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La CNMC incoó un total de 104 expedientes sancionadores relacionados con el mercado energético en 2017

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) incoó un total de 104 expedientes sancionadores relacionados con infracciones de la Ley del Sector Eléctrico y del Sector de Hidrocarburos en 2017, según indicó el organismo. Durante ese periodo, el organismo presidido por José María Marín Quemada resolvió un total de 43 expedientes e impuso las correspondientes sanciones.

Los motivos que suscitaron la apertura de estos expedientes fueron muy diversos. Entre otros, la CNMC inició un sancionador por una posible alteración de precios en las ofertas de mercado de generación entre 2016 y 2017. Además, detectó que algunas empresas no estaban respetando las reglas del mercado a la hora de producir, comprar y vender energía (5 expedientes), e incluso que no se encontraban inscritas en el registro español de productores de energía (18).

En todo caso, la CNMC destacó que este tipo de infracciones descendió considerablemente con respecto a otros ejercicios, gracias a su «eficacia para sancionar esas prácticas«. Además, el Ministerio de Energía agilizó los procedimientos para inhabilitar a las compañías infractoras y traspasar a los clientes afectados a otras comercializadoras. Asimismo, durante el año pasado la CNMC inició 15 expedientes sancionadores contra diversas empresas energéticas que habían cambiado de compañía (luz y/o gas) a clientes sin su consentimiento. En algunos casos, Competencia incluso investiga el traspaso masivo de clientes entre comercializadoras.

Por otra parte, inició 7 expedientes sancionadores contra empresas que incumplieron la normativa de de publicar los precios de combustibles y carburantes, y aprobó la resolución de 23 expedientes de este tipo. Otras infracciones afectaron a empresas que incumplieron el Plan Nacional de Sustitución de Contadores, por lo que la CNMC finalizó la instrucción de 9 expedientes. La CNMC también investigó el incumplimiento de Reglamentos europeos, concretamente del Artículo 110 u) de la Ley de Hidrocarburos, con la incoación de 2 expedientes contra comercializadoras gasistas.

Por otra parte, la CNMC instruyó un total de 115 procedimientos sancionadores, cuya resolución corresponde al Ministerio de Energía o al Consejo de Ministros. Las infracciones más destacadas están relacionadas con el mantenimiento de las existencias mínimas de seguridad exigidas de productos petrolíferos y de gas natural (24 sancionadores); el impago de los peajes de acceso a las redes (5 expedientes) y liquidaciones (3); incumplimientos de envío de datos de lectura de contadores inteligentes (10).

Aragón impugna la orden del Estado que permite a las compañías eléctricas cobrar recargos territoriales por impuestos medioambientales de 2013

EFE.- Aragón impugnará por la vía contencioso- administrativa la orden estatal de enero de 2018 por la que se faculta a las empresas a establecer recargos territoriales en función de los tributos medioambientales vigentes en 2013, es decir, el ICA y el Impuesto de Emisiones Contaminantes.

El consejero de Presidencia, Vicente Guillén, explicó que se ha autorizado iniciar las acciones judiciales necesarias para que se anule esta orden, que permite a las eléctricas aplicar recargos en las facturas de los consumidores aragoneses para compensar determinados impuestos autonómicos, únicamente referidos al año 2013, año en que se aprobó la ley del sector. En cualquier caso, la orden no permite a las eléctricas cobrar ya el suplemento, sino que es una «primera fase». Como para fijar el suplemento es necesario conocer el importe de los impuestos que han soportado las compañías eléctricas, la orden se limita a identificar estos impuestos y remite a una segunda orden para cuantificar de forma precisa el suplemento.

De este modo, Aragón presenta el recurso de forma «casi preventiva» para que el canon de saneamiento en 2013 y el impuesto de emisiones contaminantes no se consideren impuestos que afectan al suministro eléctrico. El Gobierno de Aragón considera que ni los consumidores tienen que soportar los impuestos exigidos a las empresas suministradoras de energía ni el Ministerio puede decidir que estos impuestos los paguen los ciudadanos de la comunidad.

La CNMC multa a Endesa Energía con 30.000 euros por cambiar de comercializadora eléctrica a un consumidor sin su consentimiento

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa Energía con 30.000 euros por haber cambiado a un consumidor de compañía eléctrica sin contar con su consentimiento. Competencia considera que, con esta actuación, Endesa Energía es responsable de una infracción leve de las tipificadas en la Ley del Sector Eléctrico.

Esta multa tiene su origen en la denuncia que realizó un consumidor a través de Facua-Consumidores en Acción, quejándose de que le habían cambiado de comercializador de electricidad sin su visto bueno. Tras recibir la denuncia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, posteriormente, inició un expediente sancionador contra Endesa Energía por cometer una infracción administrativa de carácter leve, en concreto, por el incumplimiento de los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que Endesa Energía no ha respetado el procedimiento que deben seguir las comercializadoras eléctricas para contratar con un nuevo cliente ni tampoco contó con su consentimiento.

Competencia recuerda que no es la primera vez que sanciona a empresas del sector energético por prácticas similares. Así, en 2017 multó a 4 comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, Iberdrola Clientes, Gas Natural Servicios, y Viesgo Energía) con 155.000 euros. Además, la CNMC publicó en 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los consumidores y las comercializadoras de electricidad y gas cuando se realiza una contratación. Entre otros consejos, insistía en la importancia de que las compañías sean muy cuidadosas al captar clientes a través de canales de venta domiciliaria y por teléfono.

Asimismo, la normativa establece el derecho del consumidor a elegir comercializador y obliga a éstos a cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. En definitiva, la sanción a Endesa asciende a 30.000 euros y se aprueban las reducciones recogidas en la normativa siempre y cuando se produzca el desistimiento o renuncia de cualquier acción, o recurso en vía administrativa, contra la sanción.

El Parlamento Vasco solicita al Gobierno autonómico que de seguridad jurídica al autoconsumo eléctrico

EFE. – El poder legislativo vasco, representado por su Parlamento, ha pedido al Gobierno autonómico que antes de que finalice el año exponga un borrador de normativa para regular la generación renovable de energía y la distribución compartida mediante redes inteligentes colectivas con el fin de dar seguridad jurídica al autoconsumo energético.

Así, el Parlamento Vasco ha aprobado una enmienda transada por EH Bildu, PNV y PSE, a la que se ha sumado Elkarrekin Podemos, a una iniciativa original de la coalición soberanista sobre el autoconsumo de energía eléctrica. Por el contrario, el PP se ha abstenido en el punto referido a la petición al Gobierno Vasco para que elabore un borrador de normativa y ha votado en contra del resto.

En la iniciativa aprobada el Parlamento también ha instado al Gobierno de Mariano Rajoy a que modifique la Ley del Sector Eléctrico y reconozca el derecho a consumir energía eléctrica autogenerada «sin ningún tipo de cargo». La Cámara estima que la energía consumida instantáneamente o almacenada en baterías «no debe contribuir a sufragar los costes del sistema eléctrico» ya que no se hace uso de esa red.

Para finalizarel pleno de la Cámara solicitó al Gobierno que establezca que las instalaciones de autoconsumo que no inyecten energía a la red eléctrica sean legalizadas «según los reglamentos técnicos correspondientes» pero sin que se requiera la obtención de otros trámites administrativos.

Fenacore celebra la ley de medidas urgentes ante la sequía porque permitirá lograr tarifas eléctricas más competitivas para los regantes

Europa Press.- El presidente de la Federación Nacional de Comunidades de Regantes (Fenacore), Andrés del Campo, celebró la entrada en vigor de la Ley 1/2018 de Medidas Urgentes para la Sequía porque permitirá lograr tarifas eléctricas más competitivas para los regantes, «una demanda que el sector» reclamaba desde 2008. Concretamente, la nueva norma abre la puerta a disponer de dos contratos en un mismo año y con potencias diferentes, por lo que desaparecerán las tarifas especiales para cubrir el déficit de tarifa.

La ley incluye una serie de disposiciones finales relativas por ejemplo a los contratos de acceso a redes de transporte y distribución eléctrica para regadíos con las que además se modifica la Ley del Sector Eléctrico. De este modo, los regantes podrán firmar un contrato de temporada para los meses de máximo consumo y otro, con una potencia mínima el resto del año, para mantener los equipos, de modo que evitarán pagar durante todo el año por un servicio que solo utilizan en la campaña de riego, lo que para los regantes incrementaba «injusta e innecesariamente el gasto en electricidad».

Del Campo, en todo caso, ha indicado que los regantes reciben la normativa «con cautela» pues aunque el nuevo marco regulatorio establece que los precios del término de potencia en principio no subirán, sí contempla posibles variaciones si la salud económica y financiera del sistema eléctrico lo requiere. Además, otra de las disposiciones adicionales de la nueva Ley es la que modifica la Ley de Economía Sostenible e incorpora la voluntad por parte del Gobierno de sustituir las fuentes de energía convencionales por renovables e incluye las instalaciones de autoconsumo en las extensiones agrarias, una «reclamación histórica» de la organización.

Los regantes llevaban tiempo pidiendo una revisión del real decreto de Autoconsumo que al eliminar por completo este gravamen variable en función de la energía autoproducida a las instalaciones de más de 10 kilowatios de potencia permitiera realmente impulsar la producción entre los medianos y grandes consumidores. «Desde Fenacore llevamos años de negociaciones a alto nivel para poner en marcha medidas que ayuden a levantar un escenario tarifario más competitivo ya que el sistema actual penaliza a los consumidores estacionales. Con esta nueva ley vemos la voluntad política con pequeños pasos hacia lo que consideramos justicia eléctrica», concluye Del Campo.

 

PP y Unidos Podemos acuerdan condicionar la bajada de impuestos al autoconsumo energético a la sostenibilidad económica del sistema eléctrico

Europa Press.- El Congreso, con votos a favor de PP, Unidos Podemos, Esquerra Republicana, Compromís, EH Bildu, UPN, Foro Asturias y Coalición Canaria, abstención de PSOE, PDeCAT, PNV y Nueva Canarias y el voto en contra de Ciudadanos, ha confirmado un cambio en la Ley del Sector Eléctrico introducido en el Senado recientemente para condicionar por ley la reducción excepcional de peajes a determinadas formas de autoconsumo a que el sistema energético sea económica y financieramente sostenible.

Esta condición se incluyó en la ley de medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía en determinadas cuencas hidrográficas a su paso por el Senado y así se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La citada enmienda modifica el apartado dedicado a autoconsumo en la Ley del Sector Eléctrico de 2013 y venía a permitir la posibilidad de reducir los peajes, la carga impositiva que deben hacer frente los autoconsumidores, en sectores intensivos en el consumo energético o de actividad estacional.

Una redacción final más restrictiva

Sin embargo, si en la redacción original esta posibilidad se hacía con el fin de «garantizar la viabilidad económica» de esta producción de energía, la modificación introducida en el Senado, y respaldada por el Congreso ahora, condiciona esta bajada de impuestos a la sostenibilidad económica y financiera. Esto es, «siempre que la modificación propuesta sea consistente con la seguridad y sostenibilidad económica y financiera recogida en la Ley del Sector Eléctrico, así como en la normativa comunitaria de aplicación». Además, la enmienda concreta que esta reducción podrá hacerse «de forma excepcional» y para «determinadas categorías de consumidores en la modalidad de suministro con autoconsumo caracterizados por ser intensivos en consumo energético o sujetos a estacionalidad«.

Unesa asegura que modificar la retribución “de manera inesperada” pone en cuestión la estabilidad jurídica y perjudica a las empresas

Europa Press.- La patronal de las principales compañías eléctricas, Unesa, que representa a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo, junto a otras patronales de distribución como ASEME y CIDE, han recordado que la remuneración de la distribución eléctrica fue establecida por la Ley de 2013 y critican que los ajustes que el Gobierno pretende aplicar se producen «de manera inesperada» al estar fuera de los periodos regulatorios, «lo que pone en cuestión la estabilidad jurídica» y perjudica a las empresas.

Asimismo, señalan que los cambios se quieren introducir cuando aún está pendiente de tramitación la Ley del Cambio Climático y Transición Energética y cuando la comisión de expertos creada por el Gobierno para asesorar sobre estos asuntos aún no entregó sus conclusiones. Para las patronales, la transición energética «exige mantener y ampliar» las redes de distribución y la incertidumbre generada por los cambios regulatorios «no favorece la inversión», que supera los 1.100 millones de euros.

Además, consideran que el papel de las redes «es crítico» para poder integrar de manera efectiva las energías renovables, conseguir que el consumidor sea más activo y responsable en una red digitalizada y para poder ampliar los usos de la electricidad, «por lo que alterar el entorno regulatorio puede condicionar la consecución de estos objetivos«. En su comparecencia en el Congreso, Nadal pidió al resto de fuerzas políticas del Parlamento respaldo para aplicar a las eléctricas y gasistas una serie de ajustes en su retribución por cerca de 250 millones de euros, de los cuales algo menos de 200 millones de euros corresponden al sector eléctrico y otros 50 millones de euros al sector gasista.

Ajustes a distribución y transporte

El mayor de estos ajustes se refiere a los costes del sistema en transporte y distribución, donde considera que existen «casos de sobrerretribución en el factor de retardo», por el que una distribuidora eléctrica o Red Eléctrica de España (REE) reciben un equivalente de tipo de interés del 10% durante dos años desde que se realiza el proyecto hasta que se integra. “Este tipo de interés es altísimo. Un 5% anual a dos años no lo paga nadie para este nivel de riesgo. Pretendemos sustituirlo por un índice financiero”, indicó Nadal, quien estimó que el impacto de esta medida sería de unos 100 millones de euros, en una actividad de unos 7.000 millones de euros.

Otra de las partidas a ajustar corresponde a la retribución correspondiente a unos activos amortizados pertenecientes a las principales compañías, después de una demanda presentada por pequeñas empresas distribuidoras ante el Tribunal Supremo, que estarían «sobreretribuidos» y cuyo impacto sería de unos 70 millones de euros. Además, en los costes extrapeninsulares, propone una actualización en los parámetros de activos una vez que Red Eléctrica ha remitido las pruebas más actualizadas para determinar la estructura de costes de generación de las distintas centrales en las islas, que ascendería a unos 15 o 20 millones de euros.

No obstante, el Gobierno finalmente no ha incluido en el paquete de enmiendas presentadas por el Grupo Popular en el Senado a la Ley contra la sequía ninguna propuesta de cambio encaminada a reducir la retribución a las redes de gas y a la distribución eléctrica. Así, en la batería de enmiendas se incluyen únicamente propuestas de modificación en la Ley del Sector Eléctrico referentes a peajes y cargos para determinadas categorías de consumidores en la modalidad de suministro con autoconsumo caracterizados por ser intensivos en consumo energético o sujetos a estacionalidad y a regadíos, adaptándose a la normativa europea.

En el Congreso, Nadal consideró que estos ajustes en el sistema de la retribución en la parte regulada de las eléctricas proceden de las recomendaciones del regulador, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o de REE. Nadal también solicitó el apoyo para que las empresas dueñas de las centrales nucleares asuman, en el caso de producirse su cierre, el coste de su desmantelamiento. A este respecto, subrayó que España es el único país en el que el desmantelamiento de una nuclear «es responsabilidad de todos», a través de la sociedad Enresa.

La CNMC se opone al decreto que dificulta el cierre de centrales eléctricas porque introduce excesiva discrecionalidad e inseguridad jurídica

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha rechazado el proyecto de decreto del ministro de Energía, Álvaro Nadal, que endurece las condiciones para autorizar el cierre de centrales de generación eléctrica al considerar que introduce «una excesiva discrecionalidad y crea inseguridad jurídica para las nuevas inversiones, pudiendo resultar contraproducente para la competencia en el sector eléctrico».

El Gobierno activó el procedimiento para aprobar el real decreto para endurecer las condiciones para el cierre de centrales el pasado mes de noviembre, después de que Iberdrola solicitara la clausura para sus plantas de carbón de Lada (Asturias) y Velilla (Palencia). En su informe sobre la propuesta de normativa, el organismo presidido por José María Marín Quemada subraya que el real decreto introduce nuevos criterios adicionales al de seguridad de suministro para denegar el cierre de las centrales como son que no afecte negativamente a los precios, a la competencia, al suministro de materias primas o a los objetivos de planificación, exigencias que ni la Ley del Sector Eléctrico ni la normativa europea contemplan.

El Ministerio plantea que en el caso de que se deniegue la autorización al propietario de la central, éste podrá transferir la central a terceros o adherirse a un procedimiento de subasta reglado, solución que, en última instancia, podría llevar a que, si no hay interesados en la subasta, se adjudique a un tercero a cambio de una compensación. Así, la CNMC considera que estos criterios adicionales no están incluidos en la Ley del Sector Eléctrico y podrían ir en contra de la normativa europea recogida en la propuesta de la Comisión Europea de Reglamento relativo al mercado interior planteado en el Paquete de Invierno.

Propone ayudas de Estado ilegales

En lo que se refiere al mecanismo de subasta que propone el Ministerio, la CNMC cree que es «muy complejo» y considera que la compensación a un tercero por mantener una central si la subasta queda desierta sería una ayuda de Estado conforme a la normativa europea, «lo cual aconseja que se notifique previamente la propuesta a la Comisión Europea«.

Asimismo, la CNMC recuerda que el sistema eléctrico español no presenta problemas de seguridad de suministro en el medio y largo plazo, sino todo lo contrario. Así, en el peor escenario (punta de demanda de 46.000 megavatios (MW) y baja generación), se podría prescindir sin riesgo de casi 3.000 MW hasta 2020, es decir, cerca de un 30% del parque de carbón existente. Esta cifra llega a alcanzar los 5.000 MW (el 50% del parque de carbón) si se considera el escenario más favorable, según el informe. A estos cálculos habría que sumar 3.000 MW de potencia interrumpible. En el caso de las dos centrales térmicas para las que Iberdrola ha solicitado su cierre, suman una potencia de 874 MW.

En un análisis de más largo plazo, en el horizonte 2020-2030, en su informe la CNMC señala que no resultaría necesario incorporar nueva capacidad de producción hasta el año 2021, dando por supuesto el mantenimiento del parque operativo actual. Posteriormente, se requerirá capacidad adicional en función de la senda que siga la retirada de tecnologías convencionales, en particular la tecnología nuclear y las centrales de carbón, y el crecimiento de la demanda. Así, por ejemplo, en un escenario en el que la demanda creciera en el entorno de un 1% anual, y el parque de generación actual, excepto la mitad de las centrales de carbón, se mantuviera operativo, no resultaría necesaria nueva capacidad hasta 2028.

El Gobierno ordena la devolución a las compañías eléctricas del bono social del ejercicio 2014 con cargo a los superávits

Europa Press.- El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha ordenado devolver a las compañías eléctricas las cantidades abonadas por el bono social en el ejercicio 2014, más los intereses correspondientes, con cargo a los superávits del sistema eléctrico. Según una orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Gobierno ejecuta así las sentencias del Tribunal Supremo que habían dado la razón a las compañías eléctricas respecto al sistema de financiación del bono social.

La orden señala que los pagos se realizarán «con cargo a los superávits de ingresos del sistema eléctrico que están depositados en la cuenta específica del encargado de las liquidaciones», la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El pasado octubre, el Ministerio ya aprobó otra orden para la devolución de las cantidades abonadas por las compañías eléctricas por el bono social en los ejercicios 2015 y 2016, después de que otro fallo del Supremo estimara que estas indemnizaciones a las compañías debían realizarse con cargo al sistema eléctrico y no al Tesoro Público o a las comercializadoras.

A finales del 2016, el Supremo ya había reconocido el derecho de los demandantes a cobrar una indemnización por las cantidades abonadas en concepto de bono social. Las cantidades correspondientes a 2014 estaban pendientes del fallo del Tribunal Supremo. Así, el tribunal ha estimado los recursos presentados por Endesa, Iberdrola, Viesgo, Gas Natural, Estebanell y Pahisa, Electra del Maestrazgo, Fuciños Rivas, Cooperativa Popular de Fluido, Eléctrico de Camprodón y la Asociación de Empresas Eléctricas (ASEME).

El bono social eléctrico en 2014 rondó los 200 millones de euros y fue asumido en su mayor parte por Endesa (41,61%), Iberdrola (38,47%) y Gas Natural (14,18%). Desde 2014, el sistema eléctrico se encuentra en positivo, acumulando más de 1.440 millones de euros de superávit. En concreto, ese año el superávit ascendió a 550,3 millones de euros, mientras que en 2015 alcanzó los 469,3 millones de euros y en 2016 421 millones de euros.

A este respecto, el Gobierno ya había incluido varias disposiciones adicionales en el proyecto de Presupuestos de 2017 en las que recogía la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios extrapeninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector en ejecución de sentencias derivadas de normativa del sector eléctrico. Estas disposiciones con rango de ley suponían una modificación de la Ley del Sector Eléctrico, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa. 

La CNMC abre expediente a Gas Natural Fenosa y a Endesa por indicios de alteración de precios de la luz

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador a Gas Natural Fenosa Generación y a Endesa Generación, que ya anunciaron la presentación de alegaciones, tras observar indicios de alteración de precios en las ofertas de mercado de generación entre octubre de 2016 y enero de 2017. En concreto, el organismo presidido por José María Marín Quemada abrió dicho proceso sobre ambas compañías por una presunta infracción grave de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.

A la vista de los precios que se registraron en el mercado de generación eléctrica, en febrero de 2017 se requirió información a Endesa y Gas Natural sobre sus contratos de aprovisionamiento de gas natural, de suministro a centrales de ciclo combinado y a otros clientes, así como operaciones de compra y venta dentro del sistema gasista en el mercado OTC, previsiones de consumo y desviaciones entre previsiones y consumo real. Sobre la base de la información reservada realizada, la Dirección de Energía ha observado indicios de posible alteración del llamado despacho de generación del pool para obtener ingresos superiores en mercados de restricciones (ajustes que se realizan por motivos de seguridad en el suministro).

Es decir, según la CNMC, habrían realizado una oferta «anormalmente elevada» para que dichas centrales participaran en el mercado de restricciones y obtener así mayores ingresos. De esta manera, habrían llegado a impedir su programación durante días, a pesar de que el contexto generalizado de precios elevados debería haber conducido justo a la situación contraria, con pleno conocimiento de la empresa de la alta probabilidad de que las centrales acabarían siendo programadas por restricciones técnicas (por motivos de seguridad en el suministro). Dicha conducta podría haberse producido por parte de Gas Natural Fenosa Generación en cinco centrales (Sagunto, San Roque, Málaga; puerto de Barcelona y Besós) y por parte de Endesa Generación en la central de ciclo combinado de Besós.

Endesa alegará contra la CNMC

Por su parte, Endesa presentará alegaciones contra el expediente sancionador abierto por la CNMC contra la filial de Generación de esta compañía. «Acabamos de recibir el expediente, lo vamos a estudiar y presentaremos alegaciones», anunciaron fuentes de la compañía, que asegura que presenta sus ofertas «por igual» en todos los ciclos combinados con los precios referenciados al Mibgas. Asimismo, expresa su extrañeza y malestar por la incoación por parte de Competencia de este expediente sancionador, al considerar un contrasentido que quiera incrementar los precios del gas cuando esa estrategia perjudica a su cuenta de resultados.

Concretamente se trata de una infracción prohibida en el artículo 65.34 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, que tipifica «la presentación de ofertas con valores anormales o desproporcionados con el objeto de alterar indebidamente el despacho de las unidades de generación o la casación del mercado«. El periodo por el que ha abierto este expediente la CNMC corresponde al invierno pasado, en el que se registró una espiral alcista en los precios de la electricidad, especialmente en enero, en el que se llegaron a registrar cotas en algunos momentos puntuales de más de 100 euros por megavatio hora (MWh).

Ante este hecho, el Gobierno adoptó un paquete de medidas para fomentar la competencia en el mercado del gas con el fin de aumentar su oferta y que repercutiera en un abaratamiento de la electricidad. En concreto, se aprobó la creación de la figura de un creador del mercado en el sector del gas, y se anunció la obligatoriedad para que los operadores dominantes, precisamente Gas Natural Fenosa y Endesa, hagan también estas ofertas dentro del mercado del gas (Mibgas). Esta medida, a pesar de ser anunciada hace un año, entró en vigor recientemente con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una obligación que ya ha sido recurrida por Gas Natural Fenosa.