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La subasta de la discordia

La historia reciente de las subastas en España en el ámbito de la energía viene precedida de una polémica más o menos intensa, dependiendo del asunto que se subaste. En algún caso tiene que ver con la forma en que se estableció el modelo de subasta; por errores de diseño que, además, se combinaron con la falta de perspectiva económica de la implantación de sistemas más abiertos y transparentes, que atraerían a más agentes inesperados.

Por ejemplo, en las subastas de interrumpibilidad (la subasta en la que grandes consumidores pujan a cambio de un incentivo a cambio de garantizar su disponibilidad a desconectarse de la red en un momento que el operador del sistema lo requiera), la forma en que se articularon derivó en que muchos operadores que anteriormente no eran los usuarios de los mecanismos precedentes (garantía de potencia) fueran los adjudicatarios, expulsando a operadores que habitualmente eran quienes tenían las tarifas integrales. Ello provocó que el Ministerio acabara ampliando y repitiendo las subastas a la vista de que los inicialmente no adjudicatarios de la capacidad amenazaban con cerrar sus instalaciones. Todo ello, pese a su escasa utilización y a la capacidad instalada excedentaria.

Por otra parte, cuando se subastó por primera vez potencia renovable (eólica más biomasa), hace más de un año, ocurrió algo parecido. Aparecieron operadores que se podrían denominar outsider y empresas con poca o nula experiencia en la operación e instalación renovable, que ganaron la potencia que se ofertaba. Tanto es así que, de los proyectos que ganaron la puja, hoy no está disponible ninguno, ni lo que se denominaba en lenguaje castizo de inauguración, la primera piedra y, además, hay una fuerte polémica por la ejecución de las garantías.

Como previo a esta subasta, el objetivo del Ejecutivo con las mismas es llegar a 2020 con un nivel de cumplimiento más o menos aceptable de los objetivos de potencia y producción renovable que se habían interrumpido tras la reforma eléctrica, sucesiva al desmadre de las primas. Ahora hay una cierta prisa, y a la vez contención, dado que el Ejecutivo también ha tenido presiones para ir más allá de cara a la «transición energética».

Esta subasta también empezó con una fuerte polémica alrededor del concepto de «neutralidad tecnológica», que siendo explícitos significa que la tecnología que puje por menos incentivo (solar, fotovoltaica, eólica, biomasa, etc…) se lleva la nueva potencia renovable a instalar. Los tramos de oferta se ordenarán de menor a mayor valor del cociente entre la retribución a la inversión y el número de horas estándares de funcionamiento, con 2.367 horas anuales en la fotovoltaica y 3.000 en la eólica. Por otro lado, el sistema de desempate (por horas de funcionamiento anual) y la limitación del suelo de las ofertas conllevó que el sector fotovoltaico cuestionara la neutralidad de la misma, acudiendo desde UNEF incluso al Supremo.

Por otra parte, otra cuestión muy criticada de esta subasta tiene que ver con los elementos de inseguridad jurídica que anidan en ellas con las salvaguardas y márgenes de discrecionalidad que el Ejecutivo se ha fijado. Inicialmente se subastan 2.000 MW en paquetes de 100 MW y la posibilidad de ampliar la oferta de potencia en otros 1000 MW es una cuestión abierta que cambia las circunstancias de la puja, incluso en el mismo día. Luego está la revisión retributiva cada seis años. En suma, estas subastas han vuelto a conseguir un excipiente en el que el Ministerio se mueve como pez en el agua: la suspicacia entre las distintas tecnologías. Así, la polémica sobre las subastas también es renovable.

El Tribunal Supremo rechaza la petición de la patronal fotovoltaica UNEF de suspender la subasta de renovables de forma cautelar

Europa Press.- El Tribunal Supremo rechazó la petición de la Unión Española Fotovoltaica (UNEF) de suspender de forma cautelar y urgente las reglas y procedimiento establecidos por el Ministerio de Energía para la subasta de energías renovables, que se celebrará este miércoles. La Sala Tercera del Alto Tribunal entiende que los perjuicios que pueda ocasionar la celebración de la subasta no revisten los caracteres de irreparabilidad o irreversibilidad necesarios para adoptar una medida cautelarísima de ese tipo.

UNEF consideraba que en las reglas de la subasta, que pondrá en juego 2.000 megavatios (MW) de renovables que serán ampliables en 1.000 MW más, las instalaciones fotovoltaicas resultan discriminadas injustificadamente frente a las eólicas. El Supremo ha examinado la petición de suspensión llamada cautelarísima, que se tramita inaudita parte, es decir, sin escuchar las alegaciones de la otra parte, en este caso el Ministerio de Energía, por entender UNEF que concurría una especial urgencia al estar prevista la subasta para el 17 de mayo.

Así, el Alto Tribunal rechaza la petición, pero prosigue la tramitación de la petición de suspensión por la vía ordinaria. La patronal fotovoltaica presentó un recurso contencioso-administrativo en el Supremo contra el decreto de la convocatoria del régimen retributivo a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de renovables; así como contra la orden ministerial que reguló el procedimiento de asignación de ese régimen; y contra las dos resoluciones de la Secretaría de Estado de Energía, una de ellas convocando la subasta, y la otra estableciendo el procedimiento y reglas de la misma.

Las horas de la discordia

En este recurso, la asociación reclamaba que se adoptara como medida cautelar urgente inaudita parte la suspensión de la resolución del Ministerio que fijó el procedimiento y las reglas de la subasta, en concreto el criterio de que se ordenara «de mayor a menor el número de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación tipo de referencia». Según UNEF, se discrimina injustificadamente a las fotovoltaicas frente a las eólicas ya que la orden establece un número de horas de funcionamiento de 3.000 para las eólicas y de 2.367 para las fotovoltaicas, con lo que la ordenación iría siempre en beneficio de las instalaciones eólicas y en perjuicio de las fotovoltaicas.

Para UNEF, procedía la medida cautelarísima de suspensión, entre otras razones, porque de producirse la subasta con la cláusula cuestionada, se provocaría un daño irreversible, ya que su celebración con unos criterios discriminatorios genera una situación desigual. Además, considera que concurría riesgo de un daño irreparable en caso de que se celebre la subasta en tales condiciones, sin que su suspensión fuese a acarrear perjuicios graves a los intereses generales.

El Supremo rechazó la petición con el argumento de que los perjuicios ocasionados por la subasta «no revisten los caracteres de irreversibilidad o irreparabilidad que podrían determinar, en otro caso, el acogimiento de la pretensión cautelar urgente». Asimismo, señala que, «aun admitiendo que la celebración de la subasta implica la adjudicación de derechos a terceras personas y la consolidación de ciertas situaciones jurídicas, los perjuicios derivados de su celebración no tendrían un carácter irreparable en la medida que, si se dictara una sentencia estimatoria, los daños causados a la parte recurrente podrían ser resarcidos a través de una compensación económica».

Además, indica que la celebración de la subasta y las consecuencias que de la misma podrían derivarse no tendría «una incidencia significativa en la causación de los eventuales perjuicios que la medida cautelar trata de evitar». El Supremo también destaca que no aprecia que «la no suspensión de la celebración de la subasta implique perjuicios a terceros, y si que, más bien al contrario, existen interesados en la subasta y posibles adjudicatarios que verán frustradas sus expectativas en caso de no realizarse en el plazo y en las condiciones establecidas«.

Ciudadanos cuestiona al Gobierno si la condena a España por los recortes renovables afectará a la factura de la luz

Europa Press.- Ciudadanos quiere saber si la condena a España por los recortes a las empresas de energía renovable por parte del Ciadi, el tribunal internacional de arbitraje del Banco Mundial, afectará a la factura de la luz. Por ello, su portavoz de Energía en el Congreso, Melisa Rodríguez, ha registrado una batería de preguntas en las que cuestiona al Gobierno por el impacto que esta decisión supondrá para el sistema eléctrico.

El Ciadi condenó a España a pagar 128 millones de euros más intereses por los recortes aplicados a las energías renovables tras la demanda interpuesta por Eiser. Ciudadanos destaca la unanimidad de los tres árbitros a la hora de acordar la violación por parte del Estado del artículo 10 de la Carta de la Energía, «privando de un trato justo y equitativo» a Eiser, así como la «contundencia en relación a la ilegalidad del cambio radical en el marco regulatorio«.

Asimismo, advierte de que el fallo podría sentar precedente e iniciar una serie de resultados similares en el resto de procesos abiertos por inversores extranjeros en renovables, algo que «podría impactar decisivamente en la financiación del sistema eléctrico y la factura de la luz». Por esto mismo, pregunta también qué medidas tiene pensado adoptar el Gobierno para asegurar que no se produzcan episodios similares en el futuro, y si contempla la posibilidad de establecer alguna compensación para los inversores nacionales.

El arbitraje desvela que los peritos del Estado cifran en un 5% la rentabilidad de Eiser frente al 7,39% prometido

Europa Press.- Los peritos de Brattle y BDO designados en el arbitraje internacional contra España en el Ciadi (Banco Mundial)  acerca de los recortes a las instalaciones de renovables de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg calculan que la rentabilidad de estos inversores se situó entre el 3,7% y el 5% tras la reforma eléctrica de 2013, frente al 7,39% recogido en la nueva legislación (calculada en torno a las Obligaciones del Estado a 10 años incrementando  en 300 puntos básicos).

Estas consideraciones aparecen recogidas en el laudo del Ciadi remitido a las partes la semana pasada, en el que por primera vez esta institución se pronuncia acerca de los recortes a las instalaciones de renovables en España. En este caso lo ha hecho a favor de los demandantes, que tendrán derecho a una indemnización de 128 millones. El Ciadi aún tiene que resolver una treintena de denuncias por este asunto.

En este sentido, ni el perito designado por el abogado del Estado ni el de Eiser cifraron los retornos económicos de las plantas en el porcentaje de rentabilidad razonable establecido por el Gobierno. Brattle, designada por Eiser, cifra la rentabilidad de los proyectos termosolares del inversor en el 3,7%, mientras que BDO, elegido por el Estado, lo hace en el 5%. «La rentabilidad real antes de impuestos de las plantas se encuentra muy por debajo de la tasa meta prevista por el nuevo régimen», señala el laudo a la vista de estos testimonios, antes de constatar que las instalaciones de Eiser no se ajustaban al estándar de plantas eficientes aplicado, eso sí, «de manera retroactiva» en 2013 por el Gobierno.

Los costes de capital de las plantas eran cerca de un 40% superiores al nivel considerado eficiente por la reforma. Los peritos de la demandante, de Brattle, atribuyen esta diferencia a aspectos como el de que las plantas eran propietarias, en vez de arrendatarias, de los terrenos sobre los que se asentaron los proyectos. Los costes operativos y de mantenimiento de las plantas también superaban los considerados eficientes, más aun cuando en 2012 se aprobaron impuestos que también gravaban el gas usado por las plantas termosolares. Como consecuencia de ello los ingresos de las instalaciones registraron un descenso del 66% tras la reforma de 2013.

En 2014, una de las plantas, Aires Solar, tuvo ingresos operativos de 19,92 millones, frente a los 27,76 millones necesarios para responder a las deudas de la sociedad, mientras que otra instalación, Dioxipe, ingresó 7,79 millones, frente a los 13,94 millones necesarios para devolver la deuda. El laudo muestra precisamente que el endeudamiento de los inversores en renovables y sus dificultades para devolver la deuda tras los recortes no se tuvieron en cuenta a la hora de definir el nuevo régimen retributivo de la reforma.

En un interrogatorio, el director del departamento solar del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE), Carlos Montoya, confirmó que fueron los funcionarios del Ministerio los que realizaron las «estimaciones y cálculos cruciales» para definir los estándares retributivos «sin tener en cuenta las características reales y la producción de las plantas». «El nuevo régimen no tiene en cuenta los costes reales, incluido el servicio de deuda, o las eficiencias reales de determinadas instalaciones de CSP (termosolar) existentes», señala el laudo. Montoya admitió en su testimonio que “el proceso no se basó en un análisis matemático de datos riguroso, al afirmar que si usted busca […] una media o una fórmula matemática, no la hay«, indica el laudo.

La sentencia del tribunal también describe las expectativas sobre las que Eiser decidió invertir en renovables en junio de 2007. Para ello, realizó due diligences y contó con el asesoramiento de Gómez Acebo & Pombo. En ese momento, el principal riesgo identificado era que el proyecto no se pudiera construir en los 36 meses de plazo recogidos en el real decreto 661/2007. La deuda de los proyectos equivalía al 70% del capital en el caso de la planta Astexol, y al 63,5% en el de las otras dos plantas, conocidas como Aste. En diciembre de 2011, Eiser valoraba sus inversiones en 148 millones de euros.

Las costas del laudo, que incluyen los honorarios de los árbitros y los costes del tribunal, ascienden a 956.159 dólares, de los que 277.929 dólares corresponden al presidente John R. Crook, 177.439 al árbitro Stanimir Alexandrov y 123.964 dólares al otro árbitro, Campbell McLachlan. El tribunal internacional ha concluido que no sea el Estado español el que asuma el coste total, sino que cada parte sufrague sus propios gastos legales, así como la respectiva cuota de los honorarios y gastos de los miembros del tribunal y de los derechos devengados por la utilización del Ciadi.

Bruselas da luz verde a tres planes de ayuda en Francia para producir 17 GW en renovables

Europa Press.- La Comisión Europea ha dado luz verde a tres planes de ayudas públicas dotados en total con más de 1.200 millones de euros por las autoridades en Francia para ayudar a la producción de 17 gigavatios adicionales de energía a partir de renovables.

En concreto, se trata de un programa de 1.000 millones de euros anuales para la producción de energía en pequeñas plantas eólicas terrestres, otro plan de 190 millones anuales para el sector de la energía solar, y otros 58 millones anuales para un proyecto para la utilización de los gases de las plantas depuradoras de aguas usadas. La iniciativa más importante prevé una remuneración complementaria (prima que se suma al precio de mercado) a las explotaciones con pequeñas instalaciones eólicas terrestres de menos de 6 turbinas. El objetivo es aumentar en 15 GW la capacidad y contará con 1.000 millones de euros anuales durante una década, según la Comisión Europea.

El segundo plan repartirá 19 millones al año con un plan con el que Francia espera ganar 2,1 GW de energía solar, gracias al apoyo a la instalación de placas fotovoltaicas en edificios para una producción inferior a los 100 kilovatios. Estas instalaciones se podrán beneficiar de una tarifa de recompra durante 20 años. Finalmente, el tercer proyecto para explorar las posibilidades de las plantas depuradoras de aguas que tienen una producción actual de menos de 1 megavatio y que en Francia creen que cuentan con un potencial de 160.

Bruselas ha dado su aprobación al considerar que se trata de regímenes de ayuda con los que Francia avanzará para cumplir con su compromiso con la Unión Europea de cubrir con energías renovables el 23% de sus necesidades energéticas en el horizonte de 2020. El Ejecutivo comunitario resaltó que el programa de su presidente, Jean-Claude Juncker, para esta legislatura tiene entre sus prioridades respaldar las inversiones en energías renovables y tratar así de que la transición energética lleve a la industria europea hasta una posición de liderazgo baja en emisiones.

El horizonte que define el Ciadi

Nunca España tuvo tantos procesos abiertos en los tribunales de arbitraje internacional como en estos momentos. Nunca había perdido un pleito hasta el momento en estas instancias por motivos energéticos. Y, probablemente, nunca un laudo de estas características sea comprendido y evaluado por su valor a efectos premonitorios. Quedan otros 26 arbitrajes pendientes de resolución y se buscan las claves que puedan determinar el decurso en estas instancias especiales de litigación que, tras la cascada de denuncias de los inversores internacionales en renovables, podrían acabar en una cascada de sentencias contra el Estado español.

Para entender las claves que puedan anticipar el futuro de estos arbitrajes es preciso conocer varios elementos. El primero, la instancia en la que se ha producido el laudo, en la medida en que sus jueces puedan definir un criterio específico. En el caso de los procesos derivados de la revisión retributiva renovable, estos se dividen entre las cortes de la Cámara de Comercio de Estocolmo, de la Corte de la Ciadi (el Tribunal de Arbitraje del Banco Mundial) y el Tribunal Arbitral de Luxemburgo.

Por otra parte, la segunda cuestión es la norma de la que derive el proceso. En la actualidad, existen dos bloques importantes de procesos abiertos alrededor de esta cuestión de la retribución renovable.  Los que se derivan de la reforma Sebastián (que laminó los ingresos de las instalaciones fotovoltaicas ordenándolas y cambiando los criterios de ajuste por zonas de insolación) y los que se derivan de la reforma de Alberto Nadal, que implantó el modelo de la rentabilidad razonable a lo largo de la vida de los activos (incluyendo el cálculo teórico según la fecha de instalación y los deslizamientos con límite sobre el precio de mercado previsto y realizado).

En este sentido, en 2016 hubo dos arbitrajes cuyas reclamaciones hacían referencia a la reforma Sebastián que la corte de Estocolmo falló a favor del Estado. Los primeros arbitrajes proporcionaron un optimismo moderado en las autoridades españolas. Sin embargo, es contra la reforma Soria/Nadal contra lo que se dirige el arbitraje recién conocido de la Ciadi. Y, por ello, la resolución de este último laudo ha sido un importante jarro de agua fría, por los dos motivos: porque afecta al grueso de las reclamaciones, tanto por la instancia en términos de jurisprudencia internacional como por el asunto abordado, ya que actualmente quedan otros 26 arbitrajes en el Ciadi derivados de la reforma Soria/Nadal; y porque los efectos regulatorios serán devastadores.

Por tanto, ya se puede tener una idea de los derroteros futuros. Estos días se cifraban estas indemnizaciones posibles en 3.500 millones de euros y el Gobierno ha afirmado que estudiaba recurrir, algo que, en principio, no es posible en los arbitrajes internacionales. Por otra parte, el Gobierno destaca que el tribunal condena «parcialmente» conforme a lo inicialmente solicitado por los demandantes. Se obvia que la condena es parcial en la medida en que las cortes de arbitraje solo protegen a las empresas extranjeras de los efectos de los cambios legales en terceros países que afecten a sus inversiones. Por tanto, valúa los daños para los inversores extranjeros perjudicados, mientras los perjuicios para los inversionistas españoles se quedan sin protección.

La siguiente cuestión, para evaluar el impacto de la cascada de indemnizaciones resultante, provendrá de la capacidad adicional que tengan las empresas españoles de reabrir los procesos en la jurisdicción de nuestro país apelando a la indefensión resultante con consecuencias discriminatorias de la protección exterior de los terceros países. Los servicios jurídicos de empresas y gabinetes de abogados ya están en marcha estudiando todas estas posibilidades. El laudo conocido dibuja un panorama de consecuencias ciertas (y otras posibles) para el Estado en términos de previsibles indemnizaciones en la cascada de sentencias pendiente. Luego vendrá como derivada la forma y el impacto en la parte regulada de las tarifas.  Y, además, añadiendo las costas del proceso.

El PP plantea usar el superávit eléctrico para pagar los arbitrajes adversos mientras la fotovoltaica española reclama igualdad de trato

Europa Press.- La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier) reclama al Gobierno el mismo trato a los productores nacionales que a los internacionales, después de que el Ciadi haya fallado a favor de la firma británica Eiser Infraestructure y en contra del Estado español. En relación con este asunto, el PP quiere extender al sistema de arbitrajes el uso del superávit eléctrico para pagar indemnizaciones por sentencias condenatorias derivadas de la normativa del sector eléctrico.

Así figura en una enmienda al proyecto de Presupuestos Generales del Estado, registrada ahora que España ha perdido su primer arbitraje internacional por los recortes aplicados a las energías renovables. En el proyecto de Presupuestos, el Gobierno ya había incluido en una disposición adicional la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector. Sin embargo, esta aplicación se amplía de esta forma para «dar cobertura a eventuales pronunciamientos arbitrales», señala el PP en la justificación de su enmienda, «aliviándose de esta forma la carga que supondría hacer frente a los mismos con cargo a los Presupuestos».

Estas enmiendas, con rango de ley, suponen una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa. Desde 2014, el sistema se encuentra en superávit, del que se han acumulado unos 1.130 millones hasta 2016. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cifra la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago en 23.000 millones de euros.

Anpier exige el mismo tratamiento

Respecto al laudo del Ciadi, Anpier destaca que se da la razón a la firma británica frente a los «drásticos recortes retroactivos» impuestos por el Gobierno español en las «sucesivas reformas del marco regulatorio» a la producción de energía renovable. Por ello, los pequeños productores fotovoltaicos españoles exigen que se les otorgue «la misma justicia que ha obtenido este fondo internacional» y que, «muy probablemente», recibirá también el resto de fondos extranjeros con recursos pendientes de resolución en el Ciadi.

«El quebranto sufrido por las 62.000 familias españolas fotovoltaicas es insoportable, tanto en lo económico como en lo moral, y resulta inaceptable que por una misma situación el Estado indemnice el daño causado a los grandes inversores internacionales y ordene la ruina de sus nacionales», indicó el presidente de la asociación, Miguel Ángel Martínez-Aroca. Los productores fotovoltaicos han soportado, según indica Anpier, «recortes de hasta el 50% de la tarifa regulada que ofreció el Estado, mientras que la banca exigía el pago íntegro de la financiación, lo que supuso que el colectivo debió refinanciar para no perder las garantías personales dadas a las entidades bancarias».

Pese a todo, «el Gobierno mantuvo que la reforma era legal y sólida, estigmatizando socialmente a este colectivo para justificar sus arbitrarias decisiones», señala, antes de resaltar que ahora «una instancia internacional, sin ningún tipo de condicionamiento político, ha dictaminado lo que en buena lógica es de justicia, que los acuerdos han de cumplirse o se debe restituir el daño causado». Este resarcimiento ha de producirse «con más motivo cuando se trata de un Estado, que ha de velar por la seguridad jurídica en su territorio, y, sobre todo, cuando se trata de familias que actuaron confiando en su Estado, que les llamó a que realizaran este esfuerzo inversor», añade.

Energía cree que el laudo del Ciadi contra el recorte renovable no es «extrapolable» y “no cuestiona” la reforma Soria-Nadal

Europa Press.- El Gobierno ha defendido que la reforma eléctrica desarrollada por el exministro José Manuel Soria y el exsecretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, fue «la adecuada» y ha asegurado que «no se cuestiona» por el laudo arbitral del tribunal internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, en el que se da la razón a la firma británica Eiser Infraestructure frente a los perjuicios que le causó el recorte a las renovables.

En este sentido, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital considera que el laudo «no puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante» para otros casos. El Ministerio anuncia además que el Gobierno español estudia recurrir el laudo. Fuentes del departamento dirigido por Álvaro Nadal indicaron que el recurso ha de presentarse ante el propio Ciadi. El laudo, señala Energía, estima parcialmente la demanda de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg en relación a las consecuencias de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014 para tres instalaciones termosolares.

El laudo, afirma, «única y exclusivamente declara, de manera referida a las tres plantas termosolares de los demandantes y en atención a sus particulares circunstancias, que la reforma ha causado a sus titulares un daño que, bajo la singular apreciación del tribunal de arbitraje, se considera excesivo«. «Dado el carácter estrictamente singular de tal pronunciamiento, no debe asumirse que su resultado puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante para otros arbitrajes pendientes», afirma Energía.

El Ministerio sostiene que cada procedimiento arbitral «es diferente, tanto en la información como en los argumentos aportados«, y recuerda que hasta la fecha se ha producido un desistimiento en un arbitraje, mientras que en otros dos arbitrajes sobre renovables ya resueltos los laudos han dado la razón a España «de manera contundente». Eso sí, el fallo ahora conocido es el primero emitido por el Ciadi. En enero de 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico de la etapa socialista y, en aquella ocasión, se pronunció a favor del Reino de España.

Da 128 pero pedían 300

Energía también destaca que el arbitraje solo estima parcialmente las reclamaciones de los demandantes, al tiempo que condena a España al pago de 128 millones de euros más intereses, frente a los más de 300 millones que reclamaban los demandantes. La inversión comprometida en las tres termosolares alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma tiene un 36,95% en Aste, que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz. El Ministerio asegura además que el tribunal no cuestiona «el derecho soberano de España de tomar medidas regulatorias apropiadas para atender las necesidades públicas, lo que potencialmente incluye la modificación del régimen del real decreto 661/2007».

El laudo, continúa, tampoco cuestiona la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014, «que permitió acabar con el déficit de tarifa». Su contenido indica que «el demandado enfrentó un legítimo problema de política pública con su déficit tarifario, y el tribunal no cuestiona que fuese apropiado que las autoridades españolas adoptasen medidas razonables para lidiar con la situación», señala el Ministerio. El departamento dirigido por Álvaro Nadal también afirma que «las diversas sentencias nacionales tanto del Tribunal Supremo y como del Constitucional en materia de renovables han avalado la reforma eléctrica y sus pilares fundamentales».

Por su parte, el ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, Iñigo Méndez de Vigo, afirmó que cuando se acometió la reforma eléctrica la deuda del sistema superaba los 26.000 millones de euros y crecía a razón de 10.500 millones anuales, por lo que era necesario corregir para evitar que el recibo eléctrico subiera un 42%. Méndez de Vigo defendió que «aquellos que se sientan perjudicados puedan acudir a los tribunales», pero subrayó que este laudo del Ciadi no cuestiona la reforma y es susceptible de recurso.

La fotovoltaica UNEF invoca un caso de discriminación en la elección de jueces para detener la subasta de renovables

Europa Press.- La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) presentó ante el Tribunal Supremo su petición de medidas cautelarísimas para la suspensión de la subasta de renovables convocada por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, en la que evoca un reciente caso de discriminación en la elección de jueces para incidir en la falta de neutralidad del proceso.

En el recurso presentado ante el Supremo, los abogados de UNEF citan un auto del 8 de marzo del Supremo en el que se adoptaron medidas cautelares contra una decisión del Consejo de Ministros de enero, circunstancia que no es habitual en la jurisprudencia. En concreto, el tribunal suspendió de forma cautelar los criterios para elegir una terna de jueces para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos al establecer como requisito que tuviesen menos de 61 años. Para el Supremo, esta medida, en apariencia del buen derecho, puede resultar discriminatoria.

En su recurso, UNEF considera que este caso resulta análogo a la discriminación que consideran que introduce el Gobierno para la solar fotovoltaica, al tiempo que no se muestra en contra de la celebración de la subasta, pero reclama que sea «verdaderamente neutral» y permita que las tecnologías compitan «en igualdad de condiciones», sin favorecer a la eólica, como opinan.

La medida cautelar reclamada afecta en concreto a la suspensión del criterio de ordenación de las ofertas de las diferentes tecnologías en función del «número de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación tipo de referencia». UNEF considera que este criterioy el mecanismo fijado por Energíaresulta «arbitrario» y «perjudica a la fotovoltaica en el caso de empate«, al tiempo que no se encuentra motivado y puede «lesionar el derecho a la igualdad de las empresas fotovoltaicas que participen».

En el recurso, la patronal indica que la neutralidad tecnológica a la que se refiere la orden ministerial 315/2017 establece que todas las instalaciones deben ser tratadas en condiciones de igualdad en la subasta con independencia de su tecnología. Junto a esto, considera que la adopción de medidas cautelarísimas es urgente porque la subasta está convocada para el próximo 17 de mayo y, de no aplicarse, el recurso perdería su finalidad, «ya que se habría desincentivado la participación de empresas fotovoltaicas en el concurso, situación que no se remediaría con una sentencia estimatoria del recurso».

Enertis abre una oficina en París para entrar en el prometedor mercado de las energías renovables de Francia

Europa Press.- Enertis ha abierto oficina en París con el objetivo de entrar en el mercado de energías renovables de Francia, al que la compañía considera uno de los más prometedores de Europa para el período 2017-2030. La empresa indica que, desde que se publicó la Ley de la Transición Energética en 2015, Francia se ha comprometido con una verdadera transformación de su sector energético encaminada a aumentar la aportación de las energías renovables al consumo de energía final a un 32% para 2030.

Para lograr sus objetivos con respecto al desarrollo futuro de las renovables, Francia estableció en su Plan Plurianual de Energía (PPE) hitos concretos para 2018, en el que se definen además dos escenarios con respecto a 2023. Enertis indica que, con la apertura de nuevas oficinas, apuesta por la expansión de su negocio. Desde la nueva oficina, la empresa busca estar más cerca de sus clientes y apoyarlos en las licitaciones programadas para los próximos años en el mercado local. Además del interés tradicional de Enertis en proyectos fotovoltaicos, la compañía planea ingresar también al mercado francés de energía eólica.