E.On ganó 2.300 millones de euros hasta marzo de 2010, un 7 por ciento menos
Según informó la compañía energética, sus ventas se mantuvieron en el nivel del año pasado, en unos 26.000 millones de euros.
El nuevo presidente, Johannes Teyssen, anunció además que el Ebit (resultado neto de explotación) ajustado aumentó un 20% interanual, hasta más de 3.700 millones de euros.
E.On logró un significativo incremento de sus beneficios en Reino Unido, la unidad de «Energy Trading» y en su relativamente nuevo negocio de renovables.
No obstante, en vista de la continua crisis financiera y económica y de la previsión de mayor volatilidad en la evolución de los beneficios en 2010, E.On mantiene una postura conservadora respecto al ejercicio completo.
De este modo, su previsión es «optimista pero cautelosa»: prevé que el Ebit ajustado aumentará entre un 0% y un 3% y que el beneficio neto ajustado se mantendrá en el nivel del año pasado.
El Supremo estima en parte un recurso de E.ON Generación
Por otra parte, la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha estimado en parte un recurso interpuesto por E.On Generación, S. L. (antes Viesgo Generación, S. L.) contra el Real Decreto del 24 de noviembre de 2006 por el que se aprobó el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero 2008-2010.
En un extracto de la sentencia publicado por el Supremo, el Tribunal declara la nulidad de diversas determinaciones del Plan Nacional de Asignación 2008-2012, una de ellas, la correspondiente a centrales térmicas de carbón, donde declara nulo el párrafo relativo a las ‘centrales térmicas de generación con carbón que han realizado inversiones medioambientales para reducir las emisiones de SO2 y NOX’.
Igualmente, y en el punto correspondiente al ‘reparto de la asignación de derechos a las centrales térmicas de carbón entre dichas instalaciones’, se declara nulo el párrafo relativo al ‘criterio 2, aplicable a centrales con bajos niveles de SO2, estén o no incluidas en el ámbito de aplicación del criterio 1’, así como aquellas otras menciones y referencias que en dicho apartado se hacen a las centrales con bajos niveles de emisión de SO2 o que han realizado inversiones medioambientales para reducir dichas emisiones.
Además, y del apartado ‘5.A’ del decreto, se declara nulo el último párrafo en el que se dispone: ‘Para aquellas nuevas instalaciones que reuniendo las condiciones para ser consideradas existentes, tengan prevista su entrada en funcionamiento con posterioridad al 30 de junio de 2007 se efectuará una asignación provisional con cargo a la reserva de nuevos entrantes que quedará confirmada, o corregida a la baja en la parte proporcional al retraso, en caso de que se produjera, una vez comunicada la fecha de entrada en funcionamiento por el órgano autonómico competente’.
Finalmente, y del apartado ‘7.C’ del Plan Nacional de derechos de emisión de gases efecto invernadero, el Supremo declara nulo el inciso del párrafo primero referente a ‘así como aquellas instalaciones que tengan prevista su entrada en funcionamiento con posterioridad al 30 de junio de 2007’.



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