40 organizaciones lanzan la Alianza por el Autoconsumo para reclamar la producción propia de energía renovable sin barreras ni tasas

Europa Press.- Más de 40 organizaciones han presentado el manifiesto Con el autoconsumo ganamos todos en el que reclaman el derecho de los ciudadanos a producir su propia energía con un marco estable y sin peajes. Por ello han constituido la Alianza por el Autoconsumo, que está integrada por asociaciones de consumidores, sindicatos, asociaciones ecologistas y empresariales para reclamar al Gobierno «un marco regulatorio estable, que impida cualquier medida retroactiva, y en el que no se impongan barreras técnicas, administrativas ni económicas».

Compuesta por la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA), la Unión Española Fotovoltaica (UNEF) y la Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier), así como por los sindicatos UGT-FICA y Comisiones Obreras (CC.OO), la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la Asociación General de Consumidores (ASGECO) y la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU); y las asociaciones ecologistas Amigos de la Tierra, WWF España o Greenpeace, entre otros, la Alianza reclama una regulación que permita «garantizar el desarrollo del autoconsumo y su reconocimiento como un derecho ciudadano». El objetivo es “que la sociedad disfrute de los beneficios ambientales, económicos y sociales de esta forma de generación distributiva», indicaron.

Asimismo, la Alianza reclama que se reconozca el derecho a autoconsumir energía eléctrica «sin ningún tipo de cargo o peaje sobre la energía consumida; que se habilite la posibilidad de que varios consumidores compartan instalación de autoconsumo; que se adopte el régimen sancionador en función del verdadero impacto del autoconsumo en el sistema eléctrico y que se defina una tramitación administrativa simplificada y adecuada a las características de las instalaciones». Además, subraya que el autoconsumo permitiría una generación limpia y distribuida, implicando a la ciudadanía en el cambio de modelo energético y haciendo a particulares, administraciones y empresas «más conscientes de su propio consumo energético».

En ese contexto, aseguran que las tecnologías para la generación de electricidad con energía renovable han avanzado hasta permitir a cada individuo, comunidad o empresa abastecerse con su propia energía limpia facilitando el ejercicio del derecho ciudadano a participar activamente en el mundo de la energía. Las organizaciones destacan que la Directiva 2009/28/CE establece la necesidad de promover un cambio en el modelo energético, que no termina en los objetivos para 2020, sino que continuará con el conocido como Paquete de invierno y la propuesta de revisión de la Directiva Europea de Renovables. Así, consideran que España debe favorecer la integración de energías renovables en el sistema energético durante las tres próximas décadas para alcanzar los objetivos actuales y futuros.

Por otro lado, subrayan los «claros» beneficios ambientales de esta fórmula porque se emitirían emisiones de gases de efecto invernadero y se mejoraría la calidad del aire, al tiempo que se evitarían las pérdidas del sistema que se producen entre la instalación de generación y el punto de consumo. A nivel económico, España depende de las importaciones energéticas en un 70%, más de 20 puntos por encima de la media de la Unión Europea por lo que la Alianza por el Autoconsumo estima que esto contribuiría a reducir la importación de combustibles fósiles y rebaja el precio de la electricidad y la factura de la luz ya que se generaría competencia en el sistema eléctrico.

El Tribunal Supremo rechaza la petición de la patronal fotovoltaica UNEF de suspender la subasta de renovables de forma cautelar

Europa Press.- El Tribunal Supremo rechazó la petición de la Unión Española Fotovoltaica (UNEF) de suspender de forma cautelar y urgente las reglas y procedimiento establecidos por el Ministerio de Energía para la subasta de energías renovables, que se celebrará este miércoles. La Sala Tercera del Alto Tribunal entiende que los perjuicios que pueda ocasionar la celebración de la subasta no revisten los caracteres de irreparabilidad o irreversibilidad necesarios para adoptar una medida cautelarísima de ese tipo.

UNEF consideraba que en las reglas de la subasta, que pondrá en juego 2.000 megavatios (MW) de renovables que serán ampliables en 1.000 MW más, las instalaciones fotovoltaicas resultan discriminadas injustificadamente frente a las eólicas. El Supremo ha examinado la petición de suspensión llamada cautelarísima, que se tramita inaudita parte, es decir, sin escuchar las alegaciones de la otra parte, en este caso el Ministerio de Energía, por entender UNEF que concurría una especial urgencia al estar prevista la subasta para el 17 de mayo.

Así, el Alto Tribunal rechaza la petición, pero prosigue la tramitación de la petición de suspensión por la vía ordinaria. La patronal fotovoltaica presentó un recurso contencioso-administrativo en el Supremo contra el decreto de la convocatoria del régimen retributivo a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de renovables; así como contra la orden ministerial que reguló el procedimiento de asignación de ese régimen; y contra las dos resoluciones de la Secretaría de Estado de Energía, una de ellas convocando la subasta, y la otra estableciendo el procedimiento y reglas de la misma.

Las horas de la discordia

En este recurso, la asociación reclamaba que se adoptara como medida cautelar urgente inaudita parte la suspensión de la resolución del Ministerio que fijó el procedimiento y las reglas de la subasta, en concreto el criterio de que se ordenara «de mayor a menor el número de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación tipo de referencia». Según UNEF, se discrimina injustificadamente a las fotovoltaicas frente a las eólicas ya que la orden establece un número de horas de funcionamiento de 3.000 para las eólicas y de 2.367 para las fotovoltaicas, con lo que la ordenación iría siempre en beneficio de las instalaciones eólicas y en perjuicio de las fotovoltaicas.

Para UNEF, procedía la medida cautelarísima de suspensión, entre otras razones, porque de producirse la subasta con la cláusula cuestionada, se provocaría un daño irreversible, ya que su celebración con unos criterios discriminatorios genera una situación desigual. Además, considera que concurría riesgo de un daño irreparable en caso de que se celebre la subasta en tales condiciones, sin que su suspensión fuese a acarrear perjuicios graves a los intereses generales.

El Supremo rechazó la petición con el argumento de que los perjuicios ocasionados por la subasta «no revisten los caracteres de irreversibilidad o irreparabilidad que podrían determinar, en otro caso, el acogimiento de la pretensión cautelar urgente». Asimismo, señala que, «aun admitiendo que la celebración de la subasta implica la adjudicación de derechos a terceras personas y la consolidación de ciertas situaciones jurídicas, los perjuicios derivados de su celebración no tendrían un carácter irreparable en la medida que, si se dictara una sentencia estimatoria, los daños causados a la parte recurrente podrían ser resarcidos a través de una compensación económica».

Además, indica que la celebración de la subasta y las consecuencias que de la misma podrían derivarse no tendría «una incidencia significativa en la causación de los eventuales perjuicios que la medida cautelar trata de evitar». El Supremo también destaca que no aprecia que «la no suspensión de la celebración de la subasta implique perjuicios a terceros, y si que, más bien al contrario, existen interesados en la subasta y posibles adjudicatarios que verán frustradas sus expectativas en caso de no realizarse en el plazo y en las condiciones establecidas«.

Ciudadanos cuestiona al Gobierno si la condena a España por los recortes renovables afectará a la factura de la luz

Europa Press.- Ciudadanos quiere saber si la condena a España por los recortes a las empresas de energía renovable por parte del Ciadi, el tribunal internacional de arbitraje del Banco Mundial, afectará a la factura de la luz. Por ello, su portavoz de Energía en el Congreso, Melisa Rodríguez, ha registrado una batería de preguntas en las que cuestiona al Gobierno por el impacto que esta decisión supondrá para el sistema eléctrico.

El Ciadi condenó a España a pagar 128 millones de euros más intereses por los recortes aplicados a las energías renovables tras la demanda interpuesta por Eiser. Ciudadanos destaca la unanimidad de los tres árbitros a la hora de acordar la violación por parte del Estado del artículo 10 de la Carta de la Energía, «privando de un trato justo y equitativo» a Eiser, así como la «contundencia en relación a la ilegalidad del cambio radical en el marco regulatorio«.

Asimismo, advierte de que el fallo podría sentar precedente e iniciar una serie de resultados similares en el resto de procesos abiertos por inversores extranjeros en renovables, algo que «podría impactar decisivamente en la financiación del sistema eléctrico y la factura de la luz». Por esto mismo, pregunta también qué medidas tiene pensado adoptar el Gobierno para asegurar que no se produzcan episodios similares en el futuro, y si contempla la posibilidad de establecer alguna compensación para los inversores nacionales.

España pierde su primer arbitraje internacional en el Ciadi por los recortes a las renovables ante la firma británica Eiser

Europa Press.- El Estado español perdió el primero de los arbitrajes internacionales fallados en la corte internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, por los recortes aplicados desde 2010 a las energías renovables, según indicaron fuentes cercanas. El laudo, notificado ya a las partes, da la razón en sus pretensiones a la firma británica Eiser Infrastructure Limited y su filial luxemburguesa Energia Solar Luxembourg, que contó en el proceso con el asesoramiento de Allen&Overy.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma un 36,95% en Aries Solar Termoeléctrica (Aste), que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz. La inversión comprometida en estas centrales alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Tras ese momento, el sector fue sometido a diversos recortes retributivos, el primero con el PSOE en el poder, y el último con la aprobación de la reforma del sector eléctrico por parte del Gobierno del PP. El fallo del Ciadi supone el primer revés en los tribunales internacionales para España por estos recortes. En 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico, aunque en aquella ocasión se pronunció a favor de España.

España acumula ante el Ciadi casi una treintena de demandas de inversores internacionales por los recortes aplicados a las energías renovables. Eso sí, a nivel nacional, las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional han avalado los recortes aplicados por el Gobierno en esta materia en los últimos años. Los inversores nacionales no pueden acudir al tribunal internacional de arbitraje.

El PP plantea usar el superávit eléctrico para pagar los arbitrajes adversos mientras la fotovoltaica española reclama igualdad de trato

Europa Press.- La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier) reclama al Gobierno el mismo trato a los productores nacionales que a los internacionales, después de que el Ciadi haya fallado a favor de la firma británica Eiser Infraestructure y en contra del Estado español. En relación con este asunto, el PP quiere extender al sistema de arbitrajes el uso del superávit eléctrico para pagar indemnizaciones por sentencias condenatorias derivadas de la normativa del sector eléctrico.

Así figura en una enmienda al proyecto de Presupuestos Generales del Estado, registrada ahora que España ha perdido su primer arbitraje internacional por los recortes aplicados a las energías renovables. En el proyecto de Presupuestos, el Gobierno ya había incluido en una disposición adicional la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector. Sin embargo, esta aplicación se amplía de esta forma para «dar cobertura a eventuales pronunciamientos arbitrales», señala el PP en la justificación de su enmienda, «aliviándose de esta forma la carga que supondría hacer frente a los mismos con cargo a los Presupuestos».

Estas enmiendas, con rango de ley, suponen una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa. Desde 2014, el sistema se encuentra en superávit, del que se han acumulado unos 1.130 millones hasta 2016. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cifra la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago en 23.000 millones de euros.

Anpier exige el mismo tratamiento

Respecto al laudo del Ciadi, Anpier destaca que se da la razón a la firma británica frente a los «drásticos recortes retroactivos» impuestos por el Gobierno español en las «sucesivas reformas del marco regulatorio» a la producción de energía renovable. Por ello, los pequeños productores fotovoltaicos españoles exigen que se les otorgue «la misma justicia que ha obtenido este fondo internacional» y que, «muy probablemente», recibirá también el resto de fondos extranjeros con recursos pendientes de resolución en el Ciadi.

«El quebranto sufrido por las 62.000 familias españolas fotovoltaicas es insoportable, tanto en lo económico como en lo moral, y resulta inaceptable que por una misma situación el Estado indemnice el daño causado a los grandes inversores internacionales y ordene la ruina de sus nacionales», indicó el presidente de la asociación, Miguel Ángel Martínez-Aroca. Los productores fotovoltaicos han soportado, según indica Anpier, «recortes de hasta el 50% de la tarifa regulada que ofreció el Estado, mientras que la banca exigía el pago íntegro de la financiación, lo que supuso que el colectivo debió refinanciar para no perder las garantías personales dadas a las entidades bancarias».

Pese a todo, «el Gobierno mantuvo que la reforma era legal y sólida, estigmatizando socialmente a este colectivo para justificar sus arbitrarias decisiones», señala, antes de resaltar que ahora «una instancia internacional, sin ningún tipo de condicionamiento político, ha dictaminado lo que en buena lógica es de justicia, que los acuerdos han de cumplirse o se debe restituir el daño causado». Este resarcimiento ha de producirse «con más motivo cuando se trata de un Estado, que ha de velar por la seguridad jurídica en su territorio, y, sobre todo, cuando se trata de familias que actuaron confiando en su Estado, que les llamó a que realizaran este esfuerzo inversor», añade.

Energía cree que el laudo del Ciadi contra el recorte renovable no es «extrapolable» y “no cuestiona” la reforma Soria-Nadal

Europa Press.- El Gobierno ha defendido que la reforma eléctrica desarrollada por el exministro José Manuel Soria y el exsecretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, fue «la adecuada» y ha asegurado que «no se cuestiona» por el laudo arbitral del tribunal internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, en el que se da la razón a la firma británica Eiser Infraestructure frente a los perjuicios que le causó el recorte a las renovables.

En este sentido, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital considera que el laudo «no puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante» para otros casos. El Ministerio anuncia además que el Gobierno español estudia recurrir el laudo. Fuentes del departamento dirigido por Álvaro Nadal indicaron que el recurso ha de presentarse ante el propio Ciadi. El laudo, señala Energía, estima parcialmente la demanda de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg en relación a las consecuencias de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014 para tres instalaciones termosolares.

El laudo, afirma, «única y exclusivamente declara, de manera referida a las tres plantas termosolares de los demandantes y en atención a sus particulares circunstancias, que la reforma ha causado a sus titulares un daño que, bajo la singular apreciación del tribunal de arbitraje, se considera excesivo«. «Dado el carácter estrictamente singular de tal pronunciamiento, no debe asumirse que su resultado puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante para otros arbitrajes pendientes», afirma Energía.

El Ministerio sostiene que cada procedimiento arbitral «es diferente, tanto en la información como en los argumentos aportados«, y recuerda que hasta la fecha se ha producido un desistimiento en un arbitraje, mientras que en otros dos arbitrajes sobre renovables ya resueltos los laudos han dado la razón a España «de manera contundente». Eso sí, el fallo ahora conocido es el primero emitido por el Ciadi. En enero de 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico de la etapa socialista y, en aquella ocasión, se pronunció a favor del Reino de España.

Da 128 pero pedían 300

Energía también destaca que el arbitraje solo estima parcialmente las reclamaciones de los demandantes, al tiempo que condena a España al pago de 128 millones de euros más intereses, frente a los más de 300 millones que reclamaban los demandantes. La inversión comprometida en las tres termosolares alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma tiene un 36,95% en Aste, que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz. El Ministerio asegura además que el tribunal no cuestiona «el derecho soberano de España de tomar medidas regulatorias apropiadas para atender las necesidades públicas, lo que potencialmente incluye la modificación del régimen del real decreto 661/2007».

El laudo, continúa, tampoco cuestiona la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014, «que permitió acabar con el déficit de tarifa». Su contenido indica que «el demandado enfrentó un legítimo problema de política pública con su déficit tarifario, y el tribunal no cuestiona que fuese apropiado que las autoridades españolas adoptasen medidas razonables para lidiar con la situación», señala el Ministerio. El departamento dirigido por Álvaro Nadal también afirma que «las diversas sentencias nacionales tanto del Tribunal Supremo y como del Constitucional en materia de renovables han avalado la reforma eléctrica y sus pilares fundamentales».

Por su parte, el ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, Iñigo Méndez de Vigo, afirmó que cuando se acometió la reforma eléctrica la deuda del sistema superaba los 26.000 millones de euros y crecía a razón de 10.500 millones anuales, por lo que era necesario corregir para evitar que el recibo eléctrico subiera un 42%. Méndez de Vigo defendió que «aquellos que se sientan perjudicados puedan acudir a los tribunales», pero subrayó que este laudo del Ciadi no cuestiona la reforma y es susceptible de recurso.

La fotovoltaica UNEF invoca un caso de discriminación en la elección de jueces para detener la subasta de renovables

Europa Press.- La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) presentó ante el Tribunal Supremo su petición de medidas cautelarísimas para la suspensión de la subasta de renovables convocada por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, en la que evoca un reciente caso de discriminación en la elección de jueces para incidir en la falta de neutralidad del proceso.

En el recurso presentado ante el Supremo, los abogados de UNEF citan un auto del 8 de marzo del Supremo en el que se adoptaron medidas cautelares contra una decisión del Consejo de Ministros de enero, circunstancia que no es habitual en la jurisprudencia. En concreto, el tribunal suspendió de forma cautelar los criterios para elegir una terna de jueces para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos al establecer como requisito que tuviesen menos de 61 años. Para el Supremo, esta medida, en apariencia del buen derecho, puede resultar discriminatoria.

En su recurso, UNEF considera que este caso resulta análogo a la discriminación que consideran que introduce el Gobierno para la solar fotovoltaica, al tiempo que no se muestra en contra de la celebración de la subasta, pero reclama que sea «verdaderamente neutral» y permita que las tecnologías compitan «en igualdad de condiciones», sin favorecer a la eólica, como opinan.

La medida cautelar reclamada afecta en concreto a la suspensión del criterio de ordenación de las ofertas de las diferentes tecnologías en función del «número de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación tipo de referencia». UNEF considera que este criterioy el mecanismo fijado por Energíaresulta «arbitrario» y «perjudica a la fotovoltaica en el caso de empate«, al tiempo que no se encuentra motivado y puede «lesionar el derecho a la igualdad de las empresas fotovoltaicas que participen».

En el recurso, la patronal indica que la neutralidad tecnológica a la que se refiere la orden ministerial 315/2017 establece que todas las instalaciones deben ser tratadas en condiciones de igualdad en la subasta con independencia de su tecnología. Junto a esto, considera que la adopción de medidas cautelarísimas es urgente porque la subasta está convocada para el próximo 17 de mayo y, de no aplicarse, el recurso perdería su finalidad, «ya que se habría desincentivado la participación de empresas fotovoltaicas en el concurso, situación que no se remediaría con una sentencia estimatoria del recurso».

Enertis abre una oficina en París para entrar en el prometedor mercado de las energías renovables de Francia

Europa Press.- Enertis ha abierto oficina en París con el objetivo de entrar en el mercado de energías renovables de Francia, al que la compañía considera uno de los más prometedores de Europa para el período 2017-2030. La empresa indica que, desde que se publicó la Ley de la Transición Energética en 2015, Francia se ha comprometido con una verdadera transformación de su sector energético encaminada a aumentar la aportación de las energías renovables al consumo de energía final a un 32% para 2030.

Para lograr sus objetivos con respecto al desarrollo futuro de las renovables, Francia estableció en su Plan Plurianual de Energía (PPE) hitos concretos para 2018, en el que se definen además dos escenarios con respecto a 2023. Enertis indica que, con la apertura de nuevas oficinas, apuesta por la expansión de su negocio. Desde la nueva oficina, la empresa busca estar más cerca de sus clientes y apoyarlos en las licitaciones programadas para los próximos años en el mercado local. Además del interés tradicional de Enertis en proyectos fotovoltaicos, la compañía planea ingresar también al mercado francés de energía eólica.

Gas por renovables: el negocio que puede afianzar las relaciones comerciales entre la Unión Europea e Irán

EFE.- La Unión Europea participó recientemente en Teherán en dos foros de negocios, sobre energía y cambio climático, de gran calado geopolítico en un contexto de creciente suspicacia de la Administración del nuevo presidente de Estados Unidos, Donald Trump, hacia el acuerdo de su predecesor, Barack Obama, que desbloqueó las relaciones diplomáticas entre Irán y los países occidentales. Irán tiene interés en invertir en energías renovables y la Unión Europea dispone de la tecnología, según explicaron las fuentes europeas.

La contrapartida para los socios comunitarios es que el gas será uno de los recursos «puente» en la transición hacia una economía sin hidrocarburos en la Unión Europea, e Irán cuenta con las mayores reservas de esa materia prima del mundo, mientras que la Unión Europea es un importador neto con una producción propia en descenso. La cita, en la que participaron más de 40 empresas iraníes y 50 firmas europeas (entre ellas Gas Natural Fenosa, Acciona, ACS y Vestas), estuvo encabezada por el comisario de Energía, Miguel Arias Cañete, y por el ministro iraní del Petróleo, Bijan Namdar Zangeneh.

Bruselas y Teherán quieren evidenciar que, en lo que a esos bloques respecta, el deshielo diplomático y económico sigue en curso y se abren oportunidades de negocio para ambas partes. «El comercio entre la Unión Europea e Irán ha aumentado un 79%, las exportaciones de Irán a la Unión Europea han crecido un 450% y hemos establecido una dinámica de asociación energética», declaró Arias Cañete a propósito de su visita a Irán. «El sector energético desempeñará un papel primordial en nuestras relaciones futuras y estamos comprometidos a aprovechar plenamente su potencial económico y social mientras contribuimos a lograr nuestros compromisos climáticos», agregó el político español.

Iberdrola construirá un parque eólico de 200 MW para Apple en Estados Unidos

EFE.- Iberdrola, a través de su filial estadounidense Avangrid, ha firmado un acuerdo con Apple para la puesta en marcha de un parque eólico en Montague (Oregón) de 200 MW megavatios (MW) y con una inversión prevista de 300 millones de dólares (275 millones de euros). El parque se construirá entre 2018 y 2020 y la energía que genere se venderá a la empresa tecnológica durante los próximos 20 años a través de un tipo de contrato Power Purchase Agreements (PPA), que garantiza la rentabilidad de las instalaciones.

Iberdrola ya desarrolla proyectos similares en Estados Unidos como el Amazon Wind Farm US East (Carolina del Norte), que suministra a Amazon, o los de Leaning Jupiter (Oregón) y Jupiter Canyon (Washington), que dan energía a Nike. En estos casos, Iberdrola se queda como propietaria y operadora del parque eólico y la electricidad generada se adquiere por la empresa que lo encarga, en este caso, la multinacional estadounidense con sede en Cupertino (California). La eléctrica española opera en Estados Unidos a través de Avangrid que es el segundo operador eólico del país, con cerca de 6.000 MW en potencia instalada.