La CNC modifica algunos de los compromisos que impuso a Gas Natural para que tomase el control de Unión Fenosa

Esta modificación consiste en una sustitución de algunos de los activos cuya desinversión estaba prevista con el fin de lograr una ejecución más rápida de las desinversiones.

Según informó el regulador, el 11 de febrero de 2009 el Consejo de la CNC resolvió subordinar la autorización de la operación de concentración consistente en la compra de Unión Fenosa por parte de Gas Natural al cumplimiento de una serie de compromisos propuestos por esta empresa.

Estos incluían, entre otros, la desinversión de determinados activos: 600.000 puntos de suministro de gas y la cartera de clientes domésticos y pymes asociada, así como 2.000 megavatios (MW) de capacidad de generación mediante tecnología de ciclos combinados.

Todo ello en un determinado plazo y de acuerdo con los términos y el procedimiento recogido en la resolución (confirmada mediante sentencia de la Audiencia Nacional de 20 de septiembre de 2010).

Gas Natural completó el pasado ejercicio la venta de los puntos de distribución y la cartera de clientes y cerró un acuerdo para la venta de un ciclo combinado. Con respecto al resto de los ciclos (1.600 MW), Gas Natural ha solicitado a la CNC la modificación de la cartera de activos a desinvertir, a fin de cumplir con los compromisos contraídos de manera más eficaz, estando esta posibilidad prevista dentro de los compromisos inicialmente aprobados.

Ello incluiría la cesión de 800 MW en tecnología de ciclos combinados distintos a los inicialmente previstos y la enajenación de 300.000 puntos de suministro de gas natural y la cartera de clientes domésticos y pymes asociada.

El Consejo de la CNC, a propuesta de la Dirección de Investigación, aceptó el pasado 24 de enero esta modificación de la cartera de activos a desinvertir, por entender que cumplen adecuadamente con el objetivo de contrarrestar los riesgos que para la competencia la operación podía generar.

Asimismo, el regulador de Competencia considera que propicia una ejecución más rápida y eficaz del único compromiso que resta por cumplir. Esta modificación no conlleva en ningún caso una modificación de los plazos o de los procedimientos de venta.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *