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La CNMC cifra en 8,4 millones de euros el fraude que los consumidores ocasionan con los peajes de electricidad

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cifra en 8,47 millones de euros el importe de los peajes de electricidad defraudados y declarados por los agentes del sector durante el último año de análisis, así como en 1,69 millones el incentivo que recibirán las eléctricas en 2016 para combatir estas prácticas. Estas cifras aparecen en el informe de la CNMC acerca de la propuesta provisional del Ministerio de Industria de retribuciones de la distribución de electricidad para 2016.

Desde finales de 2013, cuando se publicó el real decreto 1048/2013, existe un incentivo a la reducción del fraude en el sistema eléctrico que reciben las distribuidoras y que equivale al 20% de los importes declarados e ingresados en concepto de peajes defraudados al sistema. El importe sobre el que se aplica el 20% corresponde a los dos ejercicios anteriores al de la retribución. De esta forma, el montante de 8,47 millones corresponde al ejercicio 2014, según explica el organismo presidido regulador. La CNMC es la encargada de calcular los costes derivados del servicio que prestan las distribuidoras de electricidad.

El sistema eléctrico anticipa un superávit de más de 900 millones de euros en 2015 a falta de una liquidación

Europa Press / EFE.- El sistema eléctrico anticipa un superávit de tarifa de 918 millones de euros en el ejercicio 2015, a falta de la última liquidación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que se conocerá a finales de año. De confirmarse, el sistema habrá arrojado en 2015 su segundo superávit consecutivo, después de cerrar 2014 con un saldo positivo de 550,3 millones de euros, el primero desde que en 2002 se permitió que se generara déficit de tarifa.

En la penúltima liquidación de 2015 se aprecia que existe un déficit de tarifa provisional de 162,7 millones, a falta de la llegada de parte de los ingresos eléctricos pendientes de transferencia desde el Ministerio de Hacienda. Este importe es 554 millones de euros inferior al desfase de 717 previsto conforme a la orden ministerial 2735/2015, en la que ya se pronostica un superávit de 364 millones. La mejor evolución en 554 millones, sumada a este superávit, arroja un excedente de 918 millones para el ejercicio 2015. Además, la CNMC indica que la evolución del sistema eléctrico es 763 millones mejor a la prevista en una orden ministerial anterior, la 2444/2014, en la que ya se preveía superávit, aunque menor.

En su informe, el macrorregulador indica que la demanda registrada hasta la decimotercera liquidación, de 236.831 gigavatios hora (GWh), es un 3% superior al promedio de años anteriores, lo que ha permitido elevar un 0,6% los ingresos por peajes respecto a otros ejercicios, hasta 13.792 millones de euros. En cuanto a los costes regulados, han sido 644 millones de euros inferiores a los previstos para esta liquidación en la orden ministerial 2444/2014, debido, principalmente, a unos menores costes de los pagos por capacidad por valor de 308 millones de euros.

Por otro lado, la CNMC explica que se ha amortizado una de las series de bonos emitidos por el FADE, lo que ha permitido ajustar ligeramente a la baja la anualidad de la deuda eléctrica. En concreto, la anualidad correspondiente al FADE queda ahora situada en 2.230 millones de euros, 40 millones de euros menos que el importe incluido en la orden ministerial 2444/2014, gracias a la reducción del tipo medio de interés del fondo.

Cada año se realizan 14 liquidaciones provisionales del sistema, una cada mes y dos de ajuste, a las que se suma la liquidación definitiva. Conforme al criterio fijado en la reforma energética, en el que se fija un coeficiente de cobertura para ir cubriendo los desfases temporales, los agentes del sector con actividades sometidas al régimen de liquidación recibirán el 98,74% de la retribución de la que tienen derecho, es decir, que cobrarán ese porcentaje de los ingresos reconocidos ahora, mientras que el resto se abonará a medida que haya nuevos recursos. En cuanto al sector gasista, la liquidación arroja un déficit provisional de 95 millones, lo que implica un coeficiente de cobertura del 80,3%.

El déficit eléctrico se sitúa en 845,9 millones de euros en la primera liquidación del año

Redacción / Agencias.- El déficit de tarifa provisional del sistema eléctrico, que se produce porque los costes reconocidos de la actividad regulada son inferiores a los ingresos obtenidos a través de los peajes, se situó en 845,9 millones de euros hasta enero, según señala la primera liquidación del sistema eléctrico elaborada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

La CNMC recordó que mensualmente redistribuye el dinero que recaudan los distribuidores o transportistas de gas y electricidad entre los agentes que se encargan del transporte, distribución, comercialización a tarifas, costes permanentes del sistema y costes de diversificación y seguridad de abastecimiento. Dicho trámite se denomina liquidación de las actividades reguladas y proporciona un seguimiento de la evolución del consumo, de los ingresos y de los gastos del sector energético.

No obstante, el superregulador señala que las primeras liquidaciones son de «escasa relevancia» debido al desfase entre la declaración de los ingresos y la liquidación de las distintas partidas de coste. Concretamente, en la primera liquidación de cada ejercicio se declara, aproximadamente, el 2,6% de los ingresos totales de acceso del ejercicio. La demanda de consumo registrada en el primer mes del año se situó en 4.281 gigavatios hora (GWh), un 4,7% inferior al valor promedio observado en años anteriores.

62,7 millones menos de costes

Los costes regulados fueron 62,7 millones de euros inferiores a los previstos para esta liquidación, debido, principalmente, a unos menores costes de la retribución específica de la producción renovable, cogeneración y residuos y de los pagos por capacidad. La liquidación provisional a cuenta correspondiente a la energía generada por las renovables, la cogeneración y los residuos en enero ascendió a 519,2 millones de euros, antes de IVA o impuestos equivalentes. La CNMC ha gestionado los pagos a 63.678 instalaciones que estaban activas. Eso sí, la cantidad a pagar a cuenta a estos productores en esta liquidación ascendió a 133,6 millones de euros, antes de impuestos.

En enero, el coeficiente de cobertura fue del 25,74%, es decir, que los agentes del sistema cobrarán ese porcentaje de los ingresos reconocidos ahora, mientras que el resto se abonará a medida que haya recursos disponibles. La normativa establece que los costes del sistema se pagan conforme a los recursos disponibles, lo que genera un cierto desfase porque los ingresos procedentes de peajes de acceso se suelen recibir con retraso.

Déficit gasista de 170,1 millones

En lo que respecta al sector gasista, el déficit provisional se situó en 170,1 millones de euros, un 7,1% más que en el mismo periodo del año anterior. Teniendo en cuenta los ingresos netos de liquidación, se tiene un índice de cobertura del 34,7% de la retribución acreditada. La demanda de gas en este primer mes ascendió a 16.130 GWh, un 0,6% menos que en enero del año pasado. El número de consumidores declarado por las empresas ascendió a 7,6 millones, lo que representa un aumento interanual de 63.960 consumidores.

El recibo de la luz se abaratará cerca de un 15% en el primer trimestre, el nivel más bajo desde 2014

Europa Press.- El recibo de electricidad registrará en el primer trimestre del año un abaratamiento cercano al 15% con respecto al mismo periodo de 2015 y cerrará de esta forma el trimestre más barato desde los tres primeros meses del ejercicio 2014.

Un consumidor medio ha pagado un total de 169,7 euros en los 87 días que van de 2016, frente a los 200,2 euros que destinó a la factura de la luz en el mismo periodo del ejercicio anterior, según datos del simulador de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Estos cálculos corresponden a un consumidor medio similar al utilizado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, con una potencia contratada de 4,4 (kW) y una demanda anual de 3.900 kilovatios hora (kWh), propia de una familia con dos hijos.

Los 169,7 euros de este primer trimestre, de los que 89,8 euros corresponden al término de energía y 45,5 al término fijo, son también cerca de un 15% inferiores al importe desembolsado por el consumidor medio en el cuarto trimestre de 2015. Esta caída se debe, principalmente, al descenso registrado en el precio de la electricidad en el mercado mayorista, conocido como ‘pool’, especialmente en los dos primeros meses del año, debido, en una parte importante, a la mayor presencia de la eólica y la hidráulica, gracias a los temporales de lluvia y viento.

En concreto, el ‘pool’ ha marcado en enero precios medios de 36,53 euros por megavatio hora (MWh) y de 27,5 euros por MWh en febrero, frente a los 51,6 y 42,57 euros por MWh que se registraron en los dos primeros meses de 2015. Estos precios tan bajos en el mercado mayorista no se veían desde principios de 2014, cuando en enero se registró una media de 33,62 euros por MWh, en febrero se cayó hasta los 17,12 euros por MWh y en marzo se situó en 26,67 euros por MWh.

En lo que va de mes de marzo, los precios en el ‘pool’ también están siendo inferiores a los registrados en el mismo mes del año pasado, situándose en una media en torno a los 30 euros por MWh. De esta manera, la factura de la luz apunta este mes de marzo a una ligera caída o a mantenerse en línea con respecto a febrero, frente a los fuertes descensos de los dos primeros meses del año, cuando el recibo se abarató un 10,6% y un 6,5%, en enero y febrero respectivamente, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

El Supremo ratifica una multa de 2,65 millones de euros a Gas Natural por competencia desleal mientras le anula otra

Redacción / Agencias.- El Tribunal Supremo anuló una sanción de 620.000 euros impuesta en 2011 por la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a Gas Natural Fenosa por prácticas relacionadas con el cambio de comercializadora energética, conocido como switching. Sin embargo, el Supremo ratificó la sanción de 2,65 millones de euros impuesta en 2011 a Gas Natural Comercial por la CNC, actual CNMC, por la realización en 2009 de una campaña de información a sus clientes que fue desleal con sus competidores.

Según expone, la campaña consistió en el envío de unos 5 millones de cartas a sus consumidores domésticos y pymes, advirtiendo sobre las visitas de comerciales de otras compañías con objeto de disuadir de posibles cambios de suministrador, empleando para ello expresiones y afirmaciones que cuestionaban la fiabilidad de sus competidores. «Estos comerciales ofrecen cambiar de comercializadora de gas de forma rápida y fácil. La normativa vigente facilita al máximo el cambio de comercializadora. Es justo esta facilidad la que aprovechan dichos comerciales para atraer clientes a otras compañías, ofreciéndoles facturar en condiciones aparentemente más ventajosas, asegurándoles, además, que es Gas Natural quien sigue responsabilizándose del servicio», decían dichas cartas.

Además, aseguraba que «estas actividades comerciales son completamente ajenas a nuestra compañía. Ni la garantía, ni la atención, ni el servicio que le pueden ofrecer, están avalados por Gas Natural. Por este motivo, y con el único objetivo de que pueda seguir disfrutando de las máximas garantías de servicio, confort y tranquilidad a los que usted y su familia están acostumbrados por ser clientes de Gas Natural, le recomendamos que tome una serie de precauciones».

Para el Supremo, la carta, en los términos que estaba redactada y tomando en consideración que el mercado del gas se encontraba en un proceso de liberalización, se refería claramente a los agentes comerciales de la competencia que pretendían convencer a sus clientes para que cambiasen de compañía, «instando a sus clientes a que no confiasen en los mismos ni en las ofertas que les presentasen, insinuando la falta de seriedad y engaño de estas ofertas con la finalidad de que permaneciesen con Gas Natural.

El Supremo subraya que «los términos vagos y confusos en los que se le informa sobre los servicios que estaría obligada a prestar inducen a pensar al consumidor medio que, en caso de que optase por el cambio de compañía, Gas Natural se desvincularía de la prestación del servicio del suministro». El tribunal asegura que dicha información «no responde a la realidad, pues seguiría estando obligada a operar y mantener las redes de distribución y proceder a la lectura de contadores de los consumidores conectados a sus instalaciones. Sólo dejaría de prestar el servicio de atención del cliente y los servicios relacionados con la comercialización«.

En conclusión, añade la sentencia, «el mensaje inducía al engaño en torno a los servicios que Gas Natural seguiría estando obligada a prestar al consumidor, aunque éste se cambiase de compañía. Además, sostiene que «ninguna relevancia puede concederse al hecho de que el remitente de la carta fuera la empresa Gas Natural Comercial y no Gas Natural Distribución, pues, tratándose de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial, no es posible exigir al consumidor medio la captación de estas sutilezas y de ahí extraer la conclusión en razón a la distribución competencial entre dichas empresas que tan solo se estaba refiriendo a los servicios comerciales y no a los de distribución».

En su recurso, Gas Natural pedía que se analizase una carta de «carácter similar» enviada por Iberdrola a sus clientes, sin embargo, la sección tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera que «carece de relevancia, pues sostiene la eventual infracción de otra compañía», lo que no alteraría la sentencia. El alto tribunal desestima así todos los argumentos del recurso de casación que interpuso Gas Natural contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 2013, que ya confirmó la sanción.

Anula la multa del switching

Por otro lado, el Supremo anuló una sanción de 620.000 euros impuesta en 2011 por la CNC a Gas Natural Fenosa al darle la razón frente a un fallo anterior de la Audiencia Nacional ya que considera que, como argumenta la empresa, la presentación de una grabación telefónica no era suficiente para realizar un cambio de suministrador, al menos en el periodo comprendido entre 2007 y 2009. La nueva decisión judicial pone fin a un enfrentamiento entre empresas eléctricas iniciado en 2007, cuando Gas Natural Fenosa se negó a facilitar a Iberdrola el cambio de comercializadora de 399 clientes, basándose en informes del regulador, porque el único soporte presentado para solicitarlo era el consentimiento en grabaciones telefónicas de los usuarios.

Como en ese momento la regulación no era lo suficientemente clara acerca de la base documental para propiciar el switching, Gas Natural Fenosa rechazó los cambios y mantuvo esta posición hasta 2010, momento en el que la normativa sí aceptó inequívocamente las grabaciones como material suficiente. Pese a que el procedimiento ya no es fruto de controversia, Gas Natural Fenosa e Iberdrola mantuvieron un enfrentamiento judicial acerca del cambio de suministrador entre julio de 2007 y mayo de 2009, en el que la CNC dio la razón a la segunda y multó a la primera.

Sin embargo, en 2010, el Gobierno aprobó el real decreto 104/2010, y a partir de ese momento Gas Natural Fenosa ya informó a Iberdrola de que sus empresas distribuidoras «atenderán las solicitudes de cambio de suministrador que le dirijan en las condiciones reglamentariamente establecidas, con tal que se acompañe en soporte electrónico la documentación o grabación telefónica que acredite» que se cuenta con la «voluntad inequívoca del cliente para solicitar el cambio». Por ello, Gas Natural Fenosa subrayó que la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó pretende aplicar retroactivamente lo contemplado en el decreto 104/2010, que es el que introduce la modalidad de contratación telefónica, y el Supremo le da ahora la razón.

La brecha en el margen de las gasolineras españolas frente a los principales países europeos se duplica en un año

Europa Press / Servimedia.- La diferencia entre el margen bruto de los carburantes en España y en la UE6 (Alemania, Reino Unido, Francia, Holanda, Bélgica e Italia) se situó en enero en 6,2 céntimos, casi el doble de la que existía en enero de 2015 (3,3 céntimos). Así lo revela el Informe mensual de supervisión de la distribución de carburantes en estaciones de servicio correspondiente a enero elaborado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

En el informe se aprecia que el margen bruto promedio para ambos carburantes se mantuvo en enero por encima de los 18 céntimos por litro, después de registrar una ligera bajada, según señala la CNMC. En los últimos doce meses, indica el regulador, el margen bruto promedio mensual de la gasolina se ha incrementado en 1,4 céntimos por litro, mientras que en el caso del gasóleo se ha incrementado en 1 céntimo. Tras estas subidas, la diferencia con el margen bruto medio mensual de la UE6 se situó en 6,2 céntimos, casi el doble de la que existía en enero de 2015, cuando la brecha se situaba en 3,3 céntimos.

Competencia denuncia que desde mayo de 2015 los precios de los carburantes se mantienen en un contexto de márgenes elevados, lo que “pone de manifiesto la falta de presión competitiva”. España comenzó el año como el 4º país con los precios más elevados de la Unión Europea en gasolina 95; mientras que en gasóleo A ascendió un puesto y se ha convertido en el 15º paíscon precios más caros.

En enero, el margen bruto promedio mensual, que es el resultado de restarle al precio final los impuestos y la cotización, se situó en el caso de la gasolina en 18 céntimos, un 0,1% menos que en el mes anterior, así como en 18,2 céntimos en el gasóleo, un 2,3% menos. Frente a esta tendencia, en la UE6 el descenso en los márgenes fue de 1,6 céntimos para la gasolina, así como de 2,2 céntimos para el gasóleo, según la CNMC. Los resultados de enero se dan «en un contexto de precios del petróleo a la baja», hasta 31 dólares, «y un descenso de la cotización internacional de la gasolina de 4,21 dólares por barril».

En enero, el Precio Antes de Impuestos (PAI) de la gasolina disminuyó en 2,4 céntimos de euro por litro, o en un 4,9%, mientras que el promedio mensual de la cotización internacional de referencia se redujo en 2,3 céntimos, o en un 7,8%. Sin embargo, el PAI de la UE6 descendió en 4,7 céntimos. El Precio Antes de Impuestos (PAI) del gasóleo A disminuyó en 4,8 céntimos, o en 10,5%, mientras que el promedio mensual de la cotización de referencia del gasóleo se redujo en 4,4 céntimos, en un 16%. El PAI de la UE6 se redujo en 8,05 céntimos.

Por operadores, BP registró los precios más elevados para la gasolina 95 y Repsol para el gasóleo. Además, las autopistas registraron precios más caros que las carreteras y los hipermercados ofrecieron los precios más baratos, con una diferencia de 2,6 céntimos respecto al conjunto de instalaciones independientes en el caso de la gasolina y de 3 céntimos en el gasóleo.

La patronal fotovoltaica UNEF pide prorrogar hasta finales de año el plazo para registrar las instalaciones de autoconsumo

Redacción / Agencias.- La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) solicitó al Ministerio de Industria y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) una prórroga del plazo de inscripción de las instalaciones de autoconsumo de energía ya en funcionamiento, que finaliza este 10 de abril, hasta el 31 de diciembre de este año.

En una carta remitida a la directora general de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano, y al presidente de la CNMC, José María Marín Quemada, la patronal fotovoltaica subraya la necesidad de ampliar la fecha hasta final de año dado que se considera «preocupante, significativo y sintomático» que, a menos de un mes para alcanzar el vencimiento límite que establece la normativa, sólo se hayan inscrito 7 proyectos de autoconsumo fotovoltaico con una potencia acumulada de 103,5 kilovatios (kW).

En la misiva, la patronal fotovoltaica afirma que desde el sector se entiende que ello obedece «únicamente a cuestiones técnicas que están dificultando el cumplimiento de la normativa». Entre ellas destaca la falta de homogeneización en los esquemas de conexión que deben utilizar las instalaciones eléctricas, ya que cada distribuidora de zona tiene sus propios requerimientos. La normativa de autoconsumo, que establece una serie de cargos para los usuarios conectados a la red, fijó la necesidad de inscribir en un registro todas las instalaciones, incluidas las que ya estaban en funcionamiento antes de su aprobación.

Por otro lado, UNEF destaca que las dudas que tienen las compañías distribuidoras a la hora de aplicar el real decreto están retrasando el registro de instalaciones ya existentes, «al no dar respuestas ni en forma ni en plazos a los instaladores, de forma que estos no pueden finalizar los proyectos con arreglo a la normativa«. Además, señala que, pese a la «total disconformidad» del sector respecto al texto normativo, su intención siempre es la de acatar lo establecido por ley y muestra su disposición a trabajar para la elaboración de esquemas y procedimientos comunes a todas las empresas que redunden en una «normativa clara».

La Audiencia Nacional suspende cautelarmente la multa de 25 millones a Iberdrola, que negocia la venta de su filial Amara

EFE.- Iberdrola negocia la venta de su filial de distribución de material eléctrico Amara, una sociedad que controla en su totalidad y que factura unos 100 millones de euros anuales, según indicaron fuentes conocedoras de la operación en una jornada en la que comenzó a construir su parque eólico offshore Wikinger y la Audiencia Nacional acordó suspender cautelarmente la multa de 25 millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso hace meses a Iberdrola.

Según el auto, la Audiencia Nacional señala que considerando los perjuicios alegados por Iberdrola, la cantidad de la sanción y no apreciándose «la posibilidad de que se cause una perturbación grave de los intereses generales o de tercero», accede a la suspensión «siempre y cuando se preste la correspondiente garantía». En noviembre del 2015, la CNMC comunicó una multa de 25 millones de euros a Iberdrola por manipular el mercado mayorista de la energía eléctrica en 2013, lo que se considera una conducta «muy grave». La suspensión de la multa no significa que Iberdrola la evite de forma definitiva ya que aún no se dilucidó el fondo de la cuestión.

Negocia la venta de Amara

Respecto a la venta de su filial, Amara se dedica a la distribución de material eléctrico y la gestión de servicios logísticos para Iberdrola y otras empresas de los sectores industrial, energético, de ingeniería y telecomunicaciones. En total cuenta con unos 1.000 empleados en todo el mundo, operando en España, Brasil, México y Estados Unidos. De hecho, unos 600 empleados trabajan en Brasil y unos 300 en España. Fuentes de Iberdrola declinaron comentar la operación, aunque han recordado que la compañía «analiza constantemente las diversas alternativas de desinversión de sus activos considerados no estratégicos que puedan surgir». El plan de perspectivas 2016-2020 de Iberdrola, presentado el pasado enero, no tiene ningún plan específico de desinversiones.

Arranca la construcción de Wikinger

Por otro lado, la compañía eléctrica inició oficialmente la construcción del parque eólico marino Wikinger, en el Báltico, el primero en Alemania de la empresa española, un proyecto valorado en 1.400 millones de euros. El parque eólico se situará a unos 30 kilómetros al noreste de Rügen y será conectado a la red a finales de 2017, lo que permitirá abastecer electricidad a 350.000 hogares. «Con este proyecto somos parte del cambio energético alemán», dijo director del proyecto, Tanis Rey-Baltar. Wikinger es el tercer parque eólico en el Mar Báltico alemán, después de Baltic 1 y Baltic 2. Iberdrola prevé otro parque eólico que se llamará Windanker y que podría comenzar a construirse en 2021.

La deuda del sistema eléctrico se redujo un 7% en 2015, hasta los 25.056 millones de euros

Redacción / Agencias.- La deuda del sistema eléctrico, acumulada durante años como resultado del denominado déficit de tarifa, se situó en 25.056 millones de euros a cierre de 2015, lo que representa una reducción de 1.890 millones de euros, un 7% menos, respecto a los 26.946,3 millones de euros a los que ascendía en 2014, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Durante años, el sistema eléctrico sufrió un desajuste entre los ingresos y costes regulados, ya que los fondos recaudados no eran suficientes para atender a todos los costes como transporte, distribución o renovables, que además eran costes crecientes. Así, ejercicio a ejercicio se acumuló una deuda que llegó a rozar los 30.000 millones de euros y que se articuló en forma de derechos de cobro a 15 años. A medida que esta deuda crecía, suponía un lastre mayor en los balances de las empresas eléctricas, por lo que el Gobierno creó un sistema para titulizarla, es decir, colocar estos derechos de cobro en el mercado con el aval del Estado.

En la actualidad, existen cuatro categorías de derechos de cobro asociados a la deuda del sistema eléctrico: el déficit 2005; los derechos de cobro de los adjudicatarios de la segunda subasta del déficit ex ante; los derechos de cobro del déficit 2013; y los derechos de cobro del Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico (FADE). El derecho de cobro asociado al FADE representa el 79% del importe total que estaba pendiente al cierre del ejercicio 2015, seguido del derecho de cobro del déficit 2013, que supone un 12,4%.

El análisis del coste medio de la deuda revela que el FADE tiene el coste más elevado, con un tipo de interés en 2016 que asciende al 4%, mientras que el déficit 2005 tiene, a día de hoy, la deuda de menor coste, dado que el tipo de interés aplicable es del -0,089% en 2016, debido a que la cotización del Euríbor a tres meses se ha situado en valores negativos desde abril de 2015. De este modo, el coste medio ponderado de la deuda del sistema eléctrico en 2016, con los datos disponibles a cierre de 2015, es del 3,5%, lo que implica un descenso de 33 puntos básicos respecto al coste medio ponderado de la deuda en 2015.

Por su parte, la anualidad estimada para este año es de 2.871 millones de euros, un 0,5% inferior a la del año 2015. Los intereses de la deuda estimados para el año 2016 ascienden a 882 millones de euros. Hay que reseñar que después de 14 años consecutivos de generación de déficit, 2014 fue el primer ejercicio en el que se registró un superávit en el sistema eléctrico, por importe de 550 millones de euros.

La CNMC recuerda que, tal y como ha señalado en su informe sobre la propuesta de orden por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2016, considera necesario que se proceda lo antes posible al desarrollo reglamentario que permita cumplir con la finalidad dada en la Ley del Sector Eléctrico a los superávit de ingresos y «se pueda llevar a cabo la amortización parcial de la deuda del sistema eléctrico».

Competencia abre expediente sancionador a los fabricantes de cable eléctrico

EFE / Servimedia.- La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) abrió expediente sancionador a la Asociación Española de Fabricantes de Cables y Conductores Eléctricos y de Fibra Óptica (FACEL), así como a diversas empresas del sector, por posibles conductas contra la competencia en el mercado de fabricación y distribución de cables eléctricos de baja y media tensión. La CNMC aclara sobre estas prácticas que consistirían en la fijación de precios y condiciones comerciales y el reparto de contratos en el marco de licitaciones convocadas en España.

Las empresas objeto de expedientes son Amara y su matriz Iberdrola, Cabelte, Comaple y su matriz Oteinver, Grupo General Cable Sistemas, Miguélez y su matriz Grupo Miguélez, Negocios Industriales y Comerciales (Nicsa) y su matriz Abengoa, Productos Eléctricos Industriales, Prysmian Spain y su matriz Draka Holding, y Top Cable. Tras las inspecciones efectuadas en varias empresas por la CNMC en julio de 2015 y en febrero, el regulador observó indicios de infracciones a la ley de Defensa de la Competencia y contra el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

No obstante, la CNMC aclara que estas actuaciones no prejuzgan el resultado de la investigación. La instrucción de este expediente y su resolución tienen un plazo máximo de 18 meses. La CNMC ha apostillado que la investigación de los cárteles constituye ahora «una de las prioridades de actuación dada la especial gravedad» de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.