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La Comisión Europea expedienta a España por limitar la participación y el derecho de voto en Red Eléctrica y Enagás

Europa Press.- La Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España por establecer límites a la participación en Red Eléctrica y en Enagás, así como por restringir el derecho a voto en ambas compañías. Así consta en el directorio de procedimientos de infracción del Ejecutivo comunitario, en el que se detalla que Bruselas envió una carta de emplazamiento al Gobierno español en diciembre por esta cuestión.

La Comisión Europea suele informar cada mes sobre los procedimientos de infracción abiertos contra los Estados miembros por incumplir alguna normativa europea, pero en su comunicación de diciembre no incluyó este asunto. La carta de emplazamiento es la primera etapa de estos procedimientos, en la que Bruselas invita a los Estados miembros a dar explicaciones sobre el caso en cuestión. Si las observaciones no convencen lo suficiente, Bruselas da un ultimátum de dos meses al país para que cumpla con la normativa. Es el último paso antes de llevar el asunto ante la justicia europea.

Éste no es el único expediente que el Ejecutivo comunitario mantiene abierto contra Red Eléctrica y Enagás, puesto que en septiembre dio dos meses al Gobierno para romper el monopolio de ambas sociedades para «construir y operar interconexiones» con otros países del bloque comunitario. También denunció entonces que España ha transpuesto de forma incorrecta algunas normas sobre la independencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

APPA acusa a Energía de distorsionar su previsión de precio del mercado eléctrico para reducir la retribución a las renovables

Europa Press.- La Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA) acusa al Ministerio de Energía de distorsionar su previsión de precio del mercado eléctrico para reducir en 600 millones de euros la retribución de las renovables entre 2017 y 2019. APPA señala que esta reducción en la retribución es debida a la consideración realizada por el Ministerio, «en función de sus intereses», de que el precio del mercado eléctrico se situará a partir de 2020 en 52 euros por megavatio hora (MWh).

Así, considera que, dado que el esquema de retribución de las energías renovables se basa en que las instalaciones alcancen un determinado nivel de rentabilidad razonable por la combinación de los ingresos percibidos por el mercado eléctrico y por las retribuciones reguladas, una previsión de un mayor nivel de ingresos provenientes del mercado eléctrico en la vida de las instalaciones, debido al mayor precio estimado a largo plazo, «supone ya desde el momento actual un menor nivel de ingresos regulados».

Para APPA, la previsión de precios del mercado eléctrico a partir del año 2020 realizada por el Ministerio ya sería «censurable» únicamente por el hecho de que los mercados de futuros manejan precios 10 euros por MWh inferiores. Sin embargo, subraya que cuando Energía no calcula la retribución de las energías renovables, entonces las previsiones que maneja sí que están en línea con las previsiones objetivas establecidas por los mercados de futuros, como en la propuesta de orden que prevé los ingresos y costes del sistema eléctrico para el periodo 2017-2022, en la que Energía estima un precio del mercado eléctrico de 41,62 euros por MWh entre 2020 y 2022.

Así, recuerda que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ya puso de manifiesto esta «inconsistencia» en su informe relativo a la propuesta de orden por la que se establecen los peajes de acceso para 2017, elaborada por el Ministerio, en el que criticaba que no se proporcione metodología de cálculo alguna para mantener los 52 euros por MWh y que no se revise el valor del precio de mercado de 2020.

La patronal, que señala que resulta «lamentable» que el Ministerio no haya modificado su previsión, denuncia que hay que añadir el impacto negativo de las medidas aplicadas a las renovables en la reforma eléctrica, que ya vienen significando recortes anuales de más de 2.200 millones de euros, un 30% menos de la retribución inicialmente prevista. Además, a esto se suma un recorte adicional de 574 millones de euros debido a otra errónea estimación del precio del mercado eléctrico en el primer semiperiodo regulatorio 2014-2016.

La AEE acusa al Gobierno de ignorar a la CNMC y fijar una retribución renovable “alejada de la realidad”

Europa Press.- La Asociación Empresarial Eólica (AEE) ha acusado al Gobierno de «ignorar» las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y fijar una retribución para las renovables basándose en previsiones de precios del mercado eléctrico «alejadas de la realidad». La patronal señala que la orden por la que se actualizan los parámetros retributivos de las renovables confirma «las peores sospechas del sector».

Así, estima que la eólica, el sector «más afectado por ser el más vulnerable a las variaciones de precios de mercado», ingresará en tres años unos 400 millones de euros (un 38%) menos de lo que le correspondería. En la orden, el Gobierno ha tomado como referencia un precio de mercado de 52 euros por megavatio hora (MWh) a partir de 2020, el mismo que en el semiperiodo anterior, en vez de los 41,62 euros por MWh que eran la referencia tomada por el propio Gobierno en la memoria de la orden por la que se aprueba la previsión de ingresos y costes del sistema para 2017-2022, lo que la CNMC calificó de «abierta contradicción».

Además, según la AEE, en los últimos tres años las empresas eólicas han cobrado una media de 6,37 euros/MWh menos de retribución por la desviación a la baja de los precios previstos en la ley. Así, señala que la diferencia entre las previsiones de precios y la realidad ha supuesto que el sector haya dejado de ingresar 630 millones de euros. «Teniendo en cuenta esta experiencia, no se entiende que el Gobierno apueste por perpetuar la situación justo cuando podía haber optado por corregirla», subraya.

Asimismo, aclara que la orden no introduce un incremento a la retribución de las renovables, sino una compensación a las empresas por los errores de cálculo cometidos por el regulador en el primer semiperiodo. De esta manera, el sector eólico lamenta que el Gobierno «no haya corregido los desequilibrios del modelo retributivo que generan inseguridad jurídica y frenan la inversión«. Sin esa estabilidad, considera que «va a ser difícil» que en España se hagan las inversiones eólicas necesarias para cumplir con los compromisos internacionales y la transición energética y «se pone en riesgo el futuro de un sector que exporta tecnología por valor de 3.000 millones de euros anuales y da empleo a 22.500 personas”.

La CNMC regula las liquidaciones de las renovables, una gestión que le cedió el Gobierno de forma transitoria en 2014

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) reguló los procedimientos de solicitud de información y liquidación de las actividades de las instalaciones de renovables, cogeneración y residuos, con lo que avanza en la reglamentación de una función temporalmente cedida por el Gobierno.

Pese a que el Gobierno se atribuyó en la Ley del Sector Eléctrico aprobada a finales de 2013 las liquidaciones de estas instalaciones, apenas seis meses después, mediante una disposición transitoria incluida en el real decreto 413/2014, encargó a la CNMC de forma transitoria la gestión de esta actividad, caracterizada por su complejidad. Ahora, el organismo presidido por José María Marín Quemada ha derogado la circular 3/2011 elaborada por la extinta Comisión Nacional de Energía (CNE) y aplica nuevos criterios para mejorar el proceso de liquidación de estas instalaciones. La ley le habilita para hacerlo.

Utilizando únicamente las comunicaciones telemáticas

La nueva norma actualiza determinados procedimientos de liquidación, incluidas nuevas figuras liquidatorias que resultan del nuevo régimen retributivo establecido por el real decreto 413/2014, al tiempo que amplía el ámbito de las comunicaciones telemáticas. Estas comunicaciones telemáticas será a partir de ahora el único medio para efectuar todas las comunicaciones entre CNMC y los titulares de las plantas. Además, para agilizar el proceso, se reducen los plazos en el calendario de liquidación y se adelanta el día de cierre de las liquidaciones. También se adapta al nuevo marco normativo la documentación que deben aportar los titulares y el resto de sujetos del sistema de liquidaciones.

Junto a esto, se aclara el procedimiento de cesiones y pignoraciones de derechos de crédito, así como los diferentes procedimientos de actuación por parte de la CNMC en casos de impagos por parte de los sujetos de liquidación. Por último, se permite el empleo de la domiciliación bancaria como medio de pago, lo que «conllevará una mejora en la tramitación en los pagos y un ahorro para los administrados», señala el organismo regulador en la circular, publicada en el BOE.

El sistema eléctrico evoluciona 542 millones de euros mejor de lo previsto a falta de dos revisiones de 2016

Europa Press.– El sistema eléctrico registró un déficit de tarifa provisional de 1.506 millones de euros en la duodécima liquidación de 2016 elaborada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), lo que, a falta de las últimas liquidaciones, arroja una evolución 542 millones de euros mejor a la prevista.

El escenario de costes e ingresos del regulador contempla para el conjunto del ejercicio un leve superávit, de apenas 24 millones de euros, que, de consolidarse la evolución actual, podría ser significativamente superior. El Ministerio de Energía previó en el borrador de la última orden ministerial de revisión de peajes eléctricos un superávit de cerca de 100 millones para 2016.

El déficit de tarifa provisional de 2016, que se produce porque los ingresos vía peajes son aún insuficientes para cubrir los costes regulados reconocidos, fue inferior a lo previsto gracias entre otras cosas a un incremento de la demanda del 0,9%, superior al valor promedio de años anteriores. El mayor consumo contribuyó a que los ingresos por peajes de acceso de consumidores ascendiesen a 12.887 millones de euros, un 0,7% por encima del promedio histórico.

Por contra, los costes regulados fueron 393,3 millones de euros inferiores a los previstos debido, principalmente, a los menores incentivos a la producción renovable, cogeneración de alta eficiencia y residuos, por importe de 313 millones, y a los menores pagos por capacidad, por 90,8 millones. De forma adicional, se produjo un desvío acumulado para la actividad de transporte de 54,4 millones de euros menos de coste, así como otro para la actividad de distribución de 93,6 millones más de coste.

El coeficiente de cobertura de la liquidación provisional 12/2016 se ha situado en un 89,43%, frente al 90,16% en la Liquidación 11/2016, debido a la falta de ingresos procedentes de los impuestos eléctricos. En cuanto a las renovables, la liquidación provisional a 6.395 millones de euros, antes de IVA o impuesto equivalente. La cantidad a pagar a los productores en la Liquidación 12/2016 ascendió a 397,8 millones de euros antes de IVA o impuesto equivalente.

En cuanto al sistema gasista, registró un déficit de tarifa de 430 millones en la duodécima liquidación, un 37% más que los 312 millones registrados en 2015. El total de ingresos declarados por las empresas por facturación de tarifas, peajes y cánones ascendió a 2.526 millones de euros, un 0,4% menos que en el mismo periodo del 2015. La retribución total fija acreditada a las empresas ascendió a 2.762 millones de euros, un 0,2% superior a la del 2015. La demanda nacional de gas fue un 1,8% mayor en 2015.

El Gobierno recuerda que la potestad de sancionar a las comercializadoras eléctricas por supuesta publicidad engañosa corresponde a la CNMC

Europa Press.- El Gobierno considera que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cuenta con «una variedad de instrumentos» suficiente para sancionar cualquier actuación irregular de las comercializadoras eléctricas, dejando así en manos del regulador las posibles sanciones por las prácticas que denuncia Facua.

El diputado de Podemos, Josep Vendrell, preguntó por escrito al Ejecutivo sobre las ofertas que algunas comercializadoras eléctricas plantean a los consumidores bajo la excusa de pretendidas rebajas que en realidad pueden llegar a encarecer el recibo de la luz hasta un 68,2% en el caso de los potenciales beneficiarios del bono social. En su respuesta el Gobierno se limita a señalar que la CNMC, organismo encargado de supervisar el mercado y la competencia, ha tenido conocimiento de que «algunas comercializadoras tramitan cambios de suministrador sin consentimiento o con consentimiento obtenido a través de engaño».

En este sentido, cita varios informes del regulador en el que se denuncia que «los consumidores reciben información poco transparente o poco veraz», lo que resulta en contrataciones que, «en muchos casos, empeoran las condiciones contratadas previamente». Sin embargo, el Ejecutivo considera que la Comisión tiene a su disposición «una variedad» de instrumentos suficiente para sancionar este tipo de conductas que «pudieran obstaculizar el cambio de suministrador falseando la competencia» de manera «activa y coordinada», y recuerda que ya están en tramitación diversos expedientes sancionadoras por incumplimientos de esta naturaleza.

La CNMC multa a tres comercializadoras eléctricas por no presentar las garantías exigidas por Red Eléctrica

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con un importe total de 21.300 euros a tres comercializadoras de electricidad por no presentar las garantías exigidas por el operador del sistema. La Ley del Sector Eléctrico impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías que reglamentariamente resulten exigibles. En los tres casos, el operador del Sistema, Red Eléctrica de España (REE) denunció los incumplimientos ante la CNMC.

En concreto, el organismo presidido por José María Marín Quemada ha sancionado a las compañías Alcanzia Energía y Estrategias Eléctricas Integrales con 10.000 euros, respectivamente, y a Comercial y Asesora de Electricidad con 1.300 euros. La sociedad Alcanzia Energía incurrió en un incumplimiento de la obligación de prestar las garantías exigidas por REE por insuficiencia de dichas garantías durante el periodo de tiempo comprendido entre el mes de septiembre de 2015 y el 5 de febrero de 2016. Esta sociedad procedió, con fecha 5 de febrero de 2016, a depositar el importe de 2,832 millones de euros en concepto de garantías y regularizó así su déficit de garantías con REE.

Por su parte, el incumplimiento de las garantías exigidas por REE a Estrategias Eléctricas Integrales se prolongó desde el período comprendido entre el 19 de febrero y el 2 de septiembre de 2016 y ascendió a 732.000 euros. La compañía subsanó el déficit el pasado 2 de septiembre. Finalmente, Comercial y Asesora de Electricidad, S.L. no prestó las garantías requeridas por REE con fecha límite de 21 de enero de 2016 y por valor de 44.000 euros. Posteriormente, la empresa depositó las garantías pendientes en fecha 22 de febrero de 2016, siendo su estado de garantías correcto desde dicha fecha.

La CNMC estima que la tarifa regulada PVPC fue un 5% más barata en 2016 que el mercado libre

Europa Press.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) estima que el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) ha sido la opción más barata en 2016 para los consumidores domésticos de electricidad, siendo alrededor de un 5% más económica que cualquiera de las ofertas disponibles en el mercado libre, según indicó el regulador en una entrada en su blog.

No obstante, la CNMC señala que este dato no quiere decir que durante enero haya habido ofertas en el mercado libre más baratas que las del mercado regulado. Para un consumidor doméstico sin discriminación horaria, con una potencia contratada de 3,45 kilovatios (kW) y con un consumo medio de electricidad de 2.500 kilovatios hora (kWh) acogido al PVPC su factura de la luz en enero habría sido de 61 euros, frente a los 56 euros de diciembre, un 9% más.

En cualquier caso, la facturación anual de un consumidor acogido al PVPC para el último año, en el periodo de febrero de 2016 a enero de 2017, ha sido un 6% más baja que la del año anterior, indica la CNMC. Asimismo, Competencia señala que la comparación de la facturación de un consumidor acogido al PVPC, que a cierre de año ascendían a 11,99 millones, con la que tendría si hubiera contratado con una comercializadora de mercado libre varía cada año dependiendo del mercado mayorista y de la oferta elegida.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares tumba la atención obligatoria en las gasolineras desatendidas

Europa Press.- El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha estimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el decreto balear que obliga a contar con un empleado siempre en las estaciones de servicio desatendidas, conocidas también como fantasmas por la ausencia de personal en la instalación.

En el fallo, el tribunal estima la pretensión principal de la demanda, presentada por Autonet & Oil, miembro fundador de Aesae (Asociación Nacional de Estaciones de Servicio Automáticas), al declarar nulo el artículo 7, que establece la obligación de toda gasolinera de mantener un responsable siempre que esté abierta al público. Así, el tribunal considera que este artículo de la normativa balear representa un impedimento a la implantación de gasolineras desatendidas, tal como prevé la legislación estatal, imposibilitando esa actividad y vulnerando la libre competencia.

Para la magistrada, la exigencia de que en todas las instalaciones de venta al público de gasolinas, mientras permanezcan abiertas y estén en servicio, haya al menos una persona responsable, «entra en colisión directa con la modalidad de estación de servicio desatendida, que, como instalación permitida por la normativa sectorial, regulación que corresponde al Estado de conformidad con la ley de Hidrocarburos, no contempla la existencia de ningún personal empleado en sus instalaciones, por tratarse de una instalación exclusivamente automatizada».

Normativa autonómica sobre la estatal

Además, subraya que no es posible que a través de la normativa reguladora de consumidores y usuarios autonómica se convierta «en inviable y se derogue de facto» uno de los modelos permitidos de venta al público de gasolinas y gasóleos permitidos a nivel estatal y que «su particular característica es precisamente su total automatismo con ausencia absoluta de personal». Contra la sentencia cabe la posibilidad de interponer recurso, aunque el demandante puede solicitar la ejecución de la misma y reanudar el servicio las 24 horas.

En agosto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) defendió, en un informe, el modelo de estaciones de servicio desatendidas, al considerar que su implantación aumentaba la competencia efectiva en el mercado y presiona a la baja los precios de los carburantes, «aumentando el bienestar de los consumidores finales». Este modelo de estaciones de servicio han sido prohibidas o están en proceso de ser reguladas en comunidades autónomas como Madrid, Navarra, Asturias, Baleares, Andalucía, Castilla-La Mancha, Aragón, Murcia o la Comunidad Valenciana.

La CNMC multa a EDP Energía con 900.000 euros por aplicar una penalización a una empresa por cambiarse de suministrador

Redacción / Agencias.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a EDP Energía con una multa de 900.000 euros por aplicar una penalización de 2.400 euros a una empresa por cambiarse de suministrador, según indicó el regulador. En septiembre de 2014 tuvo entrada en el registro de la CNMC un escrito de una empresa mediante el cual puso en conocimiento del organismo incidencias relativas al cambio de comercializador para el suministro de energía eléctrica.

La empresa tenía su suministro contratado con Hidrocantábrico Energía, actualmente denominada EDP Energía, y pasó a contratarlo con una empresa comercializadora diferente, a raíz de lo cual Hidrocantábrico procedió a aplicar una penalización de 2.400 euros en concepto de indemnización según contrato resolución anticipada. En consecuencia, EDP aplicó una penalización a un consumidor no doméstico, a pesar de que el cliente cumplió con el preaviso de 15 días establecido para la rescisión de las prórrogas.

Según indicó Competencia, el regulador ha impuesto esta multa tras comprobar que este tipo de penalizaciones están contempladas en todos los contratos de baja tensión de clientes no domésticos de EDP Energía, cuando no debería ser así en virtud de la ley 24/2013 del sector eléctrico. Una vez instruido el expediente, la CNMC ha multado EDP Energía con 900.000 euros como responsable de la comisión de una infracción grave, consistente en el incumplimiento de medidas de protección al consumidor según lo establecido en la Ley y su normativa de desarrollo.

Además, el organismo presidido por José María Marín Quemada impone a EDP la obligación de modificar las cláusulas primera y decimosexta de los contratos de suministro en baja tensión para la inclusión en una serie de condiciones referentes a los casos en que haya una rescisión del contrato por parte del usuario. La CNMC recuerda que contra estas resoluciones no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.