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Marruecos inaugura la primera fase del mayor complejo termosolar del mundo, construido por un consorcio español

Redacción / Agencias.- El rey Mohamed VI inauguró la planta termosolar Noor I en Uarzazate (al sur de Marrakech), primera fase del que aspira a ser el mayor proyecto de esta energía renovable del mundo y que ha construido un consorcio de empresas españolas con capital saudí. En el acto, estuvieron presentes los ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, José Manuel García-Margallo, y de Ecología de Francia, Segoléne Royal.

El rey Mohamed VI apretó un botón para lanzar así el primer kilovatio de energía solar en el circuito eléctrico nacional en medio de los aplausos de los ciudadanos que acudieron a Uarzazate, uno de los lugares más soleados de un país que tiene una media de 3.000 horas de sol anual. «Noor I pasa a ser la central solar monoturbina más grande del mundo, extendida sobre una superficie de 480 hectareas», dijo el director de la Agencia marroquí de la energía solar (MASEN), Mustafa Bakuri, que destacó que la construcción de esta primera planta contó con una tasa de integración industrial del 30% para las compañías marroquíes, mientras que las funciones más especializadas fueron aportadas por los ingenieros españoles.

García-Margallo destacó que esta visita es «extraordinariamente importante desde el punto de vista de la Marca España porque es la exposición de las excelencias de las empresas españolas en tres áreas importantes: ingeniería, construcción y tecnología«. La planta Noor 1, con una capacidad de 160 megavatios termosolares, suministrara energía a 135.000 hogares y evitara la emisión de 140.000 toneladas de CO2 a la atmósfera cada año. Es la primera fase del mayor complejo solar del mundo, que contará con 510 megavatios de potencia. Esta primera fase la construyó el consorcio formado por las compañías españolas Acciona, Sener, TSK y Aries, que obtuvieron la adjudicación del contrato por un importe de unos 775 millones de euros del grupo saudí ACWA Power.

De hecho, al menos 500 técnicos españoles contribuyen en esta primera fase termosolar construida según la técnica CSP (energía solar concentrada, en sus siglas inglesas), que consiste en unos espejos cilindro-parabólicos capaces de almacenar el calor tres horas y seguir produciendo energía. El director general de la Oficina Nacional de Electricidad y de Agua Potable (ONEE), Ali Fasi Fihri, dijo por su parte que esta técnica, que requiere consumo de agua, solo consumirá el 1% de las reservas de la presa Mansur Dahbi, vital para toda la región de Uarzazate.

La inauguración coincide con los preparativos por parte de Marruecos para celebrar la cumbre del cambio climático (COP22) que tendrá lugar en Marrakech el próximo mes de noviembre. La ceremonia también sirvió para inaugurar los trabajos de construcción de las dos fases siguientes de Noor (II y III), que tendrán una potencia de 200 y 150 megavatios, respectivamente, y también funcionarán según el modelo termosolar; la cuarta planta, de 70 megavatios, será fotovoltaica. Estas obras las ganó en enero de 2015 un consorcio formado por la saudí ACWA Power y Sener, con un proyecto valorado en 1.800 millones de euros. El 73% de los proyectos de energía solar termoeléctrica del mundo los realizan empresas españolas.

Marruecos tiene un ambicioso plan de renovables con el que aspira a proveerse en un 52% del total de su consumo en energías limpias en el horizonte de 2030. Para alcanzar este objetivo, el país magrebí deberá desarrollar entre 2016 y 2030 una capacidad adicional de 10.100 megavatios generados a partir de renovables y repartidos en 4.560 megavatios de energía solar, 4.200 megavatios de eólica y 1.330 megavatios hidroeléctricos. El plan busca así reducir la extrema dependencia energética del país, actualmente cercana al 94% del total al ser Marruecos un importador absoluto de productos petroleros.

De hecho, Margallo destacó la apuesta decisiva de Marruecos por las renovables e informó de que próximamente se celebrará en España un foro sobre el Mediterráneo, en el marco de la apuesta de conseguir «un mundo más limpio». En esta reunión, detalló García-Margallo, se retomará la «vieja iniciativa de conexión de los dos continentes a través del estrecho de Gibraltar». En poco tiempo España, continuó, a través de esta obra y de las conexiones eléctricas con Marruecos, de los gasoductos con Argelia y de las estaciones de regasificación, «se puede convertir en plataforma de exportación de energía cuando tradicionalmente hemos sido un país extraordinariamente dependiente».

España ocupa una posición de liderazgo en el sector renovable, que le lleva a ser el segundo país de Europa en energía eólica y el cuarto mundial. Estas mismas fuentes aseguraron que proyectos como el que se ha puesto en marcha en Marruecos sirven para deshacer los tópicos relacionados con España como consecuencia de la crisis y para potenciar los activos de los que dispone el país. La construcción de la planta también supone una pequeña revolución en Uarzazate, una pequeña ciudad entre el Gran Atlas y el Anti Atlas, al atraer a centenares de técnicos internacionales, sobre todo españoles, que ha animado incluso a compañías aéreas a abrir líneas regulares entre Madrid y esta localidad mientras dura el proyecto.

La termosolar podría cubrir hasta el 12% de la demanda global en 2050, según un estudio

Europa Press.- La energía solar termoeléctrica podría suministrar el 6% de la demanda de electricidad global para 2030 y alcanzar el 12% en 2050 si se dan las condiciones adecuadas, según un informe elaborado por Greenpeace, la Asociación Europea de la Industria Solar Termoeléctrica (Estela) y SolarPaces. Según el estudio, la termosolar podría crear hasta 2,7 millones de puestos de trabajo en los próximos 15 años.

El presidente de Estela, Luis Crespo, señaló que el informe deja claro que la energía termoeléctrica es «clave» para lograr un mundo impulsado 100% por energías renovables para el año 2050, «algo esencial si se quiere salvar el clima«. El volumen anual del mercado de generación termosolar alcanzó los 3.000 millones de dólares (unos 2.680 millones de euros) en 2015 y la capacidad instalada es de casi 5 gigavatios (GW), pero el sector termoeléctrico apunta a capacidades instaladas de dos dígitos en el próximo lustro. En 2006 la capacidad instalada era de 0,5 gigavatios (GW).

Importante reducción de emisiones invernadero

El estudio también refleja que la energía solar termoeléctrica podría reducir en más de 37 millones de toneladas las emisiones mundiales de CO2, una cantidad equivalente a 4 años de emisiones de gases de efecto invernadero de China. Para Emily Rochon de Greenpeace Internacional, «la energía termoeléctrica puede impulsar las economías locales, proporcionar un suministro de energía fiable y lo más importante, reducir las emisiones de CO2″. «Cuando los líderes mundiales firmaron el Acuerdo de París, reconocieron que el reloj climático no se detiene. Tenemos que reducir drásticamente las emisiones de forma urgente. La energía solar termoeléctrica debe ser parte de ese proceso», concluyó Rochon.

«Ahora es esencial que la Unión Europea, Estados Unidos, Australia y otras regiones actúen para eliminar las barreras que hoy impiden que los proyectos de energía solar termoeléctrica alcancen su máximo potencial y que pasa por que los responsables energéticos de los países del cinturón solar distingan entre valor y precio a la hora de incorporar nueva capacidad de generación», señalaron desde la organización ecologista.

El Cabildo de Fuerteventura subvencionará la instalación de renovables en viviendas y granjas

EFE.- El Cabildo de Fuerteventura, a través del Plan Estratégico de Ahorro Energético y Fomento de las Energías Renovables, subvencionará la instalación de energías renovables en viviendas y explotaciones ganaderas. El presidente del Cabildo, Marcial Morales, y el consejero de Industria, José Juan Herrera Martel, se han reunido con distintos empresarios, técnicos de Industria y Actividades Clasificadas, así como con representantes del Ciclo Formativo de Energías Renovables del IES Majada Marcial para informar de estas líneas de subvención, ha indicado la institución insular.

Entre las subvenciones de este plan, que irá al pleno del próximo lunes, destacan las ayudas destinadas a la instalación de sistemas de paneles fotovoltaicos para el consumo en viviendas conectadas a la red de distribución, y otras ayudas para la electrificación mediante energías renovables de explotaciones ganaderas no conectadas a la red. Durante el encuentro, los representantes del sector solicitaron poder acceder a la información de las subvenciones y aplaudieron la apuesta de la corporación insular por la implantación de energías renovables en Fuerteventura así como la oportunidad de poder participar en dicho plan.

Con una partida de más de 400.000 euros, el Plan Estratégico de Ahorro Energético y Fomento de las Energías Renovables se implantará hasta el año 2018 con la finalidad, según Marcial Morales, de «impulsar en la isla la promoción del ahorro y la mejora de la eficiencia energética, por un lado y el fomento de las energías renovables, por otro«.

Iberdrola, criticada por Bildu en el Ayuntamiento de Bilbao, se alía con el fabricante chino Yingli para sus proyectos fotovoltaicos

EFE.- Mientras el Ayuntamiento de Bilbao rechazaba, con los votos de PNV, PSOE y PP, retirar a petición de EH Bildu, con el apoyo de Podemos, el reconocimiento de Bilbaíno Ilustre concedido a la empresa Iberdrola en 2011, la compañía eléctrica anunciaba la firma de un acuerdo con el fabricante chino de paneles solares Yingli Solar en el marco de su solución de generación solar fotovoltaica para autoconsumo, Smart Solar Iberdrola.

A través de este acuerdo, Yingli pondrá a disposición de Iberdrola su cartera de paneles solares así como su experiencia en trabajos de montaje, configuración y seguimiento del rendimiento de los equipos o mantenimiento. Yingli Solar es uno de los mayores fabricantes de paneles solares del mundo con más de 60 millones de paneles distribuidos en más de 90 países. Iberdrola ofrece con su producto Smart Solar un paquete integrado que incluye el diseño, montaje y puesta en marcha de una instalación solar, además de la financiación, asesoría, mantenimiento, gestión y supervisión de la planta.

Mantiene el reconocimiento de Bilbao

Por otro lado, en el pleno ordinario que celebra el Ayuntamiento de Bilbao, la concejala de EH Bildu, Alba Fatuarte, pidió la retirada de dicha distinción a Iberdrola debido a la sanción impuesta a la compañía eléctrica por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por «manipulación de precios» en 2013, hechos negados rotundamente por la empresa, que anunció inmediatamente que recurriría, por lo que el proceso sigue abierto. De este modo, los grupos del equipo de gobierno, PNV y PSOE, así como el PP, rechazaron la propuesta de Bildu, que recibió el respaldo de Ganemos y Udalberri (grupos surgidos de Podemos).

El alcalde, Juan María Aburto (PNV), aseguró que la multa a Iberdrola es «una mala noticia que no debe afectar al itinerario económico de una gran empresa bilbaína». Aburto remarcó que desea «una Iberdrola más internacional y más bilbaína» y que «el matrimonio de Iberdrola con Bilbao sea para toda la vida«. El teniente de alcalde Alfonso Gil (PSOE) destacó que por esta sanción no se puede «poner en cuestión a una empresa con un peso específico muy importante en Bilbao». El portavoz del PP, Luis Eguíluz, resaltó que Iberdrola «debe seguir siendo ilustre de Bilbao» y pidió «no estigmatizar» a una empresa que es «parte importante del pasado y futuro» de la capital vizcaína.

«Puertas giratorias» para los concejales

Fatuarte (EH Bildu), que tildó de «prácticas mafiosas» las actividades de Iberdrola sancionadas por Competencia, se ha preguntado a qué obedece la «complicidad» con esta empresa de los grupos que la defienden y ha cuestionado: «¿Cuántos de ustedes están esperando un retiro dorado en el consejo de la eléctrica?». Carmen Muñoz, de Udalberri, indicó que con dicha sanción «Iberdrola mancha el nombre de Bilbao, Euskadi y de lo que significa ser vasco» y ha asegurado que «pesan demasiado las puertas giratorias para PNV y PSOE«.

Smartflower lanza un girasol fotovoltaico que permite recargar vehículos eléctricos

Europa Press.- Smartflower ha presentado Smartflower POP-e, un sistema fotovoltaico con una estación de recarga para vehículos eléctricos. El dispositivo tiene 18 metros cuadrados de paneles solares que se despliegan en abanico, en forma de girasol, para generar una media de 5.500 kilovatios hora al año. La compañía destaca que esto supone una producción de energía un 40% superior a la obtenida a partir de paneles solares tradicionales sobre tejado. La energía generada por el dispositivo puede ser consumida directamente y la sobrante, en su caso, ser vertida a la red eléctrica.

El árbitro propuesto por Isolux asegura en un voto discrepante que el recorte a la fotovoltaica vulneró las expectativas legítimas

Europa Press.- El árbitro propuesto por las filiales internacionales de Isolux en el proceso ante el Tribunal Arbitral de Estocolmo acerca del recorte aplicado por el Gobierno en 2010 a los productores fotovoltaicos considera que la medida vulneró las «expectativas legítimas» de los inversores. En una «opinión disidente», Guido Santiago Tawil, considera que la quiebra de las expectativas de los inversores rompe con el principio de tratamiento «justo y equitativo» recogido en el Tratado sobre la Carta de la Energía de 1994.

Este árbitro es uno de los tres que constituyen el tribunal que falló en contra de las pretensiones de las sociedades Charanne y Construction Investment, ambas filiales holandesa y luxemburguesa de Isolux, y dio la razón al Estado español en su defensa de los recortes a la fotovoltaica. En el tribunal también se sentaron el árbitro propuesto por el Estado, Claus von Wobeser, y Alexis Mourre, en calidad de presidente.

En su voto discrepante, Guido Santiago Tawil coincide en que el recorte de 2010 no puede ser considerado una «expropiación indirecta», si bien subraya que esta posición se refiere únicamente a las medidas adoptadas en la etapa de Miguel Sebastián como ministro y no afecta a la norma aprobada por el ministro José Manuel Soria. «Mi discrepancia con la mayoría radica en que, en mi opinión, la generación de expectativas legítimas en un inversor no se encuentra limitada únicamente a la existencia de un compromiso específico, sino que puede también derivar o fundarse en el ordenamiento jurídico vigente al momento de realizarse la inversión», indica.

En este aspecto, señala que el esquema retributivo elegido en España en 2007, mediante un feed in tariff, se muestra como «determinante» para que los demandantes «decidieran realizar la inversión en plantas fotovoltaicas». Por este motivo, los inversores «pudieron representarse objetivamente que el régimen tarifario establecido en cada uno de ellos sería mantenido y no alterado», indica Tawil, que subraya que el Gobierno socialista de Zapatero generó un «régimen de promoción o fomento» de una política económica destinada a crear «incentivos diferenciales» para «direccionar el capital privado en un sentido determinado, objetivo que de otro modo probablemente no se conseguiría».

Una vez que los inversores realizaron la inversión, «no aparece como jurídicamente aceptable reconocer en el Estado receptor la prerrogativa de modificar o eliminar» el marco regulatorio «sin consecuencia jurídica alguna», afirma. «En síntesis, cuando un inversor cumple con todos los requisitos establecidos por la normativa vigente para ser acreedor a un beneficio específico y determinado, su desconocimiento posterior por parte del Estado receptor de la inversión viola una expectativa legítima», concluye el árbitro discrepante.

El Tribunal Arbitral de Estocolmo desestima la primera demanda internacional contra España por el recorte a la fotovoltaica de 2010

Redacción / Agencias.- El tribunal arbitral de la Cámara de Comercio de Estocolmo ha resuelto a favor del Reino de España el primer laudo arbitral internacional acerca de los recortes en el sector fotovoltaico al desestimar la demanda presentada por la holandesa Charanne y la luxemburguesa Construction Investments por las medidas aplicadas en 2010, según comunicó el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Se trata del primer laudo arbitral internacional en resolverse de los que se han interpuesto contra España en el sector renovable al amparo del Tratado de la Carta de la Energía y se suma así a las recientes sentencias del Tribunal Supremo, sobre el recorte aplicado a la fotovoltaica por el PSOE en 2010 en el número de horas con derecho a prima, y la sentencia del Tribunal Constitucionalque avalaba los recortes aplicados por el Gobierno del PP en la denominada como reforma energética.

El gabinete dirigido por José Manuel Soria subraya que el laudo confirma que las normas impugnadas sobre la retribución de las renovables en 2010 «no son contrarias a los compromisos adoptados por el Gobierno en el marco del Tratado de la Carta de la Energía», desestimando la demanda y condenando a los demandantes, dos sociedades vinculadas a Isolux, a pagar a España, que actuaba bajo la defensa de la Abogacía del Estado y del bufete Herbert Smith Freehills, los gastos administrativos y 1,2 millones de euros en conceptos de costas.

Según indica Industria, el laudo concluye que los cambios normativos de 2010 en el sector renovable «no violaron expectativa legítima alguna bajo el derecho internacional». A juicio del Tribunal Arbitral, los demandantes no podían tener la expectativa legítima de que el marco regulatorio que establecía las primas a las renovables pudiera permanecer «inmutable durante toda la vida de sus plantas«. Además, el Tribunal reconoce que la normativa española dejaba «abierta claramente» la posibilidad de que se modificara el sistema de retribución de la energía fotovoltaica, añade el Ministerio de Industria.

Asimismo, el laudo señala que los inversores hubieran podido «prever fácilmente, dada la situación, la posibilidad de cambios del marco regulatorio de haber realizado previamente un análisis exhaustivo del marco jurídico», añade Industria. Análisis que, según el Tribunal Arbitral, «hubiera sido acorde con el nivel de diligencia esperado de un inversor extranjero en un sector como el energético, altamente regulado, y que es indispensable para proceder a realizar la inversión».

El tribunal destaca también que la obligación de otorgar «un trato justo y equitativo» no implica que el marco regulatorio deba mantenerse igual para todas las plantas a lo largo de toda su vida, «pues supondría congelar el marco regulatorio y limitaría cualquier cambio de la regulación«, y tampoco considera demostrado que las medidas impugnadas sean contrarias al interés público, como habían pedido los demandantes.

El Tribunal subraya que las primas liquidadas al sector fotovoltaico eran superiores, en términos absolutos, a las pagadas a las restantes tecnologías renovables e iban creciendo cada año en proporciones importantes, al tiempo que la factura de los consumidores españoles iba aumentando mucho más que la media de la Unión Europea, indica Industria. Por ello, afirma el Tribunal Arbitral, la adopción de medidas para tratar de limitar el déficit y el crecimiento del precio no se considera ni arbitraria, ni irracional ni contraria al interés público, como pedían los demandantes.

Los demandantes también alegaban una supuesta violación del principio de irretroactividad, a lo que el Tribunal Arbitral tampoco les da la razón señalando que el Derecho español no reconoce que las instalaciones tuvieran un derecho adquirido a una determinada retribución y que las normas no se aplicaron retroactivamente a períodos anteriores sino desde su entrada en vigor. Finalmente, el Tribunal estima que no existe ningún principio del Derecho Internacional (o al menos no se ha demostrado) conforme al cual se prohíba a un Estado tomar medidas regulatorias con efecto inmediato respecto de situaciones en curso (salvo que existan compromisos específicos tales como los que derivan de un contrato, que no es el caso), concluye Industria.

El Tratado dela Carta de la Energía reconoce a los países firmantes el reconocimiento mutuo de ciertos principios, entre ellos la defensa de un trato justo y equitativo en materia de inversiones energéticas. En caso de que una empresa de uno de los Estados firmantes considere que otro vulneró este principio, puede pedir una compensación por daños y perjuicios.

Desde 2011, España recibió 26 demandas de arbitraje por los sucesivos cambios regulatorios, fundamentalmente de carácter retributivo, que se ejecutaron para intentar contener el crecimiento del coste de las ayudas a estas tecnologías. Los primeros en demandar a España por esta cuestión fueron un grupo de 16 inversores, agrupados bajo la denominación de PV Investors en noviembre de 2011, ante el organismo de las Naciones Unidas para esta cuestión, Uncitral. Poco después llegaron, en 2013, otras tres reclamaciones, en este caso ante la Cámara de Comercio de Estocolmo, la desestimada de la holandesa Charanne y la luxemburguesa Construction Investments, así como las de Isolux Infrastructure Netherlands y CSP Equity Investment.

El resto de las demandas se acumulan en el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi), dependiente del Banco Mundial. Desde noviembre de 2013 presentaron demandas de arbitraje ante esta institución las sociedades RREEF, Antin, Eiser, Masdar, NextEra, InfraRed, Renergy, RWE, Steag, 9 REN, BayWa, Cube Infraestructures, Matthias Kruck, KS y TLS, JGC Corporation, Cavalum, la eléctrica alemana E.ON, un grupo de empresas alemanas encabezadas por Stadtwerke München, los fondos OperaFund Eco-Invest Sicav y Schwab Holdings, SolEs Badajoz, Hydro Energy 1, Watkins y un grupo de bancos alemanes encabezados por Landesbank Baden-Württemberg.

La India y Francia ratifican su alianza en energía solar

EFE.- El primer ministro indio, Narendra Modi, y el presidente de Francia, François Hollande, dieron inicio a la Alianza Solar con la primera piedra en Gurgaon (India) de la que será la sede central del organismo, una iniciativa conjunta lanzada en diciembre durante la Cumbre del Clima de París (COP21) y que pretende convertirse en una «plataforma de cooperación entre los países desarrollados que disponen de tecnología solar y los que están en vías de desarrollo».

En su discurso, Modi recordó que durante el último año, hasta la cumbre del clima de París, «el mundo estuvo hablando sobre cómo combatir el calentamiento global, lo que se ha convertido en una parte integral del camino hacia el desarrollo de un país». El primer ministro señaló que la alianza pretende hacerse con el apoyo de 122 naciones con más de 300 días de luz solar al año. «Debemos encontrar el equilibrio entre derechos y responsabilidades con el medio ambiente», agregó el dirigente indio.

Por su parte, el presidente francés indicó que «tras la COP21, está empezando una nueva etapa en la que nuestras palabras deben transformarse en acciones». Recordó que con la Alianza Solar se busca reunir 1,2 billones de euros hasta 2030 y generar una capacidad de 1.000 gigavatios de este tipo de energía en el plazo de 10 años. Adelantó que Francia aprobó 300 millones de euros para este tipo de iniciativas, mientras que la India ya tiene comprometidos 13,6 millones de euros. El objetivo es que en los 3 próximos años se produzca la transferencia de tecnología a países menos desarrollados y se abra este mercado para abaratar la inversión.

El presidente francés destacó el esfuerzo realizado por la India, cuarto emisor de CO2 del planeta y uno de los países más reacios a aceptar los acuerdos finalmente pactados en París. Hollande destacó cómo India se comprometió a recortar sus emisiones de carbono en un 35% para 2030 comparado con 2005 y a producir el 40% de su energía a partir de fuentes renovables. «Trabajaremos con India en la tarea vital del coste de la financiación» de estos proyectos, dijo. En ese sentido, recordó que empresas francesas ya son responsables del 10% de la capacidad de producción de energía solar instalada en India y que el objetivo sería que alcanzaran los 10 gigavatios con fines de iluminación urbana y rural.

El Supremo rechaza indemnizar a las empresas fotovoltaicas por el recorte de 2010 a su retribución

Redacción / Agencias.- El Tribunal Supremo ha rechazado indemnizar por daños y perjuicios a las empresas fotovoltaicas por la normativa aprobada por el Gobierno en 2010, en la etapa en la que Miguel Sebastián desempeñaba el cargo de ministro, por la que se recortaba la retribución a las plantas solares fotovoltaicas al reducir el número de horas anuales con derecho a prima.

En su fallo, la Sala III del Supremo establece que la existencia de un daño indemnizable «debe contemplarse en relación con la totalidad de la vida útil de las instalaciones, fijada en 30 años, y la prueba pericial practicada en las actuaciones ha puesto de manifiesto que la disminución de ingresos derivada de la limitación de la retribución ha sido compensada mediante disposiciones posteriores, lo que permite afirmar que la actividad de producción de electricidad a través de este régimen especial ofrece una rentabilidad razonable (en el entorno del 8% anual), que excluye que el daño sea real y antijurídico».

En concreto, el Supremo ha desestimado los 5 primeros recursos planteados por empresas fotovoltaicas contra la decisión del Consejo del Ministro que denegó las indemnizaciones, y ahora trasladará estas primeras sentencias a las más de 150 empresas que tienen también planteado recurso por el mismo motivo, con el fin de que decidan si continúan con los recursos o desisten a la vista del criterio fijado al respecto por el alto tribunal en estas primeras resoluciones.

Las empresas recurrieron contra la decisión del Consejo de Ministros de desestimar sus reclamaciones de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios causados a sus instalaciones de producción de electricidad procedente de energía solar fotovoltaica por la entrada en vigor de la normativa aprobada por el Gobierno en 2010. El Supremo ha analizado si concurría responsabilidad patrimonial de la Administración como consecuencia de actos reglamentarios y legislativos, al modificar el régimen retributivo de las instalaciones fotovoltaicas imponiendo determinadas obligaciones técnicas, un peaje por el uso de la red de transporte y limitando la retribución mediante tarifa a determinadas horas equivalentes de funcionamiento de las instalaciones.

La sección cuarta de la Sala III, que ha resuelto los recursos, resalta que los titulares de las instalaciones fotovoltaicas que obtuvieron su inscripción al amparo del Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, «no adquirieron, ni incorporaron a su patrimonio, un derecho, perfecto e ilimitado, a percibir una ‘tarifa regulada’ por la totalidad de la energía neta producida durante toda la vida de esa instalación en los términos que entonces establecía aquella disposición reglamentaria».

Continúa su argumento señalando que «la forma, la cuantía, la extensión y la duración de los incentivos reconocidos a las instalaciones fotovoltaicas no pueden quedar petrificadas con aquella regulación inicial, sino que son susceptibles de las correspondientes adaptaciones a las nuevas circunstancias concurrentes, concretamente al desarrollo tecnológico y al nuevo escenario económico que ha incidido de lleno en las previsiones de demanda eléctrica que se tuvieron en cuenta originariamente, sin olvidar el conocido como ‘déficit tarifario’, incrementado exponencialmente en los últimos años debido en parte a que los costes reales de las actividades reguladas y del propio funcionamiento del sistema eléctrico no pueden ser absorbidos por los peajes fijados por la Administración y que son satisfechos finalmente por los consumidores».

El Tribunal señala que lo que debe garantizarse por los poderes públicos, porque lo exige la legislación, es que las instalaciones ofrezcan a sus titulares una rentabilidad razonable, punto sobre el que el Supremo ordenó una prueba pericial, que realizaron un ingeniero industrial especialista en electricidad y un economista, a efectos de determinar la rentabilidad de las instalaciones. Según la prueba, en la práctica totalidad de las instalaciones su rendimiento se sitúa en el entorno del 8% anual durante los 30 años contemplados, y que, aunque a corto plazo (2011, 2012 y 2013), se aprecia efectivamente una merma de ingresos, ninguna de las instalaciones tiene un descenso apreciable de su rentabilidad en los 30 años.

Además, el tribunal subraya que los peritos añadieron que dichas mermas «han sido compensadas» por el régimen normativo aprobado en 2014 que ha ampliado a 30 años una garantía que asegura, al contemplar los gastos financieros, la rentabilidad en cuantía efectivamente razonable. Igualmente, la sentencia señala además que no concurren los vicios de constitucionalidad aducidos por los recurrentes. Entre otras alegaciones, éstos consideraban vulnerado el principio constitucional de irretroactividad de disposiciones sancionadoras por la limitación de retribuciones que realizaba el decreto de 23 de diciembre de 2010, pero el Supremo indica que dicha limitación no implica una retroactividad que incida en efectos jurídicos ya producidos o en derechos ya consolidados.

El Supremo tampoco aprecia la infracción de las normas de la Unión Europea relativa a los principios de seguridad jurídica y de protección de la confianza legítima, pues el sistema tarifario previsto en el régimen de 2007 «no presentaba el carácter inalterable que se postula y era previsible su modificación», y además ni siquiera cabe identificar que concurra en las consecuencias de aquellas modificaciones el presupuesto esencial que debe sustentar una acción de responsabilidad patrimonial.

Anpier considera injusta la sentencia del Supremo y confía en la Justicia europea

Europa Press.- La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier) considera «injusta» la sentencia del Tribunal Supremo que rechaza indemnizar por daños y perjuicios a los inversores fotovoltaicos por el recorte a la retribución aprobada por el Gobierno en 2010 y reitera su confianza en que la Justicia europea «demostrará la vergüenza del tratamiento del Estado con los pequeños productores fotovoltaicos en España».

En este sentido, Anpier señaló que la sentencia consuma «uno de los capítulos más sombríos de la historia de la democracia española» y critica que «todo el aparato estatal está en funcionamiento para justificar arbitrariamente dichos cambios públicamente, con argumentos replicados por el propio Tribunal Supremo». Asimismo, considera «doloroso» escuchar que las rentabilidades de los proyectos alcanzan el 8% «cuando son continuos los concursos de acreedores y las refinanciaciones para evitar perder los patrimonios personales».

De todas maneras, el presidente de Anpier, Miguel Angel Martínez-Aroca, subraya que se tendrá que «soportar la paradoja» de que frente a un mismo hecho los inversores nacionales no sean indemnizados y los extranjeros sí, ya que la asociación cree que las resolución que habrán de dictar tanto el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como los propios procesos arbitrales demostrarán «la vergüenza del tratamiento del Estado con los pequeños productores» fotovoltaicos en España.

Para Anpier, será la primera vez que un cambio retroactivo en el sector energético «no resulta compensado por el Estado«, como ocurrió con la moratoria nuclear, los CTC o la indemnización por el cierre de Castor, casos en los que «el Gobierno de turno si consideró esencial la petrificación de las condiciones para garantizar la seguridad jurídica». Anpier también critica que las exigencias de la banca para cobrar íntegramente los préstamos solicitados sí son «pétreas».