores económicos. Se dice que los mercados tienen información perfecta y, por ello, la procuran encontrar, desmenuzar y analizar. Asimismo, por otra parte, la noticia de que el Gobierno está preparando la reducción de la retribución de los activos regulados ya era generalizada y de dominio público en el sector desde antes del verano.

Esta intención ya fue anunciada en foros privados y semipúblicos por el secretario de Estado, incluso por el propio ministro, y se confirma con la reunión a la que alude el propio informe. También cuenta el silencio administrativo para no precisar el cambio normativo que evite la instrumentación efectiva de una reducción retributiva calculada según la situación del bono español. Con la calculadora en la mano: un 40% menos de rentabilidad que afectará más a las compañías más expuestas en el mercado español y a estas actividades reguladas. Era cuestión de tiempo que esta información llegase a los mercados. No puede sorprender en exceso ni su difusión, ni sus efectos.

Por otra parte, su efecto económico-financiero-bursátil ha sorprendido a quienes consideran que la electricidad en nuestro país es una cuestión que se determina (o se debe determinar) en la acción política de los Gobiernos, más que en un modelo de gobernanza empresarial, de mercado y de acción del Estado complementaria, que establece una regulación previsible y estable, acompañada de sus consiguientes mecanismos de inspección, control y supervisión. Una visión tremendamente esquemática, aplicada a un sector que requiere fuertes inversiones a largo plazo, en la que la política puede decidir “lo que sea” y lo que está escrito en la ley se aplica, con independencia de su lógica empresarial y la de los mercados de capitales.

La visión de que la política todo lo puede está instalada en el pensamiento intervencionista español que comparte el origen retroprogresivo en todos los signos políticos. En ese modelo, las compañías y sus propietarios deben aceptar los designios de la política y deben convertirse en brazos articulados de la acción política, sin tener en cuenta las alternativas que se presentan en el mercado de capitales, por otra parte, muy competitivo. Esta cuestión es sustantiva porque su asunción lleva a un error de perspectiva muy relevante, el de la politización de la actividad del suministro eléctrico.

Energía somete a consulta pública hasta el día 15 el decreto que regula el cierre de centrales de generación eléctrica

Europa Press.- El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital está sometiendo a consulta pública previa el proyecto de real decreto por el que se regula el procedimiento de cierre de las instalaciones de generación eléctrica con el objetivo de recabar la opinión de las personas y entidades potencialmente afectadas por la norma. El plazo para presentación de escritos, que se abrió el 3 de agosto, finaliza el próximo 15 de septiembre.

En la consulta pública, el departamento que encabeza Álvaro Nadal plantea las siguientes cuestiones: si se considera oportuno mantener operativa una central por motivos de seguridad del suministro, cambio climático e impacto en el precio, y qué procedimiento debería seguirse en el supuesto que el titular solicite el cierre de una central que es necesaria para el sistema. Mediante el decreto se pretende abordar una serie de medidas que garanticen en todo momento la seguridad del suministro en el territorio nacional, de una forma sostenible y respetuosa con el medioambiente, y atendiendo en todo momento a los criterios de sostenibilidad económica y financiera del sistema.

Según recuerda Energía, la Ley del Sector Eléctrico establece que todos los consumidores tendrán derecho al acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica en los términos establecidos. En consecuencia, deben desarrollarse las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica cuando concurran una serie de supuestos, como el riesgo cierto para la prestación del suministro de energía eléctrica, situaciones de desabastecimiento de las fuentes de energía primaria, amenaza grave a las instalaciones, a la integridad de la red de transporte, a la distribución de energía eléctrica, así como en situaciones que impliquen una reducción sustancial de la disponibilidad de las instalaciones de producción, transporte o distribución del suministro.

España y los objetivos climáticos

A su vez, según resalta el Ministerio, resulta necesario tener en cuenta las proyecciones e impactos de cada tecnología en la generación eléctrica nacional, de cara a las obligaciones de planificación energética con la Unión Europea en el horizonte 2030 y 2050, para lograr el cumplimiento de los objetivos energéticos y de cambio climático que los Estados miembros han asumido tras el Acuerdo de París.

Al mismo tiempo, se debe ponderar el coste-beneficio que implicaría el cierre de una central y la posible apertura de una nueva central, «considerando el impacto sobre el precio de la energía para usuarios domésticos e industriales y sobre la competitividad de la economía española». En este contexto, por tanto, Energía considera necesario contar con las medidas regulatorias que aseguren que las decisiones de cierre de centrales «son coherentes con la planificación energética y, de esta manera, son compatibles con los objetivos en materia de seguridad del suministro, cambio climático y precio de la energía».

Con este decreto, el Gobierno pretende dotarse de los instrumentos adecuados para garantizar la continuidad de las centrales ante eventuales cierres y otras situaciones de contingencia. La regulación debe prever las medidas que deben implementarse a futuro. La norma tiene como finalidad regular el procedimiento de cierre de las instalaciones de producción de energía eléctrica. Para ello habrá de contemplarse las distintas fases del mismo, la documentación necesaria, los informes que habrán de recabarse en el procedimiento, así como las autoridades y la forma en que deben intervenir para garantizar los objetivos que se pretenden.

Según Energía, la finalidad que propugna la iniciativa ha de abordase necesariamente a través de una alternativa regulatoria, y recuerda que estos procedimientos se encuentran contemplados en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Real Decreto 1836/1999, de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, que han de actualizarse.

La CNMC impone una multa de 1,2 millones de euros a la comercializadora eléctrica Nortedison Electric

Redacción / Agencias.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con una multa de 1,2 millones de euros a la empresa Nortedison Electric por incumplir con la obligación que tienen las empresas comercializadoras eléctricas de adquirir la energía necesaria para su actividad.

Competencia explica que la infracción se desarrolló durante 12 meses, entre mayo de 2015 y abril de 2016. Nortedison registró un déficit de compras de energía superior a la mitad de las ventas realizadas por esta empresa, hasta el punto de que en ese período sólo compró el 46,8% de la energía que vendió. La Ley del Sector Eléctrico obliga a las comercializadoras a comprar la energía necesaria para cubrir el suministro a sus clientes. La sanción puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de 2 meses.

El Congreso acepta usar el superávit eléctrico para el pago de las indemnizaciones a las renovables por los arbitrajes adversos

Europa Press.- La Comisión de Presupuestos del Congreso ha incorporado una enmienda al proyecto de Presupuestos Generales del Estado para extender al sistema de arbitrajes el uso del superávit eléctrico para pagar indemnizaciones por sentencias condenatorias contra empresas en litigios derivados de la normativa del sector eléctrico.

En el proyecto de Presupuestos, el Gobierno ya había incluido en una disposición adicional el dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales. Sin embargo, esta aplicación se amplía para «dar cobertura a eventuales pronunciamientos arbitrales», señala el PP, autor de la iniciativa, en la justificación de su enmienda, «aliviándose de esta forma la carga que supondría hacer frente a los mismos con cargo a Presupuestos». Esta enmienda se registró cuando España perdió su primer arbitraje internacional, por los recortes aplicados a las renovables.

Estas disposiciones con rango de ley suponen una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa. Desde 2014, el sistema se encuentra en superávit, del que se habrán acumulado unos 1.130 millones hasta 2016. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cifra la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago en 23.000 millones de euros.

El PP plantea usar el superávit eléctrico para pagar los arbitrajes adversos mientras la fotovoltaica española reclama igualdad de trato

Europa Press.- La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier) reclama al Gobierno el mismo trato a los productores nacionales que a los internacionales, después de que el Ciadi haya fallado a favor de la firma británica Eiser Infraestructure y en contra del Estado español. En relación con este asunto, el PP quiere extender al sistema de arbitrajes el uso del superávit eléctrico para pagar indemnizaciones por sentencias condenatorias derivadas de la normativa del sector eléctrico.

Así figura en una enmienda al proyecto de Presupuestos Generales del Estado, registrada ahora que España ha perdido su primer arbitraje internacional por los recortes aplicados a las energías renovables. En el proyecto de Presupuestos, el Gobierno ya había incluido en una disposición adicional la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector. Sin embargo, esta aplicación se amplía de esta forma para «dar cobertura a eventuales pronunciamientos arbitrales», señala el PP en la justificación de su enmienda, «aliviándose de esta forma la carga que supondría hacer frente a los mismos con cargo a los Presupuestos».

Estas enmiendas, con rango de ley, suponen una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa. Desde 2014, el sistema se encuentra en superávit, del que se han acumulado unos 1.130 millones hasta 2016. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cifra la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago en 23.000 millones de euros.

Anpier exige el mismo tratamiento

Respecto al laudo del Ciadi, Anpier destaca que se da la razón a la firma británica frente a los «drásticos recortes retroactivos» impuestos por el Gobierno español en las «sucesivas reformas del marco regulatorio» a la producción de energía renovable. Por ello, los pequeños productores fotovoltaicos españoles exigen que se les otorgue «la misma justicia que ha obtenido este fondo internacional» y que, «muy probablemente», recibirá también el resto de fondos extranjeros con recursos pendientes de resolución en el Ciadi.

«El quebranto sufrido por las 62.000 familias españolas fotovoltaicas es insoportable, tanto en lo económico como en lo moral, y resulta inaceptable que por una misma situación el Estado indemnice el daño causado a los grandes inversores internacionales y ordene la ruina de sus nacionales», indicó el presidente de la asociación, Miguel Ángel Martínez-Aroca. Los productores fotovoltaicos han soportado, según indica Anpier, «recortes de hasta el 50% de la tarifa regulada que ofreció el Estado, mientras que la banca exigía el pago íntegro de la financiación, lo que supuso que el colectivo debió refinanciar para no perder las garantías personales dadas a las entidades bancarias».

Pese a todo, «el Gobierno mantuvo que la reforma era legal y sólida, estigmatizando socialmente a este colectivo para justificar sus arbitrarias decisiones», señala, antes de resaltar que ahora «una instancia internacional, sin ningún tipo de condicionamiento político, ha dictaminado lo que en buena lógica es de justicia, que los acuerdos han de cumplirse o se debe restituir el daño causado». Este resarcimiento ha de producirse «con más motivo cuando se trata de un Estado, que ha de velar por la seguridad jurídica en su territorio, y, sobre todo, cuando se trata de familias que actuaron confiando en su Estado, que les llamó a que realizaran este esfuerzo inversor», añade.

La CNMC regula las liquidaciones de las renovables, una gestión que le cedió el Gobierno de forma transitoria en 2014

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) reguló los procedimientos de solicitud de información y liquidación de las actividades de las instalaciones de renovables, cogeneración y residuos, con lo que avanza en la reglamentación de una función temporalmente cedida por el Gobierno.

Pese a que el Gobierno se atribuyó en la Ley del Sector Eléctrico aprobada a finales de 2013 las liquidaciones de estas instalaciones, apenas seis meses después, mediante una disposición transitoria incluida en el real decreto 413/2014, encargó a la CNMC de forma transitoria la gestión de esta actividad, caracterizada por su complejidad. Ahora, el organismo presidido por José María Marín Quemada ha derogado la circular 3/2011 elaborada por la extinta Comisión Nacional de Energía (CNE) y aplica nuevos criterios para mejorar el proceso de liquidación de estas instalaciones. La ley le habilita para hacerlo.

Utilizando únicamente las comunicaciones telemáticas

La nueva norma actualiza determinados procedimientos de liquidación, incluidas nuevas figuras liquidatorias que resultan del nuevo régimen retributivo establecido por el real decreto 413/2014, al tiempo que amplía el ámbito de las comunicaciones telemáticas. Estas comunicaciones telemáticas será a partir de ahora el único medio para efectuar todas las comunicaciones entre CNMC y los titulares de las plantas. Además, para agilizar el proceso, se reducen los plazos en el calendario de liquidación y se adelanta el día de cierre de las liquidaciones. También se adapta al nuevo marco normativo la documentación que deben aportar los titulares y el resto de sujetos del sistema de liquidaciones.

Junto a esto, se aclara el procedimiento de cesiones y pignoraciones de derechos de crédito, así como los diferentes procedimientos de actuación por parte de la CNMC en casos de impagos por parte de los sujetos de liquidación. Por último, se permite el empleo de la domiciliación bancaria como medio de pago, lo que «conllevará una mejora en la tramitación en los pagos y un ahorro para los administrados», señala el organismo regulador en la circular, publicada en el BOE.

La CNMC multa a tres comercializadoras eléctricas por no presentar las garantías exigidas por Red Eléctrica

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con un importe total de 21.300 euros a tres comercializadoras de electricidad por no presentar las garantías exigidas por el operador del sistema. La Ley del Sector Eléctrico impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías que reglamentariamente resulten exigibles. En los tres casos, el operador del Sistema, Red Eléctrica de España (REE) denunció los incumplimientos ante la CNMC.

En concreto, el organismo presidido por José María Marín Quemada ha sancionado a las compañías Alcanzia Energía y Estrategias Eléctricas Integrales con 10.000 euros, respectivamente, y a Comercial y Asesora de Electricidad con 1.300 euros. La sociedad Alcanzia Energía incurrió en un incumplimiento de la obligación de prestar las garantías exigidas por REE por insuficiencia de dichas garantías durante el periodo de tiempo comprendido entre el mes de septiembre de 2015 y el 5 de febrero de 2016. Esta sociedad procedió, con fecha 5 de febrero de 2016, a depositar el importe de 2,832 millones de euros en concepto de garantías y regularizó así su déficit de garantías con REE.

Por su parte, el incumplimiento de las garantías exigidas por REE a Estrategias Eléctricas Integrales se prolongó desde el período comprendido entre el 19 de febrero y el 2 de septiembre de 2016 y ascendió a 732.000 euros. La compañía subsanó el déficit el pasado 2 de septiembre. Finalmente, Comercial y Asesora de Electricidad, S.L. no prestó las garantías requeridas por REE con fecha límite de 21 de enero de 2016 y por valor de 44.000 euros. Posteriormente, la empresa depositó las garantías pendientes en fecha 22 de febrero de 2016, siendo su estado de garantías correcto desde dicha fecha.

El consumidor vulnerable deberá tener un certificado de los servicios sociales para impedir los cortes de luz

EFE / Europa Press.- Los servicios sociales de ayuntamientos y comunidades autónomas deberán acreditar mediante la expedición de un documento que un consumidor es «vulnerable severo», lo que le protegerá de los cortes de luz, según se recoge en el real decreto-ley. La norma, que regula la financiación del bono social, incluye varias modificaciones de la ley del sector, entre ellas la de incluir la citada categoría de consumidor «vulnerable severo» en el epígrafe de «suministros esenciales», es decir, que no se les puede suspender el suministro.

Así, se incluye en el apartado 4 del artículo 52, en el que se establecen esos supuestos de suministros esenciales, una nueva categoría que se suma a los 8 ya existentes, como hospitales, fuerzas de seguridad, alumbrado público entre otras, y en las que en «ningún caso» puede suspenderse el suministro. En ese nuevo apartado se incluye a «aquellos suministros a consumidores que tengan la condición de vulnerables severos acogidos a tarifas de último recurso y que estén siendo atendidos, respecto a estos suministros, por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes por hallarse, en atención a su renta, en riesgo de exclusión social».

El texto también añade que estos suministros se circunscribirán a personas físicas en su vivienda habitual y que «todo lo anterior deberá ser acreditado mediante documento expedido por los servicios sociales de las referidas Administraciones Públicas». Sobre los cortes de suministro, contempla además que, para los consumidores vulnerables, no se pueda cortar la luz en un periodo de cuatro meses desde la notificación del impago, pero sólo si son clientes del PVPC. También se incluye la obligación de que haya respuesta por parte de los servicios sociales cuando se les consulte sobre la situación de las familias vulnerables. Además de incluir a estos consumidores “vulnerables severos”, el texto prohíbe que se puedan aplicar recargos posteriores a esas situaciones de morosidad.

El borrador de la normativa, que podría ir este viernes al Consejo de Ministros, también regula el nuevo modelo de financiación del bono social, que pasarán a costear todas las comercializadoras eléctricas en función del número de clientes y no solo las que tienen además actividades de producción y distribución como ocurría hasta ahora. Además, será asumido por las matrices de los grupos de sociedades. El Tribunal Supremo tumbó recientemente el anterior modelo de financiación por considerarlo discriminatorio. El nuevo repartirá el coste del bono, que supone unos 200 millones de euros anuales, entre un mayor número de empresa aunque la mayor parte seguirá cayendo en las tres principales compañías, Endesa, Iberdrola y Gas Natural, por sus cuotas de mercado.

El bono tendrá mayor coste

La propuesta de normativa también incluye, tal y como había señalado el Gobierno, que las compañías eléctricas «cofinancien» con las Administraciones Públicas el suministro de energía eléctrica de aquellos consumidores que entren en esa categoría de «vulnerables severos». Posteriormente, el Gobierno prevé acometer una revisión de esta ayuda para vincular su percepción a la renta. El texto también pone un plazo máximo de tres meses para aprobar las normativas de desarrollo necesarias para su aplicación. El Gobierno y el PSOE firmaron un acuerdo sobre estas reformas, que también apoya Ciudadanos.

En el desarrollo reglamentario quedan pendientes la articulación del procedimiento para evitar los cortes de suministro, la modificación de la definición de consumidores vulnerables que pueden acogerse al bono social y la fijación de mejores prácticas de comercialización para que los usuarios puedan conocer de forma clara las ofertas energéticas. El Gobierno calcula que actualmente hay 2,6 millones de hogares con consumidores vulnerables, que suponen unos siete millones de personas, que reciben un descuento en la factura de la luz a través del bono social.

El Gobierno podrá imponer además sanciones de hasta 60 millones de euros a las comercializadoras de electricidad que no cumplan con sus obligaciones referidas al nuevo sistema de financiación del bono social, según consta en el borrador del real decreto por el que se regula el nuevo mecanismo de fijación de esta ayuda a consumidores vulnerables. El borrador modifica en su artículo 1 varios aspectos de la Ley del Sector Eléctrico 24/2013. En concreto, el real decreto-ley incorpora por primera vez al catálogo de conductas consideradas «muy graves» dos apartados relacionados con las obligaciones de las comercializadoras con el bono social. Estas infracciones implican penalizaciones por importe de entre 6 y 60 millones de euros.

La sanción de entre 6 y 60 millones es la mayor de las recogidas por la ley eléctrica y, a partir de la aprobación del real decreto, se podrá aplicar cuando la comercializadora «deje de ingresar dentro de los planes legal o reglamentariamente establecidos las cuantías que correspondan al reparto del coste del bono social», siempre que la cantidad anual que deba aportarse sea superior a 5 millones de euros. La infracción por conducta «muy grave» también se podrá imponer cuando se produzca «el falseamiento u ocultación de datos sobre número de clientes o energía eléctrica suministrada o de cualquier otra información que se solicite por la Administración a efectos de la aplicación del mecanismo de financiación del bono social».

El borrador incorpora al régimen de sanciones «graves» las conductas consistentes en dejar de ingresar los importes del bono social en cantidades de entre 500.000 y 5 millones de euros. Las multas para este tipo de actuaciones oscilan entre 600.000 y 6 millones de euros. Serán sanciones «graves» la comunicación de datos inexactos sobre el número de clientes o la energía suministrada por las comercializadoras encargadas de costear el bono social. Hasta la fecha, la normativa sobre consumidores vulnerables y el bono social no recogía ningún tipo de sanción explícita.