El Gobierno restringe sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos para facilitar su reciclado posterior

Con este Real Decreto se establecen las normas necesarias para restringir la utilización de sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (AEE).

Los aparatos eléctricos y electrónicos son productos muy complejos que generalmente incluyen numerosas piezas y componentes fabricados con materiales muy diversos y de diferente naturaleza. Básicamente se trata de metales (férreos y no férreos), plásticos, vidrios y otros materiales (como madera, caucho, cartón, etcétera).

Además, para su funcionamiento los AEE necesitan sustancias que, una vez que se convierten en residuos, si no se gestionan y tratan adecuadamente son «peligrosas para el medio ambiente y la salud humana».

Por otra parte, los materiales que componen estos aparatos eléctricos y electrónicos son «recursos valiosos» que deben aprovecharse cuando se transformen en residuos mediante el reciclado o su valorización.

Una recuperación efectiva de estos metales o materiales es esencial para que puedan ser utilizados en la fabricación de nuevos AEE, evitando así el consumo de nuevos recursos.

Con esta norma, además, el Gobierno transpone la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en AEE.

Entre las principales novedades que introduce el Real Decreto, destacan la ampliación del ámbito de los aparatos sometidos a las restricciones de utilización de sustancias peligrosas, así como la adaptación del régimen jurídico de los aparatos eléctricos y electrónicos al progreso científico y técnico.

Este Real Decreto, propuesto por los Ministerios de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de Industria, Energía y Turismo, y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, contó con el informe favorable del Consejo de Estado, y en su elaboración han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.

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