La CNE hace público su acuerdo de las renovables contrario a la propuesta de Industria en plena cumbre europea dedicada a la energía

Los servicios de la Comisión Nacional de Energía le han hecho un flaco favor a su anterior Director de Regulación, Ignasi Nieto en su cruzada particular contra las empresas eólicas, en pos de la retroactividad en la reforma del decreto de renovables. Así, el pasado viernes y durante la cumbre de jefes de estado y de gobierno en que se anunció el compromiso de alcanzar el 20% de generación mediante energías renovables y Durao Barroso abogada por la estabilidad regulatoria y las inversiones a largo plazo, se hizo pública en la web del organismo regulador el dictamen que el Consejo de Administración respecto a la reforma del Real Decreto 436/2004.

Una decisión muy esperada por las empresas del sector, y que se había demorado ya casi un mes desde que concluyó el debate en el seno del Consejo. No obstante, el propio Ignasi Nieto hizo publica la posición de la Secretaria General de Energía sin conocer el contenido de este informe, en una comparecencia ante los medios de comunicación y el pasado día 28 de febrero en el Senado.

El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía acordó por cinco votos a favor, uno en contra y tres abstenciones, informar negativamente la propuesta recibida desde el Ministerio de Industria. Al dictamen de la Comisión, se han añadido en su publicación un voto particular conjunto contra el dictamen general del Consejo de la presidenta del organismo Maite Costa y de los consejeros Jorge Fabra, Sebastiá Ruscalleda y Jaime González, aunque el sentido del voto en el consejo de los cuatro no fue homogéneo. También se han publicado las respectivas explicaciones de voto de la consejera Carmen Fernández Rozado y del consejero José Sierra.

No a la retroactividad

La Comisión Nacional de Energía se ha opuesto completamente a que el decreto contenga aspectos retroactivos en la medida que generarían incertidumbre regulatoria, dado que la propuesta de decreto recibida incumplía manifiestamente el artículo 40 del R.D. 436/2004, que permitía modificar a partir del 1 de enero de 2008 las tarifas y las primas para las instalaciones nuevas que entren en funcionamiento a partir de esa fecha. La propuesta normativa que había recibido la CNE, incumplía claramente este artículo, introduciendo en muchos casos retroactividad para las instalaciones anteriores a 2008. El propio Ignasi Nieto se ha mostrado firmemente decidido a introducir esta retroactividad, tanto durante la elaboración del dictamen, como posteriormente sin conocer el contenido de esta resolución.

Así el informe repite en sucesivas ocasiones que “El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía considera que el Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, posee un valor de gran importancia, cual es la estabilidad regulatoria. El Consejo de Administración de la CNE considera que, tal y como está definido el periodo transitorio, el proyecto de Real Decreto objeto de informe:(a) debe de entrar en vigor el 1 de enero de 2008; y (b) de acuerdo con el artículo 40 del Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, el proyecto de Real Decreto objeto de análisis e informe no se aplicará a las iinstalaciones que estén en funcionamiento el 1 de enero de 2008.»

Y concluye “la CNE por tanto, informa desfavorablemente la Propuesta de Real Decreto objeto del informe en tanto que el mismo no considera estas propuestas”.

El órgano regulador también valoró negativamente el marco resultante para las nuevas instalaciones, en aspectos tales como en qué medida contribuye la propuesta de reforma del decreto de renovables al cumplimiento de la planificación en materia de energías renovables y su adecuación al Plan de Energías Renovables (PER), si la misma facilita la operación del sistema eléctrico y si incentiva a la participación de los agentes de las renovables en el mercado.

Así, el consejo de la Comisión también valoró negativamente el impacto del decreto sobre la operación del sistema eléctrico, en la medida que aumenta la penalización a los errores en las programaciones de las instalaciones (los denominados desvíos), una medida que dificulta la operación del sistema según los expertos consultados.

Incentivos y primas

Finalmente, en lo que respecta al efecto del decreto sobre la incentivación de la participación de los agentes de las renovables en el mercado, la desaparición del incentivo como elemento retributivo hace también que el órgano regulador se pronuncie negativamente, proponiendo seguir con el sistema actual, combinándolo con el sistema de suelo y techo (‘cap and floor’) de la propuesta de Industria. Hasta el momento, los operadores de renovables que iban al mercado percibían además de la tarifa, una prima y un incentivo. En la propuesta de Industria este incentivo desaparecía y situaba una banda de fluctuación para las instalaciones que fuesen al mercado cuyo centro era realmente el mismo que la tarifa fija, lo que provocaría que las empresas no participasen en el mercado y optasen siempre por la retribución fija , evitando un riesgo innecesario. La propuesta de la CNE eleva este centro en la banda de fluctuación al computar el incentivo y la prima, situando el suelo y techo por encima de la retribución fija, como incentivo a las empresas.

En el informe, además se contienen más de veinte modificaciones que hacían los propios servicios internos a la propuesta procedente del Ministerio de Industria para corregir las cuestiones que el órgano regulador considera que arremete estos cuatro criterios, además de introducir alguna adicional. También se recogen la valoración que hacen los miembros del Consejo Consultivo de la CNE.

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