No se puede hacer peor
El conjunto de cuestiones abiertas en torno al sector fotovoltaico (retribución, inspecciones, nueva capacidad, negociación…) y que se ha ido poco a poco acumulando, evidencia, probablemente, una serie de errores sucesivos y solapados que no tiene desperdicio. Y todos ellos parten de una muy deficiente regulación que abrió una espita de muy difícil control posterior. Ahora, en medio de este caos, se produce el anuncio de que el proceso de investigación encargado por el Ministerio de Industria a la CNE es prácticamente inútil, tras un despliegue metodológico y mediático sin precedentes.
La CNE habría investigado, tras esta indicación de Industria, alrededor de 9.000 inspecciones y decretado casi 1.600 suspensiones de primas. Al parecer, las suspensiones de primas se produjeron en aplicación del Real Decreto 1003/2010, también conocido como de «trazabilidad» y dedicado a perseguir el fraude de plantas que estaban recibiendo la retribución anterior a septiembre de 2008 pese a no haber conectado a tiempo sus equipos. Ahora Industria hace público que retrocede sobre estas resoluciones, a la luz de la documentación recibida en los recursos, con el fin de evitar el pago de intereses relativos a las suspensiones decretadas. Y asegura que el número de instalaciones que no cumplía estos requisitos es muy bajo.
Vale la pena, hacer un ejercicio de memoria histórica al respecto, por lo que de aprendizaje supone. Por un lado está el marco, clave de todo el problema, el frame: el desmadre retributivo decretado en su momento por la Administración. Esto es, la sobrerretribución como causante de la fuerte demanda de nuevos proyectos e instalaciones. La desatención en la modificación de las condiciones retributivas y de rentabilidad de esta tecnología condujo a que ésta creciera en la medida que mejoraba la eficiencia tecnológica hasta convertirse en una bicoca asegurada.
De hecho, la clave está en cómo las rentabilidades de los proyectos, en esos escenarios retributivos, provocaron verdaderas estampidas de proyectos de instalación. Y, a partir de ahí, la transición del R.D. 661/2007 al R.D. 1578/2008, se convirtió en un despropósito de magnitudes colosales, que nos debería enseñar la necesidad y relevancia de una regulación mucho más fina y con menos huecos, fruto de sus redacciones espasmódicas. El tránsito de uno a otro, se llevó a cabo con varias interpretaciones, incluido un correo electrónico y, con posterioridad, mediante la corrección a través del Boletín Oficial del Estado, desatando una carrera por el cumplimiento de los requisitos, consecución de permisos y formalidades para tener derecho a la retribución de la normativa de procedencia, más beneficiosa.
Ahora, el Ministerio de Industria retrocede sobre su posición respecto al proceso de investigación desatado por los huecos regulatorios. Y lo hace por dos razones. La primera, por la capacidad de los instaladores de aportar documentación justificativa de sus respectivas instalaciones, conforme a los requerimientos de ese decreto; la segunda, por la consecuencia del pago de intereses que podría comportar la suspensiones del pago de las primas decretadas. Todo ello, además, en medio de una amenaza de judicialización de primera magnitud y con un número importante de despachos de abogados desplegados en toda España, participando en un proceso de proporciones delirantes.
Además, con esta decisión, como cuando los árbitros pitan dos penaltis sucesivos en las áreas de los distintos equipos en liza, para compensar, se vuelve a caer en un cierto descrédito institucional del aparato ligado al sector energético. Industria desautoriza, además, uno de los procesos mediáticos más formidables que desplegó la CNE, con importante aparato de telediario asociado. Recordemos que, incluso se abogaba por contratar helicópteros por si había instalaciones móviles o se difundieron casos puntuales inquietantes respecto a la utilización de motores diésel que abocaban energía a la red.
En todo caso, valdría la pena analizar el problema de raíz y aprender. Echar la vista atrás sobre la responsabilidad de los anteriores Secretarios General y de Estado de Energía, Ignasi Nieto y Pedro Marín, en la forma de construir el marco regulatorio para el sector fotovoltaico. Reclamar mayores dosis de consistencia legal, seguridad jurídica, evitar la retroactividad y rigor. Y después, rememorar cuál fue la forma de articular un proceso investigador que ha sido el parto de los montes y que se ha llevado por delante a las autoridades energéticas, a los servicios inspectores de la CNE y la credibilidad del Ministerio de Industria, en una partida en la que sólo hay jaques.


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