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La CNMC recomienda a Energía recalcular la retribución de las plantas de purines para cumplir las sentencias del Tribunal Supremo

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recomendó al Ministerio de Energía retirar a las plantas de purines (plantas de residuos de origen orgánico) de su propuesta para actualizar la retribución de las instalaciones de renovables, cogeneración y residuos para 2018, a la espera de una nueva propuesta que dé cumplimiento a varios autos del Tribunal Supremo.

En su informe sobre la propuesta del Ministerio de retribución, la CNMC considera que el gabinete dirigido por Álvaro Nadal debería recalcular esa retribución teniendo en cuenta los autos del Supremo que anularon parcialmente la orden ETU/555/2017, en particular en lo que se refiere a la vida útil regulatoria de estas plantas, que, tanto la orden ETU/1046/2017, como la presente propuesta retributiva que ha hecho el Ministerio para el primer semestre de 2018, limitan dicha vida útil a 15 años.

La propuesta del Ministerio establece los valores de la retribución que se aplicarán durante el primer semestre natural de 2018, y tendrán efectos desde pasado enero, por el funcionamiento de las instalaciones tipo correspondientes a las tecnologías de cogeneración, biomasa, residuos y tratamiento de residuos cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del combustible. La retribución de estas instalaciones se actualiza cada 6 meses e incluye también las instalaciones dedicadas al tratamiento de los purines de cerdo, sus excrementos sólidos y líquidos. En el caso de las primeras instalaciones, la CNMC no incluye comentarios en su informe sobre la actualización de esa retribución, mientras que para el caso de los purines recomienda su actualización.

A finales del año pasado, el Tribunal Supremo restableció los 25 años de vida útil regulatoria para las plantas de tratamiento de purines para generar electricidad a partir de deyecciones ganaderas. En concreto, el alto tribunal declaró nula la decisión del Ministerio de Energía de limitar a 15 años las ayudas a las plantas de cogeneración, tal y como recoge la sentencia del pasado 8 de noviembre. De esta forma, esa sentencia permitía reabrir todas las plantas que tuvieron que cerrar en 2014 por el recorte del Estado a las energías renovables y la cogeneración, restableciendo el plazo con derecho a ayudas a 25 años.

El Ministerio ya hizo antes una orden que establecía los parámetros retributivos de las instalaciones de tratamiento y reducción de purines, con su actualización para el período 2017-2019. La CNMC, en su informe sobre esa nueva propuesta, ya advirtió que si se rebajaban de 25 a 15 años la vida de las plantas de purines para poder recibir retribución, se excluiría a más de la mitad de las 33 existentes, que alcanzarían o superarían ese tiempo antes de finalizar 2017. Sin embargo, el Ministerio de Energía consideró que la decisión de reducir la vida útil de las plantas de purines para poder recibir la retribución estaba suficientemente justificada, pues las propias plantas de purines amortizaban sus activos a 15 años.

La CNMC incoó un total de 104 expedientes sancionadores relacionados con el mercado energético en 2017

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) incoó un total de 104 expedientes sancionadores relacionados con infracciones de la Ley del Sector Eléctrico y del Sector de Hidrocarburos en 2017, según indicó el organismo. Durante ese periodo, el organismo presidido por José María Marín Quemada resolvió un total de 43 expedientes e impuso las correspondientes sanciones.

Los motivos que suscitaron la apertura de estos expedientes fueron muy diversos. Entre otros, la CNMC inició un sancionador por una posible alteración de precios en las ofertas de mercado de generación entre 2016 y 2017. Además, detectó que algunas empresas no estaban respetando las reglas del mercado a la hora de producir, comprar y vender energía (5 expedientes), e incluso que no se encontraban inscritas en el registro español de productores de energía (18).

En todo caso, la CNMC destacó que este tipo de infracciones descendió considerablemente con respecto a otros ejercicios, gracias a su «eficacia para sancionar esas prácticas«. Además, el Ministerio de Energía agilizó los procedimientos para inhabilitar a las compañías infractoras y traspasar a los clientes afectados a otras comercializadoras. Asimismo, durante el año pasado la CNMC inició 15 expedientes sancionadores contra diversas empresas energéticas que habían cambiado de compañía (luz y/o gas) a clientes sin su consentimiento. En algunos casos, Competencia incluso investiga el traspaso masivo de clientes entre comercializadoras.

Por otra parte, inició 7 expedientes sancionadores contra empresas que incumplieron la normativa de de publicar los precios de combustibles y carburantes, y aprobó la resolución de 23 expedientes de este tipo. Otras infracciones afectaron a empresas que incumplieron el Plan Nacional de Sustitución de Contadores, por lo que la CNMC finalizó la instrucción de 9 expedientes. La CNMC también investigó el incumplimiento de Reglamentos europeos, concretamente del Artículo 110 u) de la Ley de Hidrocarburos, con la incoación de 2 expedientes contra comercializadoras gasistas.

Por otra parte, la CNMC instruyó un total de 115 procedimientos sancionadores, cuya resolución corresponde al Ministerio de Energía o al Consejo de Ministros. Las infracciones más destacadas están relacionadas con el mantenimiento de las existencias mínimas de seguridad exigidas de productos petrolíferos y de gas natural (24 sancionadores); el impago de los peajes de acceso a las redes (5 expedientes) y liquidaciones (3); incumplimientos de envío de datos de lectura de contadores inteligentes (10).

La OCU celebra que la CNMC estudie obligar a las compañías eléctricas a usar marcas diferentes en sus actividades

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) inició un procedimiento jurídicamente vinculante que, si se resuelve de forma favorable, supondrá que las compañías energéticas verticalmente integradas tendrán que diferenciar las marcas comerciales que cada grupo empresarial tiene en el sector, según la OCU.

Este procedimiento se inicia a raíz de la denuncia presentada por OCU ante la CNMC en 2016, acompañada de un informe que acreditaba que, en contra de la legislación vigente, las compañías energéticas de gas y electricidad estaban utilizando marcas, logos, web e incluso teléfonos de atención al cliente idénticos, independientemente de que se tratara de la distribuidora, de la comercializadora en el mercado regulado o de la comercializadora en el marcado libre. OCU recuerda que, en la actualidad, cada grupo empresarial (Endesa, Iberdrola, Gas Natural, EDP y Viesgo) tiene al menos 3 compañías que se relacionan con el consumidor y todas utilizan marcas, logos, prácticamente idénticos. Eso sí, la distribuidora gasista de Gas Natural ya pasó a llamarse Nedgia.

Confusión para el consumidor doméstico

A juicio de la OCU, esta «confusión interesada» provoca grandes problemas en el sector: por un lado, una barrera de entrada para nuevos comercializadores en el mercado libre que compiten contra marcas consolidadas y herederas de la actividad de la distribución; por otro lado, «más grave aún», la confusión de los usuarios que son expulsados del mercado regulado al mercado libre sin su conocimiento, ya que la filial en el mercado libre puede fácilmente atraer a los clientes del mercado regulado que no perciben el cambio de compañía ante la similitud de nombres y marcas.

OCU recuerda que la normativa del sector eléctrico califica como grave esta infracción y establece sanciones que van de 600.000 euros a 6 millones de euros, por lo que pide a la CNMC que, con este procedimiento, además de obligar a una clara separación de marcas y logos entre ellas, se estudie la aplicación de las sanciones que desincentiven nuevas prácticas perjudiciales para los consumidores.

La CNMC denuncia cambios de comercializador a clientes de luz y de gas sin su consentimiento o de modo engañoso

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha denunciado cambios de comercializador a clientes, algunos de ellos beneficiarios del bono social, por las comercializadoras eléctricas y gasistas sin su consentimiento o de modo engañoso, por lo que pide regular los requisitos «para que se pueda acreditar inequívocamente el consentimiento de los clientes cuando existen dudas sobre ello«.

En su informe sobre la supervisión del efectivo consentimiento del consumidor al cambio de comercializador, la CNMC señala que ha detectado que varias empresas de electricidad y gas no pueden acreditar el consentimiento al cambio de compañía de diversos clientes. Así, detectó durante el periodo de análisis 11 beneficiarios del bono social que afirmaron haber sido cambiados sin consentimiento o de modo engañoso y perdieron su derecho a un descuento del 25% en su factura.

Concretamente, ha analizado los cambios de compañía de electricidad (3.160.246) y gas (931.123) que tuvieron lugar entre julio de 2015 y junio de 2016 y ha realizado una muestra estadística representativa sobre 3.400 casos de cambios. En el caso del sector eléctrico, la CNMC constató que en el 3% de los casos el comercializador no ha podido demostrar que los clientes hubieran solicitado el cambio de compañía. De las muestras estadísticas analizadas se han detectado 33 cambios no acreditados. Además, en el 11% de los casos analizados, existen dudas de que los clientes dieran realmente su permiso para el cambio.

En lo que se refiere al sector gasista, el 0,9% de los cambios de comercializador no acreditaron el consentimiento del consumidor y el 4% de ellos fue dudoso. La CNMC señala que, extrapolando estos resultados, se podría afirmar que durante el periodo de estudio, no sería posible acreditar el consentimiento al menos en un total 40.000 cambios de clientes eléctricos, ni en al menos 4.000 de cambios de clientes gasistas.

Por otra parte, la CNMC constató que una parte de los cambios sin consentimiento ha afectado a clientes vulnerables, que tienen derecho a percibir el bono social de la luz, un descuento que durante el periodo analizado alcanzaba el 25% de la factura mensual. Concretamente, el regulador detectó 176 cambios con pérdida del bono social. En 11 casos, los consumidores afirmaron haber sido cambiados sin consentimiento o de modo engañoso. La CNMC subraya que las medidas de protección incluidas en el Decreto 897/2017, en el que se regula la figura del consumidor vulnerable y el nuevo bono social, «evitarán que se sigan produciendo estas situaciones».

Para combatir estas prácticas, la CNMC considera necesario regular los requisitos «para que se pueda acreditar inequívocamente el consentimiento de los clientes cuando existen dudas». Además, se debería establecer la regulación de la contratación telefónica en el caso del sector eléctrico, «simétrica a la existente en el sector gasista«. Adicionalmente, como ya ha recomendado el organismo anteriormente, considera que las empresas deberían incrementar los controles a los agentes de venta.

La CNMC critica el uso de los peajes eléctricos y de la regulación energética como «instrumento político»

Europa Press.- El presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), José María Marín Quemada, ha criticado el uso como «instrumento político» de la regulación energética en aspectos como la fijación de los peajes eléctricos «en más ocasiones que las justificables».

Asimismo, ha subrayado que la determinación de los peajes «no puede ser un instrumento político que beneficie a unos u otros en función de las necesidades del momento», sino que tiene que ser algo establecido con «absoluto rigor» y en línea con una serie de parámetros comunes con otros países de la Unión Europea. Marín Quemada resaltó que le llama mucho la atención que el Ministerio de Energía esté en una posición distinta a la de las directivas comunitarias y a la de los reglamentos de aplicación directa y haya restado competencias a la CNMC que sí tienen otras agencias independientes de otros países comunitarios.

«Eso comprenderán ustedes que no podíamos dejarlo pasar», apuntó Marín Quemada, quien ha explicado que, después de que sus intentos de conversación, escritos, cartas, entrevistas y un requerimiento previo no hayan dado el resultado previsto, no han tenido «más remedio» que llevar al Gobierno al Tribunal Supremo. Así, reconoció que nunca pensó que en su vida de servidor público tuviera que hacer algo así y ha admitido que ha sido una decisión «compleja» que ha tomado el Consejo de la CNMC para defender sus competencias.

La CNMC pide limitar el papel de las distribuidoras de electricidad en el desarrollo de infraestructuras para el coche eléctrico

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera que se debe limitar el papel de las distribuidoras eléctricas en el desarrollo de las infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos a circunstancias «muy específicas y excepcionales«, para que su coste no se cargue sólo sobre los consumidores eléctricos.

En un informe sobre el decreto que modifica la normativa que regula la actividad de gestor de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética, remitido sobre el Ministerio de Energía para simplificar los requisitos para la figura del gestor de carga, la CNMC defiende que, si bien la propuesta del Ministerio no entra sobre el papel que debe tener el distribuidor de electricidad en el sector de la recarga, el desarrollo de las infraestructuras debería realizarse «en un contexto de competencia».

El regulador señala que, en el trámite de audiencia en el que participaron Endesa, Gas Natural Fenosa, Iberdrola, EDP España, REE, Unesa, Aedive, Hispacoop, así como distintos Gobiernos regionales, varias empresas distribuidoras han planteado la posibilidad de responsabilizarse del desarrollo de las redes para atender el suministro de estas nuevas infraestructuras de recarga, especialmente en suelo no urbano o para servicios de recarga de gran tamaño en suelo urbano, «para que el coste del despliegue de estas infraestructuras no suponga un coste para el gestor de carga ni una barrera al desarrollo del vehículo eléctrico».

Además, la CNMC indica que algunas distribuidoras plantean la necesidad de permitir el desarrollo de estas infraestructuras, no solo las redes sino también los propios postes de recarga, en la vía pública como activos regulados de distribución, lo que supondría incluir los costes dentro de sus inversiones, siendo encargadas de su ejecución y mantenimiento con cargo a la retribución regulada.

A este respecto, el organismo presidido por Marín Quemada se niega a esta pretensión de las distribuidoras ya que considera que el desarrollo de las infraestructuras de recarga deberá englobarse dentro de la estrategia nacional de impulso al vehículo eléctrico y del uso de energías alternativas en el ámbito del transporte, «en el que se involucre a todos los sectores afectados y se desarrolle de manera eficiente el reparto de costes entre todos los implicados y no sólo con la única contribución del sistema eléctrico».

Asimismo, señala que la normativa europea del Paquete de Invierno «únicamente» prevé que las distribuidoras desarrollen los puntos de recarga en unas determinadas condiciones muy particulares como, por ejemplo, cuando otras empresas no hayan manifestado su interés en una licitación. Además, destaca que el Paquete de Invierno considera que la participación de las distribuidoras eléctricas en esta actividad debe «suprimirse progresivamente», entendiendo que debería ser tan solo de «‘último recurso’«.

En su informe, la CNMC considera que la propuesta de real decreto supone una simplificación de los requisitos de la figura del gestor de cargas, lo que podrá permitir un mayor despliegue de las infraestructuras necesarias para permitir el desarrollo de vehículo eléctrico, aunque cree que la Ley 24/2013 establece una serie de limitaciones relativas a la obligación de constituirse en sociedad mercantil, y a la posibilidad de permitir únicamente al gestor de cargas revender electricidad, que siguen limitando el establecimiento de puntos de recarga.

La CNMC multa a Endesa Energía con 30.000 euros por cambiar de comercializadora eléctrica a un consumidor sin su consentimiento

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa Energía con 30.000 euros por haber cambiado a un consumidor de compañía eléctrica sin contar con su consentimiento. Competencia considera que, con esta actuación, Endesa Energía es responsable de una infracción leve de las tipificadas en la Ley del Sector Eléctrico.

Esta multa tiene su origen en la denuncia que realizó un consumidor a través de Facua-Consumidores en Acción, quejándose de que le habían cambiado de comercializador de electricidad sin su visto bueno. Tras recibir la denuncia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, posteriormente, inició un expediente sancionador contra Endesa Energía por cometer una infracción administrativa de carácter leve, en concreto, por el incumplimiento de los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que Endesa Energía no ha respetado el procedimiento que deben seguir las comercializadoras eléctricas para contratar con un nuevo cliente ni tampoco contó con su consentimiento.

Competencia recuerda que no es la primera vez que sanciona a empresas del sector energético por prácticas similares. Así, en 2017 multó a 4 comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, Iberdrola Clientes, Gas Natural Servicios, y Viesgo Energía) con 155.000 euros. Además, la CNMC publicó en 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los consumidores y las comercializadoras de electricidad y gas cuando se realiza una contratación. Entre otros consejos, insistía en la importancia de que las compañías sean muy cuidadosas al captar clientes a través de canales de venta domiciliaria y por teléfono.

Asimismo, la normativa establece el derecho del consumidor a elegir comercializador y obliga a éstos a cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. En definitiva, la sanción a Endesa asciende a 30.000 euros y se aprueban las reducciones recogidas en la normativa siempre y cuando se produzca el desistimiento o renuncia de cualquier acción, o recurso en vía administrativa, contra la sanción.

La factura de la luz subió un ligero 0,3% en febrero

Redacción / Agencias.- Un consumidor doméstico medio pagó 64,34 euros en su factura de la luz de febrero, por lo que esta factura se incrementó en un 0,3% respecto a los 64,15 euros de febrero de 2017, lo que supuso una subida en el recibo eléctrico de 0,19 euros, según los datos obtenidos para la tarifa regulada Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) con el simulador de la factura de la luz que ofrece en su web la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Para el cálculo de estos datos se ha utilizado el consumidor medio que suele emplear el Ministerio de Energía, el de un consumo de 3.900 kilovatios hora (kWh) anuales y una potencia contratada de 4,4 kilovatios (kW), que el Ministerio asegura que se corresponde con el de una familia de una familia con dos hijos. De los 64,34 euros abonados en los 28 días de febrero del 2018, 13,89 euros se corresponden al término fijo de potencia contratada. Del resto de la factura de enero, 36,69 euros obedecen al consumo, 2,59 euros al impuesto eléctrico y 11,17 euros al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Sube respecto al mes pasado

El recibo eléctrico refleja así el incremento que experimentó el mercado mayorista (pool) este mes, con unos precios que han elevado la tarifa regulada de electricidad, con 12 millones de consumidores. Para el resto de consumidores de electricidad, 13 millones que están en el mercado libre, esta evolución del mercado mayorista no tiene un reflejo tan directo en sus recibos, ya que tienen contratos con un precio fijado para un periodo, habitualmente, de un año.

Asimismo, el recibo de la luz acumula un descenso del 8,1% en los dos primeros meses del año con respecto al mismo periodo de 2017, en el que enero fue un mes marcado por los picos en el precio de la electricidad, después de la ola de frío que llevó a marcar, uno tras otro, los registros más elevados desde 2013, registrando en algunos momentos puntas que superaron la cota de los 100 euros por MWh. Así, entre enero y febrero de 2018 el recibo de la luz suma un importe de 134,16 euros para el consumidor, frente a los 145,97 euros que de media tuvo que destinar en los dos primeros meses de 2017.

Sin embargo, la factura de la luz de febrero subió un 2,22% respecto al mes anterior, enero, dado que el coste diario de la electricidad fue de 2,30 euros en febrero respecto a los 2,25 euros de enero. En esta comparación se utilizan los costes diarios para evitar el efecto de la diferente duración diaria de los distintos meses (28,29, 30 o 31) a efectos de garantizar la homogeneidad estadística.

De hecho, en el mercado mayorista el precio de la electricidad ha repuntado y, según los datos del Operador del Mercado Ibérico de la Energía (OMIE), la media fue en febrero de 54,96 euros por megavatio hora (MWh), lo que supone un encarecimiento del 10% con respecto a los 49,98 euros/MWh del pasado enero. En lo que va de 2018, el precio medio del mercado eléctrico español se sitúa en los 51,6 euros por MWh, situándose así 17,5 euros por encima del de Alemania (34,2 euros) y 12,3 euros mayor que el de Francia, según datos del Barómetro Energético de la Asociación de Empresas con Gran Consumo de Energía (AEGE).

El precio mayorista de la electricidad tiene un peso cercano al 35% sobre el recibo final, mientras que alrededor del 40% corresponde a los peajes y cerca del 25% restante, al IVA y al Impuesto de Electricidad. El mercado mayorista, también conocido como el pool, funciona de forma marginalista, de modo que las tecnologías entran por orden de coste y la última de ellas en participar, la más cara, marca el precio para el conjunto.

La CNMC reintegra al sector gasista otros 6,7 millones de los pagos anulados por la indemnización de Castor

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha reintegrado al sector gasista otros 6,7 millones de euros correspondientes a los pagos anulados del almacén Castor, según indicó el organismo. En concreto, se ha reintegrado el pago previsto en enero, correspondiente a la liquidación décima del año pasado, con lo que la cantidad total pagada en 2017 en concepto del abono de las indemnizaciones con cargo al sistema gasista ascendió a 60,5 millones de euros.

A finales de enero, la CNMC paralizó los pagos destinados a materializar el derecho de cobro por la deuda del almacén Castor, que está en manos de Banco Santander, Bankia y Caixabank. El regulador aplicaba así la sentencia del pasado diciembre del Tribunal Constitucional, que declaró «nulos e inconstitucionales» algunos artículos del decreto ley aprobado en 2014 que contemplaba la hibernación del almacenamiento subterráneo de gas de Castor y en el que se reconocía una compensación de 1.350 millones de euros para la empresa promotora Escal UGS, participada por ACS.

La deuda por Castor, que ascendió a 1.350 millones de euros, fue colocada por Enagás en 2015 a Banco Santander, Bankia y Caixabank a un tipo de interés del 4,3% y a devolver en 30 años. De esta manera, estas tres entidades son los titulares de estos derechos de cobro, que ascienden a unos 80 millones anuales y que se incluían en el sistema gasista.

Por su parte, con esta reintegración, el déficit provisional gasista fue de 385 millones de euros a diciembre, frente a los 430 millones de euros en el mismo periodo del 2016. El total de ingresos declarados por las empresas al sistema de liquidaciones por facturación de tarifas, peajes y cánones ascendió a 2.586 millones de euros, un 3,6% más que en el mismo periodo del 2016, destacando el incremento del 28% de los ingresos por peaje de regasificación y del 14% por reserva de capacidad.

Mientras, los costes liquidables del sistema ascendieron a 46 millones de euros, un 23,4% superiores a los del 2016, debido principalmente al aumento del coste de adquisición del gas de operación. Por tanto, teniendo en cuenta los ingresos existentes, se obtuvieron unos ingresos netos declarados de 2.540 millones de euros. Además, la retribución total fija acreditada a las empresas ascendió a 2.687 millones de euros.

Jorge Fabra destaca la neutralidad, la transparencia y el rigor técnico del CSN en su toma de posesión como consejero

Europa Press.- Jorge Fabra Utray ha destacado la neutralidad, la transparencia y el rigor técnico como los tres aspectos «fundamentales» que deben estar en su opinión en la labor diaria del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), donde tomó posesión de su cargo como consejero de pleno, en sustitución de Cristina Narbona, quien cesó el pasado verano para asumir la presidencia del PSOE.

En su toma de posesión, ha manifestado que la neutralidad e independencia en la toma de decisiones, la transparencia para generar confianza, dentro y fuera del CSN, y rigor técnico en el desempeño de las funciones de supervisión y regulación, son aspectos fundamentales en ese cargo. Fabra Utray fue nombrado consejero el 7 de diciembre pasado por el Consejo de Ministros. Al acto asistieron el resto de miembros del pleno, el secretario de Estado de Energía, Daniel Navia, representantes del Congreso de los Diputados y del sector eléctrico nacional, así como numerosos técnicos del CSN.

El presidente del CSN, Fernando Martí Scharfhaussen ha leído el real decreto de nombramiento del nuevo consejero y, a continuación, el secretario de Estado ha destacado la «importante» labor del CSN en materia de seguridad nuclear y protección radiológica y, en ese contexto, ha destacado que la trayectoria profesional de Fabra refuerza la capacidad técnica y la independencia del CSN.

Fabra, en su intervención, ha subrayado la responsabilidad que supone velar por el uso adecuado de las radiaciones ionizantes y los retos ante los que se enfrenta el CSN como son la gestión del parque nuclear español y sus residuos radiactivos. Asimismo, ha hecho una mención especial al personal técnico y administrativo del CSN así como a su predecesora, Cristina Narbona, quien ha asistido también a la toma de posesión. Según el Estatuto del CSN, el pleno del CSN está formado por un presidente y por 4 consejeros. En este momento, los consejeros son Rosario Velasco (PSOE), que ocupa a su vez la vicepresidencia; Fernando Castelló (PP) y Javier Dies.

Fabra es licenciado en Economía por la Universidad Complutense de Madrid; doctor en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid, fue presidente del Colegio de Economistas de Madrid (1980-1983) y ha ocupado diversos cargos vinculados al sector de la energía. En la actualidad es presidente de Economistas Frente a la Crisis y patrono de la Fundación Estudio. Entre ellos, fue delegado del Gobierno en la explotación del sistema eléctrico de 1983 a 1988; consejero de Babcock, Wilcox y Endesa entre 1984 y 1988; ocupó la presidencia de Red Eléctrica de España (REE) desde 1988 a 1997 y desde 2005 a 2011 fue consejero de la Comisión Nacional de Energía.

Durante su comparecencia para defender su propuesta como candidato ante la Comisión de Energía del Congreso de los Diputados, Fabra expresó su preocupación por la posibilidad de que la seguridad nuclear en España se relaje ante intereses económicos y, en este sentido, precisó que estos intereses pueden ir tanto a favor como en contra del cierre de las centrales nucleares.

Fabra señaló que uno de sus objetivos será conseguir un regulador «blindado frente a las presiones exteriores» que, según ha indicado, «son muchas«. «En la Comisión Nacional de la Energía un estornudo o un guiño movía 100 millones de un sitio a otro», bromeó para insistir en que «los intereses económicos que se juegan» en este sector son «enormes» y que de ellos «tienen que prescindir los dictámenes del CSN».

Junto con este objetivo, Fabra se marcó también el propósito de lograr la transparencia en las actividades y decisiones del CSN. «Transparencia toda la del mundo, me parece fundamental«, declaró en su intervención, en la que manifestó su opinión de que «con la opacidad se produce un cierto sentimiento de impunidad» que es «la peor de las situaciones para cualquiera que desarrolle una representación pública».