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La CNMC autoriza la integración de las comercializadoras de electricidad Audax y Unieléctrica aunque seguirán trabajando de forma independiente

EFE.- El Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha autorizado la integración de las comercializadoras de energía eléctrica Audax y Unieléctrica, según los registros del organismo regulador. Audax, a través de la sociedad Eryx Investments, notificó la operación a la CNMC el pasado 9 de febrero.

Posteriormente, Unieléctrica precisó que la integración sólo se producirá a nivel estratégico, ya que las dos empresas y sus filiales seguirán trabajando de forma independiente y en régimen de competencia. El acuerdo, del que surgirá el séptimo grupo comercializador de energía de España, se concretará mediante una toma cruzada de participaciones accionariales. La estructura interna y las líneas de trabajo de Unieléctrica y de las otras dos empresas del grupo no variará. Lo mismo ocurrirá con Audax y sus filiales.

Energía somete a audiencia pública la orden que fijará el reparto de costes del bono social

EFE. – El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital somete a audiencia la propuesta de orden que fijará el reparto de los costes del bono social entre las comercializadoras eléctricas, según el Boletín Oficial del Estado (BOE). Según dicta el boletín, la propuesta de orden estará disponible para su consulta durante un plazo de diez días hábiles, a contar desde la jornada siguiente a la publicación en el BOE, para que las comercializadoras eléctricas podrán presentar sus alegaciones.

Hay que recordar que el Consejo de Ministros aprobó en octubre el real decreto que desarrolla la nueva regulación del bono social eléctrico, después de que el mecanismo anterior de financiación fuera invalidado por el Tribunal Supremo. Así, el real decreto fija los umbrales de renta para acceder a esos descuentos en la factura de la luz y además, en la nueva normativa, el bono social será costeado por todas las comercializadoras.

Por último, destacar que las cinco grandes eléctricas -Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo- recurrieron tanto el real decreto como la orden ministerial que lo desarrolla y que establece el nuevo mecanismo de financiación.

Unidos Podemos exige una reforma eléctrica para prohibir la concentración de actividades del sector en grandes grupos empresariales

Europa Press.- En Comú Podem quiere prohibir por ley la concentración de actividades empresariales en el sector eléctrico, de manera que se garantice «la separación real y efectiva de los grupos verticalmente integrados» en este sector. Así figura en la proposición no de ley que la formación catalana, integrada en el grupo confederal de Unidos Podemos, ha registrado en el Congreso a través de su portavoz energético Josep Vendrell.

Con ella, quieren que la Cámara Baja inste al Gobierno a aprobar iniciativas legislativas que permitan esta separación de actividad con el fin de que «se garantice la libre competencia y se asegure que la posición dominante de un grupo empresarial en una actividad del sector eléctrico nunca pueda beneficiar a una empresa en otros segmentos de actividad». La formación catalana recuerda las diferentes directivas comunitarias en las que se impone «la separación efectiva de las empresas integradas», que realizan actividades como la generación, el transporte, la distribución y comercialización.

«Tener una posición dominante en una actividad puede suponer, si se trata de empresas del mismo grupo empresarial, una ventaja competitiva clara para el resto de actividades», argumenta Vendrell. Así, señala que el control de actividades relacionadas con las redes, que suponen «monopolios naturales», supone «información privilegiada» para el resto de actividades, como conocer en qué puntos de conexión existe capacidad para conectar nuevas instalaciones, proporcionando la capacidad de ejecutar altas y cambios de comercializadoras.

En España, asegura que las instalaciones de generación de las empresas de grupos integrados «tienden a ubicarse en zonas en que ese grupo empresarial tiene el monopolio de la distribución». «Los cambios de cliente en favor de comercializadoras del grupo de la distribuidora se producen sistemáticamente más deprisa y con menor tasa de rechazo que los que son en favor de una comercializadoras que no forme parte del mismo grupo empresarial», apostilla. En este sentido, recuerda que la propia Comisión Nacional del Mercado y de la Competencia «viene advirtiendo reiteradamente» esta situación en sus informes sobre cambio de empresa comercializadoras.

Ados Energía factura 17 millones en 2016 y prevé llegar a los 70 este año con su entrada en Portugal

EFE / Europa Press.- Ados Energía, la comercializadora del grupo Audax, iniciará su internacionalización con la entrada en el mercado eléctrico de Portugal a finales de este febrero y comenzará la comercialización de gas natural en España, según indicó la compañía, que cerró el ejercicio 2016 con una facturación de 17 millones de euros y prevé superar los 70 millones de euros este año.

La compañía, que ofrece servicio a pymes y grandes empresas, destaca que Portugal aportará el 30% de su facturación total a cierre de 2017. En Portugal, Ados Energía se ha fijado como objetivo alcanzar los 4.000 clientes y los 500 gigavatios hora (GWh) en 2017, además de querer situarse como la cuarta comercializadora independiente del mercado eléctrico de este país. La comercializadora entrará en el mercado luso ofreciendo una tarifa fija y una tarifa indexada pass pool. La compañía asegura que en sus 8 meses de existencia logró consolidarse en el mercado eléctrico español «despuntando ante otras comercializadoras que llevan más de 5 años en el sector». Ados Energía se plantea seguir creciendo a corto plazo en otros países europeos.

El Supremo desestima el incidente de nulidad del Gobierno en contra de la sentencia de la financiación del bono social

Europa Press / EFE.- La sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo desestimó el incidente de nulidad presentado por el Gobierno en contra de la sentencia del mismo tribunal en la que se anulaba el mecanismo de financiación del bono social de la luz, un descuento del 25% para determinados consumidores considerados vulnerables que supone 200 millones de euros anuales, según el auto judicial.

La Administración del Estado había presentado este incidente de nulidad el 18 de noviembre. Entre otros argumentos, el Gobierno consideraba que la sentencia vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva por no haberse presentado cuestión de inconstitucionalidad ni una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Supremo desestima estos argumentos y aprovecha para recordar a la Administración que son coincidentes “en gran medida” con los que el propio incidente de nulidad que el Abogado del Estado presentó en febrero de 2012, después de que el mismo tribunal anulase por primera vez el mecanismo de financiación del bono social. Por este motivo, reproduce de forma literal la contestación que dio al Gobierno hace cuatro años.

La sentencia denunciada por la Administración, publicada en octubre, anula el mecanismo de financiación del bono social recogido en la reforma energética, por el que el coste de esta ayuda recaída sobre las eléctricas con actividades verticalmente integradas, que son en su mayor parte Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP España y Viesgo. La sentencia obliga a diseñar un nuevo mecanismo de financiación, lo que ya ha hecho el Gobierno junto al PSOE y Ciudadanos a través de un real decreto ley de financiación del bono social que carga el coste sobre las comercializadoras. Además, el Supremo obliga a compensar a las eléctricas por haber sufragado el bono desde 2014. En total, esta compensación rondará los 500 millones de euros.

En el incidente de nulidad desestimado, la Abogacía del Estado denunciaba una incongruencia omisiva del Supremo porque el tribunal «viene a afirmar que podría haber otras opciones para elegir a los financiadores del bono social que a su juicio serían más adecuadas», sin afirmar «cuál de ellas sería mejor» y limitándose a indicar que «la elegida por el legislador no le gusta». El Supremo responde que «no le gusta el sistema de financiación elegido» porque es «contrario al Derecho de la Unión Europea». El mecanismo de financiación, recuerda, «no es una decisión que corresponda al órgano jurisdiccional», sino al legislador.

El auto del Supremo impone además a la Administración unas costas por valor de 2.000 euros. Como parte del proceso, la sala solicitó las alegaciones de las partes implicadas, entre ellas Iberdrola, que es una de las empresas que denunciaron el mecanismo de financiación y a las que el tribunal había dado la razón. En su escrito como parte personada, remitido al tribunal el 1 de diciembre, Iberdrola no solo pidió que se desestime el incidente de nulidad, sino que también se impusiera «la pertinente multa a la Administración del Estado por temeridad en la presentación de dicho incidente». El Supremo ha rechazado este extremo.

El pasado 26 de octubre, el Supremo anuló el régimen de financiación del bono social por incumplimiento de la exigencia establecida en la Directiva 2009/72/CE sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad. En concreto, el documento establece que «las obligaciones de servicio público deberán definirse claramente, ser transparentes, no discriminatorias y controlables». La directiva reconoce además la obligación de garantizar a las empresas eléctricas de cada comunidad el acceso, en igualdad de condiciones, a los consumidores nacionales.

En opinión de los magistrados, la metodología empleada desde 2014 para repartir entre las compañías eléctricas que desarrollan actividades verticalmente integradas el coste del bono social no ha quedado debidamente justificada ni en la normativa ni tampoco en los alegatos de la propia Administración. De este modo, el Supremo tildó de «carente de sentido» que la financiación recayera en agentes, algunos de ellos «con muy escaso peso en el conjunto del sector», y por el contrario se eximiera de dicha carga a otras entidades o grupos empresariales «en mejores condiciones».

La comercializadora de luz Estrategias Eléctricas Integrales aporta garantías y evita inhabilitarse

Europa Press.- La comercializadora de electricidad Estrategias Eléctricas Integrales aportó las garantías suficientes al Ministerio de Industria, para el desarrollo de su actividad, con lo que evita su inhabilitación. En una resolución publicada en el BOE, la Dirección General de Política Energética y Minas anuncia la finalización del procedimiento acumulado de inhabilitación de esta empresa para el ejercicio de la actividad de comercialización de electricidad.

El procedimiento de inhabilitación, que de haber seguido su curso habría obligado a la empresa a traspasar sus clientes a una comercializadora de referencia, se inició en julio y en septiembre ya había presentado las garantías suficientes, circunstancia que confirma Red Eléctrica (REE). En virtud de la necesidad de atender todas las circunstancias concurrentes durante la tramitación de los expedientes, Industria ha concluido que la inhabilitación de la empresa sería una medida «excesiva e inadecuada».

Industria inhabilita a Vertsel y Zencer como comercializadoras eléctricas

EFE.- El Ministerio de Industria publicó las órdenes por las que inhabilita a Vertsel Energía y Zencer Sociedad Cooperativa Andaluza como comercializadoras eléctricas y fija el procedimiento para el traspaso de sus clientes a otras empresas. El proceso que culmina con la inhabilitación de ambas empresas arranca por el incumplimiento de las garantías económicas exigidas por el operador del sistema, Red Eléctrica de España, para poder prestar estos servicios. En el caso de Vertsel, estos incumplimientos llegaron a los 8,5 millones de euros; mientras que en los de Zencer a 1,5 millones.

Tanto las distintas eléctricas de forma individual como a través de la patronal Unesa presentaron escritos mostrando su conformidad con estas inhabilitaciones señalando «que, en los últimos años y de manera creciente, se repite una práctica por parte de ciertas comercializadoras que repercuten negativamente en el resto de sujetos del mercado eléctrico». La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) también abrió expedientes sancionadores contra estas empresas. Por su parte, las comercializadoras inhabilitadas también alegaron mostrando su disconformidad con los avales que se les exigen, «desproporcionados» a su juicio, y rechazando haber puesto en riesgo el sistema eléctrico.

La OPA de Audax sobre Fersa sale adelante con el 70,86% de apoyo del capital

EFE / Servimedia.- La OPA de la comercializadora eléctrica Audax Energía sobre Fersa Energías Renovables tuvo un resultado positivo, después de que un 70,86% del accionariado la aceptara. El pasado mes de mayo, la empresa catalana Audax Energía lanzó una OPA para hacerse con el 100% de la cotizada Fersa, con el objetivo de crear un nuevo grupo energético que aunase la generación de energía limpia y la comercialización de luz y gas.

Finalmente, la OPA ha sido aceptada con 99.211.899 acciones, que representan un 70,8% de las acciones a las que se dirigió la oferta y del capital social de Fersa Energías Renovables, según comunicó esta misma compañía al regulador bursátil, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Ha culminado por tanto con éxito al haber superado Audax Energía el límite mínimo que había fijado para su validez, del 50,01% del capital, equivalente a 70.015.890 acciones. El consejo de administración de Fersa había defendido la OPA, al considerarla «una buena alternativa» en el proceso de reordenación de la base accionarial» y ser Audax Energía el «socio idóneo» para impulsar el crecimiento de la compañía de renovables.

La CNMC sanciona con 178.000 euros a Nortedison Electric, otra comercializadora que no presta las garantías exigidas por Red Eléctrica

Redacción / Agencias.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso una multa de 178.000 euros a la empresa Nortedison Electric por incumplir con la obligación que tienen las empresas eléctricas de prestar una serie de garantías exigidas por el operador del sistema, Red Eléctrica de España (REE), entre septiembre de 2015 y enero de 2016, según indicó el regulador. La Ley del Sector Eléctrico, impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías que reglamentariamente resulten exigibles.

Según el informe del expediente sancionador de la CNMC, la eléctrica tenía en septiembre de 2015 un déficit de 357.000 euros en las garantías que le son exigidas por el operador eléctrico, Red Eléctrica, y que se incrementó hasta los 4 millones de euros a 31 de enero de 2016. Por este motivo, REE denunció ante la CNMC el incumplimiento por parte de Nortedison Electric de la obligación de prestar las garantías exigidas en septiembre de 2015, lo que originó un déficit de garantías que duró hasta enero de 2016.

Una vez instruido el citado expediente, la CNMC ha declarado a la empresa Nortedison Electric como responsable de una infracción leve, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.2 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y le ha impuesto una multa de 178.000 euros. Esta resolución puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998.

Esta sanción se suma al goteo en los últimos meses de multas impuestas por el organismo presidido por José María Marín Quemada a comercializadoras por infracciones de la Ley del Sector Eléctrico. A principios de este mes, la CNMC impuso una sanción de 12.000 euros a Iberoelectra 3000 y de 1.500 euros a Evergreen Eléctrica por infracción leve. Anteriormente, también había multado a la comercializadora Olten Llum con 150.000 euros y a la empresa Comercializadora Zero Electrum con 6.207 euros.

Además, en abril la CNMC sancionó a Distribuidora Elèctrica D’Albatàrrec con 8.000 euros, así como a Herederos De García Baz y Electra la Honorina con 3.000 euros, respectivamente, por no suministrar la información solicitada sobre la energía adquirida, suministrada y declarada entre julio de 2011 y julio de 2013. También multó a Aayum Companyia Catalana Subministradora D’Energia con 7.000 euros por no aportar al operador del sistema eléctrico las garantías exigidas. A principios de año, la CNMC también había sancionado a otras empresas como Zencer, con 25.000 euros, y Vertsel Energía, con 140.000 euros, por incumplir esta obligación de prestar una serie de garantías exigidas.

La CNMC multa a las comercializadoras Iberoelectra 3000 y Evergreen Eléctrica por no cumplir las garantías exigidas por Red Eléctrica

Redacción / Agencias.– La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto multas por infracción leve a las empresas comercializadoras de electricidad Iberoelectra 3000, de 12.000 euros, y Evergreen Eléctrica, de 1.500 euros, por incumplir con la obligación que tienen estas empresas de prestar una serie de garantías exigidas por Red Eléctrica de España (REE), el operador del sistema eléctrico.

La Ley del Sector Eléctrico impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías. En este caso las garantías no fueron consignadas, por lo que Red Eléctrica presentó denuncia contra ambas empresas. En concreto, REE denunció ante la CNMC el incumplimiento por parte de Iberoelectra 3000 de la obligación de prestar las garantías exigidas para abril de 2015, lo que generó un déficit de garantías que ha durado hasta febrero de 2016. En el caso de Evergreen Eléctrica, la denuncia de REE se refiere a la obligación de prestar las garantías para septiembre de 2015, y el déficit generado ha durado hasta diciembre. Estas Resoluciones pueden ser recurridas ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.