El Gobierno inspeccionará un 25% de plantas fotovoltaicas y hará devolver las primas a las inscritas de forma irregular

Estas medidas se recogen en un borrador del Real Decreto, que en Industria llaman coloquialmente «de trazabilidad», que previsiblemente aprobará el Consejo de Ministros y en el que se ofrece a los titulares de plantas irregulares la posibilidad de pasar de forma voluntaria al régimen retributivo que realmente les corresponde, mucho menos beneficioso, para evitar las sanciones.

Las plantas solares fotovoltaicas reciben subvenciones diferentes según su fecha de entrada en funcionamiento y en septiembre de 2008 se produjo un «efecto llamada» y un «aluvión» de solicitudes de instalaciones que pretendían entrar en la retribución del Real Decreto 661/2007, de mejores condiciones que la de la norma posterior.

Las inspecciones realizadas por la Comisión Nacional de Energía (CNE) demostraron que algunas de las instalaciones que se inscribieron en las últimas semanas de vigencia de este decreto no estaban conectadas a la red en esa fecha, un requisito que era necesario para acogerse a su retribución.

En una primera fase se inspeccionarán 800 megavatios (MW) de instalaciones, cerca de una cuarta parte de los 3.300 MW inscritos, con preferencia para aquellas que se inscribieron en los últimos días con derecho a la retribución del 661.

En un plazo de 45 días, la CNE pedirá a las instalaciones inspeccionadas documentación que demuestre que contaban con los paneles, los inversores y, en su caso, los seguidores con la suficiente antelación como para estar funcionando el 29 de septiembre de 2008, la fecha límite de conexión.

Las plantas que no puedan acreditar su situación en los dos meses siguientes al requerimiento serán expulsadas del sistema de primas, aunque podrán seguir vendiendo su producción en el mercado, y tendrán que devolver las subvenciones recibidas, con intereses de demora, desde septiembre de 2008 .

Además, al margen del Real Decreto, Industria puede iniciar procesos sancionadores por la vía administrativa o penal con los titulares infractores.

Las plantas irregulares podrán volver al sistema subvencionado, pero para ello tendrán que inscribirse en el prerregistro, donde ocuparán el último lugar y en el que existe una lista de espera de entre tres y cuatro años, según Industria.

La disposición adicional primera del Real Decreto establece que los titulares de plantas que crean que están en situación irregular pueden renunciar voluntariamente a la retribución del 661 y pasar al primera convocatoria del 1578, lo que supone cobrar 320 euros por megavatio hora (MWh) en lugar de 465.

De esta manera, los empresarios evitarán la investigación y sus posibles consecuencias, es decir, la devolución de las primas y la expulsión del régimen de subvenciones.

El importe de las devoluciones de primas será gestionado por la CNE, para financiar costes regulados como transporte, distribución y las propias primas, lo que podrá repercutir en una contención del déficit de tarifa (diferencia entre los gastos del sistema eléctrico y los ingresos que se obtienen por la factura de la luz).

La persecución de las irregularidades, indican las fuentes, es en una de las prioridades de la Secretaría de Estado de Energía, cuyos técnicos temen que el fraude fotovoltaico, a la vista de las inspecciones acometidas hasta la fecha por la CNE, afecten a cerca del 15% de los megavatios del sector. En España, hay cerca de 55.000 instalaciones fotovoltaicas.

El Ministerio de Industria asegura que este decreto cuenta con el apoyo del sector fotovoltaico y con el de las comunidades autónomas, con las que no se incurrirá en conflicto porque, al margen de la potestad de estas últimas para dar ciertas autorizaciones, el reparto de la prima corresponde en última instancia al Gobierno central.

El Gobierno inspeccionará un 25% de plantas fotovoltaicas y hará devolver las primas a las inscritas de forma irregular

Estas medidas se recogen en un borrador del Real Decreto, que en Industria llaman coloquialmente «de trazabilidad», que previsiblemente aprobará el Consejo de Ministros y en el que se ofrece a los titulares de plantas irregulares la posibilidad de pasar de forma voluntaria al régimen retributivo que realmente les corresponde, mucho menos beneficioso, para evitar las sanciones.

Las plantas solares fotovoltaicas reciben subvenciones diferentes según su fecha de entrada en funcionamiento y en septiembre de 2008 se produjo un «efecto llamada» y un «aluvión» de solicitudes de instalaciones que pretendían entrar en la retribución del Real Decreto 661/2007, de mejores condiciones que la de la norma posterior.

Las inspecciones realizadas por la Comisión Nacional de Energía (CNE) demostraron que algunas de las instalaciones que se inscribieron en las últimas semanas de vigencia de este decreto no estaban conectadas a la red en esa fecha, un requisito que era necesario para acogerse a su retribución.

En una primera fase se inspeccionarán 800 megavatios (MW) de instalaciones, cerca de una cuarta parte de los 3.300 MW inscritos, con preferencia para aquellas que se inscribieron en los últimos días con derecho a la retribución del 661.

En un plazo de 45 días, la CNE pedirá a las instalaciones inspeccionadas documentación que demuestre que contaban con los paneles, los inversores y, en su caso, los seguidores con la suficiente antelación como para estar funcionando el 29 de septiembre de 2008, la fecha límite de conexión.

Las plantas que no puedan acreditar su situación en los dos meses siguientes al requerimiento serán expulsadas del sistema de primas, aunque podrán seguir vendiendo su producción en el mercado, y tendrán que devolver las subvenciones recibidas, con intereses de demora, desde septiembre de 2008 .

Además, al margen del Real Decreto, Industria puede iniciar procesos sancionadores por la vía administrativa o penal con los titulares infractores.

Las plantas irregulares podrán volver al sistema subvencionado, pero para ello tendrán que inscribirse en el prerregistro, donde ocuparán el último lugar y en el que existe una lista de espera de entre tres y cuatro años, según Industria.

La disposición adicional primera del Real Decreto establece que los titulares de plantas que crean que están en situación irregular pueden renunciar voluntariamente a la retribución del 661 y pasar al primera convocatoria del 1578, lo que supone cobrar 320 euros por megavatio hora (MWh) en lugar de 465.

De esta manera, los empresarios evitarán la investigación y sus posibles consecuencias, es decir, la devolución de las primas y la expulsión del régimen de subvenciones.

El importe de las devoluciones de primas será gestionado por la CNE, para financiar costes regulados como transporte, distribución y las propias primas, lo que podrá repercutir en una contención del déficit de tarifa (diferencia entre los gastos del sistema eléctrico y los ingresos que se obtienen por la factura de la luz).

La persecución de las irregularidades, indican las fuentes, es en una de las prioridades de la Secretaría de Estado de Energía, cuyos técnicos temen que el fraude fotovoltaico, a la vista de las inspecciones acometidas hasta la fecha por la CNE, afecten a cerca del 15% de los megavatios del sector. En España, hay cerca de 55.000 instalaciones fotovoltaicas.

El Ministerio de Industria asegura que este decreto cuenta con el apoyo del sector fotovoltaico y con el de las comunidades autónomas, con las que no se incurrirá en conflicto porque, al margen de la potestad de estas últimas para dar ciertas autorizaciones, el reparto de la prima corresponde en última instancia al Gobierno central.

El Gobierno inspeccionará un 25% de plantas fotovoltaicas y hará devolver las primas a las inscritas de forma irregular

Estas medidas se recogen en un borrador del Real Decreto, que en Industria llaman coloquialmente «de trazabilidad», que previsiblemente aprobará el Consejo de Ministros y en el que se ofrece a los titulares de plantas irregulares la posibilidad de pasar de forma voluntaria al régimen retributivo que realmente les corresponde, mucho menos beneficioso, para evitar las sanciones.

Las plantas solares fotovoltaicas reciben subvenciones diferentes según su fecha de entrada en funcionamiento y en septiembre de 2008 se produjo un «efecto llamada» y un «aluvión» de solicitudes de instalaciones que pretendían entrar en la retribución del Real Decreto 661/2007, de mejores condiciones que la de la norma posterior.

Las inspecciones realizadas por la Comisión Nacional de Energía (CNE) demostraron que algunas de las instalaciones que se inscribieron en las últimas semanas de vigencia de este decreto no estaban conectadas a la red en esa fecha, un requisito que era necesario para acogerse a su retribución.

En una primera fase se inspeccionarán 800 megavatios (MW) de instalaciones, cerca de una cuarta parte de los 3.300 MW inscritos, con preferencia para aquellas que se inscribieron en los últimos días con derecho a la retribución del 661.

En un plazo de 45 días, la CNE pedirá a las instalaciones inspeccionadas documentación que demuestre que contaban con los paneles, los inversores y, en su caso, los seguidores con la suficiente antelación como para estar funcionando el 29 de septiembre de 2008, la fecha límite de conexión.

Las plantas que no puedan acreditar su situación en los dos meses siguientes al requerimiento serán expulsadas del sistema de primas, aunque podrán seguir vendiendo su producción en el mercado, y tendrán que devolver las subvenciones recibidas, con intereses de demora, desde septiembre de 2008 .

Además, al margen del Real Decreto, Industria puede iniciar procesos sancionadores por la vía administrativa o penal con los titulares infractores.

Las plantas irregulares podrán volver al sistema subvencionado, pero para ello tendrán que inscribirse en el prerregistro, donde ocuparán el último lugar y en el que existe una lista de espera de entre tres y cuatro años, según Industria.

La disposición adicional primera del Real Decreto establece que los titulares de plantas que crean que están en situación irregular pueden renunciar voluntariamente a la retribución del 661 y pasar al primera convocatoria del 1578, lo que supone cobrar 320 euros por megavatio hora (MWh) en lugar de 465.

De esta manera, los empresarios evitarán la investigación y sus posibles consecuencias, es decir, la devolución de las primas y la expulsión del régimen de subvenciones.

El importe de las devoluciones de primas será gestionado por la CNE, para financiar costes regulados como transporte, distribución y las propias primas, lo que podrá repercutir en una contención del déficit de tarifa (diferencia entre los gastos del sistema eléctrico y los ingresos que se obtienen por la factura de la luz).

La persecución de las irregularidades, indican las fuentes, es en una de las prioridades de la Secretaría de Estado de Energía, cuyos técnicos temen que el fraude fotovoltaico, a la vista de las inspecciones acometidas hasta la fecha por la CNE, afecten a cerca del 15% de los megavatios del sector. En España, hay cerca de 55.000 instalaciones fotovoltaicas.

El Ministerio de Industria asegura que este decreto cuenta con el apoyo del sector fotovoltaico y con el de las comunidades autónomas, con las que no se incurrirá en conflicto porque, al margen de la potestad de estas últimas para dar ciertas autorizaciones, el reparto de la prima corresponde en última instancia al Gobierno central.

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