Comentarios de COGEN a la reforma energética española

La reforma energética está avanzando con evidentes dificultades y falta de seguridad en los resultados perseguidos. Entendemos que existen problemas derivados de errores importantes en el planteamiento de esta reforma que, por otro lado, consideramos totalmente necesaria, pero que difícilmente alcanzará los objetivos perseguidos de eliminar el déficit de tarifa y de mejorar la eficiencia y economía en el uso de la energía.

1. ERRORES EN QUE SE APOYA LA REFORMA ENERGÉTICA

Estamos viendo que se suceden declaraciones erróneas para justificar medidas políticas para la reforma eléctrica, cuyo objetivo es acabar con el déficit tarifario. El propio concepto de «déficit tarifario» aporta en sí mismo la solución: incrementar las tarifas que se pagan por los usuarios de electricidad. Pero como esta es una medida políticamente impopular, se emplean argumentos erróneos para justificar esta reforma.

1er. Error: El precio de la electricidad en España es de los más caros de Europa. Dicen que los usuarios españoles tienen la tarifa más elevada de la Unión Europea (sólo superada por Irlanda y Chipre). Esto es falso, si como tarifa entendemos la totalidad de lo que pagan los usuarios.

Efectivamente, en Alemania, Bélgica, Italia o Reino Unido pagan mucho más que los españoles, pues en ellos el recibo de electricidad incluye los costes que en España se consideran como déficit de tarifa. En estos países, donde el déficit no existe, el recibo de la luz incluye los mecanismos de soporte (tasas) a las energías renovables, los costes en los territorios extrapenínsulares, el soporte a la cogeneración, etc., mientras que en España estos costes forman parte de los costes del sistema y no son pagados por los usuarios de la electricidad.

A título de ejemplo, y según datos de EUROSTAT, el coste realmente pagado por los usuarios domésticos por cada MWh en 2012 (tasas incluidas, sin IVA) fue de 245 €/MWh en Chipre, 238,8 €/MWh en Dinamarca, 221,5 €/MWh en Alemania, 201,1 €/MWh en Italia y 195,8 €/MWh en Irlanda, mientras que España se paga 186,8 €/MWh. En Francia o Polonia se pagaron, respectivamente, 121,7 €/MWh y 119,8 €/MWh, precios mucho más bajos que en los otros países competidores en España.

2º Error: La industria española deja de ser competitiva por los elevados costes de la electricidad. También se dice que los usuarios industriales no pueden competir con los de otros países europeos debido al coste de la energía. El problema es el mismo que para los usuarios domésticos: si se incluyen todas las tasas excepto el IVA, el precio que pagaron en 2012 los usuarios industriales de consumo superior a los 70.000 MWh/año, fue de 202,65 €/MWh en Chipre, 117,6 €/MWh en Italia, 92,6 €/MWh en Alemania, 92,35 €/MWh en Irlanda y 85,6 €/MWh en Dinamarca, mientras que España pagó 76,4 €/MWh, Polonia 74,9 €/MWh y Francia 61,4 €/MWh. Aquí vemos que España se sitúa en la gama baja.

3er. Error: Las redes de transporte y distribución se deben pagar entre todos con independencia de su consumo. Según el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, los elevados costes de transporte y distribución y las pérdidas en las redes eléctricas deben pagarse entre todos, incluidos los que se producen su propia electricidad (autoconsumidores-cogeneradores).

Es evidente que las redes deben pagarlas los que las precisan para llevar la electricidad de plantas alejadas del centro de consumo. Los que producen in situ su electricidad no deben volver a pagar las redes, ya que si se han conectado ya han pagado su término de potencia a las empresas de transporte y distribución, así como la inversión de su conexión. Precisamente la competitividad de la cogeneración se basa en las inversiones evitadas en redes y en las pérdidas de transmisión.

Por el contrario, en países como Alemania, los autoconsumidores cobran por los costes evitados en pérdidas y costes de transporte y distribución.

4º Error: El déficit de tarifa lo produce el Régimen Especial (cogeneración y renovables). Es evidente que las energías renovables (fotovoltaica y termosolar) y la cogeneración vertida a la red reciben retribuciones más elevadas que la retribución al mercado energético («pool»). Pero esto también ocurre en otros países de Europa. En España estas energías del Régimen Especial no se pagan más caras que en el resto de Europa. La voluntad de promover energías renovables tiene un coste fijo importante, aunque el variable sea muy bajo. El problema aparece al no considerar el pago de estas energías como coste energético y pensar que sólo las energías tradicionales fijan el coste de las mismas en el mercado mayorista.

5º Error: Decir que se liberalizaba el sistema eléctrico con la Ley 54/1997. Por el contario, esta Ley inició el cambio de las grandes regulaciones que se han ido introduciendo y que han alejado el coste de las energías del precio de mercado.

Autorizó los Costes de Transición a la Competencia (CTC´s) que era una retribución encubierta para que las compañías eléctricas mantuvieran el precio del mercado mayorista por debajo de 36 €/MWh. Posteriormente, autorizó el déficit de tarifa, que garantiza el pago de producciones energéticas sin que consten como coste de mercado. Y últimamente, se ha propuesto que parte de los costes de la energía sean asumidos por los Presupuestos Generales del Estado, lo cual representa una nueva distorsión del mercado que vulnera la libre competencia.

2. LA REGULACIÓN QUE SE PROPONE ES ERRÓNEA PARA LOS FINES PERSEGUIDOS

En fin, desde COGEN creemos que todos los españoles aceptamos que es necesaria una reforma energética, ya que desde la publicación de la Ley 54/1997 se han producido múltiples efectos indeseados por regulaciones erráticas y que se espera sean corregidos por la nueva Ley del Sector Eléctrico, pero creemos que se está regulando de forma inapropiada y equivocada.

Por ejemplo: la Propuesta del RD de Regulación de Renovables y Cogeneración, sólo se refiere a la electricidad exportada a la red, y la propuesta de RD de regulación del autoconsumo prohíbe en la práctica que cada cual se produzca su propia electricidad y la autoconsuma. Esto afecta a las tecnologías fotovoltaicas de azotea y, sobre todo, a la cogeneración, que permitirían evitar pérdidas de producción en transporte y distribución, haciendo más económica la energía consumida y, sin embargo, no afecta a las grandes producciones centralizadas (parques eólicos y solares), que producen electricidad para su venta a través de las instalaciones de transporte y distribución de las grandes eléctricas.

3. LA NUEVA LEGISLACIÓN INTRODUCE UN GRAVE RETROCESO EN LA REGULACIÓN, PUES HACE UN CAMBIO RADICAL RESPECTO AL PASADO

Efectivamente, la tecnología de cogeneración era la única forma legal de producir electricidad en competencia con las empresas eléctricas y era obligatorio autoconsumir su producción y verter a la red únicamente los excedentes que estaban retribuidos prácticamente con el mismo valor que la electricidad adquirida, es decir, que prácticamente no se apoyaba esta tecnología y la electricidad autoconsumida no producía ni beneficios ni déficit al sistema, pues no formaba parte del mismo. Era otro sistema, como si uno cultiva sus propios tomates en un huerto (o en su azotea) y los autoconsume en lugar de ir al súper de la esquina.

Ahora, al autoconsumo se le pretende poner un impuesto desmotivador (peaje de respaldo), para que en lugar de autogenerarse electricidad se la compre a las empresas eléctricas. El argumento es que ellas han construido redes para llevar la electricidad de sus centrales hasta nuestros domicilios y «la red hay que pagarla entre todos».

Las redes de transporte forman parte integrante de las grandes centrales de producción alejadas de los puntos de consumo. El autoconsumo libera capacidad de transporte de las redes y las revaloriza, por lo que, en lugar de pagar, debería apoyarse económicamente, como se hace en otros países de Europa donde los cogeneradores cobran los costes evitados a las redes de transporte y distribución (inversiones y pérdidas ocasionadas).

El autoconsumo debe permitir elegir entre comprar y producir electricidad (o parte de ella) y hoy todo el mundo puede producirse su electricidad, pues existe tecnología para ello: desde 1 kW hasta 1.000 MW y permite la verdadera competencia dentro de un sistema tradicionalmente regulado e intervenido.

Este impuesto, además de ir en contra del principio de la libre competencia, va en contra de las prácticas seguidas desde los años 80, cuando muchos centros industriales, hospitales y centros comerciales instalaron sus propias cogeneraciones para disponer de electricidad más económica, más segura y redundante y menos contaminante para el medio ambiente.

Es evidente que la cogeneración y otras tecnologías, como la fotovoltaica, pueden y deben competir con el sistema eléctrico establecido para mejorar y modernizar la economía del país y si a este proceso se le imponen prohibiciones vía impuestos, estamos negando uno de los principios primordiales en economía, que es la libre competencia.

4. LA FILOSOFÍA DE LA REFORMA ELÉCTRICA SE BASA EN QUE LA ELECTRICIDAD TIENE UN COSTE «CASI NULO» Y QUE SÓLO DEBEN PAGARSE LAS INVERSIONES REALIZADAS Y ES CONTRARIA AL AHORRO ENERGÉTICO

Por este motivo, la reforma habla de «rentabilidad razonable», como si el negocio eléctrico fuese asimilable a un negocio financiero. Este concepto es válido para ciertas tecnologías: renovables de coste cero, como la gran hidráulica, eólica y nuclear de coste marginal muy bajo y también los sistemas de transporte y distribución que sólo requieren inversiones.

Pero este principio va en contra de los conceptos europeos de ahorro y eficiencia energética, pues ahorrar costes casi nulos no es preciso y lo que busca la cogeneración es el ahorro de combustibles y energía y no una rentabilidad razonable. La cogeneración persigue ahorrar costes energéticos y ser más eficiente y competitiva.

La reforma propuesta aumenta enormemente los precios fijos de transporte y distribución y rebaja los costes de la energía. Así, los peajes de acceso tienen un término fijo que se ha duplicado y un coste variable en función de la energía que prácticamente se rebaja a un 30%. Como consecuencia de ello, los grandes consumidores de electricidad verán rebajado el coste eléctrico y los consumidores de pocas horas de utilización lo verán aumentado. Parece una gran contradicción, cuando el objetivo es eliminar el déficit de tarifa.

Con los actuales principios de la reforma, este déficit se incrementará si se pretende que en lugar de pagarlo los consumidores lo paguen todos los españoles a través de los presupuestos del Estado. Se debe recordar que esta práctica está prohibida por los Tratados Europeos y no puede prosperar como en realidad tampoco pudieron prosperar los costes de transición a la competencia.

5. CONCLUSIONES Y PROPUESTAS

1.º La reforma energética tiene un objetivo, eliminar el déficit de tarifa, pero producirá el efecto contrario y lo aumentará si no se corrigen sus principios, pues:

– Disminuye el precio a los grandes usuarios de energía y aumenta el coste a los que utilizan la electricidad durante menos horas.

– Aumenta los costes regulados fijos (peajes) y disminuye los costes asociados al consumo de energía (costes variables).

– Evita los sistemas de ahorro energético, como la cogeneración, prohibiendo en la práctica el autoconsumo y evita con ello la competencia en el sector.

– Basa la retribución en obtener una «rentabilidad razonable» de la inversión y no en un ahorro y eficiencia del uso de la energía, asimilando el negocio eléctrico a un negocio financiero.

2.º Se legisla en contra de los principios de la Comunidad Europea que basa su política energética en el ahorro y la eficiencia del consumo energético, según se recoge en la directiva 2012/27/UE.

– En Europa se apoya a la cogeneración en función del ahorro producido y no en la inversión realizada, o como en Alemania en alcanzar unos objetivos de participación.

– La cogeneración en Europa es la tecnología a instalar por defecto en instalaciones nuevas o en modificaciones sustanciales, si no lo desaconseja un análisis coste-beneficio. En España esta tecnología queda prohibida en la práctica, al incrementar los costes fijos del sistema y si prospera la aplicación del peaje de respaldo.

3.º Debería legislarse para promover la competencia en la producción y uso de la electricidad y al ahorro de la energía. Para ello, se deberían:

– Promover las tecnologías con menores costes para el usuario final y revisar la formación del precio de mercado para que fije un valor verdadero de la producción en cada nivel de tensión (el que deben pagar las comercializadoras a las productoras y distribuidoras).

– Incrementar los precios de la electricidad en España hasta niveles semejantes a los vigentes en Alemania o Italia para eliminar el déficit de tarifa.

– Incrementar el coste variable y disminuir los costes fijos para favorecer el ahorro energético y la economía de su consumo.

Estas propuestas son difícilmente asumibles políticamente, pero entendemos que son las únicas que pueden mejorar la situación energética en nuestro país.

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José Mª Roqueta es Ingeniero Industrial e inició su vida profesional en Catalana de Gas, donde fue subdirector general de Planificación para la introducción del gas natural en nuestro país.

Posteriormente, fue director general de Servicios Energéticos (empresa de ingeniería del grupo Gas Natural). En 1982 creó la empresa AESA (Asesoría Energética) que introdujo la cogeneración en España. En 2001 promovió la creación de COGEN España, como Asociación para la promoción de la cogeneración y que es el miembro Español de COGEN Europa. Actualmente es presidente de COGEN España y de AESA.

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