Las plantas con prima renovable cuya construcción esté iniciada podrán reclamar indemnizaciones

El pasado viernes el Gobierno aprobó un real decreto ley en materia energética que recoge un parón a la instalación de nueva potencia renovable con prima, que suprime los procedimientos de preasignación de retribución y de los incentivos económicos de energías renovables, cogeneración y la producida a partir de residuos.

Los abogados de Jones Day explicaron que el rango elegido por el Gobierno para adoptar estas medidas, el real decreto ley, impide que su texto sea recurrido por los promotores de las instalaciones ante los órganos jurisdiccionales.

No obstante, aunque la revisión de la legalidad en estos términos sea limitada, aquellos que hayan sufrido daños a resultas del mismo pueden reclamar su indemnización al amparo del artículo 139 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La regulación aprobada por el Gobierno prevé la devolución del aval. Sin embargo, existen numerosas instalaciones que ya habían iniciado todos los trámites necesarios para obtener la preasignación, al hilo de los concursos de priorización o similares mecanismos aprobados por las comunidades autónomas, cuyos costes no serán recuperados pero que pueden ser reclamados ante los tribunales.

La suspensión aprobada por el Gobierno afecta a aquellas instalaciones que, a fecha de 28 de enero de 2012, no fueran inscritas en el registro de preasignación. No obstante, las medidas no afectan a aquellas instalaciones cuya no preasignación a dicha fecha se debiera a un incumplimiento de la Administración en del plazo establecido para resolver.

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