El Supremo confirma una multa de 15 millones de euros que Competencia impuso a Iberdrola en 2009

EFE.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo confirmó la multa de 15 millones de euros que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) impuso en 2009 a Iberdrola por negar al grupo británico Centrica el acceso a la información sobre sus clientes, según la sentencia del Alto Tribunal, que rechazó el recurso de Iberdrola contra la resolución del Consejo de la CNC, organismo integrado desde 2013 en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Según el Supremo, una sentencia de 2012 de la Audiencia Nacional, que había ratificado la multa, se anula únicamente por la infracción «de las normas reguladoras» de la propia sentencia, pero no por los hechos probados ni por «el carácter antijurídico de la conducta sancionada». Por ello, se asume «la respuesta dada» en la sentencia de la Audiencia Nacional, que considera probados los hechos y califica la actuación de Iberdrola como contraria a la Ley de Defensa de la Competencia. Iberdrola no fue la única eléctrica sancionada por la CNC en 2009, ya que la multa incluyó a Endesa, Unión Fenosa, HC Energía y Viesgo.

El Supremo confirma una multa de 1,1 millones de euros a BP por fijar precios a empresarios independientes

EFE.- El Tribunal Supremo confirmó la sanción de 1,1 millones de euros que la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) impuso a BP por fijar indirectamente el precio de venta al público en sus estaciones de servicio. Da la razón así a la Audiencia Nacional, que ratificó en 2012 la multa por haber fijado indirectamente el precio de venta al público a empresarios independientes que operan bajo su bandera, restringiendo así la competencia entre las estaciones de servicio de su red.

La sanción de Competencia se remonta a 2009, cuando también multó a Repsol y Cepsa con 7,9 millones de euros en total por este motivo. Según el organismo, cada uno de los tres operadores controló los precios de venta al público de las estaciones de servicio bajo su bandera para evitar la competencia en precios entre las estaciones de su red, a lo que se unió la fijación directa de precios, que sí está permitida, en las estaciones gestionadas por la propia operadora. El resultado de estas prácticas fue que, independientemente de la marca, de la ubicación o del régimen económico de explotación de la estación de servicio, todas aplicaron el mismo precio máximo o recomendado fijado por su operadora.

También los magistrados llegan a esta conclusión para desestimar el recurso de BP, subrayando que su conducta tuvo un «carácter desincentivador de una política comercial independiente por parte de las empresas titulares de dichas estaciones de servicio, vinculadas por el régimen de comisión o de reventa». Con ello favoreció «la ausencia de competencia en el sector de distribución minorista de carburantes«, con lo que «debe considerarse ilícita por ser contrarias al derecho de competencia». Para el Supremo, ha quedado puesto de manifiesto «la dificultad» de las empresas de apartarse de de los precios máximos recomendados.

La Comisión Europea en el avispero español

Margrethe Vestager, la comisaria de Competencia de la Unión Europea, visitaba este miércoles España. Danesa, de perfil y comportamiento nórdico, directo, es uno de los pesos pesados de la Comisión Junker y tiene un halo de dura y rigurosa. Enarbola el caso Google, con un fuerte aparato mediático a su alrededor. No es una comisaria al uso y está siendo una de las caras más conocidas del nuevo Ejecutivo europeo. Ostenta, además, una de las comisarías de primera categoría en la actual Comisión Europea, estructurada en dos capas.

En su estancia en España y comparecencia ante los medios en los desayunos de Europa Press, Margrethe Vestager fue interpelada respecto a la cuestión que dictamine que las primas a las renovables sean consideradas como ayudas de Estado ilegales por su volumen excesivo. La comisaria anunció que hasta el momento no hay una decisión tomada por la Comisión Europea respecto a este expediente y añadió que hay que tener «mucho cuidado» cuando existen procesos judiciales abiertos, dado que los resultados de sus investigaciones pueden influir en los litigios en marcha.

En días anteriores se había conocido que, en estos momentos, desde el propio Gobierno español se estaría intentando la consumación de un acuerdo con el Ejecutivo comunitario para que la Comisión incoase un expediente a España que, de facto, supondría la remoción de las políticas renovables seguidas en los últimos años con un efecto cuantificado en más de 40.000 millones de euros en primas. Un aval al sistema de recortes ideado por Industria y cuyo escenario judicial es muy sombrío, incluyendo las últimas revelaciones sobre los informes que lo soportaron.

Por otra parte, la invocación a la Comisión Europea desde Industria en este sentido, confirmada por la propia Abogacía del Estado al Tribunal Supremo, se realiza una vez que España ya colecciona más de una docena de arbitrajes a nivel internacional por las reformas en el sistema retributivo desde la cúpula del Ministerio de Industria, José Manuel Soria y Alberto Nadal, además de los procesos judiciales en el plano interno.

Dichas maniobras son consideradas por distintas fuentes como estratagemas de última hora para tratar de mitigar las consecuencias de los previsibles reveses judiciales de la reforma de forma que, con la calificación de ayudas de Estado ilegales por excesivas, se permitiría una posición del Gobierno ante los tribunales que desactivara las devoluciones e indemnizaciones subsiguientes en los pleitos que se resolviesen de forma negativa en cada una de las instancias.

Fuentes solventes apuntan al responsable de la Oficina Económica de Moncloa y al secretario de Estado de Energía, los hermanos gemelos Álvaro y Alberto Nadal respectivamente, como los que habrían tomado el mando de los movimientos de la ofensiva del Gobierno español en Bruselas en esta materia, buscando el apoyo del comisario de Energía y Acción Climática, Miguel Arias Cañete, en su momento propulsado por Rajoy para ocupar esta cartera.

La primera derivada de estas declaraciones de la comisaria Vestager es que en Europa se han dado cuenta del papel y del momento en el que se buscado la implicación de la Comisión Europea dentro del conflicto renovable en España y, a la vez, que se reserva un margen de maniobra respecto a las actuaciones del Gobierno de nuestro país para abordarlo en clave comunitaria.

Por otra parte, la forma en que se abordan estas cuestiones en la Comisión Europea, en las que se mezclan competencia, seguridad jurídica, conflictos judiciales y arbitrajes, se analizan con mucho detalle y precisión, teniendo en cuenta los efectos para las inversiones y los mercados financieros, elementos clave en la política europea de la actualidad. La maquinaria de la Unión, como dice un perfecto conocedor de ella, Alejo Vidal-Quadras, está orientada al acuerdo, con grandes dosis de diplomacia,  y tiene una concepción muy minuciosa y transparente de los asuntos públicos.

En definitiva, la comisaria danesa se sacude las avispas que el Ejecutivo español ha depositado en la Comisión Europea sobre esta cuestión. Después del desayuno informativo en Europa Press, la comisaria Vestager se reunió con el propio José Manuel Soria en la sede del Ministerio de Industria. Tiene mucho morbo, con el perfil de los dos, saber que se dijeron.

Bruselas no ha decidido si abrirá una investigación formal sobre las ayudas a las energías renovables

Europa Press.- La comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, aseguró que Bruselas no ha decidido si la Unión Europea abrirá una investigación formal sobre las primas concedidas a las renovables, como en el caso de España, dado el impacto que podría tener en los litigios judiciales abiertos si las primas fueran declaradas como ayudas de Estado.

Vestager incidió en que hay que tener «mucho cuidado» cuando existen procesos judiciales abiertos, como es el caso de España, y ver cómo los resultados de las investigaciones pueden influir en los litigios en marcha. En este sentido, la comisaria europea reconoció que esta situación genera incertidumbre y destacó que en las conversaciones que ya se han iniciado con los inversores se está intentando alcanzar un acuerdo sobre estas disputas.

Respecto a las ayudas públicas concedidas en España y otros diez países europeos en los denominados pagos por capacidad, Vestager incidió en la importancia de que las ayudas sean neutrales a la tecnología que se emplea. Así, recalcó que la necesidad de un mecanismo para garantizar el suministro puede ser una preocupación completamente legítima si existe la necesidad. En este sentido, incidió en que hay que asegurarse que la gestión de la demanda puede ser tan eficiente como el aumento del suministro y defendió que, si se puede conseguir que la energía y el gas fluyan de forma más libre, asegurarán el suministro, habrá una mejor distribución y menores precios.

Los operadores petrolíferos reciben con escepticismo el tope de 3 gasolineras seguidas por carretera

Europa Press.- Los operadores petrolíferos han recibido con escepticismo la medida anunciada este viernes por el Gobierno como parte de la nueva Ley de Carreteras en la que se establece que las carreteras no podrán tener tres gasolineras seguidas del mismo operador, según fuentes del sector.

Las fuentes se muestran prudentes ante la necesidad de conocer el detalle de la medida anunciada por la ministra de Fomento, Ana Pastor, ya que resulta crucial saber si afectará a las concesiones futuras, como parece más probable, o a los contratos en vigor.

En caso de que ataña a las instalaciones existentes, su aplicación tendría un efecto significativo sobre una red en la que Repsol, Cepsa y BP disponen de una implantación muy superior a la de otras empresas, y sobre la que el Gobierno ya ha fijado un límite del 30% en el número de gasolineras por provincia, así como del 30% del volumen vendido por provincia una vez se apruebe la Ley de Hidrocarburos.

En muchas autovías de peaje, los tramos en los que se instalan las estaciones de servicio se asignan a menudo por concurso, de modo que la medida obligaría a revisar estas concesiones, lo que podría tener implicaciones legales.

También hay dudas acerca de qué ocurriría si al cerrar una gasolinera quedasen tres de la competencia encadenadas, o de si los empresarios abanderados que usen la marca de uno de los operadores principales también se verían afectados por la medida.

Otras incógnitas que deberían resolverse son la hipotética obligación de que un operador venda o cierre una gasolinera concreta, sin dejarle capacidad para gestionar su cartera de instalaciones, o el caso concreto de un automovilista que haya cruzado dos estaciones de servicio de un operador y que, al incorporarse a una vía distinta, encuentre una tercera estación del mismo operador.

El presidente de la CNMC dice que el recibo de la luz es «muy alto» y cree «muy difícil bajarlo»

«La electricidad es cara y lo seguirá siendo mientras se mantengan las políticas energéticas heredadas de muchos gobiernos anteriores», aseveró el presidente del ‘superregulador’.

En este sentido, Marín Quemada reconoció que reducir el precio de la electricidad es «muy difícil» porque requeriría «tomar decisiones impensables» desde el punto de vista político.

«El recibo de la electricidad en España muestra un precio muy alto como consecuencia de una política energética de muchos años atrás, que además nos ha dotado de una energía que, paradójicamente, no es de última generación», lamentó durante una comparecencia en el Senado.

A este respecto, apuntó a las inversiones realizadas en instalaciones de energías renovables y en ciclos combinados y señaló que «todo eso, todas esas decisiones, van al recibo de la luz y hacen que sea alto y reste competitividad a las empresas que tienen a la electricidad como uno de sus principales costes de explotación».

El presidente de la CNMC reconoció que el Ministerio de Industria trata, «con su mejor intención», de reducir el precio de la luz, y que se han dado pasos, como la disminución de las subvenciones a las renovables, pero apuntó que «quedan otros muchos más por dar». «Algunos, soy el primero en reconocerlo, son impensables desde el punto de visto político», añadió.

«Hay muchas posibilidades de mejora, pero deben de ser pausadas, prudentes y cargadas de reflexión desde el punto de vista de las demandas sociales», advirtió.

Durante su intervención en el Senado, el presidente del ‘superregulador’ alertó de que las «injustificadas» restricciones a la competencia que aún presentan muchos sectores de actividad pueden suponer un «freno a al crecimiento económico a medio y largo plazo».

El sector eléctrico es uno de estos sectores, a los que añadió el de la distribución de carburantes, la distribución comercial, el transporte ferroviario, la competencia entre los aeropuertos y los aprovisionamientos públicos.

Entre ellos, aseveró que «las compañías eléctricas y de distribución de hidroarburos están entre las prioridades de vigilancia y de supervisión de la CNMC, como no puede ser de otra forma».

Marín Quemada subrayó así la necesidad de reformar sectores de servicios profesionales para introducir competencia «sobre todo en la actual coyuntura económica».

«A pesar de que la economía ha comenzado a recuperarse, impulsar la competencia contribuiría a intensificar y hacer más duradero, sostenible y robusto ese crecimiento», defendió. «La competencia fomenta la innovación y contribuye a aumentar la tasa de crecimiento, la productividad, el empleo y el bienestar social», añadió.

«Tanto la regulación de competencia, como el cumplimiento de esa regulación se encuentran en el núcleo del problema del crecimiento económico a largo plazo y, por tanto, también está en el núcleo para su solución», sentenció, al tiempo que alertó de que «la iniciativa privada genera mucha riqueza, pero también puede caer en la tentación de confiarse y abusar del mercado o fijar precios, lo que supone una grave amenaza para la economía, los ciudadanos y las propias empresas».

La CNMC anuncia multas de hasta 60.000 euros a directivos que atenten contra la competencia

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) prevé comenzar a imponer multas de hasta 60.000 euros a los gestores y directivos de empresas que incumplan «reiteradamente» las normas de competencia o participen o intervengan en actuaciones prohibidas.

Estas nuevas sanciones se sumarán así a las que el ‘superregulador’ ya impone a las compañías que cometen infracciones contra la Ley de Defensa de la Competencia que, en el caso de sanciones muy graves, pueden ascender al 10% de la facturación de la empresa.

El ‘superregulador’ pretende «potenciar la capacidad disuasoria» que el régimen sancionador debe tener a la hora de evitar que las empresas incurran en prácticas anticompetitivas, según explicó el presidente de la CNMC, José María Marín Quemada.

En este sentido, durante su comparecencia en el Senado, Marín Quemada dio la «bienvenida» a la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre el régimen de sanciones del organismo, que clarifica que las multas de la CNMC deben calcularse sobre el volumen de negocio total de la empresa infractora.

«La sentencia determina con nitidez el marco en el que la CNMC debe basar su actividad sancionadora, de forma que ya es indiscutible cuál es el valor del negocio sobre el que se debe calcular», aseguró el presidente. «Es una responsabilidad que debemos ahora sacar adelante con responsabilidad, mesura y proporcionalidad», añadió Marín Quemada.

El presidente de la CNMC, recordando lo dictado en dicha sentencia, indicó que las sanciones que se impongan a las conductas ilícitas para la competencia «deben ser a la vez proporcionadas y disuasorias, de forma que su cuantía no permita que a la empresa le resulte económicamente rentable actuar en contra de la ley».

Asi, subrayó, que tras lo aclarado por el Alto Tribunal, las conductas en contra de la libre competencia de las empresas que sean tipificadas como ‘muy graves’ según la ley pueden afrontar multas de hasta el 10% de su volumen de negocio total.

La Audiencia Nacional anula una multa de 61 millones de euros a las eléctricas integradas en Unesa

En 2011, la actual CNMC multó con 61 millones de euros a la patronal Unesa y a las cinco principales eléctricas que operan en España, Endesa, Iberdrola, E.ON, Gas Natural Fenosa y HC Energía, por fijar precios y dificultar la apertura del mercado. El grueso de la multa recayó en Endesa (26 millones) e Iberdrola (21,6 millones); mientras que a E.ON le correspondieron 1,4 millones; a Gas Natural Fenosa, 8,8 millones; a la antigua Hidroeléctrica del Cantábrico, 1,8 millones, y a la patronal Unesa, 900.000.

Según El Economista, la decisión del tribunal se ampara en una sentencia de diciembre del Tribunal Supremo en la que le daba la razón a Unesa, anulando la inspección hecha en sus oficinas entre los días 5 y 6 de noviembre de 2009 por parte de la Dirección de Investigación. Según la sentencia de la Audiencia Nacional, tras la decisión de anulación del Supremo, se acepta la reclamación de las eléctricas ante «una absoluta falta de prueba que pueda imputarse respecto del contenido de las dos infracciones imputadas, las cuales se fundamentan en las actuaciones desarrolladas a través de Unesa».

BP aclara que no está entre las empresas multadas por la CNMC por prácticas anticompetitivas

La petrolera recordó que en la resolución del regulador se impusieron sanciones a cinco petroleras, que son Repsol (20 millones de euros), Cepsa (10 millones de euros), Galp (800.000 euros), Disa (1,3 millones ) y Meroil (300.000 euros). «BP no está entre las empresas sancionadas», indicó.

La compañía señaló además que, conforme a sus políticas de ética y cumplimiento, colaboró «plenamente con la autoridad de Competencia y mostró su absoluta disposición para facilitar cualquier explicación adicional que fue solicitada con el fin de demostrar que ha actuado siempre conforme a la normativa de Competencia».

«De la resolución del referido expediente se infiere que nuestra Compañía no ha llevado a cabo conductas o prácticas anticompetitivas en relación a los acuerdos e intercambios de información entre competidores objeto de este expediente», afirmó.

Tras la instrucción del expediente por parte de la CNMC en contra de las prácticas anticompetitivas en el sector, BP no resultó imputada ni, en consecuencia, multada.

Competencia multa con 32,4 millones de euros a Repsol, Cepsa y otras tres petroleras por el pacto de sus precios

En concreto, la CNMC da por acreditada la infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), consistentes en acuerdos e intercambios de información entre competidores. La resolución de la CNMC es consecuencia de las inspecciones realizadas por la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC) el 22 y 23 de julio de 2013 en las dependencias de varias compañías operadoras de productos petrolíferos ante la sospecha de posibles prácticas anticompetitivas en materia de precios y de distribución de combustibles en las gasolineras.

Como parte de estas indagaciones se abrieron dos expedientes, uno de tipo «horizontal», en el que se estudiaban posibles coordinaciones entre empresas competidoras, y otro «vertical», en el que se analizaba la posible coordinación de precios entre los operadores y los empresarios independientes que operan en sus propias redes de distribución de combustible de automoción. La sanción anunciada es fruto del primer expediente, mientras que el segundo está pendiente de resolución, que previsiblemente se publicará próximamente. Además de aplicar la multa, la CNMC insta a la Dirección de Competencia a que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de la misma.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, si bien las empresas pueden presentar recursos contencioso-administrativos en la Audiencia Nacional en dos meses. Repsol y Cepsa ya anunciaron que recurrirán la sanción. Fuentes de Repsol indicaron que es «injusta, ilegal y desproporcionada». Desde Cepsa reiteraron que no están de acuerdo. Ambas se agarrarán a que la resolución de la Sala de Competencia incluye votos particulares de dos de sus cinco componentes, que son Fernando Torremocha y Benigno Valdés, aunque la decisión final prosperó gracias al apoyo del presidente del organismo, José María Marín Quemada, y de las vocales María Ortiz e Idoia Zenarrutzabeitia.

Conductas sancionadas por la CNMC

Entre los acuerdos detectados por la CNMC figuran uno entre Cepsa y Repsol para coordinar, los precios en las estaciones de servicio de Brea de Aragón e Illueca (Zaragoza) en julio de 2013, así como un pacto de no agresión entre Repsol y Cepsa en julio y agosto de 2011 sobre la no injerencia de cada una en las estaciones abanderadas por la otra operadora. También se produjeron intercambios de información estratégica entre Cepsa y Repsol durante 2011, 2012 y 2013 en estaciones de servicio gestionadas por una de ellas y abanderadas y suministradas en exclusiva por la otra operadora.

Asimismo, la CNMC considera acreditado un pacto de no agresión de precios entre Cepsa y Disa en julio y septiembre de 2011, un acuerdo entre estas mismas compañías sobre los precios en Ceuta en julio de 2013 y varios intercambios de información entre Disa y Meroil en 2012 sobre los precios en las estaciones de servicio del entorno de Sant Joan Despí (provincia de Barcelona) y en 2013 en relación a sus márgenes operativos, así como intercambios de información entre Galp y Meroil relativo a un contrato de suministro y abanderamiento en mayo de 2013.

Aparte de esta sanción y del expediente «vertical» pendiente de resolución, la CNMC también cerró el expediente acerca de los incumplimientos por parte de Repsol, Cepsa y BP de una resolución de 2009 sobre la fijación indirecta de precios a empresarios independientes que comercializan bajo la misma marca. Este expediente fue el que dio origen a sendas peticiones de recusación, planteadas tanto por Cepsa como por Repsol, contra el presidente Marín Quemada y las vocales Zenarrutzabeitia y Ortiz. El organismo rechazó ambas peticiones de recusación.

Facua exige intervenir los precios

Facua-Consumidores en Acción reclamó al Gobierno que intervenga el sector y fije periódicamente los precios máximos que pueden cobrarse por los carburantes en las estaciones de servicios, tras conocerse la multa de 32 millones impuesta por la CNMC a las petroleras por pactar precios. Facua insiste en que la regulación de precios por parte del Ejecutivo «es la única forma de poner freno a las escandalosas prácticas oligopolísticas del sector». La asociación recuerda que a finales de los años 90 el Gobierno abandonó el sistema de fijación de precios máximos para dar libertad total al sector para fijar los precios, «con el falaz argumento de que incentivaría la competencia y el abaratamiento de los combustibles».

Facua exige al Ejecutivo que actúe «de una vez» en beneficio de los consumidores y frene las prácticas «de un sector que se niega a competir para obtener márgenes de beneficio abusivos«.La asociación critica la «pasividad» que muestran los sucesivos Gobiernos del PP y PSOE ante la «injustificada carestía» de los carburantes. Para Facua, la solución no es aplicar «pequeñas multas» como la anunciada, sino «asumir que la liberalización del sector tuvo el efecto contrario al anunciado», como viene denunciando la asociación desde antes de su puesta en marcha.

CECU exige medidas a Industria

La Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) exigió al Ministerio de Industria, Energía y Turismo que «actúe de forma decidida» para elevar la competencia en el sector de los carburantes, después de que conocer la multa de la CNMC. «La Administración no puede seguir permitiendo este tipo de desequilibrios en un mercado tan importante», por lo que Industria debe adoptar medidas que permitan «controlar los desequilibrios y evitar que los consumidores resulten afectados por actuaciones del mercado que no se ajustan a la competencia«, aseguraron.

CECU señaló que cada año se publican «múltiples informes» de la CNMC en los que se pone de manifiesto «el mal funcionamiento de este mercado y el grave perjuicio que causan constantemente al bolsillo de los consumidores». Como ejemplo de esta «opacidad» en los precios, CECU cita la evolución de los últimos meses en los surtidores, en los que «no se traducían de forma inmediata y equivalente al precio de los carburantes los profundos descensos en el barril de crudo», mientras que las subidas del crudo sí se aprecian «de forma casi instantánea» en el precio de venta al público.

Multa «insuficiente» para los camioneros

La Federación Nacional de Transportistas (Fenadismer) calificó como «insuficiente y no ejemplarizante» la multa de la CNMC. Por ello, Fenadismer anunció que va a solicitar a la CNMC que informe sobre la manera en la que los usuarios perjudicados por estas prácticas, especialmente las empresas de transporte, pueden exigir indemnizaciones por daños y perjuicios. Además, la asociación de transportistas aseguró ser la única patronal del transporte que se ha personado ante la CNMC «ante los gravísimos perjuicios ocasionados al sector». No obstante, la patronal estima que las sanciones finalmente impuestas a las petroleras son «irrelevantes» y «no ejemplarizantes para disuadirlas de continuar con esas prácticas».

El Supremo anula la inspección de Competencia en la sede de Unesa

En su sentencia, el Supremo estima un recurso contencioso-administrativo presentado por Unesa contra una sentencia de la Audiencia Nacional de 2011, en la que inadmite otro recurso de la asociación contra una orden de investigación en la extinta Comisión Nacional de la Competencia, actualmente Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que a su vez también fue recurrida.

Esta orden se remonta a noviembre de 2009, cuando Competencia inspeccionó la sede de la patronal eléctrica en el marco de una investigación por posibles prácticas anticompetitivas en el sector. De esta investigación se derivó una multa de 61 millones de euros para la asociación y las cinco mayores eléctricas por obstaculizar los cambios de compañía y restringir la competencia.

Unesa recurrió esta inspección por considerar, entre otras cuestiones, que no estaba bien justificada, una reclamación que planteó ante Competencia y, tras ser rechazada, ante la Audiencia Nacional y finalmente, el Supremo. Ha sido ahora el Supremo quien ha dado la razón a la asociación en este punto, al estimar que la investigación afecta a la inviolabilidad del domicilio, un derecho constitucional, así como a otras normativas de la competencia.

En su opinión, «no resulta exigible que la orden de investigación contuviese una información pormenorizada sobre los hechos y datos que eran objetivo de investigación; pero sí debía contener especificaciones que indicasen de manera suficiente el objetivo y finalidad de la investigación», tras lo que concluye que «no contiene las especificaciones mínimamente exigibles«. Por ello, acuerda anular el acuerdo de Competencia en el que se inadmitía el recurso de Unesa y, por tanto, también la propia orden de inspección en su sede, aunque no se pronuncia sobre las consecuencias para el conjunto de la investigación.