Victorino Alonso tendrá que pagar 46 millones por el carbón desaparecido a Hunosa, que estudia reabrir la vía penal

EFE.- La hullera pública Hunosa estudia pedir de inmediato la ejecución de la sentencia que condena a dos empresas que formaban parte del grupo Victorino Alonso, Uminsa (que ha anunciado que recurrirá) y CMC (en liquidación), a pagarle más de 46 millones de euros por la desaparición de 577.924 toneladas de carbón de su propiedad, que estaba depositado en las instalaciones del Grupo Victorino Alonso dentro del denominado Almacén Estratégico Temporal (AETC). Asimismo, estudia reabrir la vía penal contra el empresario leonés.

El AETC fue una iniciativa adoptada en 2009 del Gobierno central por la que se autorizaba a la hullera pública Hunosa a comprar carbón a las compañías privadas, almacenarlo y venderlo posteriormente a las térmicas. Hunosa presentó una demanda al detectar en las instalaciones un déficit de casi 578.000 toneladas, para lo que en 2013 encargó un informe pericial que determinó la merma denunciada por la hullera pública. Un segundo informe pericial avaló, sin embargo, la tesis de Uminsa y CMC al determinar con el recuento de nuevos apilamientos que no faltaba carbón, si bien la sentencia ahora establece que no era el comprado y depositado en su momento por Hunosa, que tenía unas «características concretas», recogidas en el contrato.

El fallo apunta que el carbón desaparecido «bien fue utilizado o vendido por las mineras» o «bien fue detraído de sus depósitos sin ser conscientes de ello». El juez considera que esta última opción «parece poco viable», ya que Uminsa y CMC «dan a entender» en una documentación aportada en la causa «que mezclaron sus propios carbones y el de otras entidades con el de Hunosa, habiéndose servido de los mismos». Así, considera que ambas empresas «incumplieron con las obligaciones de guarda y custodia del depósito, así como con la prohibición de uso del carbón adquirido y depositado por Hunosa«. Para el juez,  ninguna circunstancia «afecta a la responsabilidad contraída por CMC y Uminsa para el mantenimiento del carbón depositado».

La sentencia atiende además parcialmente la reclamación de las compañía CMC y Uminsa contra Hunosa por su incumplimiento de una cláusula relativa a las comunicaciones realizadas al Instituto del Carbón y a clientes de ambas empresas para la retención de ayudas y créditos a los que tuvieran derecho, «con reserva expresa de las acciones que por daños y perjuicios, en su caso, les pudieran corresponder».

Según Hunosa, ninguno de sus requerimientos conllevaron retención alguna de partidas a las empresas del Grupo Alonso por lo que no existe daño económico dado que sus peticiones no fueron atendidas nunca ni por las eléctricas ni por Industria. Asimismo, recuerda que el Grupo Alonso mantiene un pleito con el Instituto del Carbón por la denegación de ayudas en el que ambas empresas basaron su reclamación en el hecho de que las ayudas fueron retenidas por impagos a Hacienda y a la Seguridad Social de forma que no tenía relación con los requerimientos de Hunosa.

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