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Los instaladores eléctricos piden a Industria aumentar el plazo de adaptación de instalaciones de autoconsumo

Europa Press.- La Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de España (Fenie) ha promovido una petición al Ministerio de Industria, Energía y Turismo solicitando, entre otras cosas, que se aumente el plazo de adaptación de las instalaciones de autoconsumo, como mínimo, 6 meses más. En concreto, el comité de trabajo de autoconsumo de Fenie ha comunicado la necesidad de ampliar este plazo, que expira el próximo 11 de abril.

La asociación señala que esta propuesta para ampliar el plazo está motivada tanto por las «importantes» modificaciones en las instalaciones existentes, que implican en no pocas ocasiones la realización de obra civil, como por el hecho de que las propias empresas distribuidoras «han dilatado mucho sus respuestas a las solicitudes que se les han presentado, ante las dudas que ellas mismas tenían en la aplicación de esta regulación«. Asimismo, se propone que se convoque un grupo de trabajo con los representantes autonómicos en materia de energía de las Comunidades Autónomas para armonizar los criterios para la aplicación regulatoria del autoconsumo y otros que puedan surgir de la actividad propia de las Comunidades en materia eléctrica.

La patronal eólica cree que las comunidades autónomas deben eliminar barreras y simplificar trámites en las subastas eólicas

Europa Press.- La Asociación Empresarial Eólica (AEE) ha afirmado que en el sistema de subastas eólicas vigente se compite por precio y se premia a los proyectos más baratos, por lo que las comunidades autónomas «han de entender que deben eliminar barreras y simplificar trámites» que puedan encarecer la instalación de parques y desanimar la inversión en sus territorios.

Según la patronal, las comunidades autónomas empiezan a ser conscientes de que compiten unas con otras en las próximas subastas eólicas que se celebrarán ante la necesidad de España de cumplir los objetivos europeos a 2020. De acuerdo con los empresarios eólicos, las comunidades que celebraron concursos para fomentar la instalación de la eólica se enfrentan a varios problemas, como que las contraprestaciones industriales exigidas por la mayoría de los concursos encarecen «considerablemente» los proyectos.

Algunas comunidades ya han reaccionado

Además, para obtener una autorización administrativa para parques de menos de 50 MW es necesario que estos hayan sido adjudicados en concurso, lo que deja «en el limbo» a todos los proyectos nuevos que vayan a las subastas y quieran instalarse en las comunidades con concursos adjudicados. Según AEE, algunas comunidades ya han «tomado cartas en el asunto» al decidir eliminar estas contraprestaciones industriales, como Andalucía o Extremadura, o los concursos, como Canarias o Cantabria.

La complejidad de los trámites administrativos, incluidos los medioambientales, es otra barrera, tanto en términos temporales como económicos, según la patronal. De hecho, el estudio Wind Barriers de la Asociación Eólica Europea (EWEA) revela que España es el país de la Unión Europea en el que más se tarda de media en instalar un parque eólico (6,5 años) debido a esas trabas. Según la patronal, la situación se agrava para aquellas comunidades en las que existen costes adicionales fiscales, como los cánones eólicos que existen en Castilla y León, Galicia, Valencia y Castilla-La Mancha. En estas tres últimas, en las que los cánones conviven con las contraprestaciones industriales de los concursos, desde 2010 prácticamente no se ha instalado potencia eólica.

Cataluña plantea un requerimiento de incompetencia ante el Estado por el decreto de autoconsumo

EFE.- La Generalitat de Cataluña planteará un requerimiento de incompetencia ante el Estado por el real decreto de autoconsumo de energía eléctrica. El Consell Executiu acordó requerir al Gobierno que derogue o modifique la redacción de diferentes artículos y disposiciones del Real Decreto que regula las condiciones de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.

El Govern considera que la actual redacción invade competencias propias de la Generalitat y limita la capacidad de Cataluña para aplicar la capacidad normativa que le corresponde en el ámbito del autoconsumo y la conexión a la red de este tipo de instalaciones.

En un acto en Barcelona, el consejero de Empresa y Empleo, Felip Puig, ha dicho que «hace falta una contrarreforma eléctrica, ya que el modelo impuesto por la reforma del sector impulsada por el PP es erróneo en formas, contenidos, estrategias y objetivos» y se aleja de los propósitos europeos.

«Con el actual redactado del decreto, estamos perdiendo la oportunidad de convertir el sector energético en una industria que contribuya a la recuperación económica y al cambio de modelo», ha subrayado Puig, según su departamento.

El Supremo obliga a resarcir a la eólica de Castilla y León por no incluir Industria un recargo en la tarifa de luz

Europa Press.- La sala tercera del Tribunal Supremo estimó en parte la petición de resarcimiento solicitada por la Asociación de Promotores de Energía Eólica de Castilla y León (Apecyl) después de que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo no incluyese en los peajes eléctricos de la tarifa de luz de 2013 un sobrecoste relacionado con los recargos autonómicos.

La decisión del Supremo redunda en la posición del mismo tribunal ya expresada en una sentencia de mediados de 2014 en la que reconocía, en respuesta a una denuncia de Gas Natural Fenosa, que los tributos autonómicos deben incluirse en los peajes eléctricos para su posterior pago por parte de los consumidores de las regiones en las que se apliquen. Estos recargos correspondientes a tributos autonómicos ascendían a unos 200 millones de euros, según aparecía en un borrador de la orden de peajes eléctricos de 2013 que posteriormente modificó Industria. En la versión final de aquella orden ministerial no se hacía mención a este coste.

En su nueva sentencia, el Supremo declara que el artículo 9.1 de la orden de peajes de 2013 no es conforme a derecho al no incluir en los costes los suplementos territoriales a los que se refiere el artículo 17 de la Ley del Sector Eléctrico de 1997, según la redacción por decreto de 2012. El Supremo considera que Industria debió incluir en la orden de peajes de 2013 los suplementos territoriales correspondientes a cada una de las comunidades autónomas que tuviesen implantados aquellos tributos, «de modo que los consumidores ubicados en ellas sufragasen los costes derivados de las decisiones de sus propios órganos administrativos«.

De hecho, la norma actual establece que, «en caso de que las actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico fueran gravadas, directa o indirectamente, con tributos propios de las comunidades autónomas o recargos sobre tributos especiales, al peaje de acceso se le incluirá un suplemento territorial«. Este suplemento, dice la regulación, «cubrirá la totalidad del sobrecoste provocado por ese tributo o recargo» y «deberá ser abonado por los consumidores ubicados en el ámbito territorial de la respectiva comunidad autónoma». En la anterior sentencia acerca de la denuncia de Gas Natural Fenosa, el Supremo no cuantificó el sobrecoste que la medida supuso pero la compañía energética lo cifró en 30 millones.

Shale Gas España pronostica grandes beneficios para las comunidades locales

Europa Press / EFE.- La asociación Shale Gas España considera que la modificación de la Ley del Sector de Hidrocarburos aprobada en el Senado introduce importantes novedades que beneficiarán a los municipios en los que se realicen trabajos de exploración, investigación o producción de hidrocarburos no convencionales mediante técnicas como el fracking, cuestionadas socialmente.

En este sentido, el director general de Shale Gas España, David Alameda, indicó que la nueva ley «acerca los beneficios de la exploración y producción de hidrocarburos a las comunidades que conviven con estos proyectos«, y al mismo tiempo «es un reconocimiento a la contribución que esta actividad supone para el conjunto de la sociedad». Para la asociación de empresas productoras y exploradoras de estos recursos, la nueva norma «mejorala seguridad de los suministros energéticos, contribuye a lamejora de la competitividad de las empresasy crea riqueza mediante la generación de actividad económica, empleo y pago de impuestos«.

La norma crea el Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados, que establece un gravamen de entre el 1% y el 4% sobre la producción de gas no convencional. Además, se fija un canon de 125.000 euros que se abonará por cada sondeo de exploración y cada pozo de producción en tierra. La Ley establece que las cantidades recaudadas tanto por el impuesto como por el canon deberán revertir con «especial intensidad» en las Comunidades Autónomas y en los municipios donde se ubiquen los pozos.

Además, las empresas deberán abonar el 1% del valor de la producción a los propietarios de los terrenos situados en un perímetro en torno a los pozos, aunque esos terrenos se destinen a una actividad diferente a la extracción de hidrocarburos. En el caso del gas natural no convencional ese 1% supondrá una cantidad de entre 2 y 4 millones de euros por emplazamiento, según los cálculos de Shale Gas España. Estas nuevas tasas e impuestos se unen a las cantidades que los ayuntamientos recaudan por sus impuestos municipales, que oscila entre los 300.000 y los 600.000 euros por sondeo.

Las empresas indican que a este importe se debe añadir la actividad económica directa que genera a nivel local la construcción de un pozo de exploración, que requiere una inversión de entre 10 y 20 millones de euros y crea entre 50 y 150 puestos de trabajo en sectores como la construcción, la maquinaria auxiliar, el transporte, el suministro de materiales, la construcción o la hostelería. «En la fase de producción estas cifras se multiplican exponencialmente«, de modo que esta actividad «puede contribuir a dinamizar las economías locales en municipios que carecen de un sector industrial o de servicios», añade.