Cepsa subraya la legalidad de sus contratos con las gasolineras

En un comunicado, la petrolera reitera que la sentencia publicada el jueves por el Tribunal de Luxemburgo reconoce que su política contractual se ajusta a las normas de competencia y confirma la validez de sus contratos.

La sentencia, referida a un caso prejudicial planteado por la Audiencia Provincial de Madrid en la demanda presentada en 2004 por una gasolinera contra Cepsa, considera que fijar los precios de venta al público de los carburantes en las estaciones con contratos de suministro exclusivo «constituiría una restricción de la competencia».

Asimismo, la sentencia estima necesario que en esos contratos se den a las gasolineras «ventajas económicas importantes».

Desde Cepsa argumentan que la petrolera no fija los precios de venta al público sino solamente los máximos y permite a los propietarios de las estaciones de servicio bajar el precio con cargo a sus márgenes con «plena libertad», algo que seguirá asegurando.

Este sistema, añade Cepsa, «asegura la competencia en beneficio del cliente final al impedir que bajo la marca se puedan fijar precios superiores a los establecidos».

Por otro lado, la petrolera argumenta que no tiene obligación de conceder «ventajas económicas importantes» a sus gasolineras abanderadas, ya que ninguno de sus contratos supera los cinco años y la petrolera no cuenta con más del 30 por ciento de la cuota de mercado.

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