El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto de energías renovables y cogeneración

El Consejo de Ministros ha aprobado en su sesión de esta mañana el nuevo Real Decreto de energías renovables y cogeneración, que pretende mejorar la retribución de aquellas tecnologías menos maduras, como la biomasa y la solar térmica, para poder alcanzar los objetivos del Plan de Energías Renovables 2005-2010. Se espera que el desarrollo de estas tecnologías permita que la energía renovable cubra el 12% del consumo energético en España dentro de dos años y medio.

El nuevo Real Decreto se ha aprobado en la misma semana en la que el sector eólico ha lanzado su última propuesta al Ejecutivo para que modificase esta reforma en pro de una mayor seguridad jurídica. Sin embargo, el RD ha salido a la luz sin haberse celebrado la segunda reunión que se había acordado entre la secretaría general de Industria y los promotores eólicos, una vez se conociera el dictamen del Consejo de Estado sobre la propuesta de Industria.

Dicho dictamen invitaba al Ejecutivo a seguir las recomendaciones formuladas en el suyo por la propia Comisión Nacional de Energía -el ente regulador del mercado eléctrico consideró en su día que la nueva propuesta afectaba negativamente a la seguridad jurídica-, aunque el Consejo de Estado no fue tan tajante en sus observaciones al respecto.

Las interpretaciones del mismo por parte del Ministerio de Industria y por parte del sector eólico (uno de los más afectados por la propuesta) han sido diametralmente opuestas, ya que el primero interpreta que el Consejo de Estado considera no ve indicios de pérdida de seguridad jurídica en la propuesta de reforma, mientras que el sector eólico hace hincapié en el hecho de que el Consejo invita al Ejecutivo a seguir las recomendaciones de la Comisión Nacional de Energía.

En el comunicado oficial del Ministerio de Industria se explica que «las revisiones que se realicen en el futuro de las tarifas no afectarán a las instalaciones ya puestas en marcha, una garantía que aporta seguridad juríddica para el productor, proporcionando estabilidad al sector y fomentando su desarrollo». Esto podría significar un cambio en el texto, aunque habrá que esperar a su publicación definitiva en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para conocer los detalles. Además expone que «la nueva normativa no tendrá carácter retroactivo. las instalaciones que se pongan en funcionamiento hasta el 1 de enero de 2008 podrán mantenerse acogidas a la regulación anterior en la opción de tarifa fija durante toda su vida útil».

Según el ministerio de Industria, la nueva normativa garantiza una rentabilidad del 7% a las instalaciones eólicas e hidráulicas que opten por ceder su producción a las distribuidoras, y entre el 5 y el 9% si participan en el mercado de producción de energía eléctrica.

Por el momento no ha habido pronunciamiento oficial por parte del sector eólico. Ni APPA (Asociación de Prductores de Energías Renovables) ni la AEE (Asociación Empresarial Eólica) harán comentarios al respecto hasta que hayan podido examinar el texto cuando éste se publique en el BOE. Ahora bien, el nuevo Real Decreto no afecta exclusivamente a las instalaciones eólicas, sino también a otras formas de generación de electricidad en régimen especial. En este sentido sí se ha pronunciado la Asociación Española de Cogeneración, ACOGEN.

La Asociación valora positivamente el «cambio de rumbo» en materia energética, que enfatiza las políticas de eficiencia y de promoción de cogeneración. En un comunicado, ACOGEN destaca novedades como la retribución ligada al coste de los combustibles, un elemento clave para asegurar la rentabilidad de las instalaciones. Por otro lado, la Asociación de cogeneradores agradece en el nuevo Real Decreto el concepto que retribuye la eficiencia, pues la cogeneración es una de las formas de generación eléctrica y calor más eficiente. ACOGEN señala que «reconocer y conocer esta mayor eficiencia establece una base sólida y de futuro para el trato justo de los sistemas de cogeneración dentro del sector eléctrico.»

Los incrementos de la tarifa regulada respecto de la contemplada en el anterior Real Decreto, el 436/2004 son, para las cogeneraciones de gas natural o biogás, de entre el 26 y el 81%, y para las que utilicen combusbitles fósiles, de entre el 43 y el 135%.

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