Industria suprime cinco de las siete condiciones que la Comisión Nacional de Energía impuso a Sonatrach

El Ministerio de Industria ha eliminado cinco de las siete condiciones que la Comisión Nacional de la Energía (CNE) impuso a la compañía estatal argelina Sonatrach para elevar del 20 al 36 por ciento su participación en el consorcio Medgaz, que promueve un gasoducto submarino entre Argelia y España.

Industria, que ha estimado parcialmente el recurso de alzada interpuesto por Sonatrach, mantiene dos de las condiciones, aunque introduce cambios en ellas. Las condiciones finales están en línea con las que se impusieron a Iberdrola para aumentar su participación en Medgaz del 12 al 20 por ciento.

El pasado 8 de mayo, el Consejo de Administración de la CNE autorizó a Sonatrach a aumentar su participación en Medgaz, aunque impuso siete condiciones (la resolución consta de ocho puntos, pero el primero se limita a informar de que se ha concedido el permiso).

La resolución de Industria, fechada el 19 de julio, mantiene dos condiciones, la número dos y la número tres, aunque con modificaciones.

Por un lado, Sonatrach deberá informar a la CNE cuando se produzcan cambios en su participación accionarial o se suscriban acuerdos de control con otros accionistas de Medgaz. Por otro, el regulador energético revisará las condiciones impuestas si la compañía argelina alcanza un grupo de influencia mayor.

Industria elimina las cinco condiciones restantes, que en la resolución de la CNE aparecían con los números cuatro, cinco, seis, siete y ocho.

La número cuatro instaba a Sonatrach a realizar todas las actuaciones necesarias para concretar el proyecto Medgaz y a facilitar su eventual ampliación. Además, obligaba a la compañía argelina a respetar el régimen de derechos y obligaciones y la pluralidad de accionistas.

Industria suprime esta condición al entender que, pese al aumento de su participación accionarial, Sonatrach no tiene capacidad para oponerse por si sola a esos planteamientos.

La condición número cinco obligaba a la compañía argelina a informar a la CNE sobre el grado de utilización de la capacidad de transporte contratada en el futuro gasoducto. El Ministerio ha optado por suprimirla al considerarla superflua.

Las condiciones seis, siete y ocho imponían a Sonatrach la obligación de comunicar a la CNE cualquier acuerdo del Consejo o de la Junta de Medgaz. Además, el regulador energético se reservaba un control administrativo a posteriori para defender la seguridad pública, ya que establecía la posibilidad de revocar acuerdos que pudieran ponerla en peligro.

La resolución de Industria opta por revocar las condiciones siete y ocho al considerarlas improcedentes e inadecuadas, y la número seis por tratarse de una condición instrumental de las otras dos.

Sonatrach recurrió el pasado mes de junio las condiciones impuestas por la CNE y pidió la suspensión cautelar.

El 11 de julio Industria rechazó la suspensión cautelar y una semana después, el 19 de julio, se pronunció sobre el fondo del asunto.

El capital del consorcio Medgaz está repartido entre Sonatrach (36 por ciento), Cepsa e Iberdrola (cada una con un 20 por ciento), y Endesa y Gaz de France (ambas con un 12 por ciento).

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *