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Uno de cada cinco hogares no sabe que puede cambiar de compañía de luz o gas, según la CNMC

Europa Press.- Más del 20% de los hogares desconoce que puede cambiar de compañía suministradora de electricidad o gas, según se aprecia en los resultados del Panel de Hogares de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

En concreto, el estudio muestra que el 22% de los usuarios de electricidad y gas desconoce esta posibilidad, frente a las tasas de conocimiento cercanas al 75%, mientras que en el caso de las telecomunicaciones solo el 12,5% dice no estar al tanto de la opción de cambio.

La CNMC también indica que alrededor de un 70% de los hogares nunca cambió de operador en los sectores energéticos, mientras que aproximadamente un 50% tampoco realizó ningún cambio en el sector de los servicios de telecomunicaciones fijas.

En cuanto a la decisión de cambio, entre las razones para acometerla destaca el ahorro, ya que siete de cada 10 hogares cambiaron de operador para abaratar su factura de luz o de gas.

Un buen número de hogares también se decidió a cambiar para beneficiarse de una oferta conjunta de gas y de electricidad, mientras que la insatisfacción con la atención al cliente también motivó uno de cada 10 cambios de proveedor de luz.

En el caso de las telecomunicaciones fijas, sobre un 9% de los hogares que no cambiaron de proveedor en 2015 manifiesta que recibieron una mejora de las condiciones de su oferta cuando lo insinuaron a su operador. En el sector energético, este porcentaje no alcanza el 2%.

Por último, casi la mitad de los hogares declara tener una cláusula de permanencia en los servicios de telecomunicaciones fijas. En cambio, este porcentaje es de alrededor del 15% en los servicios de energía.

CCOO traslada al Ministerio de Industria que el acuerdo para salvar la minería del carbón «llega tarde y es ineficaz»

Europa Press.– CCOO de Industria considera que la propuesta del Ministerio de Industria para hacer más competitiva la minería del carbón «llega tarde y es ineficaz» y así lo trasladó en su reunión con el secretario de Estado de Energía en funciones, Alberto Nadal, para conocer los términos del acuerdo con la Comisión Europea para incentivar el carbón nacional sin devolver ayudas. También participaron en la reunión Fitag-UGT y la patronal Carbunión.

En este sentido, CCOO mostró su «decepción» y señaló que el acuerdo es «ineficaz, llega tarde, no soluciona los problemas del sector y no garantiza que las eléctricas compren carbón nacional» y que este tipo de iniciativas se debían haber puesto en marcha en enero de 2015. Además, destacó que es en la comisión de seguimiento del marco de actuación para la minería del carbón donde se deben plantear estos temas, «un foro que el Ministerio de Industria no convoca desde junio». Los sindicatos también lamentaron que el acuerdo llegué cuando está a punto de arrancar un nuevo periodo electoral.

El Gobierno anunció la semana pasada un acuerdo con la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea que permite incentivar la quema de carbón nacional en centrales térmicas y que evita la devolución de las ayudas concedidas desde 2011. Aparte de eximir a las empresas mineras de devolver las ayudas, Bruselas se muestra dispuesta a permitir que el Gobierno español incentive en hasta 10 euros por tonelada la producción de carbón nacional. El nuevo incentivo se establecerá anualmente y tomará como referencia la diferencia entre el precio internacional y el precio establecido en 2013.

El Ministerio de Industria indicó que el acuerdo preliminar se refiere a la autorización del plan de cierre de las minas de carbón no competitivas. En 2010, todos los Estados Miembros aprobaron unas ayudas para facilitar el cierre de las minas de carbón no competitivas. Esta decisión limita las posibilidades de apoyo de los Estados Miembros a las minas no competitivas hasta finales de 2018 con el objetivo de un cierre ordenado de dichas minas.

Tras este acuerdo preliminar, la Comisión Europea autorizaría el Plan de Cierre y, en consecuencia, las ayudas otorgadas a las compañías mineras desde 2010 serían válidas aunque el acuerdo estableció que las minas competitivas que hubieran recibido ayudas tendrían que devolverlas en caso de que quisieran continuar con su actividad. En España el Marco de Actuación para el período 2013-2018 fue firmado en 2013 por los sindicatos, la patronal Carbunión y el Ministerio de Industria. Sin embargo, este Plan de Cierre estaba pendiente de la autorización de la Comisión Europea.

Halliburton cuadruplica sus pérdidas en el primer trimestre hasta los 2.400 millones de dólares

EFE.- La firma energética Halliburton anunció que en el primer trimestre del año perdió unos 2.400 millones de dólares, casi cuatro veces más que un año antes, incluidos los 378 millones de gastos al frustrarse esta semana su fusión con Baker Hugues. La compañía de Texas se anotó entre enero y marzo pasados una pérdida neta por acción de 2,81 dólares, frente a los 76 centavos que perdió en el mismo trimestre de 2015, cuando los números rojos fueron de 643 millones.

Halliburton detalló que en sus gastos del primer trimestre tuvo que incluir una partida extraordinaria de 378 millones de dólares relacionada con la reciente cancelación de su acuerdo de fusión con la firma Baker Hugues. Ambas compañías anunciaron que se veían obligadas a poner fin a su fusión, aprobada a finales de 2014, valorada en unos 34.600 millones de dólares, ante la imposibilidad de superar los problemas regulatorios impuestos por Estados Unidos y otros países. El Departamento de Justicia había presentado el pasado 6 de abril una demanda antimonopolio contra la fusión de ambas petroleras.

Planes truncados para la petrolera

Unos días antes de anunciar la cancelación de su fusión con Baker Hugues, Halliburton ya había adelantado su intención de recortar unos 6.000 empleos en respuesta a la caída de sus beneficios trimestrales. Baker Hughes anunció su intención de destinar a la compra de acciones y deuda parte de los 3.500 millones de dólares que recibirá de Halliburton en concepto de cuota de ruptura tras frustrarse su acuerdo de fusión.

Halliburton, el mayor proveedor de servicios y productos de la industria petrolera y de gas en Estados Unidos, detalló al presentar sus cuentas que en los primeros tres meses su facturación cayó un 40%, hasta los 4.198 millones de dólares. La empresa atribuyó ese fuerte descenso a la pronunciada caída de los ingresos en sus operaciones en Estados Unidos, que se situaron en unos 1.800 millones de dólares, un 49% menos que en 2015, y en América Latina, donde bajaron un 42%, hasta 541 millones.

Todos los costes de acceso, en juego en Europa

A propósito de la investigación de Competencia de la Unión Europea, decíamos ayer, una de las cuestiones que más han sorprendido a estas autoridades comunitarias es el volumen de las mismas y, a la vez, la carencia de estudios de demanda que avalasen estos incentivos. Aplicado a nuestro país el problema es que, con la sobreoferta existente de capacidad de generación y con la caída de demanda acumulada en los últimos años, aún no recuperada, desde las autoridades comunitarias no se aprecia justificación de su necesidad.

En el caso español, esto cobra especial relevancia en la medida en que se computa dentro del recibo de la luz en forma de costes de acceso, de forma que este apartado creció exponencialmente respecto a la evolución del coste de la energía consumida. Ya hay campañas en la red evidenciando tal desproporción. Cada estratagema de solución a problemas pasados genera nuevos problemas y éste es uno que se está larvando. Son varios los aprendizajes a extraer de esta situación:

En primer lugar, esta investigación respecto a los conceptos incluidos en los costes de acceso es algo que se veía venir y sobre lo que ya se había advertido en numerosas ocasiones y por numerosas voces expertas. Otra cosa es la voluntad férrea y marcada de no darnos por enterados de las malas noticias, o incluso de la ley de la gravedad si se diera el caso, habilidad que en España permite mirar hacia otro lado en lo que se refiere a las condiciones de competencia y el derecho comunitario.

Además, por su inclusión en la tarifa en forma de cuña gubernamental, el volumen de la misma es enorme para el consumidor español doméstico, empresarial e industrial. Por muy sofisticados que sean los sistemas de los que se han servido los sucesivos gobiernos para articular estas ayudas, su cuantía ha perdido cualquier relación con la realidad, la comparación y la necesidad. Aunque se adjudique mediante una subasta, si lo que se subasta no tiene correlato con su necesidad, es una cuestión que tarde o temprano se evidencia por si sola.

En segundo lugar, existe un consenso tácito entre nuestros políticos en el que se diluye la percepción de ayuda de Estado o de subvención en estos mecanismos, sin entrar en una valoración objetiva de los mismos. Por desconocimiento, por aquiescencia política o simplemente por evitarse problemas de opinión pública en la esfera representativa o deliberativa. La ortodoxia económica se ha perdido en el maremágnum de las declaraciones respecto de lo que se quiere oír. ¿Se imaginan al parlamento español interino votando en contra de estas tres figuras (ayudas al carbón, pagos por capacidad y pagos de interrumpibilidad) por ser ayudas de Estado, de forma semejante a las iniciativas que se están llevando contra la energía nuclear, el fracking o Garoña?

En tercer lugar, existe otro consenso, el consenso social, alrededor de estas ayudas y sus “finalidades”. Incluso los propios consumidores domésticos tienen una postura pública ausente, es decir, de mirar para otro lado aunque se sufraguen desde el recibo, dado que prefieren la vía de la intervención final administrativa en los precios que la ortodoxia basada en la formación de los mismos a través del mercado y, de forma aditiva, con los elementos que se incluyen en los peajes. Los consumidores y su representación son tolerantes a las subvenciones y los subsidios cruzados que encierran.

En efecto, existe un ambiente social que es propicio a estos mecanismos y ayudas, aunque suponga una factura del suministro más alta, plato de la balanza que se oculta. Que prefiere acudir a la demagogia y a la crítica de grano gordo a los precios eléctricos, tensionar los enfrentamientos antiempresariales que son de mucha más fácil venta, cuestionar el mercado mayorista o recurrir a la sempiterna cantinela de los windfall profits de los retroprogresivos, que atacar el problema, principal en términos cuantitativos, que es la cuña gubernamental incluida en los costes de acceso, criticando las subvenciones o sobreinversiones aunque sea lo sustancial por volumen. Evidentemente en una cultura económica y política como la española tan esquemática, eso no es sexy.

En cuarto lugar, todo procede del fracaso de una liberalización fallida e incompleta, que debería haber partido de la limpieza del recibo de esos costes; en ese caso, probablemente, los precios de la energía para los consumidores domésticos, empresariales e  industriales, necesitados de competitividad, serían otros. Toda cuestión que sea considerada como subvención o como decisión política deberían cargarse en los Presupuestos Generales del Estado.

Adenda. Queda por saber qué ocurre y qué consideran las autoridades de competencia europeas, respecto de la “pieza separada” de los pasados modelos retributivos de las tecnologías renovables en régimen especial, claramente desbordados, exagerados y desproporcionados en ciertas tecnologías, pero cuya alteración en la denominada reforma eléctrica tiene efectos sobre la seguridad jurídica y la retroactividad en las inversiones en el Reino de España. El Gobierno español, por mano del Ministerio de Industria en la etapa Soria, intentó conseguir una declaración semejante, es decir, que fueran considerados como ayuda de Estado, como parapeto contra los arbitrajes y conflictos judiciales abiertos. Lo que está claro es que tenemos mucho en juego en este títere. Casi todos los costes de acceso. Veremos.

El Supremo ratifica una multa de 2,65 millones de euros a Gas Natural por competencia desleal mientras le anula otra

Redacción / Agencias.- El Tribunal Supremo anuló una sanción de 620.000 euros impuesta en 2011 por la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a Gas Natural Fenosa por prácticas relacionadas con el cambio de comercializadora energética, conocido como switching. Sin embargo, el Supremo ratificó la sanción de 2,65 millones de euros impuesta en 2011 a Gas Natural Comercial por la CNC, actual CNMC, por la realización en 2009 de una campaña de información a sus clientes que fue desleal con sus competidores.

Según expone, la campaña consistió en el envío de unos 5 millones de cartas a sus consumidores domésticos y pymes, advirtiendo sobre las visitas de comerciales de otras compañías con objeto de disuadir de posibles cambios de suministrador, empleando para ello expresiones y afirmaciones que cuestionaban la fiabilidad de sus competidores. «Estos comerciales ofrecen cambiar de comercializadora de gas de forma rápida y fácil. La normativa vigente facilita al máximo el cambio de comercializadora. Es justo esta facilidad la que aprovechan dichos comerciales para atraer clientes a otras compañías, ofreciéndoles facturar en condiciones aparentemente más ventajosas, asegurándoles, además, que es Gas Natural quien sigue responsabilizándose del servicio», decían dichas cartas.

Además, aseguraba que «estas actividades comerciales son completamente ajenas a nuestra compañía. Ni la garantía, ni la atención, ni el servicio que le pueden ofrecer, están avalados por Gas Natural. Por este motivo, y con el único objetivo de que pueda seguir disfrutando de las máximas garantías de servicio, confort y tranquilidad a los que usted y su familia están acostumbrados por ser clientes de Gas Natural, le recomendamos que tome una serie de precauciones».

Para el Supremo, la carta, en los términos que estaba redactada y tomando en consideración que el mercado del gas se encontraba en un proceso de liberalización, se refería claramente a los agentes comerciales de la competencia que pretendían convencer a sus clientes para que cambiasen de compañía, «instando a sus clientes a que no confiasen en los mismos ni en las ofertas que les presentasen, insinuando la falta de seriedad y engaño de estas ofertas con la finalidad de que permaneciesen con Gas Natural.

El Supremo subraya que «los términos vagos y confusos en los que se le informa sobre los servicios que estaría obligada a prestar inducen a pensar al consumidor medio que, en caso de que optase por el cambio de compañía, Gas Natural se desvincularía de la prestación del servicio del suministro». El tribunal asegura que dicha información «no responde a la realidad, pues seguiría estando obligada a operar y mantener las redes de distribución y proceder a la lectura de contadores de los consumidores conectados a sus instalaciones. Sólo dejaría de prestar el servicio de atención del cliente y los servicios relacionados con la comercialización«.

En conclusión, añade la sentencia, «el mensaje inducía al engaño en torno a los servicios que Gas Natural seguiría estando obligada a prestar al consumidor, aunque éste se cambiase de compañía. Además, sostiene que «ninguna relevancia puede concederse al hecho de que el remitente de la carta fuera la empresa Gas Natural Comercial y no Gas Natural Distribución, pues, tratándose de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial, no es posible exigir al consumidor medio la captación de estas sutilezas y de ahí extraer la conclusión en razón a la distribución competencial entre dichas empresas que tan solo se estaba refiriendo a los servicios comerciales y no a los de distribución».

En su recurso, Gas Natural pedía que se analizase una carta de «carácter similar» enviada por Iberdrola a sus clientes, sin embargo, la sección tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera que «carece de relevancia, pues sostiene la eventual infracción de otra compañía», lo que no alteraría la sentencia. El alto tribunal desestima así todos los argumentos del recurso de casación que interpuso Gas Natural contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 2013, que ya confirmó la sanción.

Anula la multa del switching

Por otro lado, el Supremo anuló una sanción de 620.000 euros impuesta en 2011 por la CNC a Gas Natural Fenosa al darle la razón frente a un fallo anterior de la Audiencia Nacional ya que considera que, como argumenta la empresa, la presentación de una grabación telefónica no era suficiente para realizar un cambio de suministrador, al menos en el periodo comprendido entre 2007 y 2009. La nueva decisión judicial pone fin a un enfrentamiento entre empresas eléctricas iniciado en 2007, cuando Gas Natural Fenosa se negó a facilitar a Iberdrola el cambio de comercializadora de 399 clientes, basándose en informes del regulador, porque el único soporte presentado para solicitarlo era el consentimiento en grabaciones telefónicas de los usuarios.

Como en ese momento la regulación no era lo suficientemente clara acerca de la base documental para propiciar el switching, Gas Natural Fenosa rechazó los cambios y mantuvo esta posición hasta 2010, momento en el que la normativa sí aceptó inequívocamente las grabaciones como material suficiente. Pese a que el procedimiento ya no es fruto de controversia, Gas Natural Fenosa e Iberdrola mantuvieron un enfrentamiento judicial acerca del cambio de suministrador entre julio de 2007 y mayo de 2009, en el que la CNC dio la razón a la segunda y multó a la primera.

Sin embargo, en 2010, el Gobierno aprobó el real decreto 104/2010, y a partir de ese momento Gas Natural Fenosa ya informó a Iberdrola de que sus empresas distribuidoras «atenderán las solicitudes de cambio de suministrador que le dirijan en las condiciones reglamentariamente establecidas, con tal que se acompañe en soporte electrónico la documentación o grabación telefónica que acredite» que se cuenta con la «voluntad inequívoca del cliente para solicitar el cambio». Por ello, Gas Natural Fenosa subrayó que la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó pretende aplicar retroactivamente lo contemplado en el decreto 104/2010, que es el que introduce la modalidad de contratación telefónica, y el Supremo le da ahora la razón.

BP aboga por encarecer la energía contaminante y redefinir todo el sistema así como por imponer las gasolineras con empleados

EFE.- El presidente de BP España, Luis Aires Dupré, reivindicó que las gasolineras sean atendidas por empleados para dar un servicio «seguro y de calidad». Por ello defendió la necesidad de revisar algunas medidas que adoptó el Gobierno para intentar fomentar la competencia entre gasolineras, pero que «han tenido algunos efectos no deseados». Asimismo, abogó por encarecer las energías contaminantes para hacer más competitivas a las renovables: hay que redefinir «todo el sistema en positivo», asevera.

«Asumiendo un crecimiento muy acelerado de las renovables en los próximos 20 años, pensamos que pueden llegar al 15% a nivel mundial«, frente al actual 3% (descontando la hidráulica), añade el máximo directivo de BP, cargo que asumió en noviembre de 2014. Asegura que es más costoso generar energía verde que contaminante (petróleo y gas). Por tanto, para desarrollar la primera se necesita que «sea más caro» producir la segunda.

Para ello, el presidente de BP España defiende establecer nuevos mecanismos: desde la creación de nuevos impuestos, a la imposición de un precio a la tonelada de dióxido de carbono (CO2) o a un mercado de compra de derechos de emisión, «de modo que quien más contamine pues pague más«. Se precisa «un rediseño total del sistema fiscal, de tal manera que se grave a las energías en función de la contaminación». Todo ello al mismo tiempo que «el equilibrio presupuestario no se vea variado», destaca el presidente de BP.

Según Aires, lo relevante no es que se hable de impuestos y pueda producirse una reacción negativa en la opinión pública: lo que importa es «el futuro de nuestro planeta, si queremos que sea sostenible vamos a tener que invertir en renovables«. Uno de los últimos estudios de la OCDE indica en el mismo sentido que un mejor dispositivo de fijación de precios del dióxido de carbono alentaría las innovaciones tecnológicas y reduciría esas emisiones causantes del calentamiento del planeta, principales precursoras del cambio climático.

Además, los bajos precios del barril de petróleo pueden entorpecer el despegue de las energías verdes, aunque éstas alcanzaron en 2015 una cifra récord de inversión global: más de 300.000 millones de euros. Hoy día, explica el presidente de BP España y Portugal, prácticamente el 60% del precio de la gasolina son gravámenes, pero no son impuestos relacionados con las emisiones sino que «lo que buscan es una recaudación fiscal».

Según los estudios de la petrolera, en el plazo de 20 años aún habría una dependencia de los combustibles fósiles del 85%, por lo tanto habría que complementar la cuota de renovables del 15% estimado con medidas adicionales como el fomento del gas natural frente al carbón, añade. La sustitución del carbón por el gas natural (que emite la mitad de dióxido de carbono) descendería en un 10% el nivel de emisiones globales, pero tendría «efectos devastadores» sobre la minería.

Dentro del sector de las renovables, BP ha puesto el foco fundamentalmente en la eólica y en los biocombustibles. En Estados Unidos figura entre las 10 primeras compañías por parque de generación eólica, mientras que en biocombustibles está invirtiendo grandes sumas en Brasil. «Históricamente invertimos mucho en solar y, de hecho, fuimos de las primeras compañías en desarrollar paneles solares, pero la verdad es que con el tiempo no fuimos capaces de desarrollar una tecnología que fuese suficientemente competitiva y acabamos cerrando ese negocio de solar. No siempre se acierta en la tecnología», concluyó Aires.

Pide que haya gasolineras atendidas

Por otro lado, el ejecutivo criticó que algunas medidas, que adoptó el actual Gobierno para intentar fomentar la competencia entre gasolineras, «han tenido algunos efectos no deseados». Entre estas consecuencias no buscadas, Aires apuntó a «la proliferación de muchas estaciones de servicios sin trabajadores. “Estamos viendo ya a gobiernos regionales que están regulando este tema para que haya una persona que atienda, de modo que se pueda dar un servicio adecuado y vigilar por la seguridad de esas estaciones» apuntó.

En segundo lugar, ha deseado que el próximo Gobierno que se constituya vuelva a situar la duración de los contratos de suministro de carburantes y abanderamientos en 5 años, en lugar de los 3 actuales. A nivel europeo son 5 años y «es lo que teníamos en España, pero ahora se ha reducido a 3 años y, de hecho, el gestor de la estación de servicio tiene todos los años derecho a cambiar de bandera».

Se trata de una medida que puede tener «una buena intención desde el punto de vista de querer fomentar la competencia, pero al final también tiene un aspecto negativo, porque para contratos de un año la inversión que hay que hacer en seguridad, en la imagen, en la calidad… no te salen los números por un año». «Por lo tanto, remarcó, al final disminuye la competencia en vez de aumentarla».

De hecho, «las asociaciones de gasolineras están pidiendo que se revise otra vez la duración de estos contratos y se vaya a un marco más estable que permita hacer las inversiones necesarias en el sector». Según Aires Dupré, uno de los primeros sectores que mira cada nuevo Gobierno es el energético, «cualquiera que sea su signo». BP España cuenta con más de 640 estaciones de servicio y ocupa el tercer puesto en el mercado petrolífero español, con una cuota de volumen en torno al 10%.

La Comisión Europea y Gazprom celebran una reunión «constructiva» sobre las pesquisas antimonopolio

EFE.- Representantes del gigante gasístico ruso Gazprom y del Gobierno ruso celebraron con la comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, una reunión «constructiva» sobre la investigación antimonopolio en los mercados europea del gas abierta por la Comisión Europea a la empresa, según el portavoz comunitario Ricardo Cardoso. Vestager recibió al vicepresidente de Gazprom, Alexander Medvédev, y al viceministro ruso de Energía, Anatoly Yanovsky.

«Las partes acordaron continuar el diálogo de cara a encontrar una solución amistosa» al caso, indicó por su parte Gazprom. Medvédev indicó que, «gracias al trabajo duro y al enfoque constructivo de ambas partes, estamos haciendo progresos hacia una solución mutuamente aceptable«. «Espero continuar las discusiones con la comisaria Vestager para resolver todos los asuntos pendientes», indicó. Todas estas reuniones se producen por la acusación lanzada en abril de 2015 por la Comisión Europea al consorcio ruso de incumplir la legislación comunitaria sobre la competencia.

Según señaló entonces, Gazprom redujo la capacidad de sus clientes de revender el gas a otros países, lo que podría haber permitido a la empresa rusa cobrar «precios injustos en ciertos Estados miembros». Además, considera que también podría haber abusado de su posición dominante en el mercado al supeditar el suministro a la obtención de «compromisos no relacionados de mayoristas» sobre la infraestructura de transporte.

El caso afecta a 8 países comunitarios (Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, la República Checa, Eslovaquia, Hungría y Bulgaria), en cuyos mercados gasísticos Gazprom goza de una posición dominante. En 5 estados miembros (Estonia, Letonia, Lituania, Polonia y Bulgaria) Gazprom pide «precios diferentes dado que en esos contratos el precio del gas está ligado al del petróleo», según la Comisión Europea. El pasado septiembre Gazprom presentó a la Comisión Europea su respuesta formal a la acusación.

Competencia abre expediente sancionador a los fabricantes de cable eléctrico

EFE / Servimedia.- La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) abrió expediente sancionador a la Asociación Española de Fabricantes de Cables y Conductores Eléctricos y de Fibra Óptica (FACEL), así como a diversas empresas del sector, por posibles conductas contra la competencia en el mercado de fabricación y distribución de cables eléctricos de baja y media tensión. La CNMC aclara sobre estas prácticas que consistirían en la fijación de precios y condiciones comerciales y el reparto de contratos en el marco de licitaciones convocadas en España.

Las empresas objeto de expedientes son Amara y su matriz Iberdrola, Cabelte, Comaple y su matriz Oteinver, Grupo General Cable Sistemas, Miguélez y su matriz Grupo Miguélez, Negocios Industriales y Comerciales (Nicsa) y su matriz Abengoa, Productos Eléctricos Industriales, Prysmian Spain y su matriz Draka Holding, y Top Cable. Tras las inspecciones efectuadas en varias empresas por la CNMC en julio de 2015 y en febrero, el regulador observó indicios de infracciones a la ley de Defensa de la Competencia y contra el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

No obstante, la CNMC aclara que estas actuaciones no prejuzgan el resultado de la investigación. La instrucción de este expediente y su resolución tienen un plazo máximo de 18 meses. La CNMC ha apostillado que la investigación de los cárteles constituye ahora «una de las prioridades de actuación dada la especial gravedad» de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.

Los cambios de comercializadora de luz y gas caen un 13% en el tercer trimestre

Redacción / Agencias.- Más de un millón de clientes de electricidad y gas (1,02 millones) solicitó un cambio de suministrador durante el tercer trimestre de 2015, una cifra que se sitúa en torno a un 13% por debajo del año anterior. En concreto, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), las solicitudes de cambio en el sector eléctrico se situaron en 814.274, un 12,9% menos, y las del gasista, en 204.825, un 13,5% menos.

No obstante, la CNMC explica que algunas de las solicitudes son rechazadas porque no están bien realizadas por parte de los comerciales, o no contienen la información que corresponde a la del punto de suministro, o incluso puede ocurrir que sean rechazadas por aspectos técnicos. En el tercer trimestre, la tasa de rechazo de solicitudes se situó en el 8,9% para el sector eléctrico y el 7,1% para el sector gasista. Este estudio trimestral se elabora con la información remitida por 637 agentes distribuidores y comercializadores de electricidad y gas natural. En el informe, se aprecia que los tiempos medios de cambio de comercializador energético se mantienen. En electricidad fue de 14 días y en gas natural, de 15 días.

En el sector eléctrico, solo figuran 8 comercializadores con tiempos medios iguales o inferiores a 3 días, que son los comercializadores libres Electra Aduriz, Iberdrola Clientes, Goiener, Vertsel Energía, Cooperativa Eléctrica-Benéfica Albaterense, Eléctrica de Albaterense, Enara Gestión y Mediación, y el comercializador de referencia Iberdrola CUR. En cuanto al gas natural, sólo figuran 2 comercializadores con tiempos medios inferiores a 3 días, que son Unión Fenosa Gas Comercializadora y Sonatrach Gas Comercializadora, al tiempo que se registran 3 comercializadores con tiempos medios de 30 días o más, que son Petronavarra, Viesgo y Gas Natural Comercializadora.

Tasas de switching del 2,5%

En este sentido, el número de cambios de comercializador activados, es decir, aquellos realmente ejecutados por los distribuidores, durante el tercer trimestre ha sido de 927.162, desglosados en 740.681 en el sector eléctrico y 186.481 en el de gas natural. En consecuencia, las tasas de cambio de comercializador (switching) acumuladas en el trimestre fueron del 2,6% en el sector eléctrico y 2,5% en el de gas. Se observan unas tasas medias de cambio de comercializador en el sector eléctrico del 2,5% para el segmento doméstico/comercial, del 5,6% para las pymes y del 4% para el sector industrial. En el sector del gas, se desglosa en 2,4% para el sector doméstico/comercial, 4,9% para las pymes y 3% para el sector industrial.

Respecto a la movilidad entre el mercado de precios regulados y el libre, el mayor volumen de solicitudes de cambio de comercializador en el sector eléctrico se da entre comercializadores del mercado libre (434.846 solicitudes, más de la mitad de solicitudes), seguido por las solicitudes para pasar de tarifa regulada al mercado libre (327.251 solicitudes). En el sector del gas natural, prevalecen las solicitudes de cambios de comercializador entre comercializadores del mercado libre (175.507 solicitudes), sobre las solicitudes de cambio de tarifa regulada a comercializadora del mercado libre (27.744 solicitudes).

En el sector eléctrico, la compañía que más puntos de suministro ganó en el tercer trimestre fue EDP (11.868) y las que más perdieron, Endesa e Iberdrola, con 20.740 y 3.558, respectivamente. En el sector del gas natural, el balance total de clientes de los principales grupos comercializadores resultó positivo para Iberdrola, con 17.200 puntos de suministro, y para Endesa, con 11.083 puntos de suministro. En sentido opuesto, destaca la pérdida de 38.857 puntos de suministro de Gas Natural Fenosa.

Competencia inspecciona de nuevo a empresas fabricantes de cables eléctricos

Servimedia / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha realizado nuevas inspecciones simultáneas en las sedes de varias empresas fabricantes y distribuidoras de cables eléctricos de baja y media tensión en el marco de la investigación sobre posibles prácticas anticompetitivas en el sector, consistentes en la fijación de precios y condiciones comerciales, así como en el reparto de contratos en el marco de licitaciones convocadas en el territorio español. Estas inspecciones forman parte de una investigación abierta por la CNMC hace seis meses que ya conllevó varios registros.

Las inspecciones suponen un paso preliminar en la investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas. En el caso de que como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas anticompetitivas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, procedería a la incoación formal de un expediente sancionador. Los acuerdos entre competidores se consideran una infracción muy grave y pueden conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras en el ejercicio anterior al de imposición de la multa.