Como acabar de una vez por todas con el protocolo de Kioto en España

El escritor y director norteamericano Woody Allen escribió hace años una colección de deliciosos cuentos titulados ‘Como acabar de una vez por todas con la cultura’, (Cuentos sin plumas, Ed. Tustquets) en los que a través del humor trataba los mitos y referentes sociales, desde el psicoanálisis a la mafia. Algo parecido sucede (pero sin humor, evidentemente) con el tratamiento de la aplicación del Protocolo de Kioto en España, en manos de las autoridades del Ministerio de Industria y Medio Ambiente en España.

Es preciso recordar que uno de los instrumentos tendentes a la reducción de emisiones de gases efecto invernadero que establece la Directiva Europea en los distintos países es la aprobación de los respectivos Planes Nacionales de Asignación, en los que se materializa (y pormenoriza los compromisos de cada país). Si se realiza bien, es un instrumento básico dónde se realiza política industrial y medioambiental (por su alcance), en la medida que se promueve la eficiencia energética y las transformaciones necesarias en una economía para que verdaderamente se produzca un esfuerzo en la reducción de gases de efecto invernadero.

En nuestro caso, el Plan presentado se basa en un criterio de asignación por emisiones históricas (en el fondo cuanto más contamina una central más subvención recibe en términos de derechos de emisión), de forma que España es el país en que la proporción entre derechos asignados a las centrales de carbón es el más alto de toda Europa con respecto a otras tecnologías menos emisoras como las centrales de ciclo combinado (gas).

Para ello, se incorporan en su definición mecanismos discriminatorios tanto en los mecanismos de cálculo de los factores de emisión (dando al carbón el valor máximo) como en la posibilidad de esta tecnología de utilización de los MDL (capacidad de utilización de Mecanismos de Desarrollo Limpio, alternativas de inversión en proyectos de reducción de emisiones) frente a los ciclos combinados. Es preciso tener en cuenta que la asignación de derechos funciona como una subvención, de forma que se constituye en un ingreso fijo para las instalaciones, de forma que no ‘internalizan o integran’ los costes de los derechos de emisión. Así, se da en este caso otra contradicción: nuestro país es el que más emisiones ha de reducir, pero discrimina (subvenciona) favorablemente a las tecnologías que más emisiones producen.

En suma, el plan de asignaciones elaborado por una Administración Pública de un gobierno ‘políticamente y públicamente comprometido con el medio ambiente, favorece en su conjunto a las tecnologías más emisoras de gases efecto invernadero y desbarata su coherencia con una supuesta política medioambiental. El obscurantismo en el conocimiento de estos mecanismos por parte de la sociedad y la falta de difusión social de esta situación opera favoreciendo esa contradicción entre discursos políticos y realidades que operan en los mercados y que ya enunciábamos ayer (que en definitiva condiciona la acción de los agentes). Tanto es así que la Comisión Europea detectó graves problemas como la posible consideración de ayudas de estado a las asignaciones gratuitas y la existencia de posibles tratos discriminatorios hacia el carbón incompatibles con el mercado único, así como el uso excesivo de los Mecanismos de Desarrollo Limpio.

En paralelo, y no satisfechos con esta política, se pone en marcha la ‘máquina de regular retribuciones empresariales en el sector eléctrico’ dentro del Ministerio de Industria y así, según el artículo 2 del Real Decreto Ley 3/2006, se plantea la detracción de los derechos de emisión del importe de la factura eléctrica, buscándose un mecanismo que homogeneiza el descuento, con independencia de los derechos que consuma –emita- cada instalación, incluso de los derechos de que disponga, porque previamente los haya asignado el Ministerio de Medio Ambiente. Primero se reparten para que puedan emitir y luego se cobran ‘a pachas’ para que no salga excesivamente costoso al que se le ha dado, que lo tenga que pagar.

Consecuencia de esta normativa y de la forma alambicada de articulación de la misma entre los Ministerios de Industria y Medio Ambiente: que la mejor manera de acabar con algo es desnaturalizarlo, desposeerlo de su sentido, eliminar su intencionalidad teórica sobre lo que debe ser la política medioambiental y de eficiencia energética. Todo el andamiaje y arquitectura regulatoria que se debería orientar a promover la reducción de emisiones (en un sector en que hay tecnologías sustitutivas, no nos olvidemos), se transforma en una maquinaria para evitar que se reforme, que se modifiquen y que entren en funcionamiento las inversiones y transformaciones necesarias en el sector de la generación hacia tecnologías más limpias.

Si cualquiera que conoce los mecanismos de regulación medioambiental en el ámbito de la hacienda pública, coincide en el principio de que ‘el que contamina paga’, aquí, hemos llegado al ‘más difícil todavía’: El que contamina cobra y es subvencionado por los no contaminantes.

El que contamina, cobra y de los demás. Como ven, de Woody Allen.

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