El nuevo decreto de las renovables o la interinidad regulatoria

La publicación de la reforma del R.D. 436/2004 de energías renovables y de régimen especial, finalizó por sorpresa el viernes pasado al aprobar el Consejo de Ministros la propuesta definitiva elaborada por la Secretaria General de Energía de Ignasi Nieto. Había una gran expectación en torno a como iba a terminar el articulado, habida cuenta de los usos y costumbres de la actual Secretaría General de Energía: incorporación de modificaciones en el último momento, poco esperadas y, lo que es peor, poco consensuadas con los agentes económicos, un problema muy grave cuando se trata de la regulación de los sectores económicos. Lo que si es evidente, es que siempre tiene un toque personal, digamos.

Así que, todos se tentaban la ropa hasta leerse el decreto publicado en el Boletín Especial del Estado, utilizando la lupa de filatélico, en cada párrafo, en cada fórmula, en cada porcentaje, en cada plazo, en cada disposición adicional o en cada disposición transitoria. Y, la conclusión, el consenso se ha centrado en dos argumentos: parece que la situación de las instalaciones actuales ha quedado resguardada de una posible retroactividad regulatoria. Mientras, parece que de futuro, para las nuevas instalaciones, la situación parece que ha quedado seriamente afectada la estabilidad regulatoria y la seguridad jurídica que precisan estas inversiones (que por su ciclo de vida útil exceden de los períodos que establece el nuevo Real Decreto para la revisión de su retribución y de la falta de concreción de sus criterios).

La fuerza del cuatro

Así, cada cuatro años empieza todo. Quiere decirse que las instalaciones que se pongan en funcionamiento a partir de la entrada en vigor de este decreto, cada cuatro años podrán ver modificadas sus condiciones retributivas, en función de los intereses de la coyuntura futura. No habrá, por tanto, el respeto que establece el R.D. 436 de mantener las condiciones para toda la vida útil de las instalaciones. Y, los inversores, como seres racionales incorporarán en sus análisis de riesgo esta cuestión a la hora de tomar sus decisiones futuras. Si prefieren asumir la incertidumbre cada cuatro años de lo que les pudiera pasar, o prefieren destinar los recursos a otros activos o a localizaciones (países) dónde las inversiones sean más ciertas, decidirán de acuerdo con sus perfiles de riesgo y con la información disponible que les otorgue la seguridad que piden en cada momento.

El tiempo dará buena cuenta de los resultados de esta fórmula regulatoria y todos los dedos deben apuntar a los autores de este Real Decreto (Nieto y Clos), acerca de las consecuencias futuras del mismo, dado que confían ciegamente en que no se modificará el ritmo de inversión. El análisis periódico de la propia evolución del cumplimiento del Plan de Energías Renovables será un testigo claro de esto, dado que el propio Ministerio de Industria, en su ejercicio de comunicación asociado, presenta este nuevo decreto como un instrumento compensador entre energías (sugiriendo que empeora a unas para favorecer a otras, haciendo incompatible el desarrollo conjunto en paralelo de las distintas tecnologías). ¿Qué es lo que tiene que compensar un regulador, como si fuera un padre ñoño o un arbitro que se equivoca al pitar los penaltis?

Una cifra, la del cuatro, que tiene efectos devastadores en nuestro país. En cuatro años, como han podido ver recientemente, se construyen cosas, obras públicas, infraestructuras, se inauguran cosas y se ganan y se pierden elecciones, socios parlamentarios, apoyos políticos y mapas electorales. En nuestro país, el comportamiento político se extiende como una térmite devoradora que alcanza a las asociaciones de vecinos o las comunidades de regantes, en todo lo que toca. Por tanto, fruto de esta regulación, ya está sometido un sector económico, a las coyunturas económicas y políticas de muy diversa índole (el déficit de generación, los pactos post-electorales, los grupos empresariales cercanos en cada momento, etc…).

Regulación cierta vs. intervencionismo

En el fondo, es el choque de dos modelos: uno el que afirma, que con estabilidad regulatoria y reglas claras se consigue la movilización de los recursos del sector privado y, otro que se basa en el palo y la zanahoria, (el intervencionismo que señale beneficiados y perjudicados) bajo la suposición de que los agentes económicos son votantes: un incremento de retribución hoy aquí, ahora mañana allá, luego ya veremos, ahora mejorar la retribución de esta tecnología y después será en otra, etc… Todo ello, dotado de la arbitrariedad regulatoria que permita modificar y afectar a todo el que se ponga por delante o tenga una afinidad electiva.

Por ello, todo esto no debería dejar impasible (ni tranquilo) a ningún sector, por muy buenas que sean las fórmulas de retribución que hayan renovado con Ignasi Nieto (como las fichas de los futbolistas), la posibilidad de que cada cuatro años se vieran modificadas sus condiciones retributivas y tuvieran que lanzarse a un ejercicio periódico de lobby y defensa de intereses, que sólo interesa para determinados comportamientos políticos basados en el miedo de los administrados. El miedo guarda la viña. Hoy le puede pasar al sector eólico y mañana ¿a quién?.

Esperemos que el futuro nos traiga mejores herramientas legislativas, con mayor duración, perspectiva económica y lógica empresarial. Y mejores gestores de la ‘cosa pública’, mejores reguladores en esto de la energía. Ahora lo único que tenemos entre nuestros interinos, es alguien que quiere ser el Gran Hermano regulatorio.

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