Industria cierra un cupo de 120 MW renovables pendientes de retribución

Redacción / Agencias.- El Ministerio de Industria, Energía y Turismo asignó un régimen retributivo específico para un máximo de 120 megavatios (MW) de 59 instalaciones de tecnologías renovables diferentes a la eólica, termoeléctrica y fotovoltaica así como cogeneraciones, que tendrán derecho a recibir ayudas. Así Industria cierra el cupo de 120 MW de este tipo de instalaciones cuya tramitación se encontraba iniciada y pendiente de inscripción en el momento en el que se publicó el nuevo régimen retributivo para las renovables, según una resolución del Ministerio de Industria publicada en el BOE.

El nuevo cupo se lanza para las plantas que no estén inscritas en el registro de preasignación a pesar de haber presentado una solicitud o de disponer de acta de puesta en servicio con carácter definitivo. Para dar entrada a las nuevas plantas en el régimen retributivo, Industria ha utilizado varios criterios de prioridad en los que se tienen en cuenta aspectos como la fecha de autorización administrativa y la fecha de autorización de explotación.

En concreto, Industria autoriza las centrales de biomasa de Gestamp en Torredonjimeno y de Diel Silex en Piedrabuena, con una potencia de 15 MW cada una, que se suman a las centrales de biogas de Emaya, así como instalaciones de Nestlé, Campofrío, Viscofan y Unilever. El secretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, anunció que el Gobierno lanzará «después del verano» un concurso de potencia renovable para la instalación de 700 megavatios (MW), 500 MW de ellos de energía eólica y 200 MW de biomasa.

Según expone el BOE, la posibilidad de incorporar estos 120 MW al registro ya estaba prevista en la normativa aprobada en 2014, por la que se modificó la retribución de las renovables y la cogeneración, que pasaba de primas a la producción a una rentabilidad razonable a lo largo de la vida útil de la planta. Esta rentabilidad razonable se alcanza al cobrar el precio de mercado por la venta de la electricidad producida, a lo que se suman cantidades adicionales con cargo al sistema eléctrico conforme a una serie de previsiones elaboradas por Industria.

La normativa de 2014 establecía un régimen retributivo específico para un máximo de 120 MW renovables o de cogeneración, que no fuera eólica, solar termoeléctrica ni fotovoltaica, y que, pese a no estar inscritas en el registro de preasignación, cumplieran una serie de requisitos. En esencia, estos requisitos eran haber solicitado la inscripción en el prerregistro y cumplir todos los requisitos para ellos antes de la entrada en vigor de la moratoria renovable o contar con acta de puesta en servicio para la planta en los 30 días posteriores a la ley del sector eléctrico.

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