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Ciudadanos cuestiona al Gobierno si la condena a España por los recortes renovables afectará a la factura de la luz

Europa Press.- Ciudadanos quiere saber si la condena a España por los recortes a las empresas de energía renovable por parte del Ciadi, el tribunal internacional de arbitraje del Banco Mundial, afectará a la factura de la luz. Por ello, su portavoz de Energía en el Congreso, Melisa Rodríguez, ha registrado una batería de preguntas en las que cuestiona al Gobierno por el impacto que esta decisión supondrá para el sistema eléctrico.

El Ciadi condenó a España a pagar 128 millones de euros más intereses por los recortes aplicados a las energías renovables tras la demanda interpuesta por Eiser. Ciudadanos destaca la unanimidad de los tres árbitros a la hora de acordar la violación por parte del Estado del artículo 10 de la Carta de la Energía, «privando de un trato justo y equitativo» a Eiser, así como la «contundencia en relación a la ilegalidad del cambio radical en el marco regulatorio«.

Asimismo, advierte de que el fallo podría sentar precedente e iniciar una serie de resultados similares en el resto de procesos abiertos por inversores extranjeros en renovables, algo que «podría impactar decisivamente en la financiación del sistema eléctrico y la factura de la luz». Por esto mismo, pregunta también qué medidas tiene pensado adoptar el Gobierno para asegurar que no se produzcan episodios similares en el futuro, y si contempla la posibilidad de establecer alguna compensación para los inversores nacionales.

El arbitraje desvela que los peritos del Estado cifran en un 5% la rentabilidad de Eiser frente al 7,39% prometido

Europa Press.- Los peritos de Brattle y BDO designados en el arbitraje internacional contra España en el Ciadi (Banco Mundial)  acerca de los recortes a las instalaciones de renovables de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg calculan que la rentabilidad de estos inversores se situó entre el 3,7% y el 5% tras la reforma eléctrica de 2013, frente al 7,39% recogido en la nueva legislación (calculada en torno a las Obligaciones del Estado a 10 años incrementando  en 300 puntos básicos).

Estas consideraciones aparecen recogidas en el laudo del Ciadi remitido a las partes la semana pasada, en el que por primera vez esta institución se pronuncia acerca de los recortes a las instalaciones de renovables en España. En este caso lo ha hecho a favor de los demandantes, que tendrán derecho a una indemnización de 128 millones. El Ciadi aún tiene que resolver una treintena de denuncias por este asunto.

En este sentido, ni el perito designado por el abogado del Estado ni el de Eiser cifraron los retornos económicos de las plantas en el porcentaje de rentabilidad razonable establecido por el Gobierno. Brattle, designada por Eiser, cifra la rentabilidad de los proyectos termosolares del inversor en el 3,7%, mientras que BDO, elegido por el Estado, lo hace en el 5%. «La rentabilidad real antes de impuestos de las plantas se encuentra muy por debajo de la tasa meta prevista por el nuevo régimen», señala el laudo a la vista de estos testimonios, antes de constatar que las instalaciones de Eiser no se ajustaban al estándar de plantas eficientes aplicado, eso sí, «de manera retroactiva» en 2013 por el Gobierno.

Los costes de capital de las plantas eran cerca de un 40% superiores al nivel considerado eficiente por la reforma. Los peritos de la demandante, de Brattle, atribuyen esta diferencia a aspectos como el de que las plantas eran propietarias, en vez de arrendatarias, de los terrenos sobre los que se asentaron los proyectos. Los costes operativos y de mantenimiento de las plantas también superaban los considerados eficientes, más aun cuando en 2012 se aprobaron impuestos que también gravaban el gas usado por las plantas termosolares. Como consecuencia de ello los ingresos de las instalaciones registraron un descenso del 66% tras la reforma de 2013.

En 2014, una de las plantas, Aires Solar, tuvo ingresos operativos de 19,92 millones, frente a los 27,76 millones necesarios para responder a las deudas de la sociedad, mientras que otra instalación, Dioxipe, ingresó 7,79 millones, frente a los 13,94 millones necesarios para devolver la deuda. El laudo muestra precisamente que el endeudamiento de los inversores en renovables y sus dificultades para devolver la deuda tras los recortes no se tuvieron en cuenta a la hora de definir el nuevo régimen retributivo de la reforma.

En un interrogatorio, el director del departamento solar del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de Energía (IDAE), Carlos Montoya, confirmó que fueron los funcionarios del Ministerio los que realizaron las «estimaciones y cálculos cruciales» para definir los estándares retributivos «sin tener en cuenta las características reales y la producción de las plantas». «El nuevo régimen no tiene en cuenta los costes reales, incluido el servicio de deuda, o las eficiencias reales de determinadas instalaciones de CSP (termosolar) existentes», señala el laudo. Montoya admitió en su testimonio que “el proceso no se basó en un análisis matemático de datos riguroso, al afirmar que si usted busca […] una media o una fórmula matemática, no la hay«, indica el laudo.

La sentencia del tribunal también describe las expectativas sobre las que Eiser decidió invertir en renovables en junio de 2007. Para ello, realizó due diligences y contó con el asesoramiento de Gómez Acebo & Pombo. En ese momento, el principal riesgo identificado era que el proyecto no se pudiera construir en los 36 meses de plazo recogidos en el real decreto 661/2007. La deuda de los proyectos equivalía al 70% del capital en el caso de la planta Astexol, y al 63,5% en el de las otras dos plantas, conocidas como Aste. En diciembre de 2011, Eiser valoraba sus inversiones en 148 millones de euros.

Las costas del laudo, que incluyen los honorarios de los árbitros y los costes del tribunal, ascienden a 956.159 dólares, de los que 277.929 dólares corresponden al presidente John R. Crook, 177.439 al árbitro Stanimir Alexandrov y 123.964 dólares al otro árbitro, Campbell McLachlan. El tribunal internacional ha concluido que no sea el Estado español el que asuma el coste total, sino que cada parte sufrague sus propios gastos legales, así como la respectiva cuota de los honorarios y gastos de los miembros del tribunal y de los derechos devengados por la utilización del Ciadi.

El horizonte que define el Ciadi

Nunca España tuvo tantos procesos abiertos en los tribunales de arbitraje internacional como en estos momentos. Nunca había perdido un pleito hasta el momento en estas instancias por motivos energéticos. Y, probablemente, nunca un laudo de estas características sea comprendido y evaluado por su valor a efectos premonitorios. Quedan otros 26 arbitrajes pendientes de resolución y se buscan las claves que puedan determinar el decurso en estas instancias especiales de litigación que, tras la cascada de denuncias de los inversores internacionales en renovables, podrían acabar en una cascada de sentencias contra el Estado español.

Para entender las claves que puedan anticipar el futuro de estos arbitrajes es preciso conocer varios elementos. El primero, la instancia en la que se ha producido el laudo, en la medida en que sus jueces puedan definir un criterio específico. En el caso de los procesos derivados de la revisión retributiva renovable, estos se dividen entre las cortes de la Cámara de Comercio de Estocolmo, de la Corte de la Ciadi (el Tribunal de Arbitraje del Banco Mundial) y el Tribunal Arbitral de Luxemburgo.

Por otra parte, la segunda cuestión es la norma de la que derive el proceso. En la actualidad, existen dos bloques importantes de procesos abiertos alrededor de esta cuestión de la retribución renovable.  Los que se derivan de la reforma Sebastián (que laminó los ingresos de las instalaciones fotovoltaicas ordenándolas y cambiando los criterios de ajuste por zonas de insolación) y los que se derivan de la reforma de Alberto Nadal, que implantó el modelo de la rentabilidad razonable a lo largo de la vida de los activos (incluyendo el cálculo teórico según la fecha de instalación y los deslizamientos con límite sobre el precio de mercado previsto y realizado).

En este sentido, en 2016 hubo dos arbitrajes cuyas reclamaciones hacían referencia a la reforma Sebastián que la corte de Estocolmo falló a favor del Estado. Los primeros arbitrajes proporcionaron un optimismo moderado en las autoridades españolas. Sin embargo, es contra la reforma Soria/Nadal contra lo que se dirige el arbitraje recién conocido de la Ciadi. Y, por ello, la resolución de este último laudo ha sido un importante jarro de agua fría, por los dos motivos: porque afecta al grueso de las reclamaciones, tanto por la instancia en términos de jurisprudencia internacional como por el asunto abordado, ya que actualmente quedan otros 26 arbitrajes en el Ciadi derivados de la reforma Soria/Nadal; y porque los efectos regulatorios serán devastadores.

Por tanto, ya se puede tener una idea de los derroteros futuros. Estos días se cifraban estas indemnizaciones posibles en 3.500 millones de euros y el Gobierno ha afirmado que estudiaba recurrir, algo que, en principio, no es posible en los arbitrajes internacionales. Por otra parte, el Gobierno destaca que el tribunal condena «parcialmente» conforme a lo inicialmente solicitado por los demandantes. Se obvia que la condena es parcial en la medida en que las cortes de arbitraje solo protegen a las empresas extranjeras de los efectos de los cambios legales en terceros países que afecten a sus inversiones. Por tanto, valúa los daños para los inversores extranjeros perjudicados, mientras los perjuicios para los inversionistas españoles se quedan sin protección.

La siguiente cuestión, para evaluar el impacto de la cascada de indemnizaciones resultante, provendrá de la capacidad adicional que tengan las empresas españoles de reabrir los procesos en la jurisdicción de nuestro país apelando a la indefensión resultante con consecuencias discriminatorias de la protección exterior de los terceros países. Los servicios jurídicos de empresas y gabinetes de abogados ya están en marcha estudiando todas estas posibilidades. El laudo conocido dibuja un panorama de consecuencias ciertas (y otras posibles) para el Estado en términos de previsibles indemnizaciones en la cascada de sentencias pendiente. Luego vendrá como derivada la forma y el impacto en la parte regulada de las tarifas.  Y, además, añadiendo las costas del proceso.

España pierde su primer arbitraje internacional en el Ciadi por los recortes a las renovables ante la firma británica Eiser

Europa Press.- El Estado español perdió el primero de los arbitrajes internacionales fallados en la corte internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, por los recortes aplicados desde 2010 a las energías renovables, según indicaron fuentes cercanas. El laudo, notificado ya a las partes, da la razón en sus pretensiones a la firma británica Eiser Infrastructure Limited y su filial luxemburguesa Energia Solar Luxembourg, que contó en el proceso con el asesoramiento de Allen&Overy.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma un 36,95% en Aries Solar Termoeléctrica (Aste), que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz. La inversión comprometida en estas centrales alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Tras ese momento, el sector fue sometido a diversos recortes retributivos, el primero con el PSOE en el poder, y el último con la aprobación de la reforma del sector eléctrico por parte del Gobierno del PP. El fallo del Ciadi supone el primer revés en los tribunales internacionales para España por estos recortes. En 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico, aunque en aquella ocasión se pronunció a favor de España.

España acumula ante el Ciadi casi una treintena de demandas de inversores internacionales por los recortes aplicados a las energías renovables. Eso sí, a nivel nacional, las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional han avalado los recortes aplicados por el Gobierno en esta materia en los últimos años. Los inversores nacionales no pueden acudir al tribunal internacional de arbitraje.

El PP plantea usar el superávit eléctrico para pagar los arbitrajes adversos mientras la fotovoltaica española reclama igualdad de trato

Europa Press.- La Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier) reclama al Gobierno el mismo trato a los productores nacionales que a los internacionales, después de que el Ciadi haya fallado a favor de la firma británica Eiser Infraestructure y en contra del Estado español. En relación con este asunto, el PP quiere extender al sistema de arbitrajes el uso del superávit eléctrico para pagar indemnizaciones por sentencias condenatorias derivadas de la normativa del sector eléctrico.

Así figura en una enmienda al proyecto de Presupuestos Generales del Estado, registrada ahora que España ha perdido su primer arbitraje internacional por los recortes aplicados a las energías renovables. En el proyecto de Presupuestos, el Gobierno ya había incluido en una disposición adicional la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector. Sin embargo, esta aplicación se amplía de esta forma para «dar cobertura a eventuales pronunciamientos arbitrales», señala el PP en la justificación de su enmienda, «aliviándose de esta forma la carga que supondría hacer frente a los mismos con cargo a los Presupuestos».

Estas enmiendas, con rango de ley, suponen una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa. Desde 2014, el sistema se encuentra en superávit, del que se han acumulado unos 1.130 millones hasta 2016. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cifra la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago en 23.000 millones de euros.

Anpier exige el mismo tratamiento

Respecto al laudo del Ciadi, Anpier destaca que se da la razón a la firma británica frente a los «drásticos recortes retroactivos» impuestos por el Gobierno español en las «sucesivas reformas del marco regulatorio» a la producción de energía renovable. Por ello, los pequeños productores fotovoltaicos españoles exigen que se les otorgue «la misma justicia que ha obtenido este fondo internacional» y que, «muy probablemente», recibirá también el resto de fondos extranjeros con recursos pendientes de resolución en el Ciadi.

«El quebranto sufrido por las 62.000 familias españolas fotovoltaicas es insoportable, tanto en lo económico como en lo moral, y resulta inaceptable que por una misma situación el Estado indemnice el daño causado a los grandes inversores internacionales y ordene la ruina de sus nacionales», indicó el presidente de la asociación, Miguel Ángel Martínez-Aroca. Los productores fotovoltaicos han soportado, según indica Anpier, «recortes de hasta el 50% de la tarifa regulada que ofreció el Estado, mientras que la banca exigía el pago íntegro de la financiación, lo que supuso que el colectivo debió refinanciar para no perder las garantías personales dadas a las entidades bancarias».

Pese a todo, «el Gobierno mantuvo que la reforma era legal y sólida, estigmatizando socialmente a este colectivo para justificar sus arbitrarias decisiones», señala, antes de resaltar que ahora «una instancia internacional, sin ningún tipo de condicionamiento político, ha dictaminado lo que en buena lógica es de justicia, que los acuerdos han de cumplirse o se debe restituir el daño causado». Este resarcimiento ha de producirse «con más motivo cuando se trata de un Estado, que ha de velar por la seguridad jurídica en su territorio, y, sobre todo, cuando se trata de familias que actuaron confiando en su Estado, que les llamó a que realizaran este esfuerzo inversor», añade.

Energía cree que el laudo del Ciadi contra el recorte renovable no es «extrapolable» y “no cuestiona” la reforma Soria-Nadal

Europa Press.- El Gobierno ha defendido que la reforma eléctrica desarrollada por el exministro José Manuel Soria y el exsecretario de Estado de Energía, Alberto Nadal, fue «la adecuada» y ha asegurado que «no se cuestiona» por el laudo arbitral del tribunal internacional de arreglo de diferencias del Banco Mundial, el Ciadi, en el que se da la razón a la firma británica Eiser Infraestructure frente a los perjuicios que le causó el recorte a las renovables.

En este sentido, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital considera que el laudo «no puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante» para otros casos. El Ministerio anuncia además que el Gobierno español estudia recurrir el laudo. Fuentes del departamento dirigido por Álvaro Nadal indicaron que el recurso ha de presentarse ante el propio Ciadi. El laudo, señala Energía, estima parcialmente la demanda de Eiser Infraestructure Limited y Energía Solar Luxembourg en relación a las consecuencias de la reforma eléctrica llevada a cabo en los años 2013 y 2014 para tres instalaciones termosolares.

El laudo, afirma, «única y exclusivamente declara, de manera referida a las tres plantas termosolares de los demandantes y en atención a sus particulares circunstancias, que la reforma ha causado a sus titulares un daño que, bajo la singular apreciación del tribunal de arbitraje, se considera excesivo«. «Dado el carácter estrictamente singular de tal pronunciamiento, no debe asumirse que su resultado puede ser extrapolado ni constituir un precedente vinculante para otros arbitrajes pendientes», afirma Energía.

El Ministerio sostiene que cada procedimiento arbitral «es diferente, tanto en la información como en los argumentos aportados«, y recuerda que hasta la fecha se ha producido un desistimiento en un arbitraje, mientras que en otros dos arbitrajes sobre renovables ya resueltos los laudos han dado la razón a España «de manera contundente». Eso sí, el fallo ahora conocido es el primero emitido por el Ciadi. En enero de 2016, el Tribunal Arbitral de Estocolmo también se pronunció sobre la demanda presentada por Charanne B.V. y Construction, Investments, dos sociedades vinculadas a Isolux, por los recortes al sector fotovoltaico de la etapa socialista y, en aquella ocasión, se pronunció a favor del Reino de España.

Da 128 pero pedían 300

Energía también destaca que el arbitraje solo estima parcialmente las reclamaciones de los demandantes, al tiempo que condena a España al pago de 128 millones de euros más intereses, frente a los más de 300 millones que reclamaban los demandantes. La inversión comprometida en las tres termosolares alcanza los 935 millones de euros y se acometió en 2007, el mismo ejercicio en el que se aprobó el real decreto 661/2007, cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables.

Al realizar las inversiones, Eiser era socio en España de Elecnor y de la firma de ingeniería Aries. La firma tiene un 36,95% en Aste, que posee dos plantas termosolares de 50 megavatios (MW) en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), así como el 33,83% de Dioxipe Solar (Astexol), que desarrolla otra planta termosolar de 50 MW en Badajoz. El Ministerio asegura además que el tribunal no cuestiona «el derecho soberano de España de tomar medidas regulatorias apropiadas para atender las necesidades públicas, lo que potencialmente incluye la modificación del régimen del real decreto 661/2007».

El laudo, continúa, tampoco cuestiona la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en 2013 y 2014, «que permitió acabar con el déficit de tarifa». Su contenido indica que «el demandado enfrentó un legítimo problema de política pública con su déficit tarifario, y el tribunal no cuestiona que fuese apropiado que las autoridades españolas adoptasen medidas razonables para lidiar con la situación», señala el Ministerio. El departamento dirigido por Álvaro Nadal también afirma que «las diversas sentencias nacionales tanto del Tribunal Supremo y como del Constitucional en materia de renovables han avalado la reforma eléctrica y sus pilares fundamentales».

Por su parte, el ministro de Educación, Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno, Iñigo Méndez de Vigo, afirmó que cuando se acometió la reforma eléctrica la deuda del sistema superaba los 26.000 millones de euros y crecía a razón de 10.500 millones anuales, por lo que era necesario corregir para evitar que el recibo eléctrico subiera un 42%. Méndez de Vigo defendió que «aquellos que se sientan perjudicados puedan acudir a los tribunales», pero subrayó que este laudo del Ciadi no cuestiona la reforma y es susceptible de recurso.

El Gobierno aún espera un acuerdo que «satisfaga a ambas partes» en el litigio de Gas Natural Fenosa con Colombia

Servimedia / EFE.– El ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Alfonso Dastis, mostró su deseo de que se alcance un acuerdo que «satisfaga a ambas partes» tras la liquidación de Electricaribe, filial de Gas Natural Fenosa en Colombia, por parte del Gobierno de este país. En este sentido manifestó que «lo deseable es un acuerdo que satisfaga a ambas partes. En eso hemos trabajado y seguimos haciéndolo».

Confirmó que el Gobierno está trabajando en paralelo con la «empresa matriz» y con el Gobierno colombiano «en esa dirección». Electricaribe está participada en un 85% por la española Gas Natural Fenosa y en un 15% por el Gobierno colombiano. El Gobierno colombiano ordenó la intervención de Electricaribe, que se encuentra inmersa en una crisis financiera, que ha repercutido negativamente en la prestación de los servicios a sus clientes. Tras esta decisión, Gas Natural Fenosa exigió a Colombia que deje sin efecto la decisión de liquidar la sociedad Electricaribe y se trabaje para buscar una solución «satisfactoria» y «sostenible» para la prestación del servicio de suministro eléctrico en la zona.

Gas Natural anunció que demandaría al Gobierno colombiano ante el Ciadi por la liquidación de Electricaribe. La empresa española ha presentado la documentación pertinente para el inicio del procedimiento arbitral ante el Tribunal de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral) con el objetivo de que se le devuelva Electricaribe. Gas Natural asegura que quiere recuperar su filial con un «marco regulatorio viable» y, en su defecto, que se le compense por un importe que se cuantificará en el curso del procedimiento, pero que, en base a valoraciones preliminares, superará los 1.000 millones de dólares (unos 926,4 millones de euros).

Gas Natural Fenosa denunciará a Colombia por Electricaribe ante los tribunales internacionales de arbitraje mientras Fainé intenta aún el diálogo

Europa Press.- Gas Natural Fenosa considera que «no le queda otra alternativa» que recurrir a los tribunales internacionales de arbitraje tras la decisión de las autoridades colombianas de liquidar y vender su filial Electricaribe. Sin embargo, fuentes conocedoras de las negociaciones entre la empresa y las autoridades colombianas indicaron que el presidente de Gas Natural Fenosa, Isidro Fainé, mantuvo recientemente una reunión con el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, en la que ambas partes acordaron abrir una línea de diálogo paralela.

Las fuentes explican que, al margen de estos contactos con el Gobierno colombiano en los que se negociaría una nueva regulación para Electricaribe a cambio de que la empresa española realice nuevas inversiones, se están ultimando los detalles de la denuncia internacional, que se presentará ante el tribunal de arbitraje dependiente del Banco Mundial, el Ciadi. La compañía española asegura que, «dada esta situación de hechos consumados, a Gas Natural Fenosa no le queda otra alternativa que acudir a una institución internacional para que resuelva la situación creada en la forma prevista en el Acuerdo de bilateral de protección recíproca de inversiones entre España y Colombia, vía que ha estado demorando hasta el momento voluntariamente».

La compañía recuerda que ya ha desconsolidado su participación en Electricaribe y reclasificó la filial como activo financiero con un valor contable de 475 millones. «Obviamente, la reclamación internacional se hará por la totalidad de su valor, que es muy superior», asegura. Gas Natural Fenosa reclama además a las autoridades colombianas que «dejen sin efecto» la liquidación y venta de su filial Electricaribe y «trabajen para buscar una solución satisfactoria y, sobre todo, sostenible para la prestación del servicio de suministro eléctrico en la zona».

Además, lamenta la decisión anunciada por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de Colombia, que «obvia» a su juicio el «problema fundamental» de la filial intervenida y «entra en contradicción» con las declaraciones realizadas por los actuales administradores de Electricaribe. Electricaribe es una empresa regulada y suministra a todos los clientes de su zona en las condiciones que el Gobierno determina en cada momento. La regulación actual no tiene en cuenta las características de la zona del Caribe y sus problemas, lo que aboca a la filial a un déficit adicional de 85 millones en 2017, argumenta la compañía española.

Al tiempo que se muestra dispuesta a denunciar a Colombia ante los tribunales internacionales, Gas Natural Fenosa expresa su «voluntad de seguir negociando con el Gobierno de Colombia para alcanzar un acuerdo que, dotando a Electricaribe de un marco regulatorio adecuado, establezca la necesaria regulación jurídica y económica que le permita continuar operando Electricaribe, y llevar a cabo las inversiones convenientes». La situación de Electricaribe se debe a la «inseguridad normativa existente en el país debido al fraude e impago padecido», señala Gas Natural Fenosa.

Además, considera que la liquidación de la empresa también es contraria al «espíritu de profundización de las relaciones comerciales entre la Unión Europea y Colombia, conforme al Acuerdo de Libre Comercio» e «impacta negativamente en el clima requerido para que se produzcan los flujos de inversión internacional hacia ese país». La orden de liquidación es «claramente» un paso en la dirección opuesta a los principios que preconiza la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de la que Colombia es candidata a la adhesión, añade la compañía española.

Gas Natural Fenosa también expresa su «sorpresa» por la «falta de importancia» que la Superintendencia atribuye al «gravísimo problema de la morosidad y el fraude», pues arrastra una deuda superior a los 1.300 millones de euros. La deuda de los clientes protegidos a los que es imposible cortar el suministro por imperativo legal supera los 350 millones de euros. A estos importes se suman fraudes por importe superior a los 100 millones de euros anuales. La empresa, señala, interpuso más de 16.000 denuncias, de las que solo obtuvo 85 condenas. «Es una auténtica ocurrencia decir que la gestión del riesgo de fraude o impago está en manos de Electricaribe», concluye.

«A pesar de la magnitud de las cifras, a pesar de las auditorías al efecto y de los numerosísimos escritos a diversos organismos oficiales, y al hecho de que el Estado colombiano detenta un 14% del capital social (bajó del 30% al 14% al no acudir a las ampliaciones de capital) y tiene un representante en el Consejo de Administración, la Administración colombiana no ha tomado las medidas necesarias para evitar el colapso de la sociedad por falta de adecuada regulación y seguridad jurídica«, afirma. Electricaribe fue adquirida por Unión Fenosa en 2000 y, desde entonces, se invirtieron desde España en Electricaribe más de 800 millones de euros, «y jamás se cobró ningún dividendo», señala.

Enagás prevé un déficit gasista de unos 140 millones en 2016 y que el sistema entre en equilibrio en 2018

Europa Press.- Enagás prevé un déficit gasista de entre 130 y 140 millones de euros para 2016 y estima que el sistema entrará en equilibrio en 2018, según una presentación remitida por Enagás a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El grupo estima una aceleración del crecimiento de la demanda nacional de gas del 3,5% anual para el periodo 2017-2020, frente al 2,1% en 2016, en línea con «el crecimiento económico» del país y debido a un mayor consumo del gas para generación eléctrica, lo que llevará a este equilibrio del sistema, según indicó el presidente de Enagás, Antonio Llardén. Además, prevé que, con el crecimiento estimado de la demanda, el déficit acumulado en el sistema gasista se absorbería en el año 2022. Enagás asevera que la aplicación del actual marco regulatorio «ya está consiguiendo eliminar el desajuste entre ingresos y gastos del sistema gasista».

Asimismo, el grupo considera que recuperará la inversión de 275 millones de dólares (unos 259 millones de euros) y las garantías depositadas por 227 millones de dólares (unos 214 millones de euros) correspondientes al proyecto del Gasoducto Sur Peruano (GSP) en un plazo «máximo» de tres años, de acuerdo a los análisis realizados para la compañía del contenido del contrato de la concesión. Llardén indicó que este plazo de tres años es «una mera cuestión de prudencia», ya que el Gobierno peruano se comprometió a realizar unos procesos de subasta de los bienes de la concesión y adjudicar los mismos a un nuevo concesionario en un plazo de 12 meses.

Así, con la suma que se obtenga en la subasta se abonará a GSP hasta el 100% del valor contable neto de los bienes de la concesión. Si el producto de la subasta es inferior al 72,25% del valor contable neto, o si no hubiera postores o no se hubiera celebrado ninguna subasta en el plazo de 12 meses, el concedente garantiza como mínimo el 72,25% de este valor contable neto a favor de GSP, señaló Enagás, quien precisó que las controversias no-técnicas superiores a 30 millones de dólares (unos 28 millones de euros) se resolverán mediante arbitraje internacional (Ciadi).

No obstante, Llardén, quien reafirmó el compromiso de Enagás de «facilitar al máximo» esta continuidad del proyecto, subrayó que GSP seguirá «adelante, ya es un objetivo de infraestructura y político del Gobierno peruano y se entiende que es uno de los proyectos estrella para la reestructuración económica del país». Asimismo, consideró que Enagás no debe realizar ninguna «modificación importante» a la hora de establecer sus criterios de inversión internacional, ya que el caso de GSP se trata de una circunstancia muy concreta que afectó al socio mayoritario, la brasileña Odebrecht).

Respecto a posibles adquisiciones, Llardén destacó que el grupo, más allá de sus compromisos de dividendo e inversión, cuenta con unos 1.000-1.300 millones de euros en caja disponibles que se podrán destinar para reducir deuda «en los momentos más oportunos» o para las oportunidades de inversión que se puedan presentar. «El equipo está estudiando los objetivos y según lo que veamos se tomarán las decisiones más oportunas. Podemos navegar y cambiar u orientar el rumbo de la nave según sea más oportuno», señaló al respecto.

El Gobierno propone a Soria como director ejecutivo del Banco Mundial, donde se dirimen los arbitrajes internacionales de las renovables

Redacción / Servimedia.- El Gobierno en funciones presidido por Mariano Rajoy ha propuesto al exministro José Manuel Soria, que dimitió tras aparecer su nombre en los conocidos como papeles de Panamá como cotitular de una sociedad ubicada en el paraíso fiscal de Jersey, como candidato para ocupar el cargo de director ejecutivo del Banco Mundial, donde se dirimen los arbitrajes internacionales por las modificaciones retributivas en España a las energías renovables en la Corte Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI).

Según informó este viernes el Ministerio de Economía y Competitividad en un comunicado difundido tras el debate de la fallida investidura de Mariano Rajoy, la Comisión de Evaluación de candidaturas a las Instituciones Financieras Internacionales (IFIs) ha seleccionado a los candidatos para cubrir los puestos que corresponden a España en el Banco Mundial (BM), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo (BERD).

En el caso del Banco Mundial, el puesto a cubrir es el de director ejecutivo para el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de este año y el 31 de octubre de 2018 y el candidato propuesto es José Manuel Soria. El plazo para presentar candidaturas terminaba este viernes y su nominación, junto a los otros 24 directores ejecutivos propuestos por el resto de países, será votada por los 189 Gobernadores del Banco Mundial.

Soria dimitió después de que se difundiera que era cotitular de la empresa UK Lines Limited con sede en el paraíso fiscal de Jersey. Aunque en un principio lo negó, posteriormente reconoció la existencia de la empresa, creada por su padre y gestionada por su hermano sin que él, según afirmó, supiera nada, aunque en los papeles de Panamá aparecieron documentos firmados por el propio ministro. Finalmente, dimitió en abril.

El Gobierno destacó que «José Manuel Soria tiene una dilatada experiencia sobre todo en la Administración Pública, aunque también en el ámbito docente y en el sector privado. Como alto funcionario del Estado, ha sido ministro de Industria, Energía y Turismo durante la X Legislatura y ha desempeñado diferentes puestos de responsabilidad en el Ministerio de Economía, en especial, en el área de comercio exterior».

La Comisión de Evaluación, presidida por la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y de la que forman parte también la Secretaría de Estado de Comercio, la Secretaría General del Tesoro, la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional y la Dirección General de Política Económica, también ha seleccionado a Fernando Jiménez Latorre para el FMI y a Pablo Gasós y Casao para el BERD.