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La CNMC aprueba el contrato marco para el acceso a las conexiones internacionales mediante gasoductos con Europa de Enagás Transporte

Europa Press.– La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado el contrato marco para el acceso al sistema de transporte y distribución de Enagás Transporte mediante conexiones internacionales por gasoducto con Europa. La Ley 34/1998, en su artículo 70, establece el derecho de acceso a las infraestructuras de transporte con base en los principios de no discriminación, transparencia y objetividad. En la Circular 3/2017 se establecieron los mecanismos de asignación de capacidad a aplicar en las conexiones internacionales.

Para participar en los procedimientos de asignación de capacidad mediante subasta, los comercializadores o consumidores directos deberán firmar con carácter previo un contrato marco con el operador de la interconexión en el lado español, donde se establecerán las condiciones del servicio del transporte y las obligaciones y responsabilidades de las partes. Dicho contrato se realiza al margen de los trámites a realizar con los operadores en el otro lado de los puntos de la interconexión.

El contrato marco se corresponde con los que están en vigor y describen el objeto del contrato, la entrada en vigor, su duración, las obligaciones y responsabilidades de las partes, las condiciones de prestación de los servicios contratados y las condiciones de facturación. Está disponible en las web de la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia, del Gestor de Red de Transporte Enagás y de la Iniciativa Regional del Gas del Sur de ACER.

Fitch alerta de la incertidumbre sobre la retribución del sector gasista español debido a la injerencia política

Europa Press.- Fitch Ratings advierte de que persiste «la incertidumbre» sobre el sector gasista debido a la injerencia política a pesar de no haberse concretadopor el Gobierno la amenaza de ajustes a la retribución de la actividad regulada de transporte y distribución de gas.

En este sentido, la agencia de calificación considera que la decisión del Gobierno de aplazar estos recortes al sector no cambia su opinión de que el riesgo de interferencia regulatoria en el sector sigue siendo «más alto que en otras jurisdicciones, lo que podría perjudicar los perfiles de ingresos de las utilities«. De esta manera, cree que la situación pone de relieve las potenciales consecuencias «de la falta de un regulador independiente con un enfoque transparente y consultivo». Así, Fitch Ratings cree que el marco español está más expuesto al riesgo político y a la transparencia en comparación con otros países como Portugal e Italia.

El Gobierno estudia la introducción de ajustes en los costes regulados del sistema energético, centrados en la retribución de la actividad de distribución y transporte de gas, así como en el sector eléctrico, mediante su inclusión como enmiendas dentro del proyecto de Ley por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía, que se tramitó en el Senado, aunque finalmente estas enmiendas no se materializaron debido a la falta de respaldo del resto de grupos políticos. Asimismo, el ministro de Energía, Álvaro Nadal, estimó que estos ajustes que prevé por sobrerretribución de activos del sector gasista supondrían un máximo de 50 millones de euros.

Los rumores sobre la aplicación de estos nuevos recortes llevó a las empresas energéticas dedicadas al negocio eléctrico y gasista a dejarse en Bolsa 9.000 millones de euros a lo largo de 7 sesiones. Para Fitch Ratings, la propuesta del Ministerio refleja el deseo del Gobierno de reducir los costes regulados del sistema y reestablecer el equilibrio entre los costes y los ingresos «a expensas de las empresas, de forma similar a 2014». Sin embargo, la agencia considera que el sistema gasista está más equilibrado en la actualidad que en 2014, «cuando la razón principal de la reforma fue el creciente déficit tarifario del gas».

Así, señala que, a pesar de los pequeños déficits registrados en 2015 (27 millones) y 2016 (90 millones), este último debido en gran parte a los costes adicionales por el cierre de Castor, se prevé un pequeño déficit para 2017, mientras que a partir de 2018 habrá superávits que ayudarán a ir gradualmente reduciendo la deuda acumulada pendiente de unos 1.000 millones de euros. Por ello, Fitch no cree que la sostenibilidad del sistema gasista sirva de excusa para justificar este recorte a la retribución. Además, el Gobierno actualizó la remuneración por los contadores de gas, lo que supone un impacto negativo de 6 millones de euros para las pequeñas distribuidoras y 40 millones de euros para Gas Natural Fenosa.

La ola de frío disparó un 14% el gasto energético de las familias españolas

Europa Press.- La bajada de las temperaturas registradas en el país hizo que las familias españolas tuvieran que consumir un 14% más de energía de lo habitual, tanto en calefacción como en otros consumos del hogar, según el comparador de seguros Acierto.com. Además, con las últimas subidas del gas y la electricidad, los españoles tendrán que pagar entre 10 y 23 euros más al mes, en función del sistema con el que cuenten.

El consumo de agua caliente también se vio afectado, ya que durante las jornadas más frías, según Acierto.com, se deja correr el agua lo que se traduce en un consumo de agua extra de entre 20-40 litros más. También el gasto en gasolina se disparó entre un 10% y 15% más cuando las temperaturas se acercaban a los 0ºC, puesto que el motor necesita más tiempo para calentarse y mayor inyección de combustible, además del mayor uso de la calefacción.

Sin embargo, el informe recomienda una serie de comportamientos que podrían traducirse en un ahorro de entre el 10% y 40%, además de limitar el efecto de un mayor consumo sobre el medio ambiente. En primer lugar, según el portal online, «lo ideal es mantener la casa a una temperatura constante que ronde entre los 19 y 21 grados». Por la noche, esta temperatura debería bajar hasta el entorno de los 15 y 17 grados.

El uso de un termostato inteligente también es clave para optimizar el gasto. De hecho, el cofundador de Acierto.com, Carlos Brüggemann, recuerda que hay dispositivos que se conectan al móvil por geolocalización y activan la calefacción cuando la persona se acerca a casa. Entre las recomendaciones del portal destacan revisar los radiadores, instalar doble ventana y comparar las distintas tarifas.

EDP invertirá 10,5 millones en la modernización de su central térmica de Aboño (Asturias) reemplazando el fueloil por gas natural

Europa Press.- EDP ha iniciado una parada programada del grupo 2 de la central térmica de Aboño (Asturias) para modernizar e implementar nuevas mejoras ambientales en la instalación. Los trabajos que está realizando EDP suponen una inversión de 10,5 millones de euros. Durante esta parada, iniciada a finales de enero y que se prolongará hasta los primeros días de marzo, la compañía completará varios proyectos, además de realizar importantes trabajos mecánicos, eléctricos y de revisión de equipos.

Esta nueva inversión de EDP en sus térmicas, que se suma a los 90 millones de euros invertidos en las plantas de desnitrificación de Soto de Ribera y Aboño, supone un reto. Los proyectos implican a más de 300 empleados de 20 empresas, además de las 150 personas que trabajan diariamente en la central. Además, los trabajos se realizan mientras el grupo 1 está en funcionamiento, atendiendo la demanda del mercado. Uno de los proyectos más visibles, con una inversión superior a los 3 millones de euros, es una infraestructura que permitirá realizar los arranques del grupo con gas natural.

Se trata de una significativa mejora ambiental que elimina totalmente el fueloil como combustible. Para llevarlo a cabo, la compañía está sustituyendo una parte de los quemadores de la caldera por otros nuevos que permiten quemar gas natural. Además, ha construido un gasoducto de más de 300 metros y está completando una ERM (Estación de Regulación y Medida), que es la instalación donde se produce la disminución de la presión del gas natural para que pueda quemarse en la caldera.

Además de ser una energía más limpia, el gas natural implica numerosas ventajas tanto en la operación como en el mantenimiento. En comparación con el fueloil, es un combustible más manipulable y, debido a que su combustión es más estable, facilita los arranques del grupo. Este sistema para la fase de arranque, que EDP ya ha puesto en marcha en Soto de Ribera, convierte a la compañía en la primera que lo utiliza en Asturias.

Los otros proyectos consisten en la modernización de elementos vitales como la turbina de alta presión. La compañía está instalando un nuevo conjunto de rotor y estátor, con una inversión superior a los 4 millones de euros. Este proyecto influye de manera positiva en el capítulo ambiental, pues permite producir la misma energía eléctrica, utilizando un 4% menos de carbón. EDP está preparando sus centrales para operar hasta 2030, garantizando así una transición energética sin sobresaltos. Con la implantación de estos proyectos, EDP habrá invertido más de 200 millones de euros en la última década en mejoras ambientales en Asturias.

Las importaciones netas de gas natural a España crecieron un 11,7% en 2017

Europa Press.- Las importaciones netas de gas natural alcanzaron los 356.897 gigavatios hora (GWh) en el total del ejercicio 2017, lo que representa un crecimiento del 11,7% con respecto al año 2016, según datos de Cores. En concreto, las importaciones netas de gas natural licuado (GNL) crecieron un 20,5%, mientras que las entradas realizadas por gasoducto aumentaron un 3,8%.

En diciembre, las importaciones netas de gas natural alcanzaron los 34.696 GWh, lo que representa una caída del 5,9% con respecto al mismo mes del año 2016. En concreto, las importaciones netas de GNL cayeron un 16,8%, mientras que a través de gasoducto aumentaron un 7,3%. En datos brutos, cayeron un 7% las importaciones de gas natural, hasta los 37.237 GWh, por la reducción de las compras efectuadas en estado líquido, que se redujeron un 16,6% y representaron el 45,2% del total. El 54,8% restante se realizó por gasoducto y aumentó un 2,8%. Mientras, los principales suministradores de gas natural en el 2017 fueron Argelia con el 48,2%, Nigeria (12,5%), Perú (10,1%) y Noruega (9,9%).

Las exportaciones de gas natural se situaron en 2.541 GWh en diciembre, registrando un descenso interanual del 19,7%, mientras que los envíos realizados por gasoducto acumularon siete meses de descensos interanuales, con una caída del 21,1%, y las exportaciones de GNL aumentaron un 101,9%. En 2017, las exportaciones cayeron un 27,7%, siendo el 94,9% realizadas por gasoducto y el 5,1% restante en forma de GNL.

Las nuevas comercializadoras eléctricas elevaron al 6,7% su cuota de mercado en 2017, según Fintonic, frente al 4,8% de 2016

Europa Press.- Las nuevas compañías comercializadoras cerraron 2017 con una cuota del 6,7% del mercado eléctrico, lo que supone un incremento de 1,9 puntos porcentuales con respecto al año anterior, según concluye un estudio de Fintonic sobre el consumo de energía en España durante el último año. El informe, elaborado a partir de datos anónimos de 40.000 usuarios de la aplicación, también recoge que estas comercializadoras facturaron un 5,2% del mercado eléctrico, frente al 3,9% del 2016.

Holaluz y Podo, con aumentos de 0,5 y 0,2 puntos porcentuales, respectivamente, fueron las que más crecieron. Iberdrola, Endesa y Gas Natural se mantienen como líderes, con una cuota de mercado del 84,5%. No obstante, estas registraron un descenso respecto al año anterior de 2,3 puntos porcentuales. En el caso de las nuevas comercializadoras de energía, su presencia fue especialmente significativa en regiones como Navarra, donde alcanzaron una cuota de mercado de hasta el 10%. Cataluña y Galicia registraron una presencia con cuotas cercanas al 7%. Finalmente, según datos de los usuarios de Fintonic, el consumo de electricidad en 2017 supuso de media 1.262 euros.

El PSOE vasco lamenta la decisión del Tribunal Constitucional de anular varios apartados de la ley vasca sobre el fracking

Europa Press.- Tras anular el Tribunal Constitucional partes de los artículos de la ley vasca antifracking por no tener la comunidad autónoma «competencias en la materia», el sindicato ELA denuncia que la falta de «soberanía energética impone» a Euskadi un modelo «insostenible, favoreciendo el fracking» y el PSOE de Álava ha mostrado su preocupación por la decisión del Constitucional de estimar parcialmente el recurso del Gobierno central.

En este sentido, el Tribunal Constitucional ha anulado varios apartados de la Ley vasca sobre el fracking por considerarlos anticonstitucionales, al entender que «desbordan» las competencias de Euskadi en materia de protección del medio ambiente y que podrían «vulnerar» el principio de territorialidad. Los socialistas alaveses han considerado que ésta es «un mala noticia ya que puede reabrir la puerta de los fantasmas» que ya se vivieron en el pasado y que daban «por zanjandos».

El secretario de Política Ambiental y Energía del PSOE de Álava, Daniel Senderos, indicó que «es necesario y urgente derogar todos los puntos de la Ley de hidrocarburos estatal que premian e incentivan el fracking, desprotegiendo el territorio y poniendo en serio riesgo su patrimonio natural y medioambiental», con una técnica que su partido «rechaza por completo y que también rechaza la mayoría social alavesa».

Senderos ha recordado que el grupo parlamentario socialista obtuvo el apoyo mayoritario del Congreso de los Diputados, con los votos en contra del PP «hace ahora justo un año, a una proposición no de Ley para prohibir en todo el país la utilización de técnicas de prospección de hidrocarburos mediante fractura hidráulica (fracking) y que el PSOE lo rechaza en su ponencia del último Congreso». Por ello, el PSOE se «compromete a seguir trabajado a nivel político e institucional para que el fracking no sea una alternativa» en territorio alavés.

La falta de «soberanía energética”

Tras recordar que la ley antifracking se aprobó en el Parlamento vasco gracias a una Iniciativa Legislativa Popular (ILP), que recabó más de 100.000 firmas en apoyo a la misma, ELA aseveró que «esta respuesta del Estado español es una clara evidencia de que se sigue favoreciendo un modelo de energía insostenible, basado en la potenciación de las energías fósiles».

«Este modelo va en contra de la necesaria soberanía energética que tenemos los pueblos para poder decidir qué energía consumimos y cómo queremos que se genere», ha denunciado, para asegurar que la anulación de parte de los artículos de esta ley es «un nuevo golpe a las energías renovables, a la vez que deja la puerta abierta nuevamente a energías que por activa y por pasiva hemos dicho que rechazamos«.

El Tribunal Constitucional anula varios apartados de la ley vasca sobre el fracking y el Gobierno autonómico reivindica su validez

Europa Press.- El Gobierno autonómico del País Vasco ha lamentado que el Tribunal Constitucional haya optado por una decisión «drástica» al anular varios apartados de la ley vasca sobre el fracking y ha asegurado que, pese a que el Constitucional mantenga lo contrario, se trata de una norma que tiene «pleno encaje» en la Constitución Española. El Tribunal entiende que estos apartados «desbordan» las competencias de Euskadi en materia de protección del medio ambiente y que podrían «vulnerar» el principio de territorialidad.

De este modo, el Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso presentado por el Gobierno central contra varios artículos de esta ley, que establece importantes obstáculos para la utilización del fracking, una controvertida técnica para la extracción de gas del subsuelo que es rechazada por ecologistas, por considerarla peligrosa para el medio ambiente y para la salud de las personas.

El Tribunal declara inconstitucional y nulo el artículo 3 de la ley, al considerar que «desborda» las competencias de las comunidades autónomas para establecer «normas adicionales de protección» del medio ambiente. También anula un apartado del artículo 2, puesto que considera que «interpretado en combinación con otros preceptos, podría llevar a la comunidad autónoma a vulnerar el principio de territorialidad».

El Tribunal Constitucional ha aplicado la doctrina que ha quedado establecida en 4 sentencias referidas a la regulación autonómica de la técnica de la fractura hidráulica por las comunidades de Cantabria, Navarra y Cataluña. En el artículo 3 de la ley vasca sobre la fractura hidráulica, que modifica la ley de suelo y urbanismo del País Vasco, la sentencia señala que dicho precepto es idéntico al contenido en la ley sobre el fracking de Cataluña, ya anulado por el Tribunal.

El Tribunal Constitucional señala que la competencia de las comunidades autónomas para fijar «normas adicionales de protección» del medio ambiente no incluye la «prohibición absoluta e incondicionada» del fracking, pues una prohibición de esas características «contradice de manera insalvable» la ley estatal del sector de hidrocarburos, que es la que autoriza el empleo de esta técnica. Según indica, esta competencia permite a las comunidades autónomas imponer, para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones, “requisitos y cargas” no previstos por la legislación estatal. No obstante,  esas nuevas exigencias deberán ser «razonables y proporcionadas al fin propuesto», añade, y no podrán alterar el ordenamiento básico en materia de régimen minero y energético.

La sentencia concluye que, si bien la norma vasca impugnada no prohíbe el fracking de forma «absoluta e incondicionada», sí contiene mandatos que «reducen, dificultan o impiden la eficacia» de la normativa básica del Estado, lo que las hace incompatibles entre sí». En consecuencia, el artículo 3 de la ley es declarado inconstitucional y nulo. Lo mismo ocurre con la disposición transitoria primera, que establece el régimen transitorio del artículo 3, al que se remite.

Ojos a hidratos de metano

El Tribunal también declara la inconstitucionalidad y nulidad del inciso del artículo 2 referido a los hidratos de metano enterrados en el mar. En la sentencia se señala que este inciso, «aplicado junto con otros preceptos no impugnados de la norma, permitiría a la comunidad autónoma vasca extender el ejercicio de su competencia al mar territorial y al subsuelo marino, que no forman parte de su territorio«. Esto, añade, «supondría vulnerar el principio de territorialidad».

El recurso del Gobierno se dirigía también contra el artículo 5 de la ley, que modifica la normativa vasca sobre aguas. En este caso, la sentencia considera que el precepto es «respetuoso» con la normativa estatal, cuya finalidad es la protección de las aguas y del dominio público hidráulico mediante la reducción de la contaminación y el establecimiento de medidas que eviten su contaminación adicional.

Este artículo tampoco «vulnera» la competencia del Estado ya que la sentencia indica que la ley no contiene una «prohibición general» sobre todo el territorio de la comunidad autónoma del País Vasco, sino sólo sobre un 37%, según su mapa de acuíferos. Además, no se impone una prohibición «genérica e incondicionada», puesto que prevé la evaluación individualizada de cada uno de los acuíferos de Euskadi, y prohíbe el fracking sólo en los que «hayan ya sido declarados con un grado de vulnerabilidad media, alta o muy alta de contaminación». La sentencia también desestima el recurso en relación con el artículo 6, que permite a las autoridades y funcionarios vascos acordar «la reposición de la situación alterada a su estado originario”.

La resolución cuenta con el voto particular del magistrado Fernando Valdés Dal-Ré, al que se han adherido los magistrados Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer. Estos magistrados discrepan parcialmente de los argumentos y del fallo de la sentencia, en concreto, en lo que afecta al artículo 3. Los firmantes del voto particular sostienen que la sentencia no tiene en cuenta que dicho precepto remite «a lo que establezcan los instrumentos de ordenación ambiental», circunstancia que habría exigido enfocar el análisis desde el punto de vista de la competencia sobre protección del medio ambiente, y que habría conducido a la desestimación del recurso en este punto.

País Vasco defiende su constitucionalidad

Por su parte, pese a no compartir la decisión del Tribunal Constitucional, el Ejecutivo autonómico «acata» la sentencia, según indicaron fuentes del gabinete de Iñigo Urkullu. Desde el Gobierno autonómico se ha recordado que esta ley, aprobada por el Parlamento Vasco en 2015, no fue impulsada por el Ejecutivo, sino que se trato de una iniciativa planteada por los propios grupos de la Cámara autonómica.

En todo caso, desde el gabinete de Iñigo Urkullu se ha recordado que cuanto el Gobierno español recurrió la norma, el Ejecutivo vasco defendió el «pleno encaje constitucional» de la ley del fracking, primero en el proceso de negociación bilateral con el Gobierno central y, con posterioridad, a través de las alegaciones presentadas ante el Tribunal Constitucional. El Ejecutivo autonómico ha subrayado que no está «de acuerdo» con la interpretación que hace el Tribunal Constitucional.

El consumo de combustibles de automoción crece un 2,4% en 2017 y encadena su cuarto año consecutivo de subidas

Europa Press.- El consumo de combustibles de automoción creció un 2,4% en 2017, hasta los 27,93 millones de toneladas, encadenando así su cuarto año de subidas, según indicó la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (Cores). Los gasóleos de automoción crecieron un 2,4%, hasta los 23,06 millones de toneladas, y las gasolinas subieron un 2,3%, hasta los 4,86 millones de toneladas, incrementando de esta forma sus consumos en 2017, que se ha cerrado superando los consumos de 2011 (27,89 millones de toneladas).

También registraron incrementos en el ejercicio los consumos de querosenos, que crecieron un 2,3%, mientras descendieron los de gases licuados procedentes del petróleo (GLP), que cayeron un 10%, y los fuelóleos, que cayeron un 4,8%. En lo que respecta a diciembre, el consumo de combustibles de automoción encadenó su octavo mes consecutivo de subidas, tras aumentar un 1,3% con respecto a 2016, después de ascender tanto los gasóleos, un 1,2%, como las gasolinas un 1,7%.

Por su parte, el consumo de gas natural alcanzó en 2017 sus mejores datos de los últimos cinco años tras crecer un 9,8% con respecto al año anterior, hasta los 351.110 gigavatios hora (GWh). Destaca el crecimiento del 27,3% del consumo destinado a generación eléctrica. Por su parte, el consumo convencional y el GNL de consumo directo también aumentaron, un 5,8% y un 4,6% respectivamente.

En diciembre, el consumo de gas natural encadenó su octavo mes consecutivo de subidas, tras aumentar un 8,7% con respecto al mismo mes de 2016. El consumo destinado a generación eléctrica cayó un 5,5% tras los fuertes repuntes de meses anteriores, mientras el consumo convencional y el GNL de consumo directo muestran importantes incrementos del 12,4% y del 16,8% respectivamente).

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central contra la ley antifracking de Castilla-La Mancha

Europa Press.- El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, contra varios preceptos de la Ley de Castilla-La Mancha por la que se establecen medidas adicionales de protección de salud pública y del medio ambiente para la exploración, investigación o explotación de hidrocarburos utilizando la técnica de la fractura hidráulica, más conocida como fracking.

El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a las Cortes y a la Junta autonómica de Castilla-La Mancha, que dispondrán hasta mediados de febrero para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes. El pleno acuerda también la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno del artículo 161.2 de la Constitución.

Dicho precepto establece que “el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a 5 meses». La admisión a trámite y la suspensión cautelar no suponen anticipo alguno del pronunciamiento sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá una vez que esté concluso el proceso.

El PP respeta la admisión

Por su parte, el portavoz regional del Partido Popular, Lorenzo Robisco, ha asegurado, en relación a la admisión a trámite por parte del Constitucional del recurso del Gobierno central que «las decisiones judiciales se respetan». «Eso no es ni a favor ni en contra«, ha manifestado, donde ha apuntado que este asunto «lleva un curso» y que, «en ese curso, unos proyectos han salido adelante y otros no”. Dicho esto, ha incidido en que el PP no se va a mostrar «ni a favor ni en contra de las decisiones judiciales» y que será el tribunal «el que se pronunciará».