Entradas

El Supremo obliga a cambiar la carta que explica la refacturación de la luz por dañar a las compañías eléctricas

Europa Press.- La sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo ha adoptado medidas cautelares consistentes en obligar al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital a modificar la redacción de la carta que las comercializadoras de electricidad deben remitir a los usuarios acerca de la próxima refacturación de la luz al considerar que su redacción implica un «daño reputacional» para las eléctricas.

A finales del 2016, el Gobierno aprobó una revisión del margen que obtienen las comercializadoras de referencia de electricidad por el suministro del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). Las principales empresas encargadas de ofrecer este suministro regulado son Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP España y Viesgo. En este sentido, Energía obligó a las eléctricas a informar por carta a los consumidores de esta revisión, que se realiza como consecuencia de una sentencia del Supremo favorable a las empresas en la que se concluía que estas últimas no obtenían una retribución suficiente. La revisión conlleva una refacturación cercana a los 8 euros por 2014, 2015 y 2016, así como una subida del recibo de 2 céntimos de euro mensuales.

“Daño reputacional” a las eléctricas

En un auto, el tribunal acepta en parte las medidas cautelares solicitadas por Iberdrola y ordena modificar la carta informativa que las empresas deben remitir a los consumidores, cuyo modelo aparece recogido en el anexo del real decreto 469/2016. Al abordar el «daño reputacional» que Iberdrola denuncia en el contenido de la carta, el Supremo considera que la empresa «tiene razón», ya que «se presenta tanto a esta Sala como a las sociedades que interpusieron dichos recursos como aparentes responsables de las cantidades suplementarias que tales usuarios hubieren de pagar».

Sin embargo, «lo cierto es que, tal como reclama la recurrente, la responsabilidad de la necesaria regularización deriva de una previa actuación contraria a derecho de la Administración, como declaró esta Sala en las citadas sentencias», afirma el auto. De esta forma, la carta que reciban los consumidores no incluirá referencias a los recursos que interpusieron en su día las eléctricas y se limitará a indicar que «el Gobierno ha aprobado una nueva metodología para determinar la cuantía de los costes de comercialización», así como «una regularización de las cuantías correspondientes para cualquiera de los años 2014, 2015 0 2016″.

Gas Natural Fenosa inyecta 10 millones de euros a su comercializadora regulada de luz para compensar sus pérdidas en 2016

Europa Press.- Gas Natural Fenosa ha inyectado 10 millones de euros en 2016 a su comercializadora de referencia encargada del suministro regulado de electricidad al consumidor doméstico, conocida como Gas Natural SUR SDG, con el objeto de compensar las pérdidas registradas por la filial. Esta aportación aparece recogida en la auditoría de la compañía correspondiente a 2016, junto a otra dotación por importe de 30 millones de euros para reajustar el balance de la filial Gas Natural Exploración, que también registró pérdidas.

Las pérdidas en la comercializadora del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) de electricidad se suman a las registradas en ejercicios anteriores. En 2015, las sociedades con las que Iberdrola, Endesa y Gas Natural Fenosa ofrecen este servicio regulado declararon números rojos por importe de 28,9 millones de euros. Este desfase fue precisamente objeto de diversos recursos de las empresas ante el Tribunal Supremo, que les dio la razón y obligó al Gobierno a diseñar una nueva metodología con el objeto de reconocer un margen de comercialización de electricidad suficiente.

El Gobierno revisó al alza este margen mediante una nueva metodología en la que no solo se recoge un importe fijo en función de los kilovatios (kW) contratados, sino también otro variable asociado al consumo realizado. Esta revisión, que implica una subida del recibo doméstico cercana al 0,004%, es más limitada que la propuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que abogaba por elevar el margen de las comercializadoras de referencia un 31%, hasta 5,24 euros por kW. Tanto Gas Natural como Iberdrola, EDP o Viesgo han recurrido ante el Supremo la nueva metodología al considerar que sigue sin cubrir suficientemente los costes de comercialización.

Iberdrola recurre ante el Tribunal Supremo la normativa sobre los nuevos márgenes de comercialización de la tarifa regulada

EFE.- Iberdrola ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el real decreto que estableció la nueva metodología para calcular los márgenes de las comercializadoras encargadas de suministrar la electricidad a los clientes acogidos a la tarifa regulada. El recurso, presentado por Iberdrola Comercialización de Último Recurso e Iberdrola Clientes ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha sido admitido a trámite. Anteriormente, ya habían recurrido la nueva metodología Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo.

En concreto, el recurso de Iberdrola se dirige contra el real decreto 469/2016, aprobado el pasado 18 de noviembre, que fija la nueva metodología para calcular los márgenes de comercialización. El Gobierno calculó que el cambio en el margen de comercialización supondrá una subida del recibo del 0,04%, unos 25 céntimos anuales. La anterior metodología, aprobada en 2014 mediante otro real decreto, fue anulada por el Tribunal Supremo a través de tres sentencias. Iberdrola también ha recurrido la orden que fija los costes de comercialización para las comercializadoras de referencia que se deben incluir en el Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC), la tarifa regulada. 

Gas Natural, EDP y Viesgo recurren ante el Supremo la revisión que hizo el Gobierno del margen regulado de comercialización

EFE / Europa Press.- Gas Natural Fenosa recurrió también ante el Tribunal Supremo el real decreto que estableció la nueva metodología para calcular los márgenes de las comercializadoras encargadas de suministrar energía eléctrica a los clientes acogidos a la tarifa regulada. Al igual que EDP y Viesgo, la filial de Gas Natural para el mercado regulado ha interpuesto ante la Sala Tercera del alto tribunal un recurso contencioso administrativo contra el Real Decreto 469/2016.

Esta normativa modificó la anterior metodología de cálculo de los costes de comercialización, aprobada mediante un decreto en 2014 y que fue anulada, a través de tres sentencias, por el Supremo, que obligó a modificarla. El recurso de la comercializadora Gas Natural Sur SDG fue admitido a trámite el 24 de enero y ahora, con la publicación en el BOE, se abre un plazo para que puedan personarse los demandados.

La metodología para fijar el margen de comercialización fue revisada el pasado noviembre después de que el Supremo considerara que no era suficiente. El Gobierno calculó que el cambio en el margen de comercialización reconocido a las empresas encargadas de realizar el suministro del PVPC, lo que supondría una subida del 0,04%, unos 25 céntimos al año. Sin embargo, las compañías consideran que esta nueva metodología, al igual que sucedía con la anterior, no respeta los criterios de rentabilidad y no cubre los mínimos costes de la actividad de comercialización.

En 2014, el Gobierno sustituyó la Tarifa de Último Recurso (TUR) por el PVPC, de cuyo suministro se encargan las filiales de comercialización de las compañías con mayor implantación territorial y por número de clientes, esto es, Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP España. Este margen de comercialización, que estaba fijado por el Gobierno en 4 euros por kilovatio (kW) al año, rondaba el 3% del recibo final y había sido denunciado por las compañías eléctricas por ser insuficiente y abocar a sus comercializadoras a operar en pérdidas.

Así, el fallo del Supremo obligaba a revisar desde el momento de implantación del PVPC, esto es, desde abril de 2014, el margen de comercialización a los cerca de 13 millones de consumidores acogidos a esta opción. La nueva metodología establece para las comercializadoras eléctricas una retribución por esta actividad de 3,113 euros por kW anuales por el término fijo y otra variable. El Gobierno ha establecido además a través de otro decreto una refacturación para que las comercializadoras recuperen los importes cobrados de menos.

La CNMC presentó un informe en el que ya advertía de que el margen actual de la tarifa eléctrica regulada no cubría los costes de comercialización en que incurren las empresas, y que para hacerlo debería subir al menos un 31%. De este modo, estimaba que el margen de comercialización debería subir al menos a 5,24 euros por kW contratado y año. Esto supondría para una familia media una subida de 5 euros al año.

La refacturación por el margen de comercialización costará casi 8 euros a cada consumidor acogido a la tarifa regulada PVPC

Europa Press.- Los consumidores destinarán a la financiación del Fondo de Eficiencia Energética un 1 euro al año. En concreto, la contribución al fondo será de 0,000285 euros por kWh. Asimismo, la refacturación por el margen de comercialización reconocido a las empresas encargadas de realizar el suministro del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) de la electricidad correspondiente a los ejercicios 2014, 2015 y 2016 costará casi 8 euros a cada hogar.

El pasado mes de noviembre, el Gobierno aprobó una nueva metodología para el cálculo de este margen de comercialización con el objeto de cumplir con una sentencia del Tribunal Supremo en la que se obligaba al Ejecutivo a reconocer una retribución suficiente a las comercializadoras de PVPC. Según la orden ministerial que desarrolla esta metodología, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se reconoce una retribución por esta actividad de 3,113 euros por kilovatio (kW) anuales por el término fijo para el periodo 2014-2016, además de otra variable que asciende a 0,001647 euros por kilovatio hora (kWh) en 2014, a 0,00197 euros por kWh en 2015 y a 0,001589 euros por kWh para 2016.

Anteriormente, las eléctricas repercutían 4 euros por kW al año a los clientes con el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) en concepto de margen de comercialización. Según las sentencias del Tribunal Supremo, era necesario regularizar la facturación realizada desde abril de 2014 conforme a los nuevos precios que resultan de esta metodología. Así, para un consumidor medio con una potencia de 4,4 kW y una demanda anual de 3.900 kWh, propia de una familia con dos hijos, está refacturación supone una diferencia de casi 8 euros para los periodos correspondientes a los tres ejercicios.

Cuando se procedió a su aprobación, el Gobierno indicó que la nueva metodología para el coste de comercialización para los próximos ejercicios incrementaría la factura media doméstica de forma «muy moderada». Así, señaló que, de mantenerse las condiciones vigentes durante el 2016, el impacto para una factura media sería de 25 céntimos de euro al año, es decir, unos 2 céntimos al mes. Esta refacturación afecta a los consumidores que hayan estado acogidos al PVPC en algún momento entre 2014 y la actualidad, por lo que no incidirá sobre los que hubieran tenido contratado el suministro enel mercado libre.

El Gobierno revisa el margen de comercialización y eleva 2 céntimos mensuales, un 0,04%, la tarifa regulada de la luz

Redacción / Agencias.- El Gobierno revisó al alza el margen de comercialización reconocido a las empresas encargadas de realizar el suministro del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) de la electricidad, lo que encarecerá el recibo eléctrico en un 0,04% al año. La nueva metodología para el cálculo de este margen de comercialización se aprueba con el objeto de cumplir con una sentencia del Tribunal Supremo en la que se obliga al Gobierno a reconocer una retribución suficiente a las comercializadoras de PVPC.

«Va a representar una subida del 0,04% al año, una subida mínima», y con ello «estimamos cumplir el requerimiento de la sentencia del Supremo», afirmó el ministro de Educación y portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, que explicó que el Gobierno había fijado un coste de comercialización del PVPC «netamente favorable al consumidor», pero que el Supremo lo anuló, de modo que ahora se presenta, «en cumplimiento» de la resolución judicial, una nueva metodología.

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital expuso que la nueva metodología permite cumplir tres sentencias del Supremo que le obligaban a modificarla tras anular la metodología anterior. Al mismo tiempo, señala, el coste de comercialización resultante de la nueva metodología es similar al establecido anteriormente, por lo que el impacto sobre la factura será «reducido». Según las sentencias del Tribunal Supremo, es necesario regularizar la facturación realizada desde el 1 de abril de 2014 conforme a los nuevos precios que resultan de la metodología, lo que supone de media 1,76 euros por consumidor. 12 millones de usuarios están acogidos a la tarifa regulada, mientras que otros 13 millones están en el mercado libre.

En el futuro, indica el Ministerio, la nueva metodología incrementará la factura media doméstica de forma «muy moderada». De mantenerse las condiciones vigentes en 2016, el impacto para una factura media sería de 25 céntimos de euro al año, es decir, unos 2 céntimos al mes. Esta norma sólo afecta a los consumidores que hayan estado acogidos al PVPC en algún momento entre 2014 y la actualidad, por lo que no incidirá sobre los que hubieran tenido contratado el suministro en el mercado libre. Energía asegura que, para elaborar la metodología, ha utilizado como referencia la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y ha tenido en cuenta las valoraciones de todos los agentes afectados.

Según el Ministerio, la modificación cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado. Una vez que entre en vigor, las compañías eléctricas tendrán 9 meses para realizar las regularizaciones. El consumidor recibirá una carta en la que se le informará de los efectos de la aplicación de la nueva metodología y en su factura se establecerá de forma separada este concepto. En su propuesta de real decreto, el Ministerio ya reconocía un impacto de más de 26,11 millones de euros en los ingresos de las comercializadoras de referencia de electricidad por la regularización del margen de comercialización del PVPC en los últimos tres años.

En concreto, cifraba en 4,48 millones de euros el impacto por la regularización de los ingresos en 2014, de 12,71 millones de euros en 2015 y de 8,91 millones de euros en 2016, estimando en este ejercicio una potencia facturada igual que en 2015. Según la propuesta, el impacto en facturación PVPC vigente sería para 2014 del 0,08% más, del 0,23% para 2015 y del 0,17% para el presente año. Así, el margen de comercialización para 2014 sería de unos 4,08 euros por kilovatio, 4,24 euros por kW para 2015 y unos 4,17 euros por kW para el presente año.

En 2014, el Gobierno sustituyó la Tarifa de Último Recurso (TUR) por el PVPC, de cuyo suministro se encargan las filiales de comercialización de las compañías verticalmente integradas del sector, esto es, Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP España. Este margen de comercialización, que estaba fijado por el Gobierno en 4 euros anuales por kW, ronda el 3% del recibo final y había sido denunciado por las compañías eléctricas por ser insuficiente y abocar a sus comercializadoras a operar en pérdidas. Así, el fallo del Supremo obligaba a revisar desde el momento de implantación del PVPC, esto es, desde abril de 2014, el margen de comercialización a los cerca de 13 millones de consumidores acogidos a esta opción.

La CNMC presentó un informe en el que advertía de que el margen actual de la tarifa regulada PVPC no cubría los costes de comercialización en que incurren las empresas, y que para hacerlo debería subir al menos un 31%. De este modo, estimaba que el margen de comercialización debería subir al menos a 5,24 euros por kW contratado y año. Esto supondría para una familia media una subida de 5 euros anuales. No obstante, la CNMC también consideraba que debía incluirse un margen de retribución de la actividad, para lo cual se habían analizado distintos escenarios y se determinaron los costes de captación y retención de los clientes por si fuera procedente su inclusión.

Unesa espera que el futuro Gobierno aborde «en unas semanas» la subida del margen comercial de la tarifa regulada

Redacción / Agencias.- El presidente de la Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa), Eduardo Montes, explicó que es necesario que se forme ya un nuevo Gobierno para que se pueda abordar la revisión del margen de comercialización aplicado al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), margen que debería aumentar según una sentencia del Tribunal Supremo del año 2015. En este sentido, Montes denunció que «el estar sin Gobierno es un auténtico problema para el país» y «un tema grave» para el sector.

Al menos un «tema muy importante» como el de la retribución a la distribución sí que quedó «zanjado» a juicio de Montes, con un marco que «puede gustar más o menos», pero que es “estable”. Así, el presidente de Unesa afirmó que el margen de comercialización de las eléctricas, una vez que el Tribunal Supremo instó al Gobierno para su revisión antes del pasado mes de julio, es una de los «temas importantes» que quedan por resolver tras casi un año de Gobierno en funciones. Competencia cumplió en junio con la obligación de facilitar al Gobierno una metodología que, en teoría, el Ejecutivo debería haber aprobado ese mismo mes para cumplir con el auto del Supremo, pero aún sigue pendiente.

El margen de comercialización permanece congelado en 4 euros por kilovatio contratado al año desde 2009, un importe insuficiente según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para cubrir todos los costes asociados a ese suministro, un sentido en el que también se han expresado reiteradamente las compañías eléctricas. La nueva metodología de Competencia fija el margen de comercialización en 5,24 euros por kilovatio contratado al año, lo que supondría una subida de 5 euros al año para una familia media, una vez que se aplique. Según los últimos datos disponibles, unos 12 millones de consumidores están acogidos a la tarifa regulada, mientras que otros 13 millones están en el mercado libre.

En este sentido, Montes mostró su confianza de que este asunto del margen esté resuelto «en las próximas semanas». De hecho, aseguró que todas las empresas comercializadoras del sector que ofrecen esta tarifa «están en pérdidas» y recordó que la mitad de la cifra de negocio de las compañías eléctricas está ligada a temas regulados. “Se solicitó un incremento de este margen y hubo una sentencia favorable, pero estamos esperando a ver cuál es el margen con el que van a tener que sobrevivir estás compañías», sentenció al respecto Montes.

Por otro lado, entre los asuntos a abordar por el nuevo Ejecutivo en el sector, se refirió también al bono social, sobre el que se mostró partidario de «redefinir» a sus beneficiarios, ya que considera que existen personas que se benefician de este descuento que no lo necesitan y puso como ejemplo algunas familias numerosas con suficientes recursos para pagar la luz. A este respecto, tras recordar que las eléctricas tienen múltiples convenios con ayuntamientos y comunidades autónomas para paliar los efectos de la pobreza energética, reiteró que «hay que redefinir quién tiene derecho al bono social para que el dinero esté dirigido a colectivos que de verdad lo necesitan».

Otro aspecto que según Unesa debe ser abordado por el Gobierno es el relativo a los pagos de capacidad, la retribución que reciben aquellas centrales que están en reserva y que actúan cuando las renovables no pueden aportar al sistema eléctrico, o seguir avanzando en la liberalización del mercado eléctrico. Por otra parte, Montes criticó a las conocidas como comercializadoras piratas, que no cumplen las exigencias dispuestas por el operador del sistema Red Eléctrica, ya que «hacen daño» al sector y representan un «fraude organizado». Sobre el autoconsumo, defendió que tiene «su nicho», aunque respaldó el marco aprobado por el Gobierno, ya que quien quiera utilizar la red «tiene la obligación de pagar por ello».

La revisión del margen de comercialización de la luz podría elevar la factura hasta 10 euros al año

Europa Press / EFE.- La propuesta de revisión elaborada por el organismo regulador Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) del margen de comercialización incluido en los contratos de electricidad con precio regulado puede elevar el recibo entre 4 y 10 euros al año con respecto a los niveles actuales. Esta conclusión es la que extrae la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), que hace referencia así a la revisión pendiente de este margen que pagan 15 millones de usuarios del PVPC desde 2014.

En la actualidad, las eléctricas repercuten 4 euros por kilovatio (kW) al año a los clientes con el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) en concepto de margen de comercialización, si bien el Tribunal Supremo ha considerado insuficiente este coste y ha obligado al Gobierno a revisarlo, lo que aún no se ha producido. CECU indica que, con la propuesta de la CNMC, el nuevo margen anual de comercialización ascendería a 5,24 euros por kWh para los peajes 2.0 A, así como a 4,93 euros para los 2.0 DHA con discriminación horaria y a 6,46 euros para los 2.0 DHS.

Para una potencia de 4,4 kW, correspondiente a un consumidor medio, el coste anual por el margen de comercialización asciende a 17,6 euros en la actualidad, mientras que con la aplicación de la propuesta del regulador oscilaría entre los 21,6 y 28,42 euros, de modo que la subida sería de entre 4 y 10 euros al cabo de un año.

El Supremo había declarado nulo el actual coste de comercialización, recogido en el real decreto 216/2014, por no venir acompañado de una metodología para determinar tanto los costes de comercialización como la remuneración razonable de las empresas. La resolución del Supremo fue consecuencia de sendos recursos interpuestos por Gas Natural Fenosa e Iberdrola contra esta disposición adicional por considerar que el margen de comercialización propuesto por el Gobierno era insuficiente para cubrir los gastos en que incurren las empresas que deben ofrecer la tarifa regulada.

La CNMC considera que en los costes de comercialización deberían incluirse costes de captación y fidelización de clientes, costes de contratación, coste de facturación y cobro, costes de atención al cliente, costes financieros y costes de estructura, así como impuestos y retribución por la actividad. El diario Cinco Días publica que el Ministerio de Industria ya suma tres meses de incumplimiento de la ejecución de sentencia que el tribunal le impuso en junio. La medida implica una refacturación para cerca de 15 millones de consumidores.

Unión de Consumidores también alerta

Por su parte, la Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana ha advertido sobre la posible revisión al alza del margen de comercialización al tiempo que manifiesta su preocupación por la tardanza en solucionar esta cuestión, que va a provocar que a 15 millones de usuarios le revisen el margen de comercialización que viene pagando desde 2014 y que tengan que abonar la diferencia entre lo que fijó el Ministerio como margen de comercialización y el que se ha calculado con la nueva metodología, que es más elevado y que está pendiente aún de resolver, tras casi un año desde la sentencia del Tribunal Supremo.

No obstante, independientemente del cálculo del margen de comercialización, «es evidente que la factura eléctrica desincentiva el ahorro energético, en tanto que la parte de consumo representa una mínima parte del gasto final. Por lo tanto, tratándose de un suministro básico y esencial para los ciudadanos, es necesario establecer mecanismos encaminados a reducir el importe final de la factura eléctrica, como la reducción de los impuestos que se aplican en la factura, evitando la pobreza energética y que este suministro básico sea más asequible para los ciudadanos», indicaron. Por ello, la Unión de Consumidores reclamó a Industria que se revisen los conceptos e impuestos que se aplican en la factura.

Industria no llega al 6% en la subida del margen de comercialización que la CNMC cifraba en el 31%

Redacción / Europa Press.- El Ministerio de Industria, Energía y Turismo reconoce un impacto de más de 26,11 millones de euros en los ingresos de las comercializadoras de referencia de electricidad por la regularización del margen de comercialización dentro del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) en los últimos tres años. Esta subida, más pronunciada para 2015 que en 2014 y 2016, apenas llega al 6% en su nivel máximo frente al 31% que pidió la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

En la propuesta de real decreto, el Gobierno cifra un impacto de 4,48 millones de euros por la regularización de los ingresos en 2014, de 12,71 millones de euros en 2015 y de 8,91 millones de euros en 2016, estimando en este ejercicio una potencia facturada igual que en 2015. En concreto, el margen de comercialización será para 2014 de 4,08 euros por kilovatio, 4,24 €/kW para 2015 y 4,17 €/kW para el presente año.

Según consta en la propuesta de Industria, que ha sido puesta en trámite de audiencia, para los años 2017 y 2018 el valor del término fijo de potencia será de 3,09 euros por kilovatio (kW), el mismo que en 2016. Asimismo, el valor del término variable del margen comercial a aplicar en 2016 será de 0,001699 euros por kWh. El pasado mes de mayo, la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo emitió un auto en el que obligaba al Gobierno a aprobar antes de que finalizara junio una metodología para calcular el margen de las comercializadoras de referencia de electricidad dentro del PVPC.

En 2014, el Gobierno sustituyó la Tarifa de Último Recurso (TUR) por este precio regulado, de cuyo suministro se encargan las filiales de comercialización de las compañías verticalmente integradas del sector, esto es, Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP España. Este margen de comercialización, que estaba fijado por el Gobierno en 4 euros por kW al año, ronda el 3% del recibo final y había sido denunciado por las compañías eléctricas por ser insuficiente y abocar a sus comercializadoras a operar en pérdidas. Así, el fallo obligaba a revisar el margen de comercialización desde la implantación del PVPC, esto es, abril de 2014.

Lejos del planteamiento de Competencia

A mediados de junio, la CNMC presentó un informe en el que advertía de que el margen actual de la tarifa eléctrica regulada no cubría los costes de comercialización en que incurren las empresas, y que para hacerlo debería subir al menos un 31%. De este modo, estimaba que el margen de comercialización debería subir al menos a 5,24 euros por kW contratado y año. Esto supondría para una familia media una subida de 5 euros anuales. No obstante, la CNMC también consideraba que debía incluirse un margen de retribución de la actividad, para lo cual se habían analizado distintos escenarios y se habían determinado los costes de captación y retención de los clientes por si fuera procedente su inclusión.

En lo que respecta a los costes de captación, Industria señala en su propuesta de decreto que no deberían incorporarse ya que «no existe tal coste para los comercializadores de referencia y, además, el PVPC pretende ser un producto básico, un contrato mínimo de garantía, por lo que es preciso ser especialmente cuidadoso con los costes que incluye» y no estaría en absoluto justificado que se cargara al consumidor”. En la propuesta, Industria, según datos de la CNMC, señala que el número de consumidores con derecho a acogerse al PVPC era de 15 millones en enero de 2014 y en enero de 12,45 millones, por lo que se ha reducido en más de 2,5 millones.

“Ocultar” subida de la luz

Por su parte, la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético (Px1NME) ha denunciado la «irresponsabilidad política» del Gobierno por haber esperado «hasta el último momento, con criterios claramente electoralistas», para establecer una metodología para el cálculo del margen de comercialización dentro del PVPC, como exigía el Supremo. La asociación Px1NME estima que este impacto supondrá un incremento medio del 0,2% del recibo de la luz y una facturación de atrasos de unos 2 euros por familia, «muy inferior al propuesto inicialmente por la CNMC, aunque considera que el efecto retroactivo del ajuste será, «sin duda, relevante a efectos de incrementar la enorme confusión que existe actualmente con la facturación eléctrica».

La Plataforma subraya que la propuesta «dista mucho de eliminar la permanente incertidumbre que se cierne sobre el recibo de la luz» y se trata de la tercera vez desde 2012 en la que se efectúan refacturaciones sobre consumos de energía pasados, «complicando aún más la de por sí difícil interpretación del recibo y abonando el terreno para los abusos de comerciales de las eléctricas, aprovechando la complejidad reinante para engañar al consumidor haciéndole creer que debe aceptar unas ofertas comerciales supuestamente muy ventajosas; pero que, según Competencia, finalmente resultan en un coste mayor que la tarifa oficial del Gobierno».

Facua: «una tomadura de pelo»

Asimismo, Facua-Consumidores en Acción considera «una tomadura de pelo» que el Gobierno haya «agotado el plazo» para proponer la nueva metodología de cálculo del margen de comercialización dentro del PVPC, «a fin de pasar las elecciones generales y minimizar el impacto electoral» de una nueva subida de la luz. El portavoz de Facua, Rubén Sánchez, consideró que «más allá del ajuste» que supondrá en el recibo de la luz, la medida supone continuar con las actuaciones en la regulación energética «en la última legislatura». Así, Sánchez señaló que, más allá del modelo de PVPC, «habría que revisar el sistema para acabar con las prácticas oligopolísticas».

La CNMC concluye que la luz debería costar 5 euros más al año para cubrir el margen de comercialización eléctrica

Redacción / Agencias.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera que el margen mínimo de comercialización de electricidad debería subir un 31% y ser de 5,24 euros por kilovatio contratado y año en la tarifa regulada del sector, el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), frente a los 4 euros establecidos en la normativa vigente para cubrir así los costes de comercialización que soportan las empresas, lo que supondría para una familia media una subida de 5 euros anuales.

Así se recoge en el Informe sobre el margen comercial que corresponde aplicar a la actividad de comercialización de referencia para realizar el suministro de energía eléctrica a PVPC y a Tarifa de Último Recurso (TUR) en el sector de gas natural, elaborado por el regulador CNMC. La normativa que fijó el sistema de tarifas reguladas para el suministro de la energía eléctrica estableció que para el cálculo de estos precios, fijados por el Gobierno, se tendría en cuenta el coste de la energía, los peajes de acceso y los costes de comercialización. En el caso del PVPC, ese margen de comercialización, que permanece invariable desde 2009, se mantuvo en 4 euros/kW y año (15,8 euros por cliente y año).

En marzo de 2014, la CNMC realizó un informe sobre el Decreto 216/2014, que instauró el PVPC, en el que advirtió al Gobierno de que el margen de comercialización era insuficiente para cubrir esos costes de comercialización. Además, en enero de 2015, cuando la CNMC informó sobre la orden de peajes, reiteró que el margen de comercialización resultaba insuficiente. Por otra parte, en noviembre de 2015 el Tribunal Supremo dictó sendas sentencias tras los recursos presentados por Gas Natural e Iberdrola, en las que declaró nulo el apartado que establecía en esa cantidad (4 euros/kW y año) el valor del margen de comercialización que se debe incluir en el PVPC.

Recientemente, en mayo de 2016, el Tribunal Supremo ordenó al Consejo de Ministros que apruebe antes del 30 de junio una metodología para calcular el margen comercial del suministro del PVPC. La CNMC tiene encomendado el mandato de elaborar un informe con la metodología que determine el citado margen comercial, por lo que cumple así con su obligación con el Gobierno. Para fijar esos márgenes, el regulador solicitó información a 115 empresas sobre los costes de comercialización, y obtuvo información sobre el 97,1% del consumo total anual del sector eléctrico.

El margen comercial se ha establecido según un coste medio anual por cliente, que incluye los costes de explotación de comercialización (coste de facturación y cobro, el coste de atención al cliente y los costes de estructura). No obstante, la CNMC cree que se debería incluir un margen de retribución de la actividad, para lo cual se han analizado distintos escenarios y se han determinado los costes de captación y retención de los clientes por si fuera procedente su inclusión.