Entradas

Las grandes compañías eléctricas declaran pérdidas de 29 millones de euros por el suministro de luz a precio regulado

Europa Press.- Las sociedades con las que Iberdrola, Endesa y Gas Natural Fenosa suministran la electricidad mediante el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) declararon unas pérdidas de 28,9 millones de euros en el ejercicio 2015, el último en el que, conforme a la nueva regulación y a las sentencias del Tribunal Supremo, debería registrarse insuficiencia de ingresos.

En concreto, la filial de Endesa encargada de ofrecer el PVPC, Endesa Energía XXI, contabiliza unas pérdidas de 29,2 millones de euros, frente a los 10,7 millones de ‘números rojos’ de Gas Natural Fenosa, que opera a través de Gas Natural SUR SGD. Esta última sociedad también incluye la comercialización a tarifa de gas natural, según datos del Registro Mercantil a través de Infoempresa.com.

En el caso de Iberdrola, su filial Iberdrola Comercialización de Último Recurso declara un beneficio de 11 millones de euros en 2015, un ejercicio en el que su matriz inyectó 8,9 millones a la sociedad para compensar las pérdidas y restituir su equilibrio patrimonial.

Fuentes de la compañía indicaron que este resultado positivo en 2015 se debe puntualmente a criterios de eficiencia, ya que en los ejercicios anteriores se registraron pérdidas al no disponer el negocio de una retribución razonable.

En noviembre de 2015, el Supremo falló a favor de las eléctricas y obligó a revisar el margen de 4 euros anuales por kilovatio (kW) reconocido a las comercializadoras de referencia encargadas de suministrar el precio regulado. A comienzos de junio, obligó además al Gobierno a establecer de forma urgente una nueva metodología.

En cumplimiento de la sentencia, Industria ha reconocido 26,11 millones a las eléctricas para compensar las mermas de los últimos tres años. Además, para 2017 y 2018 ha fijado un valor de 3,09 euros por kW para el término fijo y de 0,000532 euros por kilovatio hora (kWh) para el variable.

Esta revisión es más limitada que la propuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que abogaba por elevar el margen de las comercializadoras de referencia un 31%, hasta 5,24 euros por kW. Esta propuesta habría implicado una subida de 5 euros al año para una familia media.

Traslado de clientes a mercado

En 2014, el Gobierno sustituyó la Tarifa de Último Recurso (TUR) por el PVPC, de cuyo suministro se encargan las filiales de comercialización de las compañías verticalmente integradas del sector, lo que incluye a Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP España.

Esta circunstancia ha permitido a las eléctricas retener una gran bolsa de clientes, pero a costa de unos márgenes insuficientes. Por este motivo, han venido aplicando la estrategia de trasladar clientes desde sus comercializadoras de referencia a las de mercado.

En un reciente informe, la CNMC advirtió de que la mayoría de cambios de una comercializadora regulada a otra libre tiene como destino una sociedad perteneciente al mismo grupo empresarial.

De hecho, el 77,2% de los cambios de precio regulado a libre se produjo en 2015 entre sociedades del mismo grupo. En el caso de Endesa, las tasas fueron del 78,9%, frente al 82,7% de Iberdrola y el 54,3% de Gas Natural Fenosa.

Vuelco a favor del mercado

La orientación estratégica hacia el mercado ha contribuido a que, por primera vez desde la liberalización del suministro en 2009, los clientes con precio libre sean más que los que disponen de la modalidad regulada, a pesar de que que esta última opción sea en la mayoría de las ocasiones la más ventajosa para el consumidor.

En septiembre de 2015 se produjo el vuelco. En ese momento, la CNMC cifró en 12,75 millones los consumidores domésticos abastecidos por una comercializadora de referencia, una cifra por primera vez superior a la de clientes regulados, que en ese momento eran 12,9 millones.

Las tres mayores comercializadoras aglutinan una cuota de mercado del 67% en el mercado libre. Endesa Energía lideraba a finales de 2015 este segmento, con una cuota del 32%, frente al 20% de Iberdrola y el 14% de Gas Natural Fenosa.

Competencia defiende las gasolineras desatendidas, ya que aumentan la competetividad en el mercado

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha defendido las estaciones de servicio desatendidas, conocidas también como ‘fantasmas’ por la ausencia de personal en la instalación o ‘low cost’ por sus bajos precios, al considerar que su implantación «aumenta la competencia efectiva en el mercado y presiona a la baja los precios de los carburantes, aumentando con ello el bienestar de los consumidores finales».

En un informe sobre la regulación del mercado de distribución de carburantes de automoción a través de este tipo de estaciones de servicio, el ‘superregulador’ rompe así una lanza a favor de estas gasolineras, que han sido prohibidas o prevén que sean reguladas en comunidades autónomas como Madrid, Navarra, Asturias, Baleares, Andalucía, Castilla-La Mancha, Aragón, Murcia o la Comunidad Valenciana.

En su informe, el organismo presidido por José María Marín Quemada considera que existen barreras de entrada y ejercicio a la apertura de este formato de gasolineras; entre las que figura, «en particular, la obligación de contar con la presencia física de una persona».

Así, señala que, en ocasiones, se pretende vincular esta discriminación entre formatos con el mantenimiento del empleo, la seguridad de la instalación o la protección de los consumidores, cuando, por el contrario, la imposición de contar físicamente con una persona destaca «como especialmente injustificada y no se corresponden con la evidencia disponible en la Unión Europea y en España».

De esta manera, la CNMC recuerda que en Europa las estaciones de servicio desatendidas han representado durante años «un formato habitual» en numerosos mercados de la Unión Europea y que la competencia no ha originado «mayores riesgos para la seguridad del usuario y sí ha reportado beneficios para los consumidores en términos de mayor variedad, innovación y, especialmente, menores precios».

Además, destaca que en España las cooperativas agrarias han operado durante décadas numerosos puntos de suministro de carburantes sin incidentes destacables y sin la carga que representaría contar obligatoriamente con una persona física en el terreno.

Por ello, la CNMC propone adoptar una serie de medidas regulatorias que mejoren la competencia en el sector en beneficio de los consumidores y recomienda eliminar toda disposición normativa, en proceso o en vigor, que prohíba o discrimine, de forma directa o indirecta, las gasolineras desatendidas, que son «competidores efectivos, aunque incipientes, que reúnen características propias de un ‘maverick'».

Cooperativas agrarias

El organismo también ve necesario evitar la restricción cuantitativa que limita la capacidad de las cooperativas agrarias para servir carburantes a consumidores no socios, ya que limita innecesariamente su capacidad de competir voluntariamente en el servicio de distribución minorista de carburantes de automoción.

A este respecto, pide asegurar que la normativa de prestación del servicio aplicable a las cooperativas, sin restricciones, se aplique de forma no discriminatoria y a todo tipo de gasolineras desatendidas o automáticas.

No impedir la aparición de nuevos formatos de gasolineras

Además, la CNMC considera necesario evitar cualquier disposición, presente o futura, que restrinja el desarrollo del mercado minorista de suministro de carburantes de automoción a través de estaciones de servicio o limite la competencia efectiva en este mercado. En particular, cree necesario evitar toda disposición que dificulte la aparición de nuevos formatos de estaciones de servicio.

Para el regulador, hay que potenciar un marco normativo que fomente la aparición de nuevos competidores efectivos en el mercado e incremente el bienestar de los consumidores finales, lo que contribuirá «al objetivo de la Ley 11/2013, de 26 de julio de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y de la creación del empleo, cuyas disposiciones incluían cambios en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, orientados al impulso de la competencia en el mercado de carburantes de automoción».

Facua considera insuficiente la medida de Competencia para el control de calidad del sector energético

Servimedia.- Facua-Consumidores en Acción ha considerado este martes que la medida tomada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de solicitar exclusivamente los datos de las reclamaciones a las comercializadoras y las distribuidoras eléctricas para su control de las denuncias en el sector de la energía es «insuficiente» y conlleva a «una visión parcial y sesgada de la situación».

La asociación comunicó en una nota que los datos deben ser completados con las reclamaciones ante los organismos oficiales y las tramitadas por asociaciones de consumidores.

Además, señaló que, la CNMC dictaminó, en un informe de agosto de 2015, que los servicios de atención al cliente que ofrecen las comercializadoras de luz y gas eran deficientes tanto en la atención de las reclamaciones, que a menudo no se tramitaban correctamente, como en el propio servicio de atención, al contar con teléfonos de tarificación adicional para gestionar las llamadas.

Por tanto, Facua consideró «incoherente» solicitar únicamente los datos de las denuncias a un servicio que se considera que tiene carencias importantes para llevar un control sobe las reclamaciones de los usuarios.

Asimismo, recordó que, «a pesar de que la medida está en la buena dirección para garantizar la protección de los consumidores, los datos deben ser contrastados y completados con las reclamaciones presentadas en organismos oficiales y de protección de los usuarios, así como las denuncias tramitadas por las asociaciones de consumidores».

Además, agregó que el acuerdo previsto por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, que indicaba la obligación de que de las distribuidoras de facilitar datos al Ministerio cada año sobre la atención de las reclamaciones de los usuarios, nunca se cumplió.

Por último, Facua criticó que a pesar de la existencia de esta normativa, «la calidad en el servicio realmente nunca se haya controlado por parte del Ministerio y que éste haya dejado caer en la obsolescencia una legislación creada hace dieciséis años que no reconoce los cambios en las estructuras del sector energético actual».

Las comercializadoras eléctricas deberán enviar a la CNMC cada trimestre las quejas de los clientes

Europa Press.- Las comercializadoras y distribuidoras de electricidad y gas deberán remitir con carácter trimestral a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) las reclamaciones que reciban procedentes de los clientes.

Esta obligación aparece recogida en una circular de la CNMC publicada este viernes en el BOE. La entrada en vigor de las nuevas exigencias se producirá mañana, si bien el primer periodo para el que las empresas deberán remitir la información corresponde al cuarto trimestre de 2016.

En total, 33 comercializadora de electricidad y 18 de gas deberán cumplir con la obligación, así como unas 35 distribuidoras de electricidad y todas las distribuidoras de gas.

En el caso de la comercialización de electricidad, las empresas obligadas son las comercializadoras de referencia encargadas del suministro del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC), así como las que ostenten una cuota en el mercado libre superior al 0,15%.

También deberán remitir las quejas las que hayan incrementado su base de clientes en el mercado libre más de un 100% en el último año y hayan superado los 3.000 usuarios.

En el caso del gas, las comercializadoras obligadas son las de último recurso y las que suministren el producto a más de 1.000 clientes finales en el mercado español. La CNMC renovará cada año los nombres de las empresas sujetas a la circular.

El regulador argumenta que las nuevas exigencias son necesarias para disponer de información detallada sobre las reclamaciones que presentan los consumidores y, sobre todo, sobre la tipología de las mismas.

La CNMC también está interesada en conocer el tratamiento que se da a las quejas, con el objeto de poder llevar a cabo de forma adecuada sus funciones de supervisión del mercado y de protección de los consumidores.

Si las empresas incumplen la remisión de información, se verán expuestas a un procedimiento sancionador y a una posible infracción de carácter grave o muy grave.

Más de 3.000 consultas y quejas

La CNMC informó en abril del volumen de quejas de los consumidores que se dirigen directamente al regulador para exponer su situación. En total, durante 2015 el regulador atendió 1.948 consultas de consumidores y 1.378 reclamaciones contra compañías de electricidad y gas.

De las consultas, que el año pasado aumentaron un 20%, el 77% correspondió a electricidad y el resto, un total de 457, se refiere a gases y fuel.

En cuanto a las reclamaciones, en 2015 cayó un 50% el número con respecto al ejercicio 2014, que estuvo marcado por la entrada en vigor del PVPC y las refacturaciones a los clientes durante el primer semestre de ese año.

Bruselas investiga si la inyección pública para reestructurar la estatal nuclear francesa Areva cumple las normas de la Unión Europea

Europa Press / EFE.- La Comisión Europea ha anunciado la apertura de una investigación en profundidad para aclarar si la participación pública en la reestructuración del grupo nuclear francés Areva es compatible con las normas de la Unión Europea o supuso una «ventaja indebida» para la firma sobre sus competidores. Las autoridades francesas notificaron el pasado mes de abril a Bruselas el plan de reestructuración del grupo nuclear, controlado por el Estado, que incluyó una inyección de capital público de 4.000 millones de euros.

«Teniendo en cuenta el alcance e importancia de la reestructuración de Areva, la Comisión necesita examinar atentamente si es un plan sólido y si las ayudas de Estado concedidas no distorsionan indebidamente la competencia en el mercado único», ha explicado la comisaria de Competencia, Margrethe Vestager. La comisaria ha explicado que el objetivo es asegurar que el grupo nuclear tiene un «futuro duradero» sin que para ello sea necesario recurrir a nuevas ayudas de Estado.

Francia posee un 86,5% de las acciones del grupo Areva, cuya actividad se extiende al conjunto de mercados de la energía nuclear y que lleva sufriendo dificultades financieras desde hace más de 5 años. Según las directrices de la Unión Europea sobre las ayudas estatales para el rescate y la reestructuración de entidades en dificultades, el plan en cuestión debe prever medidas que permitan limitar las alteraciones de la competencia inducidas por la ayuda pública. Además, el beneficiario de la ayuda debe contribuir «de manera apreciable» a la cobertura de los costes de la reestructuración.

La normativa comunitaria prevé la posibilidad de conceder este tipo de apoyos públicos a empresas en dificultades «bajo ciertas condiciones», en la medida en que respondan «a un objetivo de interés común sin alterar la competencia” en el espacio económico europeo. Por ello, Bruselas quiere analizar si las hipótesis del plan de reestructuración para restablecer la viabilidad de la empresa a largo plazo son «suficientemente realistas» como para asegurar su funcionamiento en el futuro, «sin inyecciones continuadas de dinero público».

El precio antes de impuestos del gasóleo aumenta un 9% en mayo y el de la gasolina un 4,4%

Europa Press.- El precio antes de impuestos (PAI) del gasóleo A ascendió en 4 céntimos de euro por litro en mayo, lo que supone un incremento del 9%, mientras que el de la gasolina 95 se incrementó en 2,14 céntimos de euro, un 4,4% más, según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

El promedio mensual de cotización internacional de referencia en euro/litro del gasóleo aumentó 4,21 céntimos de euro por litro (+15%), mientras que en el caso de gasolina se incrementó 1,92 céntimos (+6%).

La CNMC señala que los precios antes de impuestos de los carburantes en España volvieron a superar durante el pasado mes de mayo las medias europeas.

Así, España se mantiene en el tercer puesto en el ranking de precios antes de impuestos más elevados de la UE para la gasolina 95, mientras que para el gasóleo A asciende de la séptima a la quinta posición en el ranking de precios.

Crece el margen de la gasolina y cae el del gasóleo

El margen bruto promedio mensual (precio antes de impuestos menos la cotización internacional de referencia) de la gasolina 95 aumentó un 1,3% respecto al mes anterior, mientras que el del gasóleo se redujo en ese mismo porcentaje.

En cuanto a la evolución de los márgenes frente a Europa, el margen bruto promedio de la gasolina 95 en España correspondiente al mes de mayo fue superior en 6,6 céntimos de euro por litro al indicador correspondiente de la UE-6. Esto representa una disminución del 8,7% frente a la diferencia registrada el mes anterior.

Por lo que respecta al gasóleo A, el margen bruto promedio en España fue superior en 5,4 céntimos de euro por litro frente al valor correspondiente de la UE-6, lo que significa un aumento del 5%.

En el análisis por operadores, las estaciones de servicio integradas en la red de distribución de BP marcaron los precios promedio más altos en gasolina 95, seguidas de las de Cepsa y Repsol. En gasóleo A, las estaciones de Repsol registraron los precios más altos, seguidas de las de Cepsa y BP.

El déficit de tarifa provisional asciende a 1.296 millones en abril, 315 millones menos de lo previsto

Europa Press.- El déficit de tarifa provisional del sistema eléctrico, que se produce porque los costes reconocidos de la actividad regulada son inferiores a los ingresos obtenidos a través de los peajes, se situó en 1.296 millones de euros hasta abril.

Esta cifra, incluida en la cuarta liquidación del sistema eléctrico de 2016 elaborada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), es 315 millones de euros inferior a lo previsto, por lo que de continuar la tendencia se producirá superávit a cierre del ejercicio.

El desajuste provisional de 1.296 millones hasta abril es superior a los 1.182 millones registrados hasta marzo, si bien la evolución con respecto a lo previsto ha mejorado, ya que ahora equivale a 315 millones, frente a 141 millones un mes antes.

El organismo presidido por José María Marín Quemada indica que esta mejor evolución se debe a un comportamiento favorable del coste de los pagos por capacidad, de 30,9 millones con respecto a lo previsto, y de la retribución a las renovables, que es 136 millones inferior a lo esperado.

También evolucionan mejor de lo previsto la retribución al transporte, en 24 millones, y la correspondiente a la distribución y gestión comercial, en 30,7 millones.

La demanda hasta abril fue un 1% inferior al promedio de años anteriores, mientras que los ingresos por peajes de acceso de consumidores fue un 2,6% superior al valor promedio histórico.

En la liquidación de abril, se han registrado 80,6 millones de ingresos por aplicación de la Ley 15/2012 de impuestos eléctricos. En concreto, se han recibido 58,8 millones procedentes de los impuestos y 27,7 millones procedentes de la subasta de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Los ingresos acumulados por este concepto alcanzan 142,6 millones, el 4,5% del importe previsto para el ejercicio 2016, que asciende en total a 3.154,5 millones.

Déficit del gas

En cuanto al sistema gasista, el déficit hasta abril es de 113,9 millones de euros en términos de caja, frente al superávit de 33,5 millones de euros en el mismo periodo del año anterior. Conforme a los ingresos netos de liquidación, el índice de cobertura se sitúa en el 88,7% de la retribución acreditada.

La demanda de gas en 2016, facturada hasta abril, ascendió a 100 teravatios hora (TWh), incluida la carga de cisternas desde plantas, situada en 3,5 TWh. Esta cantidad supone una disminución de 3,2 TWh respecto al periodo de enero a abril de 2015.

Competencia sanciona con 150.000 euros a Olten Llum por no prestar las garantías exigidas por REE

Servimedia.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 150.000 euros a la empresa Olten Llum por incumplir la obligación que tienen las empresas eléctricas de prestar una serie de garantías exigidas por el operador del sistema (Red Eléctrica de España).

Según informó este martes la Comisión en un comunicado, la Ley del Sector Eléctrico impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías que reglamentariamente resulten exigibles.

El 29 de julio de 2015, Red Eléctrica de España denunció ante la CNMC el incumplimiento por parte de Olten Llum de la obligación de prestar las garantías exigidas para ese mes, generando con ello un déficit de garantías, que se mantenía a diciembre de 2015.

Tras la instrucción del expediente, la CNMC ha impuesto a Olten Llum una multa de 150.000 euros, al declararla responsable de una infracción leve.

En junio de 2015 la CNMC ya sancionó a esta empresa (con una multa de 1.000 euros) por un incumplimiento previo de la obligación de prestación de garantías.

La presente resolución puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

El Constitucional admite a trámite el conflicto de competencias de Cataluña sobre eficiencia energética

Europa Press.- El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el conflicto de competencias presentado por la Generalitat contra la transposición de una directiva europea relativa a la eficiencia energética.

En un comunicado enviado este martes, el TC ha explicado que se trata de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento y del Consejo sobre eficiencia energética «en lo referente a las auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía».

El Tribunal ha acordado dar traslado de la demanda al Gobierno, que dispone de 20 días para «aportar cuantos documentos y alegaciones considere convenientes».

 

Competencia multa con 50.000 euros a la distribuidora de energía eléctrica Hidroeléctrica El Carmen

EFE / Servimedia.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso una multa de 50.000 euros a la distribuidora Hidroeléctrica El Carmen por vulnerar los derechos de los consumidores al obstaculizar el cambio de compañía. Según comunicó Competencia, en diciembre de 2012 entró en el registro de la antigua CNE un escrito de una comercializadora denunciando determinadas actuaciones de otras empresas que estarían obstaculizando el cambio de suministrador a consumidores asociados a sus redes, infringiendo de esta forma la normativa vigente.

En 2014, la CNMC inició un procedimiento sancionador contra la empresa Hidroeléctrica El Carmen por esta presunta vulneración del derecho de los consumidores a elegir suministrador de energía eléctrica y, tras la instrucción del expediente, determinó que la empresa no atendió a las solicitudes de cambio de suministrador a través de actuaciones de distinto tipo. Estos hechos constituyen un incumplimiento de la aplicación de las medidas de protección al consumidor y una infracción grave de la Ley del Sector Eléctrico. Por ello, impone una multa de 50.000 euros a la empresa, que puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.