El Tribunal Constitucional anula la ley que prohíbe el fracking en Cataluña pero la Generalitat garantiza que se impedirá

Europa Press / Servimedia.- El Gobierno autonómico catalán «garantiza» que en Cataluña no se utilizará la técnica de la fractura hidráulica (fracking) en el aprovechamiento de los hidrocarburos, pese a la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la ley autonómica catalana que prohíbe esta práctica en los yacimientos de hidrocarburos, al entender que invade competencias del Estado. El Constitucional estima parcialmente un recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central contra la ley de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público de Cataluña de 2014.

El Constitucional concluye que la autorización de la fractura hidráulica, con sujección a requisitos técnicos y a la previa declaración de su impacto medioambiental, son requisitos que establece el Estado, tanto por sus competencias en planificación económica como de régimen minero y energético, así como de protección del medioambiente, tal y como el Tribunal relató en anteriores sentencias relativas a otras comunidades. Según la legislación estatal, el fracking debe usarse siempre que el proyecto cumpla determinados requisitos técnicos y medioambientales, mientras que la ley catalana lo prohibía «con carácter absoluto en el territorio catalán siempre que su utilización concierna cualquier ámbito competencial de la Generalitat».

Por tanto, la «prohibición absoluta e incondicionada de la técnica de la fractura hidráulica en todo el territorio» de las otras comunidades autónomas fue declarada contraria «de manera radical e insalvable» a lo que puedan disponer las leyes estatales. Asimismo, el pleno señaló que las competencias autonómicas sobre ordenación del territorio y medioambiente no justifican la prohibición del fracking, al no poder prevalecer sobre la competencia exclusiva del Estado en materia de régimen minero energético y de ordenación general de la economía. En el caso de la norma catalana impugnada, la sentencia señala que ni desarrolla ni complementa la legislación estatal, sino que la «reformula bajo una perspectiva radicalmente distinta».

Cataluña reacciona: “no habrá fracking”

Por su parte, la portavoz del Ejecutivo catalán, Neus Munté, garantiza» que en Cataluña no se utilizará la técnica de la fractura hidráulica ya que, para tomar esta decisión, el Gobierno de Cataluña se ampara en un «mandato» del Parlamento catalán del 1 de octubre de 2014, que aprobó las conclusiones de una comisión de estudio que desaconsejaba utilizar el fracking. Munté también ha defendido que un informe elaborado por un equipo interdepartamental de la Generalitat consideró «poco recomendable» impulsar iniciativas de fracking en Cataluña, atendiendo a que «la escasez del recurso que se podría obtener no justifica su impacto ambiental ni los elevados costes que puede suponer su mitigación».

Munté ha evitado hablar de desobediencia al Tribunal Constitucional, y ha explicado que la Generalitat tiene capacidades dentro de la ley para «sortear» las sentencias del alto tribunal y, en este caso, conseguir que no haya fracking en la comunidad catalana. La portavoz ha expuesto que hay un conjunto de actividades que están sometidas al control de la Generalitat porque es la responsable de pronunciarse sobre su impacto ambiental, y a través de esta «salvaguarda» tiene la posibilidad de frenar el fracking en Cataluña. Así, el Gobierno autonómico catalán considera que sigue estando en su mano dejar que se utilice esta técnica en Cataluña: «El Gobierno continúa teniendo aquellas herramientas administrativas y ambientales para impedir el uso de esta técnica».

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