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El Tribunal Constitucional avala el recorte retributivo a las energías renovables y rechaza que se haya vulnerado la seguridad jurídica

Redacción / Agencias.- El Tribunal Constitucional ha avalado el recorte a las renovables de la reforma energética y considera que el Gobierno justificó «de forma suficiente» la necesidad de aprobar las medidas por la vía de urgencia, por lo que actuó de acuerdo con la legislación. En un voto particular 3 magistrados consideran «insuficientes» la argumentación relativa al principio de confianza legítima pero están de acuerdo en el fallo.

En su sentencia, del pasado 17 de diciembre, el Constitucional desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la Región de Murcia contra varias disposiciones del Real Decreto-ley 9/2013, que estableció un nuevo sistema retributivo para las energías renovables, aunque se incluye un voto particular del magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, al que se adhieren otros dos de los 11 miembros del tribunal. En el fallo, el Constitucional señala también que dichas medidas no vulneran, como alegaba el recurrente, el principio de jerarquía normativa ni los de seguridad jurídica e irretroactividad de las disposiciones sancionadoras o no favorables.

Además, indica que, según consolidada doctrina, el artículo 86.1 de la Constitución habilita al Gobierno a legislar por decreto siempre y cuando resulte justificada de forma explícita la «extraordinaria y urgente necesidad» de las medidas aprobadas por esta vía. Así, destaca que según la exposición de motivos de la norma impugnada y la intervención del ministro de Industria, José Manuel Soria, en el debate de convalidación del Congreso, las medidas contenidas en el decreto-ley recurrido sirvieron para hacer frente al «aumento imprevisto del déficit tarifario» causado por los efectos de la crisis económica, esto es, por la caída de la demanda de energía eléctrica y por el incremento general de los costes del sistema eléctrico.

Al respecto, en doctrina aplicable a este recurso, el Tribunal Constitucional ya había determinado que «la importancia del sector energético para el desarrollo de la actividad económica determina que su ordenación sea susceptible de constituir una necesidad cuya valoración entra dentro del ámbito de atribuciones que corresponde al Gobierno«. Asimismo, los recurrentes denunciaban la vulneración del principio de jerarquía normativa porque, en su opinión, el decreto legislativo es contrario al Tratado sobre la Carta de la Energía ratificado por España. Sin embargo, la sentencia señala que «no corresponde a este Tribunal determinar la compatibilidad o no de un precepto legal con un tratado internacional, ni éstos pueden erigirse en normas fundamentales y criterios de constitucionalidad».

El Constitucional también rechaza que las modificaciones en el régimen retributivo de las energías renovables vulneren la seguridad jurídica. Según explica, este principio, así como el de confianza legítima, no protegen «de modo absoluto la estabilidad regulatoria, ni la inmutabilidad de las normas«. «Dicha estabilidad regulatoria es compatible con cambios legislativos cuando sean previsibles y derivados de exigencias claras del interés general», añade al respecto. En este caso, «no cabe calificar de inesperada la modificación producida, pues la evolución de las circunstancias del sector hacían necesarios los ajustes», indica la sentencia que concluye que «los principios de seguridad jurídica y confianza legítima no permiten consagrar un pretendido derecho a la congelación del ordenamiento jurídico existente«.

Por otra parte, considera que la demanda tampoco justifica en qué medida la norma puede «generar confusión o incertidumbre en su aplicación», ya que de hecho, añade, el decreto recurrido especifica expresamente los parámetros y criterios que permiten determinar de manera objetiva los conceptos jurídicos de rentabilidad razonable y empresa eficiente o bien gestionada, conceptos que constituyen las condiciones que deben cumplirse para la aplicación de las retribuciones adicionales y que los recurrentes consideran «indeterminados».

Finalmente, el Tribunal descarta que, al disponer su vigencia inmediata al tiempo que remite a un reglamento posterior para la efectiva aplicación del nuevo régimen retributivo, el decreto vulnere el principio de irretroactividad de las leyes. Así, señala que la norma impugnada prevé un régimen transitorio hasta que el ulterior desarrollo del reglamento dote de plena eficacia al nuevo régimen retributivo. En ese momento, explica, se procederá a practicar la «regularización correspondiente por los derechos de cobro o en su caso las obligaciones de pagos resultantes» que se hayan generado.

La sentencia reitera que la irretroactividad que prohíbe la Constitución es aquella que se entiende como «incidencia de la nueva ley en los efectos jurídicos ya producidos de situaciones anteriores»; es decir, cuando se trata de «derechos consolidados, asumidos e integrados en el patrimonio del sujeto y no a los pendientes y futuros, condicionados y expectativas». En este caso, afirma el Tribunal, los titulares de las instalaciones de producción de electricidad en régimen primado están sujetos al nuevo régimen retributivo desde la fecha de entrada en vigor del decreto impugnado.

Por su parte, en el voto particular, los magistrados se muestran favorables a la sentencia pero consideran «insuficientes» los argumentos planteados en lo que se refiere al principio de confianza legítima y a su significado constitucional como «elemento integrante de los principios de seguridad jurídica y de irretroactividad de las normas, consagrados en el artículo 9.3 de la Constitución. Asimismo, también consideran que la sentencia debió realizar un análisis «detenido y minucioso» sobre el cumplimiento por la norma impugnada del citado principio de confianza legítima y sostienen que el Tribunal ha «perdido la oportunidad» de pronunciarse sobre la influencia de los cambios en la regulación de este sector «desde la perspectiva de la confianza legítima».

Industria se muestra «satisfecha» con la sentencia del Constitucional que «desarma» los recursos de las renovables

Europa Press.- El Ministerio de Industria, Energía y Turismo se encuentra «satisfecho y contento» con la sentencia del Tribunal Constitucional en la que se rechaza el recurso presentado por el Gobierno de Murcia en contra del recorte a las renovables aplicado en el real decreto-ley 9/2013.

Fuentes del departamento dirigido por José Manuel Soria indicaron que la sentencia es «importante» para validar las medidas de la reforma y «desarma los argumentos» incluidos en los recursos de las empresas de renovables que analiza en la actualidad el Tribunal Supremo. Industria destaca especialmente los votos particulares emitidos por 3 de los 11 magistrados del Constitucional no sólo por «ir a favor» del fondo de la sentencia, sino también por reclamar más argumentos que den más fuerza al rechazo de los recursos en los tribunales y hubieran creado jurisprudencia.

El Tribunal Constitucional desestima el recurso de inconstitucionalidad promovido por Murcia contra el marco retributivo fijado a las renovables

Europa Press / EFE.- El Tribunal Constitucional desestimó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno murciano contra varias disposiciones del Real Decreto-ley 9/2013, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico. Los preceptos impugnados del Decreto-ley establecen los principios generales sobre los que se basa el nuevo marco retributivo de las energías renovables, que se aplica desde julio de 2013, y la rentabilidad razonable para las instalaciones durante el primer periodo regulatorio.

El Constitucional valida, por tanto, los principios del nuevo marco retributivo para las energías renovables, que fueron desarrollados por el Gobierno como parte de la reforma eléctrica. Por su parte, algunos propietarios de instalaciones de renovables habían recurrido ante el Supremo en contra de los mismos preceptos, alegando que «podían vulnerar los límites de la retroactividad de las normas y los principios de seguridad jurídica y confianza legítima». El pronunciamiento del Constitucional desestimando el recurso «sentará probablemente el criterio en los sucesivos recursos en este ámbito, avalando así la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en esta legislatura», indicó el Ministerio de Industria.

Investigadores de la Universidad de Murcia aseguran que el cambio climático no afectará al sector fotovoltaico en Europa

Europa Press.- Una investigación liderada por profesores de la Universidad de Murcia ha concluido que los cambios en las condiciones atmosféricas producto del cambio climático, como el aumento de la nubosidad, no supondrá un riesgo serio para el desarrollo de la fotovoltaica en Europa.

El estudio afirma asimismo que, ni en el peor de los escenarios de futuro que se baraja con el cambio climático, la producción de energía fotovoltaica se verá afectada de manera importante en el continente europeo. Los investigadores del artículo, cuya autora principal es Sonia Jerez y en el que participan también Juan Pedro Montávez y José María López Romero, alcanzan estos resultados tras analizar un conjunto de simulaciones del clima futuro y el fuerte despliegue de instalaciones de energía solar fotovoltaica previsto en Europa.

El cambio climático no afectará de forma notable a la producción de energía fotovoltaica, ni en términos de producción media ni en los de su variabilidad temporal. Esta conclusión general se matiza en las regiones más septentrionales del continente, donde escenarios extremos de cambio climático anticipan una reducción del 10% de energía fotovoltaica a finales de siglo, aunque no hay un fuerte desarrollo en estas regiones. Al contrario que en los países ricos en recurso solar del sur, como España, en los que el impacto del cambio climático en la producción media sería insignificante, aumentando la estabilidad temporal del suministro, especialmente en su variabilidad diaria.

Podemos promueve desde Murcia una ley nacional para el autoconsumo y la producción de energía renovable

EFE.- El secretario general de Podemos-Murcia, Oscar Urralburu, y el diputado autonómico de la formación, Antonio Urbina, han presentado una iniciativa de Proposición de Ley de energía eléctrica renovable para el autoconsumo con el objetivo de derogar la norma estatal que regula las condiciones de ambas modalidades de suministro eléctrico.

Urralburu ha explicado que esta ley llevaría a los diferentes grupos a firmar «un gran Pacto del Sol, para dar luz al futuro cambio de modelo energético«, y que se trata de «una Ley cuyo dictamen se ha aprobado en la Asamblea Regional y, una vez sea aprobada en Murcia será llevada a los primeros plenos del Congreso, ya pasadas las elecciones y constituido este órgano, para recuperar el sector de las renovables que se ha ido perdiendo a lo largo de estos cuatro años».

Desde Podemos tratarán de elevar al Congreso una Ley de Autoconsumo y balance neto». Urbina destacó la importancia de «relanzar el sector, llevando el foco desde la Región de Murcia, que es el punto que más energía solar tiene y, por lo tanto, es el lugar donde las inversiones serían más rentables y donde podemos ser cabeza en la generación de empleo verde. Murcia podría ser motor de desarrollo económico».

Tras reuniones con los Productores de Energía Solar ANPIER, la Fundación Desarrollo sostenible de Murcia y AREMUR, su presidente Rául Morales traslado a Podemos la importancia de la puesta en marcha de todo un mercado de las energías renovables, que podrían crean en Murcia un total de 5.000 puestos de trabajo al año. Urbina ha afirmado que desde Podemos se va a apoyar a este sector con la voluntad de «que se desbloqueen las barreras que impiden este desarrollo económico».

Cambiar de comercializadora de luz o de gas tarda de 13 a 15 días, según un informe de la CNMC

Redacción / Agencias.- Los tiempos medios de cambio de comercializador en electricidad y en gas natural oscilaron entre los 13 y los 15 días durante el primer semestre de 2015, según un informe que por primera vez publica la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que señala que más de 2,1 millones de usuarios cambiaron de comercializador en electricidad y gas durante este primer semestre.

El proceso de cambio de comercializador energético de electricidad ha sido de 13,5 días en el primer trimestre y de 14,3 días en el segundo. Para el gas natural, estos tiempos medios entre enero y marzo han sido de 14 días, mientras que entre abril y junio el cambio de comercializador duró una media de 14,6 días, según la información ofrecida por 609 y 618 agentes distribuidores y comercializadores, respectivamente.

También se ha publicado por primera vez un ranking de comercializadores energéticas en función de los tiempos medios de cambio. En electricidad hay 10 comercializadores con tiempos medios inferiores a 5 días en alguno de los dos trimestres analizados: Agri-Energía SA, Iberdrola CUR, Iberdrola Clientes, Riojana de Energía, Light Up, Goiener, CR Energía, Bassols Energía Comercial y Enara Gestión y Mediación. En gas natural, el informe sólo señala al comercializador de último recurso Madrileña Suministro.

El número de cambios de comercializador ejecutados por los distribuidores durante el primer semestre de 2015 fue de 2,103 millones: 1,674 millones en el sector eléctrico y 429.264 en el gasista. En consecuencia, las tasas de cambio de comercializador (switching) acumuladas en el semestre fueron del 5,8% en el sector eléctrico y del 5,7% en el sector del gas natural. En cuanto a la movilidad por segmento de mercado, se registraron unas tasas medias de cambio de comercializador en el sector eléctrico del 5,6% para el segmento doméstico/comercial, del 14,1% para las pymes y del 9% para el sector industrial. En cuanto al sector gasista, correspondió al 5,6%, 11,5% y 9,4% en estos mismos segmentos.

2,345 millones de solicitudes realizadas

Por su parte, durante el primer semestre de 2015 se produjeron en total 2,345 millones de solicitudes de cambio de comercializador. De ellas, 1,861 millones correspondieron a electricidad y 483.538, a gas. Desde la CNMC recordaron que no todas las solicitudes formuladas por los comercializadores están bien realizadas, contienen la información que corresponde al punto de suministro o incluso puede ocurrir que deban ser rechazadas por aspectos técnicos. En consecuencia, en este periodo se registraron unas tasas de rechazo del 7,6% y del 8,1% en el primer y segundo trimestres respectivamente en el sector eléctrico, y del 10,3% y del 9,2% en el sector gasista.

En el desglose geográfico, las comunidades autónomas más activas en el cambio de suministrador en el sector eléctrico han sido Murcia y Cantabria, que se sitúan muy por encima de la media estatal. Por el contrario, Ceuta y Melilla, Galicia y Asturias están por debajo. En el sector gasista, Aragón, Murcia y Cantabria están muy por encima de la media estatal, con Galicia y Cataluña por debajo de esta media.

En lo que se refiere al balance total de clientes de los principales comercializadores eléctricas, el balance de altas y bajas de clientes durante el primer semestre de 2015 ha sido positivo para el grupo Gas Natural Fenosa, con 98.581 puntos de suministro adicionales. Endesa e Iberdrola perdieron 93.147 y 90.300 puntos de suministro, respectivamente. Para el gas, ese balance fue positivo para los grupos Gas Natural Fenosa e Iberdrola, con 22.653 y 16.159 puntos de suministro, respectivamente. Competencia indicó que del análisis de los datos relativos a la movilidad entre grupos empresariales se deduce que, en algunas empresas distribuidoras de ambos sectores, se registran ratios de rechazo medios superiores cuando las empresas comercializadoras no pertenecen a su grupo empresarial.

Respecto a la movilidad entre el mercado de precios regulados y el libre, el mayor volumen de solicitudes de cambios de comercializador en el sector eléctrico se dio entre comercializadores de mercado libre (995.319 solicitudes, lo que supone casi la mitad de ellas), seguido de las solicitudes para pasar de un comercializador de referencia a un comercializador en el mercado libre (729.209 solicitudes). En el sector del gas natural, prevalecen las solicitudes de cambios de comercializador entre comercializadores de mercado libre (411.847 solicitudes), y prácticamente se mantienen las solicitudes de consumidores que cambian del comercializador de último recurso a otro en mercado libre (67.527 solicitudes).

El presidente de Murcia destaca la relevancia mundial de la planta de lubricantes de Ilboc

Europa Press.- El presidente de la Región de Murcia, Pedro Antonio Sánchez, destacó en Cartagena en la inauguración de la nueva planta de lubricantes de Iberian Lube Base Oil Company (Ilboc), que se trata de «uno de los proyectos energéticos más relevantes de los últimos años en todo el mundo», y añadió que supone «un nuevo relanzamiento de Escombreras para seguir trasvasando desde la Región de Murcia energía allá donde sea necesaria».

Durante el acto, Pedro Antonio Sánchez subrayó que se trata de un «proyecto ilusionante y sinónimo de lo que en Murcia queremos llegar a ser, un referente de innovación y progreso». Igualmente, indicó que «Escombreras, Cartagena, la Región de Murcia y España constituyen una realidad indivisible que desde hoy se proyecta internacionalmente, aún más, como foco de innovación puntera asociado a la investigación energética y a la creación de unos lubricantes de última generación que, en pocos años, serán empleados por el 80% de los motores de todo el mundo».

Las instalaciones de Ilboc cubrirán el 40% de la demanda europea de bases lubricantes, lo que convertirá a la Región en el mayor centro europeo de bases lubricantes de alta calidad que se emplean como materia prima para la producción de aceites lubricantes de última generación. La planta de Ilboc supondrá un importante estímulo para la economía de la zona ya que aumentará el tráfico comercial del puerto de Cartagena y atraerá nuevas inversiones de empresas coreanas. La construcción de esta planta se inició en 2012 y supone una inversión de 250 millones en Murcia.

La planta tiene una capacidad de producción de 630.000 toneladas anuales de bases lubricantes de alta calidad para la elaboración de aceites lubricantes de última generación, que ayudan a reducir el consumo de combustible. La inversión de Ilboc en Escombreras es la segunda más importante de los últimos años, después de la llevada a cabo por la propia Repsol con la ampliación de su refinería, un proyecto en el que la petrolera española invirtió más de 3.250 millones de euros.

El ministro Soria inaugura oficialmente este martes en Cartagena la planta de lubricantes Ilboc, de Repsol y la coreana SK

EFE.- El ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, y el embajador de Corea del Sur en España, Hee-Kwon Park, inauguran este martes en Cartagena la planta de lubricantes de Ilboc, que desde hace un año está en producción. También asistirán al acto los presidentes del grupo SK, Tae Won Chey, y de la compañía española Repsol, Antonio Brufau.

La planta, que prevé abastecer al 40% del mercado europeo, supuso una inversión de unos 250 millones de euros y comenzó a funcionar hace un año tras una fase de construcción que se prolongó durante dos años con unos 2,5 millones de horas de trabajo. La construcción dio empleo a unas 169 empresas, dos de cada tres procedentes de la Región de Murcia y a una media de 500 trabajadores, con picos de 900. Actualmente la planta emplea a 90 personas y genera otro centenar de trabajos indirectos, y desde octubre de 2014 comenzó el transporte en barcos y camiones cisterna de los lubricantes que se producen en la planta.

Hacen lubricantes de última generación

Se trata debases lubricantes para automoción del grupo 3, es decir, de alta calidad, que permiten fabricar aceites lubricantes que alargan la vida de los motores y reducen las emisiones contaminantes y de dióxido de carbono. Estos lubricantes son los idóneos para motores denominados Euro VI, que son obligatorios en Europa desde el pasado 1 de enero, por lo que previsiblemente irá aumentando su demanda. La planta de Ilboc de Cartagena es la segunda planta que hay en Europa para la fabricación de estos productos, pero es la más moderna e importante puesto que utiliza una innovadora tecnología aportada por el socio coreano SKL.

El PSOE murciano pide la revisión de la autorización y de los permisos de investigación de varios proyectos de fracking

Europa Press.- El diputado regional del grupo parlamentario socialista, Jesús Navarro, presentó una moción en la Asamblea Regional de Murcia en la que pide la revisión de la autorización de los proyectos Aries I y II, Escorpio, Leo y Acuario, que prevén la técnica del fracking. Navarro pidió, asimismo, que se paralicen de forma cautelar los permisos de investigación de los mismos, así como de otros posibles proyectos de extracción de gas mediante esta «agresiva» técnica extractiva.

El diputado aludió que «han sido muchas las voces de científicos, profesores, grupos y asociaciones que alertan sobre los graves problemas que el uso del fracking como sistema extractivo puede plantear, sobre todo, en lo que respecta a contaminación de aguas superficiales y subterráneas, contaminación atmosférica, emisión de gases efecto invernadero (metano), enrarecimiento del aire, las posibles afecciones a la salud, la alteración que puede producir en el paisaje y en el terreno, la corrupción de suelos y el probable riesgo sísmico producido por la fracturación subterránea de materiales geológicos».

Navarro agregó que junto a los ayuntamientos de Calasparra, Bullas, Mula, Totana, Alhama y Jumilla, que ya lo aprobaron con anterioridad, también Yecla y Cieza aprobaron por unanimidad de todos los grupos políticos su oposición a la utilización de esta técnica y a los proyectos de estudio y a los permisos de investigación ya aprobados. El último municipio de Murcia en sumarse ha sido Cehegín.