La secretaría de Estado de Energía fijará el precio de los incentivos al carbón cada año
Así se establece en el Real Decreto aprobado el viernes por el Consejo de Ministros para incentivar el uso de carbón autóctono por parte de las eléctricas, y en el que se fijan nuevos mecanismos para compensar a las centrales que dejarán de funcionar para ceder espacio al carbón español, que en el caso de las plantas de gas natural se basan en subastas.
A diferencia del borrador inicial, en el que fijaba precios hasta 2012 para cada central, el nuevo documento establece que la Secretaría de Estado de Energía deberá publicar cada año una resolución con los precios con los que se retribuirá a cada planta.
Igualmente, Energía establecerá año a año las cantidades de carbón autóctono a adquirir por las centrales para cumplir con el volumen máximo de producción que puede ser programado en el proceso de resolución de restricciones por garantía de suministro (el 15% de la cantidad total de energía primaria necesaria para satisfacer la demanda eléctrica al año).
En este proceso podrán participar las centrales de Soto de Ribera, Narcea, Anllares, La Robla, Compostilla, Teruel, Velilla, Puente Nuevo y Escucha y Elcogas, que deberán presentar compromisos de compra de carbón autóctono hasta 2012.
Por su parte, las centrales de carbón importado y fuel que se vean desplazas para dar entrada al carbón nacional generarán un derecho de cobro cuya cuantía determinará una fórmula que tiene en cuenta, entre otros factores, el precio del mercado diario, la cotización del combustible o el valor de los derechos de emisión de CO2.
Además, se contempla recompensar a las centrales que tengan que hacer frente a penalizaciones por incumplir contratos de suministro de combustible a largo plazo, así como por los costes del «daño emergente» (como, por ejemplo, los mayores costes de transporte, operación y mantenimiento derivados de la reducción de actividad).
Por su parte, las centrales de gas natural (ciclo combinados) generarán un derecho de cobro igual al precio resultante de unas subastas mensuales con las que se persigue minimizar el impacto económico. Para lograrlo, las subastas se adjudicarán al menor postor, es decir, a las centrales que pidan las indemnizaciones más bajas por dejar de producir.
Posteriormente, estas centrales no podrán ofertar en los mercados intradiarios, salvo para mantener sus mínimos técnicos de funcionamiento.
El documento, cuya vigencia se extiende a 2014, mantiene que la cantidad de carbón nacional que se quemará vía restricciones técnicas no podrá superar a las previstas en el Plan Nacional del Carbón 2006-2012.
En el plazo de dos años, tras la entrada en vigor del Real Decreto, Industria deberá presentar al Congreso un informe sobre su impacto económico y medioambiental.
La Comisión Nacional de la Energía podrá reclamar información a las centrales, tanto a las que quemarán carbón nacional como a las que serán indemnizadas por cederle mercado, para detectar posibles prácticas restrictivas de la competencia, añade la nueva normativa, que podría sufrir variaciones hasta su publicación en el BOE dado que Bruselas aún no se ha pronunciado al respecto.
El mecanismo de resolución de restricciones permite modificar el programa diario del mercado eléctrico para cumplir los criterios de seguridad de suministro, «con el menor impacto económico y medioambiental posible y respetando las limitaciones que sea preciso establecer por seguridad del sistema».



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