Martí (CSN) explica a Transparencia Internacional los informes sobre el ATC de Villar de Cañas

EFE.- El presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Fernando Martí, informó durante una hora al presidente de Transparencia Internacional España, Jesús Lizcano, sobre las características de dichos informes, relativos a la idoneidad y condiciones de seguridad de la ubicación del Almacén Temporal Centralizado de residuos de alta actividad (ATC), en Villar de Cañas. A finales de febrero pasado, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno concluyó en una resolución que el CSN remitiese 2 de los 6 documentos solicitados por Transparencia.

Lizcano añadió que el plazo de entrega de la documentación expira el 10 de abril, según sus cálculos, y el 13 de abril según el CSN, momento a partir del cual los hará públicos. El organismo regulador en materia nuclear solicitó hace un par de semanas una prórroga al Consejo de Transparencia para el envío de la documentación, debido a que necesitaba cerciorarse de que no incurría en posibles conflictos con protección de datos, propiedad intelectual o secreto profesional de los autores de los estudios.

El ATC, con un presupuesto superior a los 900 millones de euros, consiste en una nave blindada con paredes de casi 2 metros de espesor, y guardará 6.700 toneladas de combustible gastado y de residuos de alta actividad de las plantas nucleares en cápsulas selladas. En 2010, 8 localidades presentaron sus candidaturas para acoger el ATC nuclear: Zarra (Valencia), Santervás de Campos (Valladolid), Ascó (Tarragona), Albalá (Cáceres), Congosto de Valdavia (Palencia), Melgar de Arriba (Valladolid), Yebra (Guadalajara) y Villar de Cañas. El informe técnico final colocó a la localidad conquense en el cuarto lugar, después de Zarra, Ascó y Yebra.

El pasado 30 de mayo, el Tribunal Supremo rechazó los recursos de los ayuntamientos de Ascó y Yebra contra la decisión del Gobierno de elegir a Villar de Cañas , porque «nada obligaba» a escoger al municipio con mayor puntuación en la valoración técnica. Según la sentencia del alto tribunal, el criterio de la Comisión Interministerial que elevó la propuesta al Consejo de Ministros no era vinculante para el Gobierno.

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