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El Supremo avala el canon eólico aplicado en Galicia por el impacto visual de los aerogeneradores

Europa Press.- El Tribunal Supremo ha avalado el canon impuesto por la Xunta de Galicia en 2009 a los parques eólicos en el que se gravan mediante un tributo extrafiscal las «afecciones e impactos visuales y ambientales adversos sobre el medio natural y sobre el territorio» de este tipo de instalaciones.

En una sentencia de diciembre, el Tribunal Supremo desestima un recurso de casación presentado por la Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) en contra de una sentencia previa, de 2014, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en la que no se ponían objeciones al tributo. Este gravamen aparece recogido en la Ley 8/2009 y se encuentra amparado en razones medioambientales. Fue desarrollado en 2010 mediante una orden en la que se emplaza a los afectados a realizar la autoliquidación del tributo.

Al impugnar la sentencia del tribunal gallego, Unesa, que representa los intereses de Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP, denunciaba la inconstitucionalidad del canon y un «quebrantamiento de las formas esenciales del juicio por infracción de las normas reguladoras de la sentencia». Para el Supremo, no se ha producido la incongruencia omisiva denunciada por la asociación ni «quiebra» en el cumplimiento de dos artículos de la Constitución, los 135 y 156 acerca del carácter extrafiscal de los tributos y de la finalidad medioambiental.

La Ley General Tributaria, señala el tribunal, indica que este tipo de figuras impositivas no solo pueden constituir una fuente de ingresos y una manera de allegar medios económicos a los entes públicos para satisfacer sus necesidades financieras. Los gravámenes también pueden responder a políticas sectoriales distintas de las «puramente recaudatoria» en las que haya un fin extrafiscal, como es el caso, indica el tribunal, antes de recordar que una autonomía puede imponer sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales.

La patronal eléctrica también denunció una duplicidad entre el canon eólico y dos impuestos ya existentes, que son el de bienes inmuebles y el de actividades económicas, al tiempo que consideraba la medida como desincentivadora para el fomento de la eólica y dudaba de que un tributo de este tipo pudiera preservar el medio ambiente, cuando es precisamente la actividad eólica la que lo hace.

En lo referido al impuesto de bienes inmuebles, el Supremo no aprecia una coincidencia de bases imponibles porque el canon eólico se calcula en función del número de aerogeneradores de los parques, «al tratarse de contaminantes de tipo visual», al margen de su valor catastral, y grava a los titulares de la explotación y no de la autorización administrativa, de modo que el sujeto pasivo no tiene por qué coincidir.

El 84% de los impuestos medioambientales en España son sobre el sector energético, frente al 77% de media en Europa

Redacción / Agencias.- Los datos de un estudio publicado por Eurostat reflejan que la recaudación de España aumentó en 10 años en 3.106 millones de euros a través de estos impuestos, hasta los 19.220 millones de euros de 2013 frente a los 16.114 millones de euros de 2003.

El estudio apunta que, en términos comparativos, España es el séptimo país de la Unión Europea que menos ingresos recibe a partir de impuestos medioambientales, con esos 19.220 millones de euros que suponen un 5,7% sobre el total de la recaudación tributaria en 2013. Este porcentaje supone una reducción de 4 décimas con respecto a 2003, cuando los ingresos por impuestos medioambientales alcanzaron los 16.114 millones y representaron el 6,1% del total. No obstante, España se encuentra por debajo de la media de la Unión Europea en los dos casos: mientras que en 2003 los tributos medioambientales representaban el 6,9% del total, en 2013 fueron del 6,3%. El objetivo para 2020 es alcanzar el 10%.

Los países donde los impuestos medioambientales representan un mayor porcentaje sobre el total de ingresos tributarios y contribuciones sociales son Eslovenia (10,5%), Bulgaria (10,1%) y Croacia (9,6%). En la situación contraria se encuentran Bélgica y Francia (4,5%) y Alemania (5,4%). El informe también desglosa en tres categorías los tipos de impuestos medioambientales. En España el 84% eran impuestos a la energía, el 14% al transporte y el 2% a la contaminación y a otros recursos. En el conjunto de la Unión Europea, estas tres categorías representaban el 77%, 20% y el 3%, respectivamente. La metodología de Eurostat define los impuestos medioambientales a aquellos sobre alguna materia con un impacto negativo específico en el medio ambiente.

En cuanto a la recaudación total, las mayores cantidades corresponden a Alemania (57.582 millones), Italia (54.893), Reino Unido (50.624), Francia (42.937), Países Bajos (21.558) y España (19.220). La cantidad total en los 28 Estados miembros ascendió a 330.082 millones de euros. En la última década, la recaudación de los impuestos ambientales aumentaron en todos los países, salvo Portugal (582 millones menos) y Alemania (231 millones menos), pero la proporción de estos tributos dentro de los ingresos por impuestos y contribuciones sociales bajó en la mayoría, especialmente en Chipre (-3,8%), Portugal (-3%) y Malta (-2,5%), mientras donde más aumentó fue en Estonia (1,9%) y Eslovenia (1,8%).