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El Congreso pide facilitar la reapertura de las plantas de purines y extender a 25 años su vida útil regulatoria

Europa Press.– El Congreso ha aprobado una iniciativa en la que insta al Gobierno a facilitar la reapertura de las plantas de tratamiento de purines (residuos de origen orgánico, fundamentalmente procedentes de los estiércoles de los cerdos) y extender de nuevo su vida útil regulatoria a los 25 años. La iniciativa ha sido aprobada en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital con el respaldo del PSOE, Unidos Podemos, Ciudadanos y el PNV, mientras que el PP ha optado por abstenerse.

Los socialistas, que llevaron esta iniciativa al Congreso, alegan que los recortes a la energía renovable aprobados por el Gobierno provocaron que todas estas plantas se fueran a la quiebra y que, a pesar de la restitución de las ayudas tras la sentencia del Tribunal Supremo, el recorte de 25 años a 15 de las mismas provocó que 3 plantas tuvieran que detener su actividad.

Marco adecuado para estas plantas

El texto aprobado por el Congreso pide establecer un marco adecuado para el desarrollo de estas plantas y del sector, pues «disponen de los permisos necesarios, la infraestructura adecuada y una localización estratégica, adoptando las garantías necesarias para preservar la calidad del aire, la salud pública, el respeto a las zonas naturales protegidas y la lucha contra el cambio climático».

Asimismo, el Congreso insta también al Gobierno a elaborar en 6 meses un Plan nacional de Tratamiento de Excedente de Purines y de Reducción de su Impacto Ambiental, en coordinación con las comunidades autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias, y con los departamentos ministeriales implicados. Este plan deberá de prever el desarrollo de sistemas alternativos e incluir medidas que incentiven la biodigestión y el tratamiento sostenible de purines. Además, también pide diseñar un plan que permita al sector autofinanciar todos los procesos de tratamiento de los purines, mediante un sistema integrado de gestión en el que se aplique el principio de responsabilidad del productor a través de la gente que tiene el control económico efectivo del proceso productivo.

El Supremo rechaza un recurso de varias plantas fotovoltaicas contra la reforma energética que redujo la retribución renovable

EFE.- El Tribunal Supremo rechazó el recurso interpuesto por más de veinte instalaciones fotovoltaicas de la provincia de Albacete contra el real decreto del Gobierno de 2014 que redujo la retribución a las renovables. Las sociedades que presentaron el recurso alegaban que el cambio retributivo que hizo el Ejecutivo no estaba justificado, que era «contrario al Estado de Derecho» y que el nuevo régimen retributivo conculcaba los principios de buena regulación, de irretroactividad de las disposiciones que restringen derechos y de seguridad jurídica.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso del Supremo, que de nuevo falla a favor del Gobierno en este tipo de recursos como también hizo el Constitucional, recuerda que en 2013 el Gobierno revisó el marco regulatorio del sistema eléctrico y estableció un nuevo régimen retributivo para instalaciones de energías renovables, cogeneración y que generan energía con residuos. En esa revisión se sustituyó el pago de la prima que recibían por la regulación anterior por una retribución específica.

A juicio del alto tribunal, el decreto impugnado no incurre en retroactividad, pues no anula ni modifica ni revisa las retribuciones pasadas percibidas por los titulares de instalaciones de energía renovables, sino que proyecta sus efectos a partir de la entrada en vigor del nuevo régimen retributivo. Respecto a que la entrada en funcionamiento de la planta se tome como referencia para calcular la rentabilidad razonable o retribución a percibir, la sentencia señala que sólo se utiliza como elemento de cálculo, pero no supone la devolución de cantidades ya cobradas.

Además, el Supremo considera que el Gobierno no incurrió en una «retroactividad prohibida», algo en lo que no coinciden dos magistrados que han formulado votos particulares que consideran que además el real decreto vulnera la seguridad jurídica. La sentencia dice que la nueva regulación no incide sobre derechos patrimoniales consolidados e incorporados al patrimonio de los titulares de las instalaciones, y afirma que negar al legislador establecer una retribución distinta a la que existía implicaría «petrificar el régimen retributivo existente».

El Supremo, que recuerda la jurisprudencia que en este sentido ha formulado el Tribunal Constitucional, dice que la modificación que hizo el Gobierno no fue «inesperada», pues la evolución del déficit del sistema eléctrico hacía necesarios ajustes, por lo que el cambio normativo no podía ser imprevisible para un «operador económico prudente y diligente«. Afirma que el Ejecutivo reforzó, incluso, la seguridad de los productores a percibir una rentabilidad razonable o incentivo, ya que el sistema de cálculo, basado en el rendimiento del bono a 10 años más un «diferencial adecuado», quedó incorporado a una norma con rango de ley.

Respecto a la modificación de la categoría de las instalaciones introducidas, el Supremo recuerda que uno de sus objetivos era evitar «abusos» en la percepción del régimen retributivo derivados de «compartimentar artificialmente» los parques fotovoltaicos en unidades de potencias inferiores a 100 kilovatios para beneficiarse de la mayor retribución que el régimen anterior daba a las instalaciones de menor tamaño.

Además, el Supremo rechaza que sea de aplicación el laudo de la Corte Internacional de Arreglo de Diferencias (Ciadi) del Banco Mundial, que multó a España con 128 millones de euros, más intereses, por los perjuicios que el recorte de las primas causó a tres plantas termosolares del fondo británico Eiser Infrastructure. En este sentido, dice que el recurso de los productores se enjuicia bajo el derecho español y comunitario, y no le es aplicable un régimen derivado del sometimiento voluntario de determinados sujetos y Estados a un régimen arbitral.

El consejero delegado de Chevron planea dejar el cargo, según The Wall Street Journal

EFE.- El consejero delegado de Chevron, John Watson, planea dejar el cargo para dar paso a un nuevo líder en la petrolera, según aseguró The Wall Street Journal, que cita a fuentes anónimas conocedoras de la situación, señalando que la transición se anunciará en septiembre y que el favorito para suceder a Watson es Michael Wirth, actual vicepresidente de la compañía. Sin embargo, subraya que el reemplazo no está totalmente cerrado y aún debe ser decidido por la dirección de la segunda mayor petrolera de Estados Unidos.

Watson lleva desde 2010 al frente de Chevron y su salida se produciría en términos amistosos y por voluntad propia. Se espera, de hecho, que no deje el cargo inmediatamente, sino que continúa por un tiempo para garantizar una transición adecuada, señala la información. Durante su mandato, Watson apostó por grandes inversiones en nuevos proyectos cuando el precio del crudo subía con fuerza, algo que no gustó a algunos inversores. Wirth es el mejor colocado para sucederle por su experiencia en recortar costes en grandes explotaciones, algo que la firma californiana considera importante ante los actuales bajos precios del petróleo.

El PSOE pide facilitar la reapertura de las plantas de purines y volver a extender a 25 años sus ayudas

Europa Press.- El PSOE reclama facilitar la reapertura de las plantas de tratamiento de purines y extender de nuevo su vida útil regulatoria a los 25 años. Los socialistas alegan que los recortes aprobados por el Gobierno provocaron que todas estas plantas se fueran a la quiebra y que, a pesar de la restitución de las ayudas tras una sentencia del Tribunal Supremo, el recorte de 25 años a 15 de las mismas provocó que tres plantas tuvieran que detener su actividad.

Asimismo, advierten de que a 16 de las 29 plantas de tratamientos de purines les quedarían 3 años de vida útil regulatoria, período en que las plantas devengan prima, «además de no disponer de un marco adecuado a la inversión y puesta en marcha tras más de 3 años paradas». Por esta razón, el PSOE registró una proposición no de ley para su debate en la Comisión de Energía en la que piden facilitar la reapertura de estas plantas, pues defienden que éstas «disponen de los permisos necesarios, la infraestructura adecuada y una localización estratégica», adoleciendo únicamente una regulación adecuada.

Asimismo, también instan a restablecer «en el menor tiempo posible el plazo de 25 años de vida útil regulatoria», argumentando que la propia Ley del Sector Eléctrico señala que «en ningún caso, una vez reconocida la vida útil regulatoria o el valor estándar de la inversión inicial de una instalación, se podrán revisar dichos valores«. Por último, los socialistas instan al Gobierno a elaborar en el plazo de seis meses un Plan Nacional de Tratamiento del Excedente de Purines y de Reducción de su Impacto Ambiental en coordinación con las comunidades autónomas, los municipios y con los departamentos ministeriales implicados.

El arbitraje desvela que los peritos del Estado cifran en un 5% la rentabilidad de Eiser frente al 7,39% prometido

Europa Press.- Los peritos de Brattle y BDO designados en el arbitraje internacional contra España en el Ciadi (Banco Mundial)  acerca de los recortes a las instalaciones de renovables de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg calculan que la rentabilidad de estos inversores se situó entre el 3,7% y el 5% tras la reforma eléctrica de 2013, frente al 7,39% recogido en la nueva legislación (calculada en torno a las Obligaciones del Estado a 10 años incrementando  en 300 puntos básicos).

Estas consideraciones aparecen recogidas en el laudo del Ciadi remitido a las partes la semana pasada, en el que por primera vez esta institución se pronuncia acerca de los recortes a las instalaciones de renovables en España. En este caso lo ha hecho a favor de los demandantes, que tendrán derecho a una indemnización de 128 millones. El Ciadi aún tiene que resolver una treintena de denuncias por este asunto.

En este sentido, ni el perito designado por el abogado del Estado ni el de Eiser cifraron los retornos económicos de las plantas en el porcentaje de rentabilidad razonable establecido por el Gobierno. Brattle, designada por Eiser, cifra la rentabilidad de los proyectos termosolares del inversor en el 3,7%, mientras que BDO, elegido por el Estado, lo hace en el 5%. «La rentabilidad real antes de impuestos de las plantas se encuentra muy por debajo de la tasa meta prevista por el nuevo régimen», señala el laudo a la vista de estos testimonios, antes de constatar que las instalaciones de Eiser no se ajustaban al estándar de plantas eficientes aplicado, eso sí, «de manera retroactiva» en 2013 por el Gobierno.

Los costes de capital de las plantas eran cerca de un 40% superiores al nivel considerado eficiente por la reforma. Los peritos de la demandante, de Brattle, atribuyen esta diferencia a aspectos como el de que las plantas eran propietarias, en vez de arrendatarias, de los terrenos sobre los que se asentaron los proyectos. Los costes operativos y de mantenimiento de las plantas también superaban los considerados eficientes, más aun cuando en 2012 se aprobaron impuestos que también gravaban el gas usado por las plantas termosolares. Como consecuencia de ello los ingresos de las instalaciones registraron un descenso del 66% tras la reforma de 2013.

En 2014, una de las plantas, Aires Solar, tuvo ingresos operativos de 19,92 millones, frente a los 27,76 millones necesarios para responder a las deudas de la sociedad, mientras que otra instalación, Dioxipe, ingresó 7,79 millones, frente a los 13,94 millones necesarios para devolver la deuda. El laudo muestra precisamente que el endeudamiento de los inversores en renovables y sus dificultades para devolver la deuda tras los recortes no se tuvieron en cuenta a la hora de definir el nuevo régimen retributivo de la reforma.

En un interrogatorio, el director del departamento solar del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE), Carlos Montoya, confirmó que fueron los funcionarios del Ministerio los que realizaron las «estimaciones y cálculos cruciales» para definir los estándares retributivos «sin tener en cuenta las características reales y la producción de las plantas». «El nuevo régimen no tiene en cuenta los costes reales, incluido el servicio de deuda, o las eficiencias reales de determinadas instalaciones de CSP (termosolar) existentes», señala el laudo. Montoya admitió en su testimonio que “el proceso no se basó en un análisis matemático de datos riguroso, al afirmar que si usted busca […] una media o una fórmula matemática, no la hay«, indica el laudo.

La sentencia del tribunal también describe las expectativas sobre las que Eiser decidió invertir en renovables en junio de 2007. Para ello, realizó due diligences y contó con el asesoramiento de Gómez Acebo & Pombo. En ese momento, el principal riesgo identificado era que el proyecto no se pudiera construir en los 36 meses de plazo recogidos en el real decreto 661/2007. La deuda de los proyectos equivalía al 70% del capital en el caso de la planta Astexol, y al 63,5% en el de las otras dos plantas, conocidas como Aste. En diciembre de 2011, Eiser valoraba sus inversiones en 148 millones de euros.

Las costas del laudo, que incluyen los honorarios de los árbitros y los costes del tribunal, ascienden a 956.159 dólares, de los que 277.929 dólares corresponden al presidente John R. Crook, 177.439 al árbitro Stanimir Alexandrov y 123.964 dólares al otro árbitro, Campbell McLachlan. El tribunal internacional ha concluido que no sea el Estado español el que asuma el coste total, sino que cada parte sufrague sus propios gastos legales, así como la respectiva cuota de los honorarios y gastos de los miembros del tribunal y de los derechos devengados por la utilización del Ciadi.

Energía cree que el laudo del Ciadi contra el recorte renovable no es «extrapolable» y “no cuestiona” la reforma Soria-Nadal

Europa Press.- El Gobierno ha defendido que la reforma eléctrica desarrollada por el exministro José Manuel Soria y el exsecretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, fue «la adecuada» y ha asegurado que «no se cuestiona» por el laudo arbitral del tribunal internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, en el que se da la razón a la firma británica Eiser Infraestructure frente a los perjuicios que le causó el recorte a las renovables.

En este sentido, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital considera que el laudo «no puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante» para otros casos. El Ministerio anuncia además que el Gobierno español estudia recurrir el laudo. Fuentes del departamento dirigido por Álvaro Nadal indicaron que el recurso ha de presentarse ante el propio Ciadi. El laudo, señala Energía, estima parcialmente la demanda de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg en relación a las consecuencias de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014 para tres instalaciones termosolares.

El laudo, afirma, «única y exclusivamente declara, de manera referida a las tres plantas termosolares de los demandantes y en atención a sus particulares circunstancias, que la reforma ha causado a sus titulares un daño que, bajo la singular apreciación del tribunal de arbitraje, se considera excesivo«. «Dado el carácter estrictamente singular de tal pronunciamiento, no debe asumirse que su resultado puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante para otros arbitrajes pendientes», afirma Energía.

El Ministerio sostiene que cada procedimiento arbitral «es diferente, tanto en la información como en los argumentos aportados«, y recuerda que hasta la fecha se ha producido un desistimiento en un arbitraje, mientras que en otros dos arbitrajes sobre renovables ya resueltos los laudos han dado la razón a España «de manera contundente». Eso sí, el fallo ahora conocido es el primero emitido por el Ciadi. En enero de 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico de la etapa socialista y, en aquella ocasión, se pronunció a favor del Reino de España.

Da 128 pero pedían 300

Energía también destaca que el arbitraje solo estima parcialmente las reclamaciones de los demandantes, al tiempo que condena a España al pago de 128 millones de euros más intereses, frente a los más de 300 millones que reclamaban los demandantes. La inversión comprometida en las tres termosolares alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma tiene un 36,95% en Aste, que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz. El Ministerio asegura además que el tribunal no cuestiona «el derecho soberano de España de tomar medidas regulatorias apropiadas para atender las necesidades públicas, lo que potencialmente incluye la modificación del régimen del real decreto 661/2007».

El laudo, continúa, tampoco cuestiona la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014, «que permitió acabar con el déficit de tarifa». Su contenido indica que «el demandado enfrentó un legítimo problema de política pública con su déficit tarifario, y el tribunal no cuestiona que fuese apropiado que las autoridades españolas adoptasen medidas razonables para lidiar con la situación», señala el Ministerio. El departamento dirigido por Álvaro Nadal también afirma que «las diversas sentencias nacionales tanto del Tribunal Supremo y como del Constitucional en materia de renovables han avalado la reforma eléctrica y sus pilares fundamentales».

Por su parte, el ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, Iñigo Méndez de Vigo, afirmó que cuando se acometió la reforma eléctrica la deuda del sistema superaba los 26.000 millones de euros y crecía a razón de 10.500 millones anuales, por lo que era necesario corregir para evitar que el recibo eléctrico subiera un 42%. Méndez de Vigo defendió que «aquellos que se sientan perjudicados puedan acudir a los tribunales», pero subrayó que este laudo del Ciadi no cuestiona la reforma y es susceptible de recurso.

La CNMC advierte a Energía de que su plan para los purines dejaría a la mitad del sector sin retribución

Redacción / Agencias.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) advirtió al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital de que su propuesta sobre la revisión retributiva para las plantas de purines de porcino dejará a más de la mitad de las instalaciones sin retribución.

Concretamente, la CNMC señala en un informe, sobre la propuesta de orden de parámetros retributivos para instalaciones tipo de tratamiento y reducción de purines, que la intención de Energía de reducir la vida útil regulatoria de las plantas de 25 a 15 años hará que, antes de que concluya 2017, más de la mitad de las 33 instalaciones existentes ya hayan alcanzado o superado el tiempo durante el cual tienen derecho a recibir retribución. El regulador ha recordado que, además, muchas de esas instalaciones, de gran importancia para prevenir el impacto medioambiental que tendrían unos residuos como los purines en caso de filtración en el subsuelo, han estado inactivas durante gran parte de 2014, así como en 2015 y 2016.

La propuesta de Energía obedece a una sentencia del Tribunal Supremo de junio de 2016 en la que se declaran nulos algunos elementos que formaban parte de la retribución a las plantas de tratamiento de purines porcinos.Además, el Supremo declaró que la orden ministerial IET/1045/2014 de parámetros retributivos ignoró las «singularidades» que la normativa precedente había reconocido a estas instalaciones con respecto a las de cogeneración. Tras la elaboración de la propuesta para cumplir la sentencia, el regulador ha redactado un informe en el que realiza varias observaciones acerca de la futura regulación propuesta por el Ministerio de Energía.

Aparte de las consideraciones sobre la posible retirada de la retribución, la CNMC advierte de que Energía, al calcular la nueva vida útil regulatoria de 15 años, parece considerar que, de forma genérica, una planta de tratamiento de purines funciona 8.000 horas anuales. «Incluso antes de la reforma regulatoria de 2014 pocas plantas han logrado tales niveles de actividad, dado que supondría que estarían funcionando de forma constante y a plena carga durante 11 meses de producción ininterrumpida», replica el regulador. La CNMC recuerda que la sentencia del Supremo no requiere al Ministerio que modifique la vida útil regulatoria de las plantas y, en todo caso, considera que los cambios propuestos «no estarían adecuadamente justificados».

Finalmente, en lo referido a los precios del gas natural que se tienen en cuenta para retribuir la operación de las plantas de purines, la CNMC señala que se debería adoptar un “criterio homogéneo”. De esta forma, en cada momento se utilizaría el mejor valor disponible, en función de datos reales, siempre que esto fuera posible. La propuesta del Ministerio incluye una serie de precios reales y estimados, de forma que el ajuste por las bajadas en el coste de combustible registradas en 2016 se podría repercutir a las plantas de purines dos veces, en lugar de una, señala. Este desfase, señala el organismo regulatorio en su informe, podría prolongarse, en el peor de los casos, hasta finales de 2019.

Además de las dos sentencias del Supremo de junio del año pasado que anuló dos anexos de la orden de parámetros retributivos, una nueva resolución de este tribunal ha vuelto a dar la razón a la empresa Energyworks en respuesta a otro recurso en el mismo sentido y ordena a la Administración a que en un plazo de cuatro meses apruebe una nueva regulación que sustituya a la de la instalación tipo que anula ahora por ser disconforme a derecho.

Acogen recurre la orden con el recorte de 290 millones a la retribución de la cogeneración

Europa Press.- La Asociación Española de Cogeneración (Acogen) ha presentado un recurso contencioso-admnistrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra la orden ministerial en la que se fijan los valores retributivos a la operación de las plantas de cogeneración para el segundo semestre.

En concreto, el Supremo ha admitido a trámite a mediados de este mes el recurso presentado por la patronal contra la orden ministerial, según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El pasado mes de julio, el entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo aprobó la orden ministerial en la que se fijan los valores retributivos a la operación de las plantas de cogeneración para el segundo semestre y que, según el sector, conlleva un recorte adicional a esta tecnología de 287 millones de euros.

La Ley del Sector Eléctrico, la 24/2013, contempla que, al menos de forma anual, se revisarán los valores de retribución a la operación para las tecnologías cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible, como es el caso de la cogeneración.

Acogen dirigió a comienzos de ese mes de julio una carta a la vicepresidenta del Gobierno en funciones, Soraya Sáenz de Santamaría, en la que le pedía que actuase y apoyase a la industria que cogenera y que, según sus datos, supone en España el 20% del PIB industrial que fabrica sus productos con cogeneración.

El borrador de la orden, en su fase de informe en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), suscitó un fuerte rechazo entre las empresas cogeneradoras y sus industrias asociadas por la envergadura del recorte adicional que comporta.

La OPEP tendrá que hacer un ajuste mayor del previsto para cumplir el límite de producción pactado

Europa Press.- Los países de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) deberán reducir su oferta de crudo en 1,37 millones de barriles diarios (mb/d) para cumplir el tope de 32,5 mb/d pactado el pasado 30 de noviembre, después de haber alcanzado el mes pasado un suministro récord de 33,87 mb/d, según los datos ofrecidos por el cártel.

En su reunión del pasado 30 de noviembre, los ministros de la OPEP acordaron un ajuste «de unos 1,2 mb/d» para limitar su oferta de petróleo a 32,5 mb/d, en lo que suponía el primer pacto para recortar el suministro desde 2008, aunque finalmente este esfuerzo deberá ser mayor ante el aumento de 151.000 barriles diarios durante el mes pasado.

El incremento de la producción de la OPEP durante el mes de noviembre refleja el alza de la oferta procedente de países como Angola (124.800), Nigeria (62.700) y Libia (47.500), mientras que la producción de Kuwait (-51.300) y Arabia Saudí (-47.200) registraron los mayores descensos.

En este sentido, el cártel advierte de que el ajuste de producción pactado por los países de la OPEP «no bastará por sí solo» para acabar con el exceso de suministro en el mercado, lo que subraya la necesidad de que los países ajenos a la organización contribuyan al recorte.

Estos productores ajenos a la OPEP acordaron el pasado sábado un recorte de la oferta de 550.000 barriles diarios, algo por debajo del objetivo de 600.000 barriles, de los que la mayoría corresponderán al ajuste que llevará a cabo Rusia, con un recorte inicial de 200.000 barriles que llegará a 300.000.

Equilibrio en la segunda mitad de 2017

En su último boletín, la OPEP estima que el crecimiento de la demanda de petróleo se ralentizará en 2017 a 1,15 mb/d, frente a los 1,24 mb/d en 2016, lo que elevará el consumo de crudo de la OPEP en 2017 a 32,6 mb/d, un volumen ligeramente por encima de la pactada por el cártel para el próximo año.

«Esto, combinado con la cooperación de una serie de países ajenos a la OPEP para ajustar su producción en unos 600.000 barriles diarios acelerará la reducción de inventarios y adelantará el equilibrio del mercado a la segunda mitad de 2017», indicó la OPEP.

Los ministros de la OPEP y de productores no OPEP se reúnen con el petróleo en máximos de 16 meses

EFE / Europa Press.- El precio del Brent se encuentra con un tono alcista en la semana posterior al acuerdo de la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) para reducir su producción, superando el umbral de los 55 dólares, una cota que no alcanzaba desde mediados de 2015, hito similar al barril de la OPEP, por encima de los 50 dólares. Precisamente la OPEP celebrará este sábado en Viena una reunión ministerial con varios países productores no OPEP.

El objetivo del encuentro es precisar y coordinar los límites a la producción petrolera, acordados por los responsables de la OPEP el pasado 30 de noviembre para el primer semestre del próximo año y estabilizar el mercado. Según las fuentes, se trata de la primera reunión a nivel ministerial desde 2002 entre la OPEP y los países productores que no forman parte del grupo, sobre todo Rusia, el principal productor mundial junto a Arabia Saudí.

Los ministros de la OPEP pactaron la semana pasada en Viena un recorte de la producción de unos 1,2 millones de barriles diarios (mb/d) a partir de enero para fijar un máximo de 32,5 mb/d. En el acuerdo de Viena, que fue negociado durante meses en medio de disputas entre algunos miembros, como Irán y Arabia Saudí, tenía previsto ser completado con medidas similares de los productores no OPEP, que deberían aportar unos 600.000 b/d.

Fuentes diplomáticas confirmaron que se espera el sábado la presencia de representantes de 14 países no miembros de la OPEP, entre ellos también México. El barril de referencia de la OPEP cotiza por encima de la marca de 50 dólares por primera vez en 15 meses. Se ha encarecido ya un 14,5% desde que el grupo anunciara el recorte de producción, su primero desde 2008.  El valor del crudo de la OPEP no había roto la barrera de los 50 dólares/barril desde el pasado 31 de julio y estuvo sometido a fuertes presiones a la baja que le llevaron a tocar mínimos de 22 dólares.

Brent: máximos en 16 meses

Por su parte, el barril de petróleo Brent para entrega en febrero cerró el lunes en el mercado de futuros de Londres en 54,94 dólares, un 1,85% más que al término de la sesión anterior y su máximo cierre en 16 meses. El Brent terminó la sesión en el nivel más elevado desde finales de julio de 2015, impulsado por el pacto que alcanzó la OPEP y otros grandes productores para limitar sus extracciones. El acuerdo tiene como objetivo aliviar el exceso de oferta en el mercado que presiona los precios a la baja desde hace más de dos años.

Desde que la OPEP firmó en Viena su acuerdo para restringir las extracciones, el precio del Brent se ha revalorizado un 18,45%, desde los 46,38 dólares por barril. Asimismo llegó a superar el umbral de los 55 dólares, una cota que no alcanzaba desde mediados de 2015. Concretamente, llegó a intercambiarse en los mercados a un máximo diario de 55,20 dólares, lo que supone su mayor nivel desde el 24 de julio de 2015 y representa una revalorización del 19% desde el pasado 29 de noviembre, el día anterior a la decisión de la OPEP para reducir su oferta por primera vez en 8 años.

De este modo, el Brent acumula una subida del 48% en lo que va de 2016 y del 103,7% desde sus mínimos anuales registrados en enero, cuando llegó a cotizar ligeramente por encima de los 27 dólares el barril. Por su parte, el West Texas, crudo de referencia en Estados Unidos, llegaba a registrar este lunes un precio máximo de 52,33 dólares, lo que supone su nivel máximo desde mediados de julio de 2015 y representa una revalorización del 15,7% respecto a su precio antes de la reunión del cártel.