La OCU celebra que la CNMC estudie obligar a las compañías eléctricas a usar marcas diferentes en sus actividades

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) inició un procedimiento jurídicamente vinculante que, si se resuelve de forma favorable, supondrá que las compañías energéticas verticalmente integradas tendrán que diferenciar las marcas comerciales que cada grupo empresarial tiene en el sector, según la OCU.

Este procedimiento se inicia a raíz de la denuncia presentada por OCU ante la CNMC en 2016, acompañada de un informe que acreditaba que, en contra de la legislación vigente, las compañías energéticas de gas y electricidad estaban utilizando marcas, logos, web e incluso teléfonos de atención al cliente idénticos, independientemente de que se tratara de la distribuidora, de la comercializadora en el mercado regulado o de la comercializadora en el marcado libre. OCU recuerda que, en la actualidad, cada grupo empresarial (Endesa, Iberdrola, Gas Natural, EDP y Viesgo) tiene al menos 3 compañías que se relacionan con el consumidor y todas utilizan marcas, logos, prácticamente idénticos. Eso sí, la distribuidora gasista de Gas Natural ya pasó a llamarse Nedgia.

Confusión para el consumidor doméstico

A juicio de la OCU, esta «confusión interesada» provoca grandes problemas en el sector: por un lado, una barrera de entrada para nuevos comercializadores en el mercado libre que compiten contra marcas consolidadas y herederas de la actividad de la distribución; por otro lado, «más grave aún», la confusión de los usuarios que son expulsados del mercado regulado al mercado libre sin su conocimiento, ya que la filial en el mercado libre puede fácilmente atraer a los clientes del mercado regulado que no perciben el cambio de compañía ante la similitud de nombres y marcas.

OCU recuerda que la normativa del sector eléctrico califica como grave esta infracción y establece sanciones que van de 600.000 euros a 6 millones de euros, por lo que pide a la CNMC que, con este procedimiento, además de obligar a una clara separación de marcas y logos entre ellas, se estudie la aplicación de las sanciones que desincentiven nuevas prácticas perjudiciales para los consumidores.

La CNMC denuncia cambios de comercializador a clientes de luz y de gas sin su consentimiento o de modo engañoso

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha denunciado cambios de comercializador a clientes, algunos de ellos beneficiarios del bono social, por las comercializadoras eléctricas y gasistas sin su consentimiento o de modo engañoso, por lo que pide regular los requisitos «para que se pueda acreditar inequívocamente el consentimiento de los clientes cuando existen dudas sobre ello«.

En su informe sobre la supervisión del efectivo consentimiento del consumidor al cambio de comercializador, la CNMC señala que ha detectado que varias empresas de electricidad y gas no pueden acreditar el consentimiento al cambio de compañía de diversos clientes. Así, detectó durante el periodo de análisis 11 beneficiarios del bono social que afirmaron haber sido cambiados sin consentimiento o de modo engañoso y perdieron su derecho a un descuento del 25% en su factura.

Concretamente, ha analizado los cambios de compañía de electricidad (3.160.246) y gas (931.123) que tuvieron lugar entre julio de 2015 y junio de 2016 y ha realizado una muestra estadística representativa sobre 3.400 casos de cambios. En el caso del sector eléctrico, la CNMC constató que en el 3% de los casos el comercializador no ha podido demostrar que los clientes hubieran solicitado el cambio de compañía. De las muestras estadísticas analizadas se han detectado 33 cambios no acreditados. Además, en el 11% de los casos analizados, existen dudas de que los clientes dieran realmente su permiso para el cambio.

En lo que se refiere al sector gasista, el 0,9% de los cambios de comercializador no acreditaron el consentimiento del consumidor y el 4% de ellos fue dudoso. La CNMC señala que, extrapolando estos resultados, se podría afirmar que durante el periodo de estudio, no sería posible acreditar el consentimiento al menos en un total 40.000 cambios de clientes eléctricos, ni en al menos 4.000 de cambios de clientes gasistas.

Por otra parte, la CNMC constató que una parte de los cambios sin consentimiento ha afectado a clientes vulnerables, que tienen derecho a percibir el bono social de la luz, un descuento que durante el periodo analizado alcanzaba el 25% de la factura mensual. Concretamente, el regulador detectó 176 cambios con pérdida del bono social. En 11 casos, los consumidores afirmaron haber sido cambiados sin consentimiento o de modo engañoso. La CNMC subraya que las medidas de protección incluidas en el Decreto 897/2017, en el que se regula la figura del consumidor vulnerable y el nuevo bono social, «evitarán que se sigan produciendo estas situaciones».

Para combatir estas prácticas, la CNMC considera necesario regular los requisitos «para que se pueda acreditar inequívocamente el consentimiento de los clientes cuando existen dudas». Además, se debería establecer la regulación de la contratación telefónica en el caso del sector eléctrico, «simétrica a la existente en el sector gasista«. Adicionalmente, como ya ha recomendado el organismo anteriormente, considera que las empresas deberían incrementar los controles a los agentes de venta.

El sistema eléctrico evolucionó 581 millones de euros mejor de lo previsto en 2017 a falta de la última liquidación

Europa Press / EFE.- El sistema eléctrico registró un déficit de tarifa provisional (diferencia entre gastos e ingresos) de 644,9 millones de euros en la decimotercera liquidación de 2017 elaborada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) lo que, a falta de una liquidación para cerrar el ejercicio, arroja una evolución de 581,1 millones de euros mejor a la prevista.

La evolución del consumo y de los ingresos por peajes de acceso y cargos en la liquidación se situaron por encima de los valores promedio históricos. En particular, el consumo registrado ascendió a 242.404 gigavatios hora (GWh), siendo un 2,3% superior al valor promedio observado. Mientras, los ingresos por peajes y cargos de consumidores, que alcanzaron los 13.728,3 millones de euros, fueron un 0,3% superiores al valor promedio histórico. El coeficiente de cobertura se situó en un 95,46%, frente al 90,01% en la liquidación anterior.

En lo que se refiere a las renovables, en la liquidación se realizaron reliquidaciones según la metodología del Real Decreto 413/2014. La liquidación provisional acumulada asciende a 7.078 millones de euros, antes de IVA o impuesto equivalente. Como consecuencia de los desajustes temporales entre ingresos y costes del sistema, es necesario aplicar un coeficiente de cobertura de 95,4%. Así, la cantidad a pagar a cuenta a los productores en la liquidación asciende a 387,77 millones de euros, antes de IVA o impuesto equivalente. Además, la liquidación provisional a cuenta correspondiente al mismo periodo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado asciende a 68 millones de euros, antes de impuestos.

En cuanto al sistema gasista, registró un déficit de 62 millones de euros, en torno a un tercio de los 175 millones registrados en el ejercicio anterior. El índice de cobertura fue del 97,7% de la retribución acreditada. Los ingresos declarados por las empresas ascendieron a 2.915 millones de euros, un 4,5% más que en el 2016, destacando el incremento en un 24,6% de los ingresos por peaje de regasificación.

Adicionalmente, se han considerado los pagos derivados de los artículos 66 y 61.2 de la Ley 18/2014, por 121 millones de euros, y la devolución por ejecución de sentencias de la Audiencia Nacional, por 27 millones de euros. Asimismo, se consideran los pagos de 60 millones de euros, realizados en liquidaciones anteriores al amparo del artículo 5 del RD-ley 13/2014, anulado por sentencia del Tribunal Constitucional sobre el almacenamiento Castor. En consecuencia, se tiene un total de ingresos netos liquidables de 2.657 millones de euros, un 1,7% superior al de la misma liquidación del 2016.

Evolución de liquidaciones de enero

En lo que respecta a la primera liquidación provisional de 2018, el déficit del sistema eléctrico ascendió a 805,7 millones de euros, lo que supone una evolución de 166 millones de euros mejor de la prevista. Los ingresos por peajes de acceso de consumidores ascendieron a 399,4 millones, un 18% superiores al promedio histórico, mientras que los ingresos registrados por los generadores fueron un 53,3% inferiores al valor promedio histórico.

Los ingresos por peajes correspondientes a lecturas del mes de enero no se reciben completamente hasta el mes de marzo. Como consecuencia de este decalaje, la primera liquidación del año arroja un coeficiente de cobertura bajo, en concreto de un 30,06%, señaló el regulador. En cuanto a las renovables, la CNMC gestionó la liquidación de 63.571 instalaciones activas. La liquidación provisional acumulada y a cuenta correspondiente a la energía generada en el primer mes de 2018 asciende a 576 millones.

En lo que respecta al sistema gasista, el déficit en términos de caja fue de 213 millones de euros, frente al déficit de 170 millones de euros en el mismo periodo del ejercicio anterior. Teniendo en cuenta los ingresos netos de liquidación, se tiene un índice de cobertura del 18% de la retribución acreditada. El total de ingresos declarados ascendió a 61 millones, cantidad un 44,8% inferior al mismo periodo del ejercicio anterior, debido a un cambio en la operativa de la facturación que se computa un mes después. En consecuencia, se tiene un total de ingresos netos liquidables de 47 millones, un 49% inferior.

La CNMC critica el uso de los peajes eléctricos y de la regulación energética como «instrumento político»

Europa Press.- El presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), José María Marín Quemada, ha criticado el uso como «instrumento político» de la regulación energética en aspectos como la fijación de los peajes eléctricos «en más ocasiones que las justificables».

Asimismo, ha subrayado que la determinación de los peajes «no puede ser un instrumento político que beneficie a unos u otros en función de las necesidades del momento», sino que tiene que ser algo establecido con «absoluto rigor» y en línea con una serie de parámetros comunes con otros países de la Unión Europea. Marín Quemada resaltó que le llama mucho la atención que el Ministerio de Energía esté en una posición distinta a la de las directivas comunitarias y a la de los reglamentos de aplicación directa y haya restado competencias a la CNMC que sí tienen otras agencias independientes de otros países comunitarios.

«Eso comprenderán ustedes que no podíamos dejarlo pasar», apuntó Marín Quemada, quien ha explicado que, después de que sus intentos de conversación, escritos, cartas, entrevistas y un requerimiento previo no hayan dado el resultado previsto, no han tenido «más remedio» que llevar al Gobierno al Tribunal Supremo. Así, reconoció que nunca pensó que en su vida de servidor público tuviera que hacer algo así y ha admitido que ha sido una decisión «compleja» que ha tomado el Consejo de la CNMC para defender sus competencias.

La CNMC pide limitar el papel de las distribuidoras de electricidad en el desarrollo de infraestructuras para el coche eléctrico

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera que se debe limitar el papel de las distribuidoras eléctricas en el desarrollo de las infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos a circunstancias «muy específicas y excepcionales«, para que su coste no se cargue sólo sobre los consumidores eléctricos.

En un informe sobre el decreto que modifica la normativa que regula la actividad de gestor de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética, remitido sobre el Ministerio de Energía para simplificar los requisitos para la figura del gestor de carga, la CNMC defiende que, si bien la propuesta del Ministerio no entra sobre el papel que debe tener el distribuidor de electricidad en el sector de la recarga, el desarrollo de las infraestructuras debería realizarse «en un contexto de competencia».

El regulador señala que, en el trámite de audiencia en el que participaron Endesa, Gas Natural Fenosa, Iberdrola, EDP España, REE, Unesa, Aedive, Hispacoop, así como distintos Gobiernos regionales, varias empresas distribuidoras han planteado la posibilidad de responsabilizarse del desarrollo de las redes para atender el suministro de estas nuevas infraestructuras de recarga, especialmente en suelo no urbano o para servicios de recarga de gran tamaño en suelo urbano, «para que el coste del despliegue de estas infraestructuras no suponga un coste para el gestor de carga ni una barrera al desarrollo del vehículo eléctrico».

Además, la CNMC indica que algunas distribuidoras plantean la necesidad de permitir el desarrollo de estas infraestructuras, no solo las redes sino también los propios postes de recarga, en la vía pública como activos regulados de distribución, lo que supondría incluir los costes dentro de sus inversiones, siendo encargadas de su ejecución y mantenimiento con cargo a la retribución regulada.

A este respecto, el organismo presidido por Marín Quemada se niega a esta pretensión de las distribuidoras ya que considera que el desarrollo de las infraestructuras de recarga deberá englobarse dentro de la estrategia nacional de impulso al vehículo eléctrico y del uso de energías alternativas en el ámbito del transporte, «en el que se involucre a todos los sectores afectados y se desarrolle de manera eficiente el reparto de costes entre todos los implicados y no sólo con la única contribución del sistema eléctrico».

Asimismo, señala que la normativa europea del Paquete de Invierno «únicamente» prevé que las distribuidoras desarrollen los puntos de recarga en unas determinadas condiciones muy particulares como, por ejemplo, cuando otras empresas no hayan manifestado su interés en una licitación. Además, destaca que el Paquete de Invierno considera que la participación de las distribuidoras eléctricas en esta actividad debe «suprimirse progresivamente», entendiendo que debería ser tan solo de «‘último recurso’«.

En su informe, la CNMC considera que la propuesta de real decreto supone una simplificación de los requisitos de la figura del gestor de cargas, lo que podrá permitir un mayor despliegue de las infraestructuras necesarias para permitir el desarrollo de vehículo eléctrico, aunque cree que la Ley 24/2013 establece una serie de limitaciones relativas a la obligación de constituirse en sociedad mercantil, y a la posibilidad de permitir únicamente al gestor de cargas revender electricidad, que siguen limitando el establecimiento de puntos de recarga.

La CNMC investiga los métodos de captación de clientes de las comercializadoras energéticas

EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiga la actuación de las comercializadoras energéticas para captar clientes, especialmente en los casos que acuden a domicilios particulares, con el objetivo proteger a los consumidores. El presidente de la CNMC, José María Marín Quemada, ha explicado que también pretenden evitar la «confusión» y «obstáculo a la competencia» que se produce porque los grupos eléctricos muestran marcas similares para sus distribuidoras, comercializadoras del mercado libre y las de referencia, que son las que ofrecen los precios regulados.

También se ha referido a la «más que probable» apertura de un procedimiento de infracción contra España por atribuir al Gobierno la fijación de tarifas de peajes eléctricos y otras funciones que deberían corresponder a la CNMC, lo que fue recurrido por ésta ante el Tribunal Supremo. Marín Quemada ha afeado la «resistencia» a «entender y aceptar el papel que las autoridades de regulación independientes han de jugar en economías modernas«. Finalmente, cifró el ahorro para los consumidores derivado de las actuaciones en defensa de la competencia de la CNMC entre 2013 y 2017 en 600 millones de euros anuales.

La CNMC multa a Endesa Energía con 30.000 euros por cambiar de comercializadora eléctrica a un consumidor sin su consentimiento

Europa Press / EFE.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa Energía con 30.000 euros por haber cambiado a un consumidor de compañía eléctrica sin contar con su consentimiento. Competencia considera que, con esta actuación, Endesa Energía es responsable de una infracción leve de las tipificadas en la Ley del Sector Eléctrico.

Esta multa tiene su origen en la denuncia que realizó un consumidor a través de Facua-Consumidores en Acción, quejándose de que le habían cambiado de comercializador de electricidad sin su visto bueno. Tras recibir la denuncia, la CNMC procedió a la apertura de un periodo de información previa y, posteriormente, inició un expediente sancionador contra Endesa Energía por cometer una infracción administrativa de carácter leve, en concreto, por el incumplimiento de los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. La CNMC ha acreditado que Endesa Energía no ha respetado el procedimiento que deben seguir las comercializadoras eléctricas para contratar con un nuevo cliente ni tampoco contó con su consentimiento.

Competencia recuerda que no es la primera vez que sanciona a empresas del sector energético por prácticas similares. Así, en 2017 multó a 4 comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía, Iberdrola Clientes, Gas Natural Servicios, y Viesgo Energía) con 155.000 euros. Además, la CNMC publicó en 2015 una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los consumidores y las comercializadoras de electricidad y gas cuando se realiza una contratación. Entre otros consejos, insistía en la importancia de que las compañías sean muy cuidadosas al captar clientes a través de canales de venta domiciliaria y por teléfono.

Asimismo, la normativa establece el derecho del consumidor a elegir comercializador y obliga a éstos a cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes. En definitiva, la sanción a Endesa asciende a 30.000 euros y se aprueban las reducciones recogidas en la normativa siempre y cuando se produzca el desistimiento o renuncia de cualquier acción, o recurso en vía administrativa, contra la sanción.

La CNMC reintegra al sector gasista otros 6,7 millones de los pagos anulados por la indemnización de Castor

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha reintegrado al sector gasista otros 6,7 millones de euros correspondientes a los pagos anulados del almacén Castor, según indicó el organismo. En concreto, se ha reintegrado el pago previsto en enero, correspondiente a la liquidación décima del año pasado, con lo que la cantidad total pagada en 2017 en concepto del abono de las indemnizaciones con cargo al sistema gasista ascendió a 60,5 millones de euros.

A finales de enero, la CNMC paralizó los pagos destinados a materializar el derecho de cobro por la deuda del almacén Castor, que está en manos de Banco Santander, Bankia y Caixabank. El regulador aplicaba así la sentencia del pasado diciembre del Tribunal Constitucional, que declaró «nulos e inconstitucionales» algunos artículos del decreto ley aprobado en 2014 que contemplaba la hibernación del almacenamiento subterráneo de gas de Castor y en el que se reconocía una compensación de 1.350 millones de euros para la empresa promotora Escal UGS, participada por ACS.

La deuda por Castor, que ascendió a 1.350 millones de euros, fue colocada por Enagás en 2015 a Banco Santander, Bankia y Caixabank a un tipo de interés del 4,3% y a devolver en 30 años. De esta manera, estas tres entidades son los titulares de estos derechos de cobro, que ascienden a unos 80 millones anuales y que se incluían en el sistema gasista.

Por su parte, con esta reintegración, el déficit provisional gasista fue de 385 millones de euros a diciembre, frente a los 430 millones de euros en el mismo periodo del 2016. El total de ingresos declarados por las empresas al sistema de liquidaciones por facturación de tarifas, peajes y cánones ascendió a 2.586 millones de euros, un 3,6% más que en el mismo periodo del 2016, destacando el incremento del 28% de los ingresos por peaje de regasificación y del 14% por reserva de capacidad.

Mientras, los costes liquidables del sistema ascendieron a 46 millones de euros, un 23,4% superiores a los del 2016, debido principalmente al aumento del coste de adquisición del gas de operación. Por tanto, teniendo en cuenta los ingresos existentes, se obtuvieron unos ingresos netos declarados de 2.540 millones de euros. Además, la retribución total fija acreditada a las empresas ascendió a 2.687 millones de euros.

La CNMC aprueba el contrato marco para el acceso a las conexiones internacionales mediante gasoductos con Europa de Enagás Transporte

Europa Press.– La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado el contrato marco para el acceso al sistema de transporte y distribución de Enagás Transporte mediante conexiones internacionales por gasoducto con Europa. La Ley 34/1998, en su artículo 70, establece el derecho de acceso a las infraestructuras de transporte con base en los principios de no discriminación, transparencia y objetividad. En la Circular 3/2017 se establecieron los mecanismos de asignación de capacidad a aplicar en las conexiones internacionales.

Para participar en los procedimientos de asignación de capacidad mediante subasta, los comercializadores o consumidores directos deberán firmar con carácter previo un contrato marco con el operador de la interconexión en el lado español, donde se establecerán las condiciones del servicio del transporte y las obligaciones y responsabilidades de las partes. Dicho contrato se realiza al margen de los trámites a realizar con los operadores en el otro lado de los puntos de la interconexión.

El contrato marco se corresponde con los que están en vigor y describen el objeto del contrato, la entrada en vigor, su duración, las obligaciones y responsabilidades de las partes, las condiciones de prestación de los servicios contratados y las condiciones de facturación. Está disponible en las web de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia, del Gestor de Red de Transporte Enagás y de la Iniciativa Regional del Gas del Sur de ACER.

La Comisión Europea quiere apoyar a los Estados miembros evaluando las medidas para atajar la contaminación en la Unión Europea

Europa Press.- La Comisión Europea espera de España y de otros 8 países del bloque comunitario medidas encaminadas combatir la contaminación atmosférica que eviten una denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE). «Tras debates constructivos, el colegio de comisarios acordó proceder con las últimas etapas del procedimiento de infracción a no ser que se presenten medidas adicionales, creíbles y efectivas por parte de los 9 Estados involucrados», insistió el portavoz de Medio Ambiente del Ejecutivo comunitario, Enrico Brivio.

Brivio ha recordado que el comisario del ramo, Karmenu Vella, se reunió con representantes de los 9 países. «Esa cumbre fue convocada como el último esfuerzo para encontrar soluciones para atajar el grave problema de la contaminación atmosférica en la Unión Europea», ha señalado. Bruselas, ha dicho, quiere «ayudar» a los países a «cumplir urgentemente» con los límites de emisiones «que han sido acordados pero no respetados por muchos años». Brivio ha apuntado que la Comisión Europea necesitará tiempo para evaluar las consideraciones «técnicas y legales» de las medidas presentadas antes de tomar una decisión sobre una posible denuncia por incumplimiento ante la Justicia europea.

La secretaria de Estado de Medio Ambiente, María García, explicó que el Ministerio informaría a la Comisión Europa del material que ha recibido por parte de las comunidades autónomas y los ayuntamientos afectados. García defendió que no se trata de «un problema generalizado», sino que afecta a «determinadas zonas geográficas bien acotadas». En concreto, indicó que se trata de Avilés (Asturias) y Villanueva del Arzobispo (Jaén), ambos afectados por contaminación de partículas finas (PM10) y de la ciudad de Madrid y el extrarradio de Barcelona, con altos niveles de contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2).