El Supremo confirma una multa de 1,1 millones de euros a BP por fijar precios a empresarios independientes

EFE.- El Tribunal Supremo confirmó la sanción de 1,1 millones de euros que la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) impuso a BP por fijar indirectamente el precio de venta al público en sus estaciones de servicio. Da la razón así a la Audiencia Nacional, que ratificó en 2012 la multa por haber fijado indirectamente el precio de venta al público a empresarios independientes que operan bajo su bandera, restringiendo así la competencia entre las estaciones de servicio de su red.

La sanción de Competencia se remonta a 2009, cuando también multó a Repsol y Cepsa con 7,9 millones de euros en total por este motivo. Según el organismo, cada uno de los tres operadores controló los precios de venta al público de las estaciones de servicio bajo su bandera para evitar la competencia en precios entre las estaciones de su red, a lo que se unió la fijación directa de precios, que sí está permitida, en las estaciones gestionadas por la propia operadora. El resultado de estas prácticas fue que, independientemente de la marca, de la ubicación o del régimen económico de explotación de la estación de servicio, todas aplicaron el mismo precio máximo o recomendado fijado por su operadora.

También los magistrados llegan a esta conclusión para desestimar el recurso de BP, subrayando que su conducta tuvo un «carácter desincentivador de una política comercial independiente por parte de las empresas titulares de dichas estaciones de servicio, vinculadas por el régimen de comisión o de reventa». Con ello favoreció «la ausencia de competencia en el sector de distribución minorista de carburantes«, con lo que «debe considerarse ilícita por ser contrarias al derecho de competencia». Para el Supremo, ha quedado puesto de manifiesto «la dificultad» de las empresas de apartarse de de los precios máximos recomendados.

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