El Supremo da la razón a Endesa en la revisión de sus retribuciones al transporte entre 2008 y 2011

Europa Press / EFE.– El Tribunal Supremo estimó en parte un recurso contencioso administrativo presentado por Endesa Distribución Eléctrica y anuló varios artículos de la orden de peajes con la que el Ministerio de Industria estableció las retribuciones para las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica para la segunda mitad de 2013 y que fue recurrida, entre otras compañías, por Endesa. Las partes anuladas tienen que ver a la retribución al transporte de electricidad entre 2008 y 2011.

Concretamente, el Supremo anuló el artículo 3 de la orden ministerial 2442/2013 en lo referido a la retribución definitiva para Endesa de la actividad de transporte de electricidad entre 2008 y 2011 para instalaciones puestas en servicio antes del 1 de enero de 2008, según el BOE. En este artículo, Industria reconocía una retribución definitiva a Endesa por sus instalaciones de transporte de 25,7 millones en 2008 y de 25,2 millones en 2009. Sobre este punto, el Supremo advierte de que se trata de una anulación «parcial» al afectar sólo a algunos de los artículos recurridos y no a la orden ministerial en su totalidad.

El Tribunal Supremo también anuló el artículo 4 de la misma orden respecto al incentivo recibido por Endesa a la disponibilidad de la red de transporte correspondiente a la retribución de 2008 para los territorios insulares, valorado en 793.000 euros. Por último, dejó sin efecto el artículo 6, el incentivo de disponibilidad a la red de transporte fuera de la Península correspondiente al periodo 2009-2011 calculado por Industria en lo referido a Endesa por importe de 1,8 millones de euros.

El Supremo no establece cómo debe el Estado retribuir a Endesa por el transporte de energía desde sus instalaciones antes del 1 de enero de 2008, ni tampoco fija plazo alguno para ello, pero señala que cuando lo haga debe justificarlo «de forma razonada«. Será la Administración la que fije la cuantía que debe percibir Endesa, a la que además se le reconoce el derecho de recibir intereses de demora.

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