La tarifa eléctrica no subirá en el segundo trimestre

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio no va a enviar a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) la propuesta de orden ministerial para la revisión de las tarifas eléctricas, por lo que el recibo de la luz se congelará durante el segundo trimestre del año. Según informaron fuentes ministeriales, las tarifas eléctricas para todos los tipos de consumidores continuarán en los términos fijados el pasado mes de enero, cuando subieron un 3,3 por ciento.

Desde junio del año pasado el Gobierno tiene la potestad para revisar las tarifas cada tres meses, aunque no siempre la ha ejercido: en junio y septiembre de 2007 decidió congelarlas, mientras que en enero de 2008 subieron.

Hasta ahora correspondía a Industria elaborar una propuesta de orden ministerial en la que detallaba las subidas para los distintos grupos de consumidores, que remitía a la CNE para su análisis y, posteriormente, el Ministerio aprobaba.

Sin embargo, a partir del próximo mes de junio será el organismo que preside Maite Costa el que haga la propuesta de subida tarifaria y la remitirá al Ministerio, que podrá aprobarla e introducir los cambios que considere oportunos en la propuesta del regulador energético.

De acuerdo con la última revisión tarifaria, el término de potencia de la tarifa 2.0 (entre 1 y 10 kilovatios), a la que están acogidos prácticamente todos los consumidores domésticos, cuesta una media de 1,63 euros por kilovatio al mes, mientras que el término de energía del mismo grupo de consumidores tiene un precio medio de 0,0927 euros por kilovatio hora consumido.

A partir del próximo mes de julio, la tarifa para los clientes industriales (alta tensión) desaparecerá, por lo que estos consumidores sólo podrán disfrutar de precios regulados durante los próximos tres meses. Las pymes y comercios (potencias contratadas de hasta 15 kilovatios) podrán optar por abastecerse en el mercado liberalizado o continuar en el sistema tarifario.

Según lo previsto en la ley, las tarifas reguladas desaparecerán a partir de 2009, aunque continuará vigente un sistema denominado de tarifa de último recurso al que podrán seguir acogidos los consumidores domésticos y pequeños comercios.

Unesa cree que la congelación de las tarifas retrasará más la recuperación del déficit

La patronal eléctrica Unesa considera que la congelación de las tarifas eléctricas para los consumidores durante el segundo trimestre de este año retrasará aún más la recuperación del déficit, diferencia entre ingresos y costes del sistema eléctrico.

Fuentes de Unesa explicaron que el hecho de que el recibo de la luz se mantenga en los términos fijados el pasado mes de enero, cuando subió un 3,3 por ciento, supone un «nuevo aplazamiento» en la recuperación del déficit tarifario, algo que no «es bueno» para el sistema.

Desde la patronal eléctrica recuerdan que la tarifa regulada debe desaparecer por ley el 1 de enero del 2009 y reiteran la necesidad de acabar antes con este déficit, situación que se produce cuando los ingresos obtenidos por la tarifa son insuficientes para cubrir los costes del sistema eléctrico.

Antes de eliminar las tarifas, requisito impuesto por la normativa europea y previsto en la Ley del Sector Eléctrico, es necesario que el sistema tenga una metodología que no genere desequilibrios. «Hay que acabar con esa figura y cada vez queda menos para que desaparezcan las tarifas», subrayan desde Unesa.

En 2006, el déficit fue de 3.046 millones de euros, mientras que en 2007, según datos provisionales de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), puede cerrarse en algo más de 1.000 millones de euros. Desde el año 2000, primer ejercicio en el que se produjo déficit y se reconoció su recuperación, esta cantidad supera los 10.000 millones.

El nuevo Reglamento de seguridad de las líneas de alta tensión entrará en vigor en seis meses

El nuevo Reglamento sobre las condiciones técnicas y de seguridad que deberán cumplir las líneas eléctricas de alta tensión, aéreas y soterradas, de más de un kilovoltio (kV) entrará en vigor dentro de seis meses tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Los objetivos de la nueva regulación (Real Decreto 223/2008) son mejorar la seguridad del sistema eléctrico y la fiabilidad del suministro, así como proteger a las personas y bienes relacionados con estas infraestructuras. La normativa busca además que en el diseño de nuevas líneas se tengan en cuenta futuros aumentos de carga (capacidad).

Las nuevas condiciones serán obligatorias dentro de dos años, contados a partir de la publicación en el BOE, aunque se podrán adoptar de forma voluntaria desde el momento de su entrada en vigor.

Industria elaborará una guía técnica para la aplicación del nuevo Reglamento y sus instrucciones complementarias.

El nuevo Real Decreto (RD) deroga el anterior RD 3151/1968 por el que se aprobaba el Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta Tensión, así como «cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan lo dispuesto» en la nueva regulación.

En la exposición de motivos del reglamento, se señala que la variación técnica, jurídica y social que se ha producido desde la puesta en vigor del anterior Reglamento hacía necesaria esta adaptación de las condiciones técnicas y de seguridad de las líneas eléctricas de alta tensión.

Se publica la Orden de Industria por la que se regula el derecho de cobro de las compañías eléctricas del déficit tarifario

Las compañías eléctricas dispondrán de un plazo de hasta 15 años para cobrar el déficit tarifario -diferencia entre los ingresos y costes del sistema eléctrico- en que incurren a priori por la regulación del sector, según una orden de Industria, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Mediante esta orden se regulan las subastas de los derechos de cobro creados para que las compañías eléctricas puedan financiar a priori (ex ante) el déficit que a partir del ejercicio de 2007 -entre el 1 de enero de ese año y el 31 de enero de 2008 ascendió a 1.197 millones- se pueda generar por la regulación de sus tarifas.

Esta orden determina las características de los derechos de cobro y señala que podrán recuperarse «en un plazo máximo de 15 años a partir de la fecha de su desembolso», y establece que la primera subasta que se celebre con esta nueva regulación se haga en un plazo de tres meses -antes del 16 de junio próximo-.

Así, el derecho de cobro está integrado por el «valor base» del mismo, que «será como máximo el reconocido como déficit ex ante en las órdenes -trimestrales- por las que se modifiquen las tarifas eléctricas», aunque el valor base definitivo será «el que resulte efectivamente adjudicado en la subasta». Además, el derecho de cobro incluirá «los intereses de actualización del valor base», que serán anuales y estarán ligados al Euribor -tipo de interés del mercado interbancario del euro- a tres meses correspondiente a noviembre inmediatamente anterior al año en que haya de aplicarse.

La orden ministerial también determina que se incluya el derecho de cobro y se abone «como coste de la tarifa mediante la afectación a ese fin de un determinado importe mensual de los ingresos del sistema eléctrico», por lo que el derecho de cobro «tendrá la consideración de coste liquidable del sistema».

La orden también regula el procedimiento de cálculo definitivo del déficit tarifario que las compañías eléctricas podrán percibir a través de los derechos de cobro. A este respecto, señala que la Comisión Nacional de Energía comunicará a la Dirección General de Política Energética y Minas «el importe definitivo pendiente de cobro al término de cada ejercicio», que deberá publicar antes del 30 de junio del ejercicio siguiente, además de proporcionar otros detalles sobre la forma de determinar el déficit.

El mecanismo de subastas para financiar el déficit ex ante se diseñó el año pasado y ha sido reformado después de que el pasado noviembre se declarara desierta la primera puja de estas características, en las que se subastaron 1.500 millones en derechos de cobro.

La orden también incluye un epígrafe sobre protección de datos de los consumidores, que modifica la normativa sobre la fijación de tarifas para este ejercicio y establece que «los consumidores podrán manifestar por escrito a los distribuidores su voluntad de que sus datos no sean accesibles a los comercializadores».

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid aplaza la subasta de energía primaria prevista para mañana

Según informa hoy el diario Expansión en su edición impresa, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, decidió el pasado viernes aplicar medidas cauteladísimas suspender la subasta de energía virtual prevista para mañana martes 11 de marzo. Esta suspensión ha sido dictada sin oír a la otra parte. Al parecer, el procedimiento continuará hoy en el Tribunal Superior de Justicia y se decidirá si se levantan las medidas cautelares dictadas por esta instancia judicial.

Las subastas de emisiones primarias de energía (VPP) son un instrumento al que están obligados los denominados operadores dominantes en el mercado energético y su objetivo según el Libro Blanco de la Energía, era mitigar el poder de mercado de las principales empresas energéticas españolas. Una medida de control preventivo, diseñada en un momento en que Iberdrola y Endesa mantenían más de un 70 % de presencia en el mercado español. En el último año, las dos empresas no superarán conjuntamente el 47-48 %.

Las dos principales eléctricas Endesa e Iberdrola se habían manifestado contrarias a la última formulación que ha promovido la Secretaria General de Energía de las subastas de energía primaria, que consideran confiscatorio y una expropiación de su patrimonio, además de deteriorar su posición competitiva con los principales monopolios europeos que pueden participar en estas subastas y adquirir energía en España para revenderla y no al revés.

No obstante, el año pasado, Endesa e Iberdrola habían accedido a implantar este mecanismo de subastas de energía primaria que empezó a funcionar el año pasado con la organización y supervisión de IBM y Deloitte. La propia actuación regulatoria de la Secretaria General de Energía, buscando intervenir aún más el mecanismo de precios resultante y haciendo creciente la capacidad subastada, han desatado la reacción de las empresas.

Por otra parte, la Comisión Nacional de Energía en un estudio que dirige el consejero Jorge Fabra, a partir del modelo Energeia que elaboran Natalia Fabra (hija del propio Fabra) y María Ángeles de Frutos, estudia como reforzar los mecanismos de reducción del poder de mercado de las eléctricas, en la medida que considera insuficiente los efectos de las subastas para su reducción preventiva.

La CNE obvió las alegaciones de Iberdrola en el asunto de los derechos de ACS en Iberdrola

Ayer fueron publicadas en la web de la CNE las dos resoluciones en que la Comisión Nacional de Energía desestimaba la solicitud de Iberdrola de que fuesen suspendidos los derechos políticos de ACS en Iberdrola al amparo del artículo 34 del R.D 6.2000. Este Real Decreto, determina que cuando una misma persona física o jurídica mantiene participaciones empresariales en dos empresas que son operadores principales de un sector, debe elegir que en una sus derechos políticos (su capacidad de participar en la estrategia de la misma) se limite al 3%, aunque su participación sea mayor. En definitiva, convierte esa participación en la segunda empresa como financiera, para evitar riesgos de comportamientos colusorios (anticompetitivos) e intercambio de información estratégica entre compañías. La CNE ya otorgó derechos políticos a ACS en Iberdrola hace un año en un dictamen. Hasta ese momento, la Comisión Nacional de Energía en casos similares establecía una lista de cuestiones que la empresa presente en la dos compañías podía realizar fundamentalmente (la aprobación de aprobación de cuentas, informe de gestión y aplicación de resultados). En el caso de ACS, por primera vez el regulador independiente, estableció una lista de cosas concretas en las que no podía intervenir, permitiéndole participar en el resto por exclusión, una versión mucho más libre y abierta.

El Consejo de Administración de la CNE desestima las solicitudes de Iberdrola para suspender los derechos políticos de ACS en Iberdrola y la interrupción de la capacidad de adquirir un porcentaje de la compañía hasta el límite legal de la legislación sobre OPAS y considera que no hay circunstancias que alteren el sentido de la autorización inicial. Por su parte, la presidenta del organismo manifestó el pasado martes en Bilbao que no se pronunciaba sobre esta cuestión, una vez que ya se había producido la votación del Consejo.

Del mismo modo, ayer, también fue publicado el voto particular del único consejero que se mostrado disconforme con lo acordado por la mayoría del Consejo de Administración (el resultado de la votación, fue de ocho a uno). Se trata de Luis Albentosa (un habitual ya de los votos particulares), quien ya se mostró en su momento contrario al cambio de criterio de la Comisión Nacional de Energía. El contenido del voto es especialmente sorprendente en un aspecto concreto, al afirmar que afirma que las alegaciones adicionales recibidas el día 27 de febrero (un día antes de la acuerdo del consejo) no fueron tenidas en cuenta. De hecho, las resoluciones publicadas ventilan esta cuestión con un lacónico “Por último, con fecha 27 de febrero de 2008, tiene entrada en el registro de la CNE escrito de Iberdrola, S.A. por el que aclara una serie de cuestiones a su escrito inicial de 6 de febrero de 2008”.

Según ha podido conocer Energía Diario, de distintas fuentes, en las alegaciones se presentan tres hechos novedosos. La primera, la integración de UNION FENOSA dentro del GRUPO DE SOCIEDADES ACS, consolidando cuentas de la primera. La segunda, la admisión del hecho relevante que comunicó ACS a la CNMV sobre las conversaciones que había mantenido con EDF sobre su interés por IBERDROLA, y en tercer lugar, que designa la mayoría de los miembros del Consejo de Administración de UNIÓN FENOSA.

Albentosa afirma en su voto particular que el Consejo no ha analizado el fondo de la cuestión, esto es, si ha aumentado el riesgo de intercambio de información estratégica entre dos operadores principales, o hay incentivo a que esto se produzca. También vuelve a centrarse en la ‘contradicción fragrante’ de permitir a ACS votar en la Junta General de Accionistas el nombramiento de consejeros no dominicales en Iberdrola, lo que pertenece a la estrategia competitiva de Iberdrola.

Del mismo modo, señala varias referencias y condicionamientos temporales en la Resolución de la CNE del pasado 28 de febrero, que se centran en el contenido intencional utiliza en cuatro ocasiones expresiones como todavía, por ahora o por el momento ‘(la mera existencia de conversiones entre ACS y EDF no supone todavía una modificación relevante)’. Según Albentosa, para aplicar el artículo 34 del Real Decreto Ley 6/2000 no hay que esperar a que se comprueben las intenciones, conversaciones o hechos, dado que el mismo tiene una naturaleza anticolusiva preventiva: simplemente hay que comprobar que ha aumentado el riesgo de que se produzcan.

El Gobierno aprueba la nueva retribución de REE y Enagás

El Consejo de Ministros aprobó dos reales decretos en los que establece un nuevo modelo de retribución para las compañías que actúan como transportistas en los sectores de la electricidad y el gas, actividad desarrollada por Red Eléctrica de España (REE) y Enagás, respectivamente.

El nuevo modelo estipula que las instalaciones puestas en marcha a partir del 1 de enero de este año recibirán durante toda su vida útil una retribución que garantiza una rentabilidad media del 7,71 por ciento en función de dos conceptos, la inversión (amortización de las instalaciones más financiación del capital) y la operación y mantenimiento. Los valores unitarios de referencia (estándares) de estos dos conceptos que se venían utilizando hasta ahora han quedado obsoletos, por lo que la Comisión Nacional de la Energía (CNE) deberá proponer unos nuevos.

Según el Gobierno, la rentabilidad media garantizada es del 7,71 por ciento, pero las empresas podrán obtener mejoras en su retribución si incurren en costes menores que los contemplados por los estándares.

Adicionalmente, el transportista de energía recibirá una bonificación o penalización que oscilará en una horquilla del 2 por ciento como incentivo a la disponibilidad de sus instalaciones. Las ganancias en eficiencia retornarán en un 50 por ciento a los consumidores.

Durante la conferencia de prensa posterior al Consejo, la vicepresidenta primera y portavoz del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, afirmó que el nuevo modelo retributivo ha sido consensuado con los afectados y «asegura la recuperación de las inversiones» de REE y Enagás.

Las instalaciones puestas en marcha antes del pasado 1 de enero continuarán acogidas a los sistemas retributivos anteriores, un Real Decreto de 1998 en electricidad y otro de 2001 en gas.

El Ejecutivo indica que la revisión de estas normas es necesaria para acometer el fuerte ciclo inversor previsto en la planificación de los sectores de la energía 2008-2016, que previsiblemente se aprobará antes de las elecciones del 9-M . La nueva planificación calcula que las inversiones en activos de transporte eléctrico y gasista hasta 2016 ascenderán a 18.000 millones de euros, cantidad que tendrán que asumir casi en su totalidad REE y Enagás.

El Gobierno considera que era necesario reforzar la convergencia de los sistemas de gas y electricidad, incentivar la gestión y la mejora de la productividad y armonizar la regulación con el resto de países de la UE, que utilizan valores base netos en vez de brutos.

Enagás acoge «con satisfacción» la nueva retribución del transporte de gas

Enagás, empresa propietaria de la mayoría de las infraestructuras gasistas, ha acogido «con satisfacción» la aprobación de la nueva retribución que recibirá por las instalaciones que ponga en marcha a partir de enero de este año, dijeron fuentes de la compañía.

Enagás, que eludió comentar detalles sobre la normativa hasta analizarla en detalle, valoró también que finalmente el Gobierno haya decidido utilizar la figura del Real Decreto al considerar que otorga «estabilidad» al nuevo marco retributivo.

Al margen de la rentabilidad media que asegura la normativa, Enagás podrá obtener mejoras en su retribución si incurre en costes menores que los contemplados por los estándares.

El Gobierno aprueba un Real Decreto que establece el funcionamiento de las subastas sexta y séptima de capacidad virtual, que se realizarán entre septiembre de 2008 y marzo de 2009.

El Gobierno aprobó un Real Decreto que establece el funcionamiento de las subastas sexta y séptima de capacidad virtual, que se realizarán entre septiembre de 2008 y marzo de 2009.

De la Vega indicó que esta norma persigue implantar de forma progresiva las subastas virtuales para reducir el poder de mercado de los operadores dominantes, mejorar la competencia y beneficiar a los consumidores.

Este tipo de pujas obligan a Iberdrola y Endesa, compañías que tienen una cuota de mercado conjunta del 80 por ciento, a subastar parte de su producción para que la puedan comercializar terceros.

En la nueva ronda de subastas se incrementa la potencia a subastar de forma gradual y se elimina el producto trimestral.

Portugal quiere mejorar la eficiencia energética un 10% en 2015

El Gobierno luso aprobó una docena de programas, entre ellos impuestos a vehículos y que 1 de cada 15 edificios cuenten con agua caliente solar en 2015, para mejorar hasta ese año en un 10 por ciento la eficiencia energética nacional.

El plan incluye la adopción de medidas fiscales y otras en los transportes, la industria y la rehabilitación urbana con las que el Gobierno se compromete a superar los objetivos comunitarios de eficiencia energética (8 por ciento) y disminuir la factura energética del país el 1 por ciento en 2015.

Entre las novedades se encuentra el concepto de «fiscalidad verde», que incluye un nuevo régimen de impuestos para los vehículos y los combustibles industriales.

En el sector de transportes están previstos tres programas con los cuales el Ejecutivo espera reducir en 20 por ciento el parque de vehículos ligeros con más de 10 años y disminuir las emisiones de CO2.

El ministerio luso de Economía destacó que ya en 2007 las fuentes de energías renovables representaron el 40,7 por ciento de la electricidad consumida en Portugal.

En lo que se refiere a la energía hídrica, en dos años se pondrán en marcha en Portugal 18 grandes proyectos, varios con participación de empresas españolas, con un total de 2.830 megavatios de nueva capacidad de producción.

Finaliza el plazo para que las eléctricas recurran la Orden Ministerial de detracción del importe de los derechos de emisión de 2006 y 2007

Las compañías eléctricas han recurrido la Orden Ministerial por la que Industria restará a las compañías generadoras más de 1.200 millones de los ingresos que obtuvieron en 2006 y 2007. En febrero de 2006, el Ejecutivo adoptó esta medida para frenar el déficit de tarifa provocado por los ingresos extras que las compañías obtenían al trasladar a los precios del mercado el coste de los derechos de CO2 a la par que aprobaba la determinación de un precio fijo para las operaciones bilateralizadas (aquellas que se producen entre generadoras y distribuidoras del mismo gruipo empresarial). Pero este Real Decreto sólo tenía vigencia durante 2006 y 2007, que es precisamente la duración del primer Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de CO2.

El Real Decreto Ley no establecía la formula de detracción de los derechos de emisión y ha sido a través de la Orden Ministerial mediante la cual Industria aplicará esta reducción a las eléctricas en el caso de los años 2006 y 2007. Tras su paso por la Comisión Nacional de Energía, Industria tenía tres alternativas: detraer los derechos excluyendo las operaciones bilateralizadas, detraer los derechos en una especie de ‘pool’ repartiéndolo entre las eléctricas en función de su nivel de producción o detraer según los derechos asignados. Industria ha elegido la segunda fórmula.

La justificación de Industria para esta detracción es que las eléctricas trasladan a sus ofertas en el mercado mayorista el coste de los derechos de emisión, incluso en el caso de las instalaciones que no tienen derechos por no contaminar, como es el caso de las hidráulicas (los derechos de emisión los asigna gratuitamente el Ministerio de Medio Ambiente).

Esta formula de de detracción ha sido recurrida en estos dos meses por todas las empresas, aunque cada una de ellas por distintos motivos, dado que además la fórmula elegida por la Secretaria General de Energía no es ‘aséptica’ dado que no afecta a todas del mismo modo.

La pretendida prolongación de esta fórmula en el nuevo Real Decreto Ley

Algunos han querido ver, incluso desde la propia Secretaria General de Energía, una vez ‘colocada’ la primera detracción, la oportunidad de un segundo decreto que se aplicara al segundo PNA español. Por ello, el Ministerio de Industria aprobó el pasado 7 de diciembre un Real Decreto Ley, sin previo aviso, mediante el cual el Gobierno extendió la duración de esta detracción del importe de los derechos, aprobando un real decreto similar para el Plan Nacional de Asignación 2008-2012, que restará de los ingresos de las compañías alrededor de 1.500 millones de euros anuales. Todas las compañías recurrirán este último Real Decreto Ley, además de solicitar medidas cautelares para evitar daños irrerversibles como han realizado Endesa e Iberdrola.

Conthe reconoce que se equivocó al dejar desamparada a E.ON en la opa a Endesa

El ex presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Manuel Conthe, ha reconocido que «la CNMV se equivocó al dejar desamparada a E.ON» durante el proceso de opa contra Endesa, y ha defendido su decisión de dejar la presidencia del regulador español.

Así lo explicó Conthe durante una entrevista en el programa «La Mirada Crítica«, de Telecinco, en la que ha reconocido que, «aunque no hubo entonces el más mínimo indicio de delito», la decisión tomada por la CNMV no fue la correcta. «El consejo de la CNMV, añadió, dejó desamparado al oferente, en este caso E.ON, al que habíamos obligado a que no comprara las acciones de Endesa«.

En la pugna por el control de Endesa, que abrió Gas Natural con una opa considerada hostil por la eléctrica, participó también la empresa alemana E.ON -que estuvo a punto de llevarse el gato al agua-. Una vez que Enel y Acciona anunciaron su acuerdo para lanzar una opa sobre la eléctrica española a 41 euros, precio que mejoraba el ofrecido por E.ON., el grupo alemán optó por negociar y retirarse de la puja tras asegurarse la compra de activos de Endesa en España, Italia, Francia, Polonia y Turquía, y de Viesgo, la filial española de Enel.

El proceso culminó el pasado 5 de octubre, cuando la italiana Enel y la española Acciona se hicieron con el control del 92,06 por ciento del capital social de Endesa, después de haber conseguido a través de su opa conjunta el 46,05 por ciento de la eléctrica española.

Manuel Conthe dimitió el 2 de abril de su cargo de presidente de la CNMV porque el Consejo del supervisor rehusó abrir un expediente sancionador a Enel y Acciona sobre el proceso de la opa a Endesa, según explicó él mismo ante la Comisión Económica del Congreso.

El ex presidente de la CNMV acaba de publicar «La paradoja del bronce«, un ensayo con el subtítulo «Espejismos y sorpresas en el mundo de la economía y la política«. El título responde, según su autor, a un descubrimiento que se hizo en los Juegos Olímpicos de Barcelona 92, en los que una investigadora constató que «los que habían ganado la medalla de bronce eran más felices que los que habían conquistado la de plata».

Conthe dice que cometió un error en la opa de Gas Natural sobre Endesa al pedir la pasividad

El ex presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Manuel Conthe confesó que cometió un error al pedir pasividad a la eléctrica española Endesa cuando Gas Natural presentó sobre esta una oferta pública de adquisición (opa) en septiembre de 2005.

«Cometí el error de recomendar la regla de pasividad, cuando lo que tenía que haber hecho es recomendar neutralidad», dijo en la clausura de un curso sobre la gestión del gobierno corporativo en el Instituto de Empresa.

Conthe impuso la obligación de pasividad a Endesa durante el periodo de lo que denominó «la opa de todas las opas», lo que impidió a la eléctrica buscar una oferta mejor que la de Gas Natural.

«Las leyes deben considerar que tanto los gestores como los accionistas pueden buscar una oferta mejor», dijo Conthe, quien especificó que en ese sentido se está remodelando la legislación británica para adaptarse a los cambios.

Conthe afirmó que habría que proponer al gobierno español y a la CNMV que permitan asimismo modificar el código de buen gobierno de las empresas para permitir que se puedan adaptar a las revisiones legislativas, algo que actualmente no permite la ley.