«Flecos» en la reforma de las renovables

Las noticias sobre la reforma del R.D. 436 parece que van a agotar todo su trámite legislativo, con procesos paralelos con marchas adelante, paradas y marchas atrás, incluso. Si bien, en una primera fase, parece que la Secretaria General de Energía alcanzó un acuerdo con el sector que puso fin en primera instancia al conflicto abierto, la semana pasada se volvió a reabrir esta cuestión, una vez que se conoció que cuestiones de ese acuerdo consideradas trascendentales para la propuesta resultante, no habían sido tomadas en cuenta en el documento elevado al Consejo de Estado para su estudio. Al mismo tiempo algunas de las cuestiones negociadas en su traslado al texto articulado albergaban fórmulas que otorgaban un grado de discrecionalidad a las autoridades energéticas, que condicionaban la estabilidad regulatoria y seguridad jurídica necesaria para crear un marco en el que los agentes económicos y el sector privado pudieran emprender inversiones con un horizonte definido y conocido. Estas cuestiones afectan en esta fase fundamentalmente al sector de productores de energía eólica .

Así, las asociaciones sectoriales y sus responsables, han hecho público de forma muy explícita que el proceso negociador está abierto con la Secretaria General de Energía, lo que es una buena noticia, en la medida en que las informaciones que se habían conocido informalmente hasta el momento indicaban que algunos de esos puntos oscuros tenían una oposición frontal por parte del Ministerio a su negociación o modificación. Sobre todo, en lo referido a los mecanismos que incluye el decreto para la actualización de las primas, inexistentes en la versión del artículo 44 enviado al Consejo de Estado y, por tanto, dejados a la autoridad potestativa de Industria exclusivamente.

Es preciso tener en cuenta la importancia que el sector eólico tiene hoy en la configuración de un ‘pool’ importante de energías renovables, además de ser generador de tecnologías y un sector referente en Europa. Además, el objetivo político en materia de energías renovables, se ha instado con claridad tanto por el gobierno español (con especial acento por el presidente del gobierno) , como por las autoridades comunitarias. Y, por ello, la reforma del 436 debe ser una herramienta para fomentar las previsiones legales del Plan de Energías Renovables y desarrollo de una política energética con todas las tecnologías de generación: solar, fotovoltaica, biomasa, cogeneración, eólica, etc… No sería razonable mandar mensajes contradictorios, aunque sólo fuesen dudas sobre el futuro de estas energías.

Por ello, la necesidad de definir un marco regulatorio estable y seguro es clave para la confianza de los agentes económicos y la toma de decisiones de inversión para continuar con el desarrollo de las energías renovables en nuestro país. Tenemos que tener en cuenta que tan necesaria es la reforma del 436 en determinados aspectos técnicos, como la garantía de mantener lo que tiene de positivo: su no retroactividad, la seguridad jurídica que introduce y los estímulos que evidentemente han producido resultados razonablemente positivos. Elementos, reconocidos e inequívocos, que han hecho posible que hoy nuestro país sea una potencia en Europa en este tipo de generación.

La confianza también debe ser clave en la propia actuación del regulador (en esta cuestión y en las demás), con reglas del juego fijas, con claridad y transparencia, sin acudir a mecanismos poco claros o alambicados para garantizarse una actuación discrecional no predecible por los agentes económicos. Ese es un modelo intervencionista que no nuestra economía no se puede permitir por el desarrollo tecnológico de nuestras empresas y por la necesidad de seguir canalizando la inversión en nuestro país en capacidad instalada.

Una de las enseñanzas de todo este proceso es que posiciones maximalistas lejanas a la lógica económica no pueden garantizar el cumplimiento de objetivos políticos, tan relevantes cuando tienen que tener en cuenta el comportamiento de los agentes. Por eso, es sano que se resuelvan, cuanto antes y con la mayor claridad, esos flecos, de forma que se consiga finalmente una norma segura y estable, superando las vicisitudes vividas en el proceso de esta reforma y que mantienen en suspenso decisiones de inversión necesarias para avanzar en energías limpias.

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