El Supremo confirma la multa de 10 millones de euros a Red Eléctrica por el apagón de Barcelona en 2007

Redacción / Agencias.- La Sala III del Tribunal Supremo confirmó en una sentencia la multa de 10 millones de euros a Red Eléctrica de España (REE)por los perjuicios causados por el incidente de Collblanc que dejó sin servicio a 323.000 usuarios de Barcelona en 2007. Dicha sentencia de la sección 5 de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) estableció en 10 millones de euros la sanción a Red Eléctrica por la avería en la subestación de Maragall (Barcelona).

En su fallo, el Supremo señala que no procede corregir el pronunciamiento de la sentencia recurrida «puesto que la determinación del importe de la sanción impuesta se fundamenta de forma motivada en la aplicación razonable del principio de proporcionalidad, por lo que no resulta atendible la pretensión de su reducción por el hecho de no haber infringido ninguna norma legal o reglamentaria, o por haberse tipificado inadecuadamente la conducta infractora».

Así el Tribunal Supremo confirma la sanción que fue impuesta por el TSJC, que estimó parcialmente un recurso de REE y rebajó de 11 a 10 millones de euros la sanción que la Consejería de Economía le impuso en 2008 tras considerar el incidente como una infracción muy grave. El Gobierno autonómico de Cataluña consideró entonces que la falta de suministro se produjo por las deficiencias de mantenimiento y conservación de la red, algo que confirmaba con su fallo el TSJC, que del acuerdo de la Generalitat catalana únicamente cambió la cuantía de la sanción.

El TSJC avalaba la multa a REE por considerar que la compañía «infringió la obligación legal de garantizar la continuidad del suministro eléctrico, pues siendo titular de la línea de 220 kilovatios incumplió la obligación de mantenerla en las adecuadas condiciones». El Supremo destacó que las instalaciones donde se produjo el fallo eran propiedad de la empresa y que ya se había alertado del mal estado de la instalaciones que finalmente colapsaron y cuyo incendio se debió al fallo de las tomas de tierra correspondientes. En definitiva, considera que «la deficiente situación del sistema de puesta a tierra y cross-bonding de la línea Maragall-Urgell fue condición necesaria causante del incendio de la subestación de Maragall».

El Supremo avala la valoración que dio el TSJC a las pruebas periciales solicitadas por REE sobre el origen del incendio y el funcionamiento del sistema de protección de las instalaciones de transporte de energía eléctrica. Y concluye que no desvirtúan el análisis efectuado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cataluña y por la Comisión Nacional de Energía. Dichos análisis apreciaron, recuerdan los magistrados, «la existencia de deficiencias en la configuración y el estado operativo de la línea subterránea de transporte de electricidad», propiedad de REE, «de la que es particularmente destacable el fallo en el aislamiento de dicho cable que no reunía las adecuadas condiciones de seguridad«.

Como consecuencia del incidente de Collblanc, 323.337 usuarios del área de Barcelona se quedaron sin suministro eléctrico, que quedó restablecido de forma gradual pero no se repuso en su totalidad hasta tres días después, el 25 de julio de 2007. «El incidente», dice el Supremo, «afectó a 13 centros de asistencia primaria, a varias líneas del Metro, Ferrocarriles de la Generalitat y Tranvía, con interrupciones temporales del servicio y del suministro de agua. También obligó a movilizar servicios de protección civil, seguridad ciudadana y seguridad vial, con actuaciones de los servicios sociales, servicios penitenciarios, «.

El histórico apagón comenzó en la subestación de Collblanc de Barcelona con la caída de un cable de Fecsa-Endesa sobre las instalaciones de REE, lo que derivó en un incendio en la subestación de Maragall, propiedad de esta última compañía. Ambas empresas se responsabilizaron mutuamente del apagón, pero la Generalitat acabó multando tanto a REE como a Fecsa Endesa con 11 y 10 millones, respectivamente.

 

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