Competencia abre expediente sancionador a los fabricantes de cable eléctrico

EFE / Servimedia.- La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) abrió expediente sancionador a la Asociación Española de Fabricantes de Cables y Conductores Eléctricos y de Fibra Óptica (FACEL), así como a diversas empresas del sector, por posibles conductas contra la competencia en el mercado de fabricación y distribución de cables eléctricos de baja y media tensión. La CNMC aclara sobre estas prácticas que consistirían en la fijación de precios y condiciones comerciales y el reparto de contratos en el marco de licitaciones convocadas en España.

Las empresas objeto de expedientes son Amara y su matriz Iberdrola, Cabelte, Comaple y su matriz Oteinver, Grupo General Cable Sistemas, Miguélez y su matriz Grupo Miguélez, Negocios Industriales y Comerciales (Nicsa) y su matriz Abengoa, Productos Eléctricos Industriales, Prysmian Spain y su matriz Draka Holding, y Top Cable. Tras las inspecciones efectuadas en varias empresas por la CNMC en julio de 2015 y en febrero, el regulador observó indicios de infracciones a la ley de Defensa de la Competencia y contra el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

No obstante, la CNMC aclara que estas actuaciones no prejuzgan el resultado de la investigación. La instrucción de este expediente y su resolución tienen un plazo máximo de 18 meses. La CNMC ha apostillado que la investigación de los cárteles constituye ahora «una de las prioridades de actuación dada la especial gravedad» de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.

La CNMC cierra el expediente de 2009 a las compañías eléctricas tras anular la Justicia las multas por 61 millones

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cerró el expediente de vigilancia abierto en 2009 por la extinta Comisión Nacional de Competencia (CNC) a las principales compañías eléctricas cuyas pesquisas dieron origen a una multa de 61 millones de euros, sanción que posteriormente fue anulada por la Audiencia Nacional, que invalidó además «todo el procedimiento» ejecutado por la dirección de investigación de la anterior autoridad de Competencia.

La CNMC ya anunció que no recurriría la decisión de la Audiencia Nacional de anular la multa, entre otras cosas porque para ello habría de dirigirse al Supremo, que anteriormente había considerado que las inspecciones realizadas en 2009 en la sede de la patronal Unesa no se ajustaban a Derecho. La Audiencia anuló unas multas que ascendían a 26 millones en el caso de Endesa y a 21,6 millones en el de Iberdrola, así como a 8,8 millones en el de Gas Natural Fenosa, a 1,4 millones en el de E.ON España (ahora denominada Viesgo) y 900.000 euros para Unesa.

Los tribunales consideraron que el objetivo de la investigación a las eléctricas era «verificar la existencia y el alcance de la posible coordinación en el seno de Unesa», sin más especificaciones, extremo que, al ser considerado «insuficiente», fue denunciado por la patronal primero ante la Audiencia y posteriormente, en casación, ante el Supremo. La asociación que aglutina a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP España había argumentado que la inspección supuso una infracción de artículos de la Constitución en relación al derecho a la inviolabilidad del domicilio y derecho al secreto tanto de las comunicaciones entre abogado y cliente como a la intimidad.

La sanción de 2011 de la CNC había sido impuesta en respuesta a un supuesto acuerdo entre las eléctricas para impedir a otras empresas, en un momento clave para la liberalización del suministro eléctrico como fue 2009, el acceso a información de los clientes. En concreto, la CNC apelaba a la existencia de un acuerdo entre las empresas cuyo objetivo era «impedir, restringir o falsear la competencia en el mercado nacional de suministro de electricidad, en particular, al dificultar con su comportamiento la gestión de traspasos de clientes y la captación de los mismos por las comercializadoras independientes en un momento crítico para la competencia».

Competencia autoriza la venta de parte del negocio de gas de Repsol a Redexis

EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha autorizado la operación por la que Redexis se ha hecho con parte del negocio de gas licuado canalizado (GLP) de Repsol, con 71.529 puntos de suministro, imponiendo una salvedad. En su informe de la operación, Competencia detalla que quedan fuera de la autorización los contratos suscritos con Repsol Butano de suministro de GLP a granel de más de 5 años de duración, «quedando por tanto dicha restricción sujeta a la normativa sobre acuerdos entre empresas».

Tras la operación, detalla la CNMC, Redexis alcanzará una cuota del 13,4% en el mercado nacional de distribución y suministro de GLP canalizado y pasará a ser el segundo operador del mercado, aún lejos de Repsol que pasará a tener cuotas de mercado del 76,81% en términos de puntos suministro y del 75,38% en términos de volumen. Competencia añade que, teniendo en cuenta que se trata de «un mercado muy concentrado», la operación «ha de valorarse de forma positiva» y avanza que las próximas adquisiciones previstas en el sector supondrán una mayor reducción de la cuota de Repsol. Así, Competencia concluye que no cabe esperar que la operación suponga una amenaza para la competencia efectiva.

En septiembre del año pasado, Repsol anunció el acuerdo para la venta de parte de su negocio de gas canalizado a Gas Natural Distribución y Redexis Gas por 651,5 millones de euros. En el marco de esa operación, Redexis Gas adquirió 53.760 puntos de suministro canalizado y 213 kilómetros de red de distribución en 10 comunidades autónomas que se sumaban a otras compras anteriores. En total, Redexis ha comprado a Repsol 71.529 puntos de suministro y 270 kilómetros de red de distribución por 136 millones.

Facua pide a la Fiscalía que indague si Iberdrola cometió un delito contra el mercado y los consumidores en 2013

Servimedia / EFE.- Facua-Consumidores en Acción puso en conocimiento de la Fiscalía General del Estado la supuesta manipulación de los precios de energía llevada a cabo por Iberdrola y le solicita que investigue si la compañía ha cometido con estas acciones un delito contra el mercado y los consumidores. Estos hechos supusieron una sanción de 25 millones de euros, impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), y que la compañía eléctrica anunció que recurriría desde el primer momento.

La asociación señala que de los hechos expuestos en el expediente sancionador, que el organismo de Competencia considera probados y que derivan en la mencionada multa, se podría desprender una posible conducta delictiva de la empresa. La sanción a Iberdrola se refiere al incremento del precio de las ofertas de las centrales hidráulicas de Duero, Sil y Tajo entre el 30 de noviembre y el 23 de diciembre de 2013.

Según Facua, la empresa manipuló «el precio de un bien de primera necesidad como es el suministro eléctrico, utilizando una disminución de la producción hidráulica», lo que provocó «un aumento en el precio ofertado de generación, al tener que acudir a tecnologías más caras para cubrir la demanda energética». En este sentido, la asociación recuerda que el artículo 281 del Código Penal establece expresamente que «el que detrajere del mercado materias primas o productos de primera necesidad con la intención de desabastecer un sector del mismo, será castigado con la pena de prisión de 1 a 5 años y multa de 12 a 24 meses«.

En su resolución, que Facua adjunta a la Fiscalía, la propia CNMC se refiere a la conducta de Iberdrola como una «manipulación fraudulenta tendente a alterar el precio de la energía» eléctrica. Competencia afirma que la compañía, «consciente de la existencia de un escenario de elevada demanda al que corresponde el mes de diciembre, decide retirar una capacidad de producción para provocar un incremento adicional en el precio del mercado».

La CNMC indica que esta conducta hizo que el precio del mercado diario estimado aumentase en unos 7 euros por megavatio hora (MWh). El beneficio propio ocasionado por esa actuación fue de 21,5 millones de euros, mientras que el impacto para el conjunto de la demanda se cifra en 105 millones de euros, según la CNMC. Las sospechas de que había manipulado el mercado llevaron al Gobierno a cambiar todo el sistema de fijación de precios, motivo por el que el Ejecutivo decidió suspender la subasta Cesur, celebrada el 19 de diciembre de 2013, para evitar que la luz subiera casi un 11%, apuntó Facua.

Competencia multa con 25 millones a Iberdrola por manipulación en el precio de la energía eléctrica

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción de 25 millones de euros a Iberdrola Generación por la manipulación del precio de la energía eléctrica, considerada como una conducta muy grave.

En concreto, la sanción a Iberdrola se refiere a las actuaciones realizadas mediante el incremento del precio de las ofertas de las centrales hidráulicas de Duero, Sil y Tajo, entre el 30 de noviembre de 2013 y el 23 de diciembre de 2013.

El artículo 60.a) 15 de la Ley 54/119 del sector eléctrico determina como infracción muy grave cualquier manipulación fraudulenta tendente a alterar el precio de la energía eléctrica o la medición de las cantidades suministradas.

Contra esta decisión, Iberdrola Generación podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

En su resolución, el organismo presidido por José María Marín Quemada señala que la manipulación realizada por la eléctrica se desarrolló en un contexto en que el mercado se situaba «ya de por sí en precios altos y en un escenario de elevada demanda».

Así, la CNMC afirma que Ibedrola, «consciente de la existencia de un escenario de elevada demanda al que corresponde el mes de diciembre, decide retirar una capacidad de producción para provocar un incremento adicional en el precio del mercado».

INCREMENTO DE UNOS 7 EUROS POR MWH

Asimismo, la CNMC indica que la conducta de Iberdrola provocó un incremento del precio del mercado diario estimado en unos 7 euros por megavatio hora (MWh).

De esta manera, el ‘superregulador’ estima que el beneficio propio ocasionado por esa actuación del incremento del precio fue de unos 21,5 millones de euros, mientras que el impacto para el conjunto de la demanda se cifra en unos 105 millones de euros.

SUSPENSIÓN DE LA SUBASTA

A finales de 2013, el Gobierno decidió suspender las subastas Cesur, por las que se fijaba el precio de la electricidad, después de que la celebrada el 19 de diciembre de ese año arrojara un incremento de los precios de la electricidad del 25,6% que habría provocado una subida de la tarifa del 11%.

Ante este hecho, el Gobierno decidió intervenir y fijar una subida media en la tarifa eléctrica del 2,3% durante el primer trimestre de 2014.

En un informe, la CNMC insistió en que en la subasta concurrieron «circunstancias atípicas» que impidieron que se desarrollara en un entorno de «suficiente presión competitiva» y abrió una investigación sobre las circunstancias en que se desarrolló y el comportamiento de los agentes que participaron en la misma.

Iberdrola niega rotundamente manipulación de precios y recurrirá ante la Audiencia Nacional la multa de 25 millones de la CNMC

Europa Press.- Iberdrola presentará recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la sanción de 25 millones de euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por manipulación del precio de la energía eléctrica a finales de 2013.

En un comunicado, la compañía niega «rotundamente» haber realizado cualquier manipulación fraudulenta de los precios mediante las ofertas de sus instalaciones de generación hidroeléctrica, por lo que presentará un recurso ante la Audiencia Nacional al considerar que su actuación «fue siempre correcta y ajustada a Derecho».

El grupo energético considera que en el periodo analizado por la CNMC,  entre el 30 de noviembre y el 23 de diciembre de 2013, no hubo manipulación tendente a alterar el precio de la energía eléctrica, ya que «no se interfirió en el proceso de formación del precio en el mercado eléctrico» y tampoco medió «en ningún momento engaño o fraude».

Asimismo, subraya que tampoco hubo intención nunca de alterar el precio de la electricidad, sino que, durante todo el periodo analizado, actuó siempre como un gestor «prudente y razonable» de las centrales hidroeléctricas investigadas, lo que además ha probado mediante la presentación de informes de expertos cualificados independientes.

Interpretación «incorreecta y sesgada»

Además, Iberdrola afirma que su comportamiento fue «perfectamente racional y legítimo» y que los hechos en los que se basa el expediente, «respecto de los que por su propia transparencia no hay discusión, se interpretan y califican por la CNMC de manera incorrecta y sesgada a través de una serie de inconsistentes juicios de intenciones».

De esta manera, señala que la CNMC, sin tener en cuenta los elementos del tipo sancionador, califica como «‘manipulación fraudulenta’ un comportamiento perfectamente racional de Iberdrola Generación, atendida  la situación de producible hidráulico del momento y las estimaciones de futuro, todo lo cual llevó a cabo mediante una gestión absolutamente transparente en el mercado».

Por otra parte, Iberdrola afirma que no obtuvo ningún beneficio con esta supuesta actuación, «ya que tenía una posición neta compradora en el periodo analizado», y subraya que la resolución es «manifiestamente incoherente» con decisiones previas de la CNMC, que ya se había pronunciado acerca de las circunstancias ‘atípicas’ «(alta demanda eléctrica -ola de frío-, subida del precio del gas, ausencia de viento y de lluvia, entre otras) que concurrieron en el mercado eléctrico en las semanas previas a la celebración, el día 19 de diciembre de 2013, de la subasta Cesur».

La eléctrica también recuerda que una sentencia de la Audiencia Nacional del 4 de julio de 2012 ya anuló la única sanción (de 2,4 millones de euros) impuesta a Iberdrola Generación, basada en el mismo tipo sancionador, debido a la falta de prueba de los elementos que requiere la infracción, «que tampoco se han probado en el caso presente», añade.

Bruselas investigará a Francia por posibles ayudas de Estado en el sector eléctrico

Europa Press / EFE.- La Comisión Europea abrió dos investigaciones en profundidad para aclarar si los planes de Francia para poner en marcha un mecanismo nacional de capacidad eléctrica, que conllevaría remuneraciones a proveedores, y la licitación de una nueva planta eléctrica de gas en Bretaña respetan la legislación comunitaria en materia de ayudas de Estado.

En concreto, el Ejecutivo comunitario piensa que estos planes para remunerar la capacidad eléctrica podrían, en el caso del nuevo mecanismo, favorecer a ciertas compañías sobre sus competidores y obstaculizar la entrada de nuevos actores y, en el caso de la nueva planta eléctrica de gas, apoyar únicamente un solo tipo de tecnología. La comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, ha asegurado que «Francia tiene un interés legítimo en asegurar la seguridad de la oferta energética para su población y protegerla contra el riesgo de apagones». «Nuestro papel es cerciorarnos de que se haga de una forma rentable y competitiva, para que los precios de la electricidad estén bajo control», precisó.

Los mecanismos de capacidad son medidas diseñadas para garantizar el suministro de electricidad, los cuales además ofrecen ingresos adicionales a los proveedores. Según la Comisión Europea, Francia pretende implementar un mecanismo nacional con el que persigue asegurar una capacidad de producción de electricidad suficiente para satisfacer la demandas, especialmente durante el invierno. En este sentido, Bruselas sostiene que la forma actual en la que Francia concibe este sistema favorece a ciertas compañías frente a sus competidores y potenciales actores del sector. Además, la Comisión evaluará si los objetivos del mecanismo pueden ser alcanzados a través de medidas «menos costosas y distorsionadoras», además de estudiar si permite inversiones en nueva capacidad.

En relación a la licitación de una nueva planta eléctrica de gas en Bretaña, que busca incrementar la capacidad de generación en una región que carece de una buena conexión con la red nacional, Bruselas opina que únicamente apoya a un tipo de tecnología y «no está abierta a otras soluciones potenciales«, como otras que también están siendo implementadas en la región, otros tipos de generación eléctrica, gestión de la demanda o soluciones de almacenamiento. Por otro lado, el Ejecutivo comunitario considera que existe un riesgo de crear un mercado subsidiario dependiente en el que los inversores sólo desarrollen proyectos en base a licitaciones «que garanticen ayudas de Estado», lo que podría agravar los problemas.

La CNMC cuestiona «la necesidad y proporcionalidad» del mecanismo propuesto por Industria para incentivar la quema de carbón nacional

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha cuestionado el mecanismo propuesto por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para incentivar la quema de carbón nacional en centrales eléctricas.

El nuevo procedimiento, notificado a finales de mayo a la CNMC, establece unos incentivos para la modernización medioambiental de las centrales eléctricas mediante un proceso de desnitrificación. La norma se presenta como una mejora en los pagos por capacidad que reciben estas instalaciones.

La CNMC cuestiona la propuesta desde la óptica de la «regulación económica eficiente y de la competencia», y advierte de que incluye varios elementos que podrían considerarse ayudas de Estado, por lo que el Gobierno debe informar previamente a la Comisión Europea.

El informe, cuyo contenido adelanta este martes ‘El Mundo’, considera además que algunos de los aspectos de la norma no están suficientemente justificados en cuanto a su necesidad y proporcionalidad ni pueden considerarse como mecanismos de capacidad ni ayudas medioambientales.

Si fueran mecanismos de capacidad, advierte, deberían orientarse a resolver un problema de cobertura de la demanda o de disponibilidad de potencia suficiente de carácter firme y flexible en el medio o largo plazo, lo que no se justifica en el proyecto. La CNMC entiende además que un mecanismo de capacidad no debería orientarse a garantizar la disponibilidad de un recurso estratégico como el carbón nacional. Ni siquiera el carácter medioambiental de las ayudas convence al regulador, ya que, a su juicio, los incentivos ‘verdes’ a unas centrales de carbón autóctono podrían desplazar a centrales más eficientes desde un punto de vista medioambiental, como son las de ciclos combinados de gas.

Estas ayudas, señala, deberían además adecuarse a lo establecido en las directrices de la Comisión Europea sobre ayudas estatales de protección del medio ambiente y energía para el periodo entre 2014 y 2020, que prohíben la discriminación entre tecnologías.

En su informe, la CNMC realiza otras consideraciones sobre la norma, entre ellas la de que solo se debería evocar por motivos de seguridad de suministro la capacidad del Gobierno para establecer procedimientos a favor del funcionamiento de centrales eléctricas con fuentes de combustión de energía primaria autóctonas hasta un límite del 15% de la cantidad total de energía primaria.

El mecanismo debería ser además compatible con el mercado de libre competencia en producción y evitar que se altere el precio de mercado. «Estas circunstancias deberían contar con una adecuada justificación por parte del Ministerio de Industria», indica.

El regulador también considera que el nuevo esquema de ayudas podría considerarse una extensión del anterior mecanismo de restricciones por garantía de suministro del año 2010, el conocido como ‘decreto del carbón’, de cuyo contenido «se concluyó que este sistema introducía graves distorsiones en el mercado eléctrico».

Junto a esto, considera que el mecanismo de capacidad podría contravenir directivas comunitarias acerca de la garantía de suministro o incluso una ayuda de Estado, por lo que recomienda que no se aplique su contenido hasta que haya respuesta de Bruselas al respecto.

La CNMC da el visto bueno para el cierre de un grupo térmico en la central de Compostilla

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha informado favorablemente acerca de la solicitud de cierre de uno de los cuatro grupos de la central térmica de carbón de Compostilla (Cubillos del Sil, León), perteneciente a Endesa. Este grupo, el número dos, tiene una potencia de 148 megavatios (MW) y es el más antiguo de los cuatro que conforman actualmente la central, cuya potencia total asciende a 1.199 MW. Su puesta en servicio se produjo en 1965 y quema una mezcla de hulla y antracita de origen tanto nacional como de importación.

Esta decisión de la CNMC, que se produce como paso previo a la publicación en el BOE de una autorización del Ministerio de Industria para el cierre de la central, no impide que, como ya anunció Endesa, el resto del complejo de Compostilla pase junto a las centrales térmicas de carbón de As Pontes (A Coruña) y Andorra (Teruel) al conocido como Plan Nacional Transitorio, en el que no se limita la operación de las instalaciones a un número fijo de horas.

El cierre del grupo dos de Compostilla incluirá una vez se publique la autorización en el BOE un plazo de cuatro años para que Endesa proceda a su desmantelamiento. Tras el proceso, Compostilla habrá pasado de tener cinco grupos en origen a solo tres, ya que el grupo uno ya recibió en 2005 su autorización de cierre. Aparte de los 148 MW de este grupo dos, el complejo cuenta con un grupo tres acoplado en 1972 con 337 MW, de un grupo cuatro de 1981 con 358 MW y de un grupo cinco de 1985 de 355 MW.

Endesa había solicitado la autorización de cierre del grupo dos a las autoridades de Castilla y León el pasado 25 de febrero, así como al Ministerio de Industria el 10 de marzo. Hay que tener en cuenta, que este grupo térmico no es el único de España para el que se ha solicitado el cierre. Al margen de la decisión de las empresas sobre su continuidad, en la actualidad hay en vigor peticiones de cierre para los complejos de Foix, el grupo tres del ciclo combinado de Castellón (Iberdrola ha decidido no cerrarlo), el ciclo combinado de Tarragona de Viesgo, el grupo dos de Soto de Ribera y la central de Elcogás.

La decisión de Endesa de incluir a Compostilla en el Plan Nacional Transitorio significa que esta central renuncia a acogerse al conocido como plan de las 17.500 horas, por el que se restringe el funcionamiento de la central con vistas a su cierre antes de finales de 2023. Las centrales incluidas en el Plan Transitorio disponen de margen para decidir si invierten en su modernización medioambiental para poder funcionar conforme a la regulación comunitaria o si, por el contrario, no lo hacen, supuesto que les obligaría a cerrar en 2020.

La Justicia europea rebaja a 125 millones de euros la multa impuesta a la petrolera francesa Total

EFE.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló rebajar a 125 millones la multa que la Comisión Europea impuso en 2008 a la petrolera Total y su filial Total France por haber participado, junto con otras empresas, en un cártel en el mercado de ceras de parafina. Las actividades condenadas de distorsión del libre mercado en el Espacio Económico europeo habrían tenido lugar entre 1992 y 2005.

Las compañías fueron condenadas en 2008 solidariamente a una multa de 128 millones, que ahora se ha visto reducida en 3 millones. Tanto Total como Total France presentaron en 2013 sendos recursos para obtener la anulación de las sentencias. Ahora ambos han acabado consiguiendo reducciones. La primera en conseguir la rebaja fue Total, pero ahora los jueces han reconocido que su filial Total France tiene que recibir por la misma razón una rebaja. Así, el Tribunal ha recordado que cuando la responsabilidad de una matriz se deriva de la de su filial, «y ningún otro factor singulariza el comportamiento reprochado a la matriz», la responsabilidad de ésta no puede exceder de la de la filial.