Las enmiendas para suavizar el recorte fotovoltaico encallan en el Senado debido al Constitucional

En concreto, la sentencia del Constitucional condena la práctica habitual del Senado de aceptar cualquier tipo de enmienda en la discusión y votación de las leyes, aunque no tengan relación con la materia tratada por dichas leyes.

En el caso de la fotovoltaica, la decisión del tribunal acaba con los intentos de suavizar a través del Senado los recortes aplicados a esta tecnología en el real decreto ley 14/2010, aprobado a finales del año pasado.

La propia Mesa del Senado dió instrucciones para que, entre otras enmiendas, no se admitan cinco favorables a la energía fotovoltaica, indicaron las principales asociaciones empresariales del sector, que son AEF, Anper, APPA y ASIF.

En concreto, estas enmiendas iban a ser introducidas en el debate del Proyecto de Ley de medidas de agilización procesal y de reforma del artículo 35 de la Ley 53/2002, de 20 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Las asociaciones califican de «terrible» el impacto del real decreto ley que les limita el número de horas al año con derecho a prima. Además, advierten de que la solicitud de CiU a la Presidencia del Senado para que le permita presentar a trámite de nuevo las enmiendas fue desestimada el pasado 31 de agosto.

El sector fotovoltaico español consideró «positivo» el criterio establecido por el Constitucional, pero «lamenta el momento elegido, ya que ello impide el debate y la resolución de las enmiendas rechazadas que, en este caso, afectaban a la crítica situación de la fotovoltaica en España».

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